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Documento BOE-A-2024-15503

Resolución de 16 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la segunda Adenda modificativa de los Convenios con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 26 de julio de 2024, páginas 96350 a 96353 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Turismo
Referencia:
BOE-A-2024-15503

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la segunda Adenda de 1 de julio de 2024, modificativa de dos de los Convenios, suscritos el 30 de diciembre de 2022, entre la Secretaría de Estado de Turismo y la Comunidad Autónoma de Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 16 de julio de 2024.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.

ANEXO
Segunda Adenda modificativa de dos Convenios, suscritos el 30 de diciembre de 2022, entre la Secretaría de Estado de Turismo y la Comunidad Autónoma de Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Madrid, 1 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Rosario Sánchez Grau, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 406/2024, de 16 de abril (BOE del 17), que actúa de conformidad con lo previsto en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público; y en la delegación de competencias prevista en el artículo 5, epígrafes a) y d), de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan competencias.

Y, de otra parte, don Jaume Bauzá Mayol, Consejero de Turismo, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, nombrado por Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears. Las partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente Adenda modificativa, y a tal efecto.

EXPONEN

Primero.

Que el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, estableció el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante el «RMRR»). De conformidad con el artículo 17 del RMRR, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, «PRTR»), publicado mediante Resolución de 29 de abril de 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital («Boletín Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021), que fue aprobado por Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.

El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad del Sector Turístico (en adelante, el PMCST), cuya inversión tercera es la «Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias, Illes Balears, Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los que se enfrenta el sector turístico en esos territorios.

Segundo.

Que para la ejecución de la «Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas (Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, «Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22 de diciembre de 2021; Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, «Boletín Oficial del Estado» núm. 142, de 15 de junio de 2022; y Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, «Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022), correspondiendo a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears subvenciones por importes de 20, 50 y 30 millones de euros, respectivamente, conforme a cada uno de los reales decretos.

A su vez, en ejecución de tales reales decretos, se han suscrito tres convenios con cada una de la comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la Comunidad Autónoma de Illes Balears se han firmado los siguientes:

a) Convenio de 30 de agosto de 2022, para instrumentar la subvención de 20 millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; convenio publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 255, de 24 de octubre de 2022).

b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 50 millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; convenio publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 3 de abril de 2023).

c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 30 millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre; convenio publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 3 de abril de 2023).

Tercero.

El 29 de junio de 2023, las partes suscribieron una Adenda modificativa de los tres convenios, a fin de integrar el total de la financiación transferida en un esquema único de proyectos financiables, por concurrir en varios de ellos financiación de uno o varios convenios diferentes; que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 163, de 10 de julio de 2023).

Cuarto.

Que, el artículo 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; y los artículos 15 de los Reales Decretos 449/2022, de 14 de junio, y 1011/2022, de 5 de diciembre, en la redacción dada por el Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, prevén que las entidades beneficiarias podrán solicitar la modificación del contenido del convenio de concesión cuando aparezcan circunstancias que así lo aconsejen, a fin de asegurar el cumplimiento de las finalidades de la subvención.

La Comunidad Autónoma de Illes Balears formuló dicha petición con fecha 26 de abril de 2024, siendo objeto del preceptivo informe previo favorable de la Comisión de Seguimiento, Vigilancia y Control de los tres convenios (conforme prevén las cláusulas duodécimas de los tres convenios), de fecha 5 de junio de 2024.

Quinto.

Que las partes firmantes consideran necesario y justificado modificar los anexos de actuaciones financiables, contenidos en los dos convenios suscritos el 30 de diciembre de 2022, por las razones alegadas por la beneficiaria, a fin utilizar remanentes de líneas de actuación cuyas convocatorias se han saldado con baja demanda (en concreto, las relativas a la «Mejora de zonas excesos, zonas saturadas y maduras a través de la compra de establecimientos de alojamiento turístico; proyectos de regeneración y re-naturalización de zonas turísticas. Incentivos a la baja de plazas turísticas de alojamiento»; y «Línea de subvención para la sustitución de instalaciones térmicas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102.1.a de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears»); o que no han sido objeto de convocatoria alguna hasta el momento («Desarrollo de la marca y la estrategia del destino turístico de las Islas Baleares. Implantación de la estrategia de circularidad en las Islas Baleares. A ejecutar por la AETIB»).

