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El Director General del Instituto de Estudios Fiscales y el Director General de la Fundación EOI, F.S.P., han suscrito una Adenda de modificación del convenio para la organización y el desarrollo de la formación en competencias digitales dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, firmado el 6 de febrero de 2023.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida Adenda como anejo a la presente resolución.
Madrid, 24 de enero de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.
19 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, don Alain Cuenca García, como Director General del Instituto de Estudios Fiscales (en adelante, IEF), nombrado por Real Decreto 924/2018, de 20 de julio, y en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero (BOE 27 de enero), por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de Estudios Fiscales, y con domicilio social en avenida Cardenal Herrera Oria, 378, 28035 Madrid.
De otra, don Juan Ignacio Díaz Bidart, Director General de la Fundación EOI F.S.P., actuando, en virtud de los poderes conferidos por el Patronato, en nombre y representación de la Fundación EOI F.S.P. (en adelante, EOI), y con domicilio social en Avenida Gregorio del Amo 6, 28040 Madrid.
Ambas partes se reconocen, en la representación que ostentan, plena competencia y capacidad para firmar la presente Adenda, y a tal efecto,
EXPONEN
I. Que el IEF es un Organismo Autónomo de los previstos en el título II, capítulo III, sección 2.ª de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Hacienda, que tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión, rigiéndose por lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y en las demás disposiciones aplicables a los Organismos Autónomos de la Administración General del Estado, así como por su Estatuto.
Que corresponde al IEF, de acuerdo con el artículo 3, apartados b, c) y d) de su Estatuto, ejercer: de un lado, la asistencia y colaboración con los órganos de la Administración encargados de convocar las pruebas de acceso para la selección de funcionarios de Cuerpos adscritos a los Ministerios de Hacienda y Función Pública y de Asuntos Económicos y Transformación Digital con funciones de administración y gestión de la Hacienda Pública; y de otro lado, la formación de funcionarios y otro personal en las materias específicas de la Hacienda Pública.
Dentro de este ambicioso proyecto, el IEF ha considerado necesario destinar parte de los fondos a la formación del personal directivo y predirectivo del Ministerio de Hacienda y Función Pública y a personal que desempeña su trabajo dentro del ámbito de las tecnologías de la información y la comunicación (en adelante personal TIC) mediante la realización de programas de formación o cursos de postgrado en materias propias o relacionadas con las competencias digitales, así como otra parte de los fondos a la formación alumnos pertenecientes a cuerpos adscritos a la Agencia Tributaria.
II. EOI es una Fundación del sector público estatal dedicada a formar profesionales, producir y difundir conocimiento y ofrecer servicios de valor a empresas, emprendedores y administraciones, en los valores de una economía abierta, social, verde y digital.
III. Que el 6 de febrero de 2023, ambas instituciones formalizaron un convenio para la formación de un mínimo de 1.118 alumnos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) en competencias digitales, dentro del marco europeo DIGCOM; asimismo el convenio tiene como objeto la cooperación por ambas partes en la ejecución e impartición de programas de formación en competencias digitales a un número aproximado de 150 directivos y predirectivos y 30 empleados personal TIC.
Este convenio se celebró para dar cumplimiento parcial a uno de los objetivos del Componente 19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR), el cual pretende garantizar la formación e inclusión digital de la ciudadanía y los trabajadores, no dejando a nadie atrás en el proceso de transformación digital de la sociedad y la economía.
Posteriormente, el 10 de mayo de 2023, se formalizó una Adenda de modificación del convenio para ampliar la formación hasta un máximo de 1.548 alumnos, incluyendo también funcionarios del Instituto de Estudios Fiscales y del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
El Componente se articula a través del Plan Nacional de Competencias Digitales, que constituye a su vez uno de los principales planes de la agenda digital del Gobierno de España (España Digital 2026) y, en el marco de las inversiones en él previstas, se encuentran las relativas al componente C19.I3 «Competencias digitales para el empleo», que incluye un Programa de capacitación Digital de las Administraciones públicas en el que el IEF tiene un papel fundamental, y para su financiación se aplicará el Fondo Europeo de recuperación Next Generation EU, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Unión Europea.
En relación con la asignación de fondos para la formación en competencias digitales, una vez acordado concentrar todas las posibles acciones formativas en el IEF, las previsiones que se realizaron estimaban la formación a 31 de diciembre de 2025, de 5.040 empleados del Ministerio de Hacienda y Función Pública, con un presupuesto aproximado de 8 millones de euros, cumpliendo el requisito impuesto en los objetivos CID respecto a que los alumnos estén formados en competencias digitales en al menos 15 créditos ECTS.
Parte de este objetivo se ha previsto ejecutarlo con la inestimable colaboración de la EOI, razón por la que se formalizó el citado convenio.
