En fecha 13 de diciembre de 2023 ha tenido entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado oficio de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Girona, por el que propone el cese de doña Emma Ruiz Martínez como Fiscal Delegada para la protección y tutela de víctimas en el proceso penal. Su recepción determinó la apertura del presente Expediente Gubernativo.
Hechos
Doña Emma Ruiz Martínez fue nombrada, en virtud de Decreto dictado por la Fiscal Jefe Provincial de Girona en fecha 5 de abril de 2017, Fiscal Delegada para la protección y tutela de víctimas en el proceso penal en la referida Fiscalía. Ostenta, además, la delegación de seguridad vial.
En escrito de 14 de noviembre de 2023, por las razones que en él se exponen, renuncia al cargo de Fiscal Delegada para la protección y tutela de víctimas en el proceso penal.
La Fiscal de Sala Delegada para la protección y tutela de las víctimas en el proceso penal no formuló objeción alguna a su cese. Se ha oído al Consejo Fiscal al respecto.
Fundamentos de Derecho
El artículo 62. 2 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, establece que los fiscales delegados especialistas podrán ser removidos por la persona titular de la Fiscalía General del Estado a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al cese interesado.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y del Reglamento del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
Cesar a doña Emma Ruiz Martínez como Fiscal Delegada para la protección y tutela de las víctimas en el proceso penal en la Fiscalía Provincial de Girona.
Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Girona que trasladará copia del presente Decreto la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla y a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.
Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.
Cumpliméntese lo acordado en sus estrictos términos.
Madrid, 18 de enero de 2024.–El Fiscal General del Estado, P. S. (Ley 50/1981, de 30 de diciembre), la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo, María de los Ángeles Sánchez Conde.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid