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Documento BOE-A-2024-16780

Resolución de 6 de junio de 2024, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 12 de agosto de 2024, páginas 105619 a 105620 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2024-16780

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad Complutense de Madrid, han suscrito, con fecha 22 de mayo de 2024, Adenda de prórroga al Convenio entre la Entidad pública empresarial Red.es, M.P. y la Universidad Complutense de Madrid para la realización de prácticas académicas externas (C087/18-SG).

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación del citado convenio.

Madrid, 6 de junio de 2024.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., Jesús Herrero Poza.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES, M.P. Y LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE DE MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS
(C087/18-SG)

REUNIDOS

De una parte, la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. (en adelante, «Red.es»), con domicilio en Madrid, plaza de Manuel Gómez Moreno, s/n, código postal 28020 y NIF Q2891006-E, representada por su Director General, don Jesús Herrero Poza, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1.k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Red.es.

Y, de otra parte, doña María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), nombrada por Decreto Rectoral 37/2023, de 28 de junio, y actuando por delegación del Rector según Decreto Rectoral 28/2023, de 28 de junio, de establecimiento de los Vicerrectorados de la Universidad Complutense de Madrid, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» el 10 de julio de 2023.

Red.es y la Universidad podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, de forma conjunta, «las Partes».

Las Partes declaran que las facultades y poderes con los que actúan se encuentran vigentes y que no les han sido limitados, suspendidos o revocados, y que, en su virtud, tienen plena capacidad para obligarse en los términos de este documento; capacidad que mutuamente se reconocen, y a tal efecto,

Las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda, y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 12 de mayo de 2020, la Universidad Complutense de Madrid y la Entidad Pública Empresarial Red.es, suscribieron el Convenio para la realización de prácticas académicas externas (en adelante el Convenio), siendo publicado en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la citada Ley 40/2015, el 17 de junio de 2020.

Segundo.

Que, en virtud de lo dispuesto en la cláusula duodécima del Convenio, su plazo de vigencia se extiende hasta el 17 de junio de 2024.

Tercero.

Que, la cláusula duodécima del Convenio, preveía la posibilidad de prorrogar el mismo por otros cuatro años.

Cuarto.

Que como consecuencia de todo lo anterior, y al amparo del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, reconociéndose recíprocamente legitimación y capacidad suficiente, las partes.

ACUERDAN

Primero.

Prorrogar la vigencia del Convenio hasta el 17 de junio de 2028, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula duodécima del mismo.

Segundo.

Se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del Convenio en lo no estipulado por esta adenda.

Tercero.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez firmada la presente adenda por ambas partes, deberá ser inscrita en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), momento en el que adquirirá eficacia. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, las Partes firman la presente adenda.

Madrid, 22 de mayo de 2024.–La Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento, María Concepción García Gómez.–Madrid, 3 de mayo de 2024.–El Director General de Red.es, Jesús Herrero Poza.

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