Con fecha 17 de octubre de 2023, el Consejo de la Unión Europea aprobó una modificación de este objetivo CID de tal manera que configuró uno nuevo según el cual la formación a impartir a estos 5.040 empleados del Ministerio deberá alcanzar un mínimo de 150 horas de formación.
IV. Que, una vez iniciada la ejecución de la formación acordada en el convenio, modificado mediante adenda, y a la vista del éxito de las actuaciones realizadas (con porcentajes de superación del curso de más del 90 %) y del nuevo objetivo CID modificado, se ha puesto de manifiesto la conveniencia de revisar la estimación del número de alumnos a formar hasta el 31 de diciembre de 2025, elaborar los contenidos formativos para adaptarlos a la nueva situación, así como los presupuestos asignados a cada parte para sufragar el aumento de alumnos durante la vigencia del convenio y la preparación de los nuevos materiales.
En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente Adenda modificativa, con sujeción a las siguientes
CLÁUSULAS
El convenio, modificado por la adenda, tenía como objetivo 1 la formación de un máximo de 1.548 alumnos en competencias digitales, dentro del marco europeo DIGCOM y una duración de los cursos equivalente a 15 ECTS; se prevé mediante esta adenda una ampliación de este número en 5.000 alumnos hasta alcanzar un máximo de 6.548 alumnos en total; estos alumnos podrán ser tanto de nuevo ingreso como empleados públicos en activo. Para ello se llevarán a cabo un máximo de 20 ediciones tutorizadas del curso durante la vigencia del convenio. La duración de estos cursos será, al menos, de 150 horas.
Asimismo, a través de esta segunda adenda se añade un subobjetivo adicional dentro del objetivo 1 de convenio «Formación general en competencias digitales»: la creación y puesta a disposición del IEF de un repositorio de material formativo en materia de competencias digitales.
Los objetivos del convenio se amplían nuevamente en el número de alumnos estimado para la formación en competencias digitales y las anualidades, conforme se resumen en el siguiente cuadro:
Objetivo | Curso / Programa de formación | Año | Estimación alumnos formados |
---|---|---|---|
1 | Formación general en competencias digitales. | 2023 | 1.188 |
2024 | 2.680 | ||
2025 | 2.680 |
Las actuaciones a desarrollar por las instituciones durante la vigencia del convenio relativas al Objetivo 1 del convenio «Formación en competencias digitales» quedan como sigue:
El IEF se compromete a:
– Colaborar conjuntamente en la definición y diseño del proyecto de formación.
– Seleccionar a los alumnos participantes en los Programas de formación.
– Supervisar todo el proceso de ejecución e impartición de los programas, así como colaborar con EOI en dicha labor.
– Dotar a los participantes de toda la documentación de los módulos lectivos gestionados por IEF.
– Emisión conjunta de los diplomas con EOI.
– Gestionar conjuntamente la documentación oportuna a través de CoFFEE-MRR (Plataforma Común de FFEE –Fondos Europeos–, módulo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia), que es el sistema de información de gestión del PRTR. Entre otras actuaciones, esto implica:
• Definir y planificar el subproyecto asignado a la EOI.
• Planificar las actuaciones y actividades y tareas, en su caso, a ejecutar para cumplir los hitos y objetivos del subproyecto.
• Seguimiento y coordinación de las actuaciones de ejecución del subproyecto, del cumplimiento de los hitos y objetivos, análisis de riesgos y de las propuestas correctoras.
• Análisis, revisión y validación de los informes de seguimiento elevados por la EOI, así como de la documentación justificativa, con su remisión, en su caso, a órganos superiores.
– Diseñar y elaborar conjuntamente un repositorio con todo el material formativo en competencias digitales para su libre utilización por ambas partes que permita impartir la formación mínima de 150 horas (horas de video, webinar, realización de actividades, tutorías, test final de cada módulo y la posibilidad de contenidos complementarios).
Por su parte, la EOI, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de actividades docentes, así como de su infraestructura general, será la entidad que se encargue de la ejecución y celebración de la actividad, de acuerdo con los programas y los presupuestos aprobados por ambas partes, haciéndose cargo de la gestión administrativa que de ello se derive. En concreto:
– Organizar y gestionar conjuntamente los programas, así como llevar a cabo la coordinación académica.
– Aportar en colaboración con IEF los medios humanos que la realización de los programas requiera (profesorado y expertos).
– Elaborar y dotar a los participantes de toda la documentación en el espacio virtual y en formato electrónico, de módulos, conferencias, casos de estudio, etcétera, que EOI gestione.
– Asumir la dirección y coordinación de las reuniones de trabajo y de seguimiento de los resultados del Programa.
– Emisión conjunta de los diplomas con IEF.
