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Documento BOE-A-2024-16169

Resolución de 29 de julio de 2024, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad de Burgos, para la realización de prácticas externas.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 5 de agosto de 2024, páginas 100225 a 100227 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-16169

TEXTO ORIGINAL

El Interventor General de la Administración del Estado y el de Vicerrector de Relaciones con la Empresa y Resiliencia de la Universidad de Burgos, han suscrito, con fecha 24 de julio de 2024, una adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de Burgos y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del referido convenio como anejo a la presente resolución.

Madrid, 29 de julio de 2024.–El Interventor General de la Administración del Estado, Pablo Arellano Pardo.

ANEJO
Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de Burgos y la Intervención General de la Administración del Estado, para la realización de prácticas académicas externas suscrito con fecha 14 de febrero de 2018

En Madrid, a 24 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Pablo Arellano Pardo, en su condición de Interventor General de la Administración del Estado, cargo para el que fue nombrado por el Real Decreto 618/2018, de 22 de junio de 2018 (BOE núm. 152, de 23 de junio); que actúa, por delegación en virtud del apartado séptimo.2.a).3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, don Gonzalo Salazar Mardones, Vicerrector de Relaciones con la Empresa y Resiliencia, nombrado por Resolución Rectoral de 20 de enero de 2021, en calidad de representante de la Universidad de Burgos, según delegación adoptada por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Burgos de 21 de mayo de 2024, publicado en el BOCyL de 28 de mayo de 2024, para la firma de los Convenios de Colaboración de los Programas de Cooperación Educativa para la realización de prácticas académicas externas.

Las partes se reconocen mutuamente plena capacidad de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda y, a tal fin,

EXPONEN

I. Con fecha 14 de febrero de 2018 (BOE de 2 de marzo de 2018) se suscribió el Convenio entre la Universidad de Burgos y la Intervención General de la Administración del Estado para la realización de prácticas académicas externas.

II. La cláusula duodécima del citado convenio establece que la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes.

III. Con fecha 29 de diciembre de 2021 (fecha de inscripción en REOICO de 18 de enero de 2022), y vigencia hasta el 2 de marzo de 2026, se suscribió Adenda de prórroga al Convenio entre la Universidad de Burgos y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) para la realización de prácticas académicas externas.

De conformidad con lo expuesto y reconociéndose ambas partes respectivamente competencia y capacidad legal suficientes,

ACUERDAN

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es la modificación de las cláusulas octava y novena del convenio.

Segunda. Modificación de la cláusula octava del Convenio entre la Universidad de Burgos y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas.

La cláusula octava queda redactada del siguiente modo:

«La Universidad de Burgos y la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) no adquirirán otras obligaciones ni compromisos que los que este documento refleja. En particular, no derivará para las partes firmantes obligación alguna de contrato laboral al carecer de esa condición la relación que se establece.

En relación con las obligaciones derivadas de la disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, introducida en virtud del artículo único.34 del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, las prácticas formativas serán no remuneradas, dando prioridad a las curriculares, correspondiendo a la Universidad el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.»

Tercera. Modificación de la cláusula novena del convenio.

La cláusula novena queda redactada del siguiente modo:

«La contingencia de accidentes sufridos o que ocasione el alumnado durante la realización de las prácticas externas a que se refiere el presente convenio será asumida, exclusivamente, por la universidad en aquellos casos no cubiertos por la seguridad social.

La universidad estará obligada a suscribir una póliza de seguros para cubrir los daños de cualquier tipo que pudiera ocasionar el alumnado participante en las prácticas externas, así como aquellos que pudiera padecer el mismo en caso de accidente, en los casos en los que no lo asuma la seguridad social, durante todo el periodo de duración.»

Cuarta. Eficacia.

La presente Adenda de modificación del Convenio entre la Universidad de Burgos y la IGAE para la realización de prácticas académicas externas resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y, posteriormente, será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta. Condiciones de colaboración.

Mantener el ámbito y alcance de la colaboración en los mismos términos y condiciones excepto lo dispuesto en las cláusulas octava y novena que se modifican mediante la presente adenda.

De conformidad con cuanto antecedente, y en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben la presente adenda al convenio anteriormente indicado.–Por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), el Interventor General de la Administración del Estado [P. D. apartado Séptimo.2.a).3.º de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre], Pablo Arellano Pardo.–Por la Universidad de Burgos, el Vicerrector de Relaciones con la Empresa y Resiliencia (P.D. BOCyL de 28 de mayo de 2024), Gonzalo Salazar Mardones.

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