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Documento BOE-A-2024-16701

Resolución de 2 de agosto de 2024, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se publica la convocatoria para la provisión de puesto de trabajo reservado al personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 12 de agosto de 2024, páginas 103687 a 103688 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2024-16701

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en uso de las competencias conferidas en el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública,

Esta Dirección General acuerda publicar, en extracto, la convocatoria para la provisión por el sistema de libre designación del puesto secretario/a general del Pleno del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, convocado por la la Dirección General de Administración Local de la Xunta de Galicia reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional y relacionado en el anexo, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se anuncia podrá ser solicitado por el personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la subescala, y en su caso categoría, a que está reservado.

No podrá concurrir a la convocatoria el personal funcionario que se encuentre en las situaciones previstas en el artículo 36.2 a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Segunda.

Los interesados dirigirán su solicitud a la corporación convocante, dentro de los quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado», acompañando a la solicitud la documentación acreditativa de reunir los requisitos para su desempeño, en los términos que figuren en la convocatoria.

Tercera.

Los aspirantes deberán sujetarse a las bases de la convocatoria publicadas íntegramente en el diario oficial indicado en el anexo.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 2 de agosto de 2024.–La Directora General de la Función Pública, María Isabel Borrel Roncalés.

ANEXO

Corporación: Ayuntamiento de Santiago de Compostela.

Denominación del puesto: Secretaría General del Pleno.

Complemento específico anual: 40.335,68 €.

Requisitos de los aspirantes: Pertenecer a la escala de funcionarios/as de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la subescala de Secretaría, categoría superior.

Publicación íntegra de la convocatoria: Resolución de 15 de julio de 2024, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad de la convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional (publicada en el «Diario Oficial de Galicia» de 23 de julio de 2024).

Conocimiento de la lengua propia de la comunidad autónoma: Acreditación del conocimiento del idioma gallego mediante la presentación del certificado de lengua gallega (Celga 4) o equivalente, debidamente homologado por el órgano competente en materia de política lingüística de la Xunta de Galicia.

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