– Gestionar conjuntamente la documentación oportuna a través de CoFFEE-MRR (Plataforma Común de FFEE –Fondos Europeos–, módulo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia), que es el sistema de información de gestión del PRTR. Entre otras actuaciones, esto implica:
• Definir y planificar el subproyecto asignado a la EOI.
• Planificar las actuaciones y actividades y tareas, en su caso, a ejecutar para cumplir los hitos y objetivos del subproyecto.
• Llevar a cabo todas las tareas de ejecución y seguimiento de los hitos y objetivos del subproyecto: entre otras, registro actualizado de todas las actuaciones en CoFFEE, seguimiento y análisis del cumplimiento de los hitos y objetivos, analizando sus riesgos y proponiendo, en su caso, medidas correctoras, emisión y elevación al IEF para su aprobación de los informes exigidos por la normativa, elaboración, emisión y custodia de toda la documentación soporte, así como su remisión al IEF cuando se determine.
• Dar cumplimiento a las actuaciones derivadas del Plan antifraude.
– Diseñar y elaborar conjuntamente un repositorio con todo el material formativo en competencias digitales para su libre utilización por ambas partes que permita impartir la formación mínima de 150 horas (horas de video, webinar, realización de actividades, tutorías, test final de cada módulo y la posibilidad de contenidos complementarios). Este repositorio debe posibilitar la realización del curso de manera individual y asíncrona por el alumno, es decir, sin tutorización.
– En caso de que se considere oportuno se podrán modificar algunos contenidos para ajustarlo a las necesidades de los distintos centros, manteniéndose el objetivo de duración del curso de 150 horas mínimas.
Se modifica el presupuesto inicial previsto en el convenio para atender al incremento del número máximo de alumnos destinatarios de la formación, la inclusión de nuevos gastos no previstos y la planificación de los periodos, así como para crear el repositorio formativo.
A) Presupuesto total (anexo I).
El presupuesto total de las actividades previstas para el desarrollo del convenio asciende a un máximo de tres millones quinientos veintiocho mil ochocientos seis euros, con tres céntimos de euro (3.528.806,03 €).
1. La EOI financiará la cantidad de trescientos ochenta y nueve mil, novecientos setenta y cinco euros, con diecisiete céntimos (389.975,17 €).
2. El IEF contribuirá al Programa con una aportación máxima tres millones ciento treinta y ocho mil, ochocientos treinta euros, con ochenta y seis céntimos (3.138.830,86 €), que se imputará a la aplicación presupuestaria 15.101.92SC.290 «C19.I03 Competencias digitales para el empleo. Servicios de carácter general».
El IEF ingresará las cantidades indicadas en la cuenta corriente a nombre de la EOI que a tal efecto comunique al IEF.
El IEF tramitará los pagos a la EOI conforme al siguiente calendario (anexo II):
B) Forma de pago.
a) La tramitación de los pagos correspondientes al Objetivo 1, formación en competencias digitales, queda de la siguiente manera:
El coste total máximo de este objetivo asciende a 1.642.380,00 euros, de los que serán a cargo de la EOI 175.711,27 euros y a cargo del IEF 1.466.668,73 euros.
Estos importes son globales y recogen tanto los del convenio modificado por la adenda para este objetivo, calculado para 1.548 alumnos, y cuya formación ya se ha iniciado, como los que se añaden al convenio mediante la presente adenda (ampliando el número de alumnos hasta un máximo de 6.548).
El IEF llevará a cabo la tramitación de los pagos en las fechas indicadas a continuación; para ello, la EOI presentará las notas de cargo, memorias o justificaciones de gastos, según corresponda, con una antelación de quince días a dichas fechas.
1. Primer pago: hasta la fecha del presente informe el IEF ha abonado a la EOI en cumplimiento de objetivo 1 del convenio modificado por la adenda, un importe total de 191.199,27 euros, una vez los contenidos del curso fueron habilitados en la plataforma del IEF y los cursos estaban en condiciones de iniciarse, previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas hasta la fecha.
2. Segundo pago: antes del 15 de diciembre de 2023, el 50 % restante de los cursos ya iniciados indicados anteriormente (por un importe de 191.199,26 €), previa presentación de la correspondiente justificación de los gastos por parte de EOI.
3. Tercer pago: antes del 15 de diciembre de 2023 el IEF tramitará un pago de 71.720 euros, una vez se hayan preparado y estén en condiciones de iniciarse los cursos para las nuevas promociones incorporadas al convenio modificado mediante adenda, previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas hasta la fecha.
4. Cuarto pago: durante el primer trimestre de 2024 el IEF tramitará el pago de 226.242,55 euros (25 % de 904.970,20 €) una vez que estén preparados y en condiciones de iniciarse los cursos para las nuevas promociones incorporadas al convenio mediante la presente adenda, previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas hasta la fecha.
