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Documento BOE-A-2024-16183

Resolución de 24 de julio de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con Metro de Madrid, SA, para el desarrollo de actuaciones de promoción cultural y turística.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 5 de agosto de 2024, páginas 100428 a 100429 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2024-16183

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y Metro de Madrid, SA, han suscrito con fecha 23 de julio de 2024, una adenda al convenio para la singularización de la estación de metro de Atocha en la «Estación del Arte», convirtiéndola en una extensión del Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 24 de julio de 2024.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Adenda de prórroga al convenio entre Metro de Madrid, SA y el Museo Nacional del Prado para el desarrollo de actuaciones de promoción cultural y turística, y del uso del servicio de transporte del ferrocarril metropolitano en relación con la singularización de la «Estación del Arte» de la red del ferrocarril metropolitano madrileño

En Madrid, a 23 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado, en adelante MNP, representado por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, en virtud de su nombramiento mediante Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, y domicilio en Madrid, paseo del Prado s/n, y CIF Q-2828018-H. Actúa en nombre y representación del Museo Nacional del Prado, en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, en su artículo 7.2, letra l).

Y de otra parte, Metro de Madrid, SA (en lo sucesivo Metro), con NIF: A-28001352 y domicilio social en Madrid, avenida de Asturias, número 4 –código postal 28029–, representada en este acto por don Ignacio Vázquez Casavilla actuando como Consejero Delegado de la misma en virtud de la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid don Pedro José Bartolomé fuentes, el día 28 de julio de 2023, con número 1517 de su protocolo.

Reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,

MANIFIESTAN

I. Que el pasado 1 de agosto de 2022 el MNP y Metro Madrid,SA, formalizaron un convenio para la singularización de la estación de metro de Atocha en la «Estación del Arte», convirtiéndola en una extensión del Museo Nacional del Prado, el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía y el Museo Nacional Thyssen-Bornemisza, mediante la decoración de andenes y pasillos con imágenes de obras maestras, promocionando así la visita de los tres grandes museos próximos a la misma y el uso del metro como medio de transporte para acceder a los mismos.

II. Que estando vigente el compromiso de las partes en su desarrollo y continuación, las partes han decidido acordar su prórroga expresa para dar cumplimiento a lo pactado, y a tal fin:

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar el convenio de 1 de agosto de 2022 (inscrito en REOICO el 2 de agosto de 2022, BOE núm. 192, de 11 de agosto de 2022).

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en la letra h) punto 2.º del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cláusula novena, el convenio entre el MNP y Metro Madrid, SA queda prorrogado por dos (2) años adicionales.

Segundo. Permanencia inalterada del resto del clausulado del convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio formalizado por ambas partes con fecha 1 de agosto de 2022.

Tercero. Validez y eficacia de la presente adenda.

La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», según se establece en el artículo 48.8 de la Ley 40//2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus, Director.–Metro De Madrid, SA, Ignacio Vázquez Casavilla, Consejero Delegado.

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