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Documento BOE-A-2024-15921

Resolución de 24 de julio de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del Jardín Histórico Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 185, de 1 de agosto de 2024, páginas 97967 a 97970 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-15921

TEXTO ORIGINAL

La Directora del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P. y el Secretario Técnico de Infraestructuras del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura han suscrito un convenio para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del Jardín Histórico Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5 de Madrid.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 24 de julio de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Adenda de modificación y prórroga del convenio vigente entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, del Ministerio de Cultura y Deporte, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del Jardín Histórico Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5 de Madrid

5 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Áurea Perucho Martínez, directora del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. M.P. (en adelante, CEDEX), en representación de este, cargo para el que fue nombrada por Resolución de 20 de mayo de 2021 (BOE 127 de 28 de mayo), de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto del CEDEX (Real Decreto 1136/2002 de 31 de octubre, BOE de 8 de noviembre).

De otra, don José María Mediero López, Secretario Técnico de Infraestructuras, nombrado para este cargo por Resolución de 11 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Cultura actuando en nombre y representación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A., en ejercicio de las competencias atribuidas mediante la facultad para la gestión y formalización de convenios con entidades públicas y privadas, así como la asunción de las obligaciones económicas que se deriven de los convenios suscritos, otorgadas por el Real Decreto 1379/1999, de 27 de agosto, de Regulación de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Educación y Cultura, actuando como Presidente del organismo en base a la delegación conferida por la Resolución de 9 de agosto de 2012, de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos por la que se modifica la de 29 de febrero de 2012.

Ambas partes manifiestan que intervienen con la capacidad legal necesaria y la competencia suficiente para suscribir la presente Adenda al convenio, y a tal efecto

EXPONEN

I. Que el 9 de junio de 2020 se formalizó un «Convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, del Ministerio de Cultura y Deporte, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O. A. y M. P. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del jardín histórico Winthuysen en el recinto del cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5 de Madrid».

II. Que dicho convenio se publicó en el BOE del 14 de julio de 2020, mediante Resolución de 9 de julio de 2020, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

III. Que con fecha 9 de diciembre de 2021 se firmó un «Acuerdo de modificación del convenio entre el Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, del Ministerio de Cultura y Deporte, y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O. A. y M. P. del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, para regular la iluminación, el mantenimiento y conservación del jardín histórico Winthuysen en el recinto del Cerrillo de San Blas, ubicado en la calle Alfonso XII, 3 y 5 de Madrid.

IV. Que dicho «Acuerdo de modificación del convenio» se publicó en el BOE del 3 de febrero de 2022, mediante Resolución de 28 de enero de 2022, de la Subsecretaría del Ministerio de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática.

V. Que el Jardín histórico Winthuysen, además de los cuidados relativos a la iluminación, mantenimiento y conservación contemplados en el convenio, requiere, en virtud de su especificidad, unos cuidados diferentes y extraordinarios al resto de jardines, como son la retirada periódica de los nidos de cotorras, la poda y tala de árboles, combatir posibles plagas, efectuar arreglos eléctricos o hacer frente a inclemencias meteorológicas sobrevenidas, entre otras.

VI. Que para atender a las nuevas necesidades y el consiguiente incremento de los precios para el mantenimiento que se menciona en el Exponendo anterior es necesario incrementar la aportación económica de las partes en 4.000,00 euros.

VII. Que en la cláusula quinta del mencionado convenio se establece que «tendrá una duración de cuatro años desde su perfeccionamiento y eficacia y prorrogable por otros cuatro años más, salvo denuncia expresa de cualquiera de las partes».

VIII. Que persistiendo el interés y la conveniencia de dar continuidad a la prestación objeto del convenio, ambas partes acuerdan unánimemente prorrogar el convenio por cuatro años más, que se tramitará de conformidad con lo previsto en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda de modificación y prórroga del convenio.

El objeto del presente Adenda y Prórroga es extender la vigencia del convenio y su Acuerdo de Modificación cuatro años más, mientras ambas partes no rescindan expresamente el Acuerdo e incrementar la aportación económica de las partes firmantes del convenio para dar cumplimiento al compromiso de contribución por el organismo contributivo, a los gastos derivados de la contratación realizada por el organismo contratante, según establece la cláusula tercera del convenio, así como especificar la forma de pago del organismo contributivo al organismo contratante.

Segunda. Obligaciones del organismo contratante.

La Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, O.A se compromete a realizar la contratación del servicio especializado para garantizar la iluminación, mantenimiento y conservación –en los términos indicados en el Exponendo II– del Jardín histórico Winthuysen, conforme a lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público; en las Directivas 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativas a la adjudicación de contratos de concesión y sobre contratación pública, respectivamente; y en lo previsto en la Ordenanzas Municipales, Normas, Instrucciones o Reglamentos oficiales que sean de aplicación.

Tercera. Obligaciones del organismo contributivo.

El organismo contributivo (CEDEX), para cumplir su compromiso de contribución a los gastos derivados de la contratación realizada en los términos previstos en la cláusula anterior, abonará durante cuatro años al organismo contratante el 50 % del coste total anual en los meses de mayo y noviembre, así como en una única vez antes del cierre de ejercicio de cada año la cantidad necesaria para hacer frente al 50 % de los gastos extraordinarios en que haya podido incurrir el organismo contratante desde la última factura emitida del año anterior sin exceder los márgenes de contribución que cada uno de los organismos tiene asignado por esta Adenda de Modificación y Prórroga del convenio.

En el primer periodo de contribución del 14 de julio al 30 de noviembre de 2024, y en el último del 1 de diciembre de 2027 al 14 de julio de 2028, no se considerarán meses completos, sino la parte proporcional de los mismos.

La cuantía anual estimada para cada una de las partes, a partir de la formalización de la presente adenda y prórroga, será de 29.000,00 euros (IVA incluido), resultando las siguientes anualidades:

2024 (14 de julio a 30 de noviembre): 10.991.94 euros.

2025: 29.000 euros.

2026: 29.000 euros.

2027: 29.000 euros.

2028: (hasta el 14 de julio) 18.008,06 euros.

Resultando un total para todo el plazo del convenio, para cada una de las partes de 116.000 euros.

Se imputarán a la aplicación presupuestaria 24.105 331M 212 del presupuesto de gastos del OAGIEC y a la 17.101.451M.212 del presupuesto de gastos del CEDEX.

Asimismo, previa acreditación por parte de OAGIEC, órgano contratante, del desarrollo de las actuaciones realizadas en el periodo correspondiente, el organismo contributivo, CEDEX ingresará la cuota de mantenimiento que le corresponda. Cada ingreso lo realizará el CEDEX en el Tesoro Público mediante transferencia bancaria a la cuenta del Tesoro Público en el Banco de España, indicando como referencia el número de justificante del documento de ingresos modelo 069 expedido previamente por OAGIEC.

Cuarta. Perfeccionamiento y eficacia.

La Adenda y Prórroga del convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes y comenzarán su eficacia el día siguiente a la finalización de la duración del plazo del convenio inicial, es decir, a partir del 14 de julio. En el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, se inscribirá en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal (REOICO).

Quinta.

El resto de las cláusulas del convenio suscrito el 9 de junio de 2020 y de su Acuerdo de Modificación suscrito el 9 de diciembre de 2021 permanecen inalterables.

Y para dejar constancia de la presente Adenda y Prórroga, ambas partes firman este documento en el lugar y fecha que se indican en el encabezamiento.–La Directora del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A., M.P., Áurea Perucho Martínez.–El Secretario Técnico de Infraestructuras del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamientos de Cultura, José María Mediero López.

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