5. Quinto pago: el IEF tramitará antes del 30 de septiembre de 2024, el pago de 107.580 euros, previa presentación por la EOI de la correspondiente justificación de los gastos. Este pago se corresponde con los cursos finalizados correspondientes al convenio modificado mediante adenda.
6. Sexto pago: antes del 15 de diciembre de 2024 el IEF tramitará el pago de 226.242,55 euros (el 25 % de 904.970,20 €), previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas hasta la fecha.
7. Séptimo pago: durante el primer trimestre de 2025 el IEF tramitará el pago de 180.994,04 euros (20 % de 904.970,20 €) por la preparación y revisión de contenidos para la realización de los cursos de dicho año, previa presentación por la EOI de la correspondiente nota de cargo, así como de la Memoria de las actividades realizadas hasta la fecha.
8. Octavo pago: antes del 30 de junio de 2025 el IEF tramitará el pago de hasta 45.248,51 euros (el 5 % de 904.970,20 €) por la liquidación de todas las actuaciones de los cursos de 2024, previa presentación de la correspondiente justificación de los gastos por parte de la EOI.
9. Noveno pago: antes del 15 de diciembre de 2025 el IEF tramitará el pago de hasta 226.242,55 euros (el 25 % restante 904.970,20 €), por la liquidación de todas las actuaciones de los cursos de 2025, previa presentación de la correspondiente justificación de los gastos por parte de la EOI.
b) Pagos correspondientes a los Objetivos 2, 3 y 4: Se mantienen invariables los pagos previstos en el convenio para estos objetivos.
La presente Adenda se perfecciona con la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Las Partes declaran el carácter modificativo y no extintivo de la presente Adenda en relación con el convenio, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en esta Adenda lo dispuesto en él, y formando el presente documento parte integrante e inseparable de dicho convenio.
De conformidad con lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares, los firmantes suscriben la presente Adenda de forma electrónica.–El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, Alain Cuenca García.–El Director General de la Fundación EOI, F.S.P., Juan Ignacio Díaz Bidart.
Concepto | Total 2023-2025 | ||
---|---|---|---|
IEF | EOI | Total | |
Objetivo 1: formación en CD inicial. | 382.398,53 | 39.181,47 | 421.580,00 |
Objetivo 1: formación en CD ampliación 1.ª adenda. | 179.300,00 | 20.500,00 | 199.800,00 |
Objetivo 1: formación en CD ampliación 2.ª adenda. | 904.970,20 | 116.029,80 | 1.021.000,00 |
Total objetivo 1. | 1.466.668,73 | 175.711,27 | 1.642.380,00 |
Objetivo 2: liderazgo digital. | 996.835,50 | 112.294,50 | 1.109.130,00 |
Objetivo 3: big data AA.PP. | 548.975,58 | 80.907,45 | 629.883,03 |
Objetivo 4: big data tributario. | 126.351,05 | 21.061,95 | 147.413,00 |
Totales. | 3.138.830,86 | 389.975,17 | 3.528.806,03 |
Desglose actividades Objetivo 1 (2.ª adenda) |
2024 y 2025 (150 h) 20 ediciones |
||
---|---|---|---|
IEF | Fundación EOI | Total | |
Equipo EOI (coste interno). | 243.636,36 | 36.363,64 | 280.000,00 |
Profesorado. | 148.500,00 | 148.500,00 | |
Coordinación Académica. | 67.500,00 | 67.500,00 | |
Material Didáctico (coste interno). | 220.333,84 | 79.666,16 | 300.000,00 |
Gastos de Mentoring y Tutoría. | 225.000,00 | 225.000,00 | |
Total. | 904.970,20 | 116.029,80 | 1.021.000,00 |
Concepto | 2023 | 2024 | 2025 | Total IEF | ||||||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Ya pagado | 15-dic. | Total | 1 Trim. | 30-sep. | 15-dic. | Total | 1 Trim. | 30-jun. | 15-dic. | Total | ||
Formación en CD inicial. | 191.199,27 | 191.199,26 | 382.398,53 | - | - | 382.398,53 | ||||||
Formación en CD ampliación 1.ª adenda. | 71.720,00 | 71.720,00 | 107.580,00 | 107.580,00 | - | 179.300,00 | ||||||
Formación en CD ampliación 2.ª adenda. | - | 226.242,55 | 226.242,55 | 452.485,10 | 180.994,04 | 45.248,51 | 226.242,55 | 452.485,10 | 904.970,20 | |||
Total objetivo 1. | 191.199,27 | 262.919,26 | 454.118,53 | 226.242,55 | 107.580,00 | 226.242,55 | 560.065,10 | 180.994,04 | 45.248,51 | 226.242,55 | 452.485,10 | 1.466.668,73 |
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