Dichos remanentes pasarían a engrosar la dotación de la línea que sí ha obtenido un mayor número de solicitudes («Líneas de subvenciones destinadas a las Entidades Locales y/o su sector público institucional, y/o al sector privado para los fines establecidos en la estrategia de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares»).

Conforme a lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda modificativa, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Modificación del anexo de actuaciones del Convenio de 30 de diciembre de 2022, entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (por el que se instrumenta la subvención de 50 millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio).

Se modifica el contenido del anexo del convenio, con la redacción siguiente:

«Actuaciones

2022

Euros

Acciones enfocadas a la diversificación de la oferta turística y a la desestacionalización. 4.000.000,00
Mejora de zonas excesos, zonas saturadas y maduras a través de la compra de establecimientos de alojamiento turístico; proyectos de regeneración y renaturalización de zonas turísticas. Incentivos a la baja de plazas turísticas de alojamiento. 3.760.437,37
Línea de subvención para la sustitución de instalaciones térmicas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102.1.a de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears. 555.434,09
Línea de subvención para la modernización de los establecimientos turísticos para una mayor calidad y competitividad de los mismos, enfocada desde la consecución de la sostenibilidad social, ambiental y económica para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears. 9.000.000,00
Líneas de subvenciones destinadas a las Entidades Locales y/o su sector público institucional, y/o al sector privado para los fines establecidos en la estrategia de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares. 32.684.128,54
 Total. 50.000.000,00»
Segunda.

Modificación del anexo de actuaciones del Convenio de 30 de diciembre de 2022, entre el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (por el que se instrumenta la subvención de 30 millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre).

Se modifica el contenido del anexo del convenio, con la redacción siguiente:

«Actuaciones

2023

Euros

Líneas de subvenciones destinadas a las Entidades Locales y/o su sector público institucional, y/o al sector privado para los fines establecidos en la estrategia de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares. 30.000.000
 Total. 30.000.000»
ANEXO
Cuadro resumen de actuaciones de los tres convenios
Actuaciones

2021

Euros

2022

Euros

2023

Euros

Total

Euros

Acciones enfocadas a la diversificación de la oferta turística y a la desestacionalización. 1.940.000,00 4.000.000,00   5.940.000,00
Mejora de zonas excesos, zonas saturadas y maduras a través de la compra de establecimientos de alojamiento turístico; proyectos de regeneración y re-naturalización de zonas turísticas. Incentivos a la baja de plazas turísticas de alojamiento. 8.000.000,00 3.760.437,37   11.760.437,37
Línea de subvención para la sustitución de instalaciones térmicas por otras que empleen fuentes de energía que reduzcan el impacto medioambiental, con el objetivo de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102.1.a de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears.   555.434,09   555.434,09
Línea de subvención para la modernización de los establecimientos turísticos para una mayor calidad y competitividad de los mismos, enfocada desde la consecución de la sostenibilidad social, ambiental y económica para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 37 bis de la Ley 8/2012, del Turismo de las Illes Balears. 6.000.000,00 9.000.000,00   15.000.000,00
Líneas de subvenciones destinadas a las Entidades Locales y/o su sector público institucional, y/o al sector privado para los fines establecidos en la estrategia de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares. 1.000.000,00 32.684.128,54 30.000.000 63.684.128,54
Creación de una plataforma regional de business intelligence como observatorio del turismo. 3.060.000,00     3.060.000,00
 Total. 20.000.000 50.000.000 30.000.000 100.000.000

Y en señal de conformidad con el contenido de la presente adenda modificativa, las dos partes firman electrónicamente a un solo efecto en la fecha del último firmante, según figura en al principio del convenio.–Por el Ministerio de Industria y Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo, Rosario Sánchez Grau.–Por la Comunidad Autónoma de Illes Balears, el Consejero de Turismo, Cultura y Deportes, Jaume Bauzá Mayol.

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