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Documento BOE-A-2024-16758

Orden APA/858/2024, de 1 de agosto, por la que se concede el Premio Alimentos de España Mejores Vinos, año 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 12 de agosto de 2024, páginas 105424 a 105425 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2024-16758

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APA/379/2023, de 8 de abril, se establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Alimentos de España.

Por Orden de 10 de marzo de 2024, se convoca el Premio Alimentos de España Mejores Vinos, año 2024.

Vista la propuesta de resolución del Premio Alimentos de España Mejores Vinos, año 2024, presentada por el órgano instructor según lo previsto en el artículo 7.5 de la Orden APA/379/2023, de 8 de abril.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 7.6 de la Orden APA/379/2023, de 8 de abril, dispongo:

Primero.

Conceder los galardones que se relacionan a continuación:

Premio Alimentos de España Mejores Vinos, año 2024:

Modalidad Vino Tinto.

Premio: vino «Pago de los Capellanes Un Sueño en las Alturas 2020», perteneciente a la Denominación de Origen Ribera del Duero, de Pago de los Capellanes, SA, de Pedrosa de Duero (Burgos).

Modalidad Vino Blanco.

Premio: vino «Guitián Fermentado en Barrica 2022», perteneciente a la Denominación de Origen Valdeorras, de Bodegas La Tapada SAT Xuga 732, de Rubiá de Valdeorras (Ourense).

Modalidad Vino Rosado.

Premio: vino «Salgüero Rosado 2019», perteneciente a la Denominación de Origen Ribera del Duero, de Real Sitio de la Ventosilla, SA, Gumiel del Mercado (Burgos).

Modalidad Vino Espumoso.

Premio: «Codorniu Ars Collecta Blanc de Noirs Reserva 2019» perteneciente a la Denominación de Origen Cava, de Codorniu, SA, de Sant Sadurní d'Anoia (Barcelona).

Modalidad Vino de Licor.

Premio: «Amontillado Añada 1975», perteneciente a la Denominación de Origen Jerez-Xérès-Sherry, de González Byass Distribución, SL.

Segundo.

Desestimar el resto de solicitudes admitidas al concurso.

Tercero.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, podrá recurrirse, potestativamente, en reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», si hubiese recaído resolución expresa. Si el acto no fuere expreso, el solicitante y otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, se produzca el acto presunto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, podrá ser impugnada, directamente, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, si hubiese recaído resolución expresa, o de seis, si el acto no fuere expreso, también contados desde el día siguiente al de su publicación. No podrán simultanearse ambas vías de recurso.

Madrid, 1 de agosto de 2024.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

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