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Documento BOE-A-2024-17704

Resolución de 28 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y la Entidad Pública Empresarial Red.es, para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito educativo programa "Educa en Digital".

Publicado en:
«BOE» núm. 212, de 2 de septiembre de 2024, páginas 110447 a 110451 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-17704

TEXTO ORIGINAL

La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, la Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y el Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es han suscrito una adenda al convenio para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito educativo programa «Educa en Digital».

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 28 de agosto de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Segunda adenda al Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional, el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y la Entidad Pública Empresarial RED.ES para el desarrollo de servicios públicos digitales en el ámbito educativo programa «Educa en Digital»

2 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, doña Pilar Alegría Continente, Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes en virtud del Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, avocando para sí la competencia para la firma del presente convenio, conforme a la Orden de la Ministra de Educación y Formación Profesional de fecha 22 de noviembre de 2022 en virtud de las competencias que le atribuye el Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y de acuerdo al artículo 48.2 de la Ley 49/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público en el ejercicio de la competencia que le otorga el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, doña M.ª Teresa Ledo Turiel, Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, actuando en ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 2.1.f) del Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Y de otra parte, don Jesús Herrero Poza, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es (en adelante Red.es) con domicilio en Madrid plaza Manuel Gómez-Moreno, s/n, con código postal 28020 y NIF U-2891006E, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión de 28 de noviembre de 2023 y habilitado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1k del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Red.es.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M. P. (en adelante, «Red.es») podrán ser denominadas, individualmente, «la Parte» y, de forma conjunta, «las Partes».

Todas las Partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir el presente convenio, y en su virtud,

EXPONEN

I

Que el 29 de junio de 2020, el Ministerio de Educación y Formación Profesional (ahora Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes), el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital(ahora Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública) y la Entidad Pública Empresarial Red.es, M. P. suscribieron el convenio para la ejecución del Programa Educa en Digital, mediante acciones para apoyar la transformación digital del sistema educativo (en adelante, «el convenio»). El convenio, inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 2 de julio de 2020, quedo publicado en el BOE de 10 de julio de 2020.

II

Que, el 15 de diciembre de 2022, las Partes suscribieron una adenda al convenio para contemplar una aportación presupuestaria adicional por parte del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para desarrollar las actuaciones previstas en la cláusula segunda, epígrafe 2 del convenio, de dotación de recursos educativos digitales: aplicaciones, herramientas y recursos curriculares. La citada adenda establecía que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes transferiría a Red.es para su ejecución mediante las licitaciones que fuesen necesarias, hasta un máximo de 3.600.000 euros con cargo a partidas presupuestarias de los ejercicios 2022 y 2023.

III

Que, por causas administrativas, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes no ha podido realizar las transferencias dispuestas en la adenda referida en el expositivo II por lo que las actuaciones previstas en la cláusula segunda, epígrafe 2 no se han podido llevar a cabo.

IV

Que, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, está en disposición de aportar presupuesto en 2024 para llevar a cabo las actuaciones previstas en la cláusula segunda, epígrafe 2.

V

Que, el plazo de vigencia del convenio, hasta el 10 de julio de 2024, es insuficiente para llevar a cabo las actuaciones previstas en cláusula segunda, epígrafe 2, por lo que necesita ser prorrogado.

VI

Que, atendiendo a la cláusula decimoquinta del convenio relativa a la modificación del convenio, con fecha 15 de febrero de 2024 la Comisión de Seguimiento del convenio dio traslado de la modificación propuesta en esta adenda a los representantes de las Comunidades Autónomas adheridas al convenio, las cuales no manifestaron oposición a la misma en el plazo establecido.

Por todo ello, todas las partes acuerdan suscribir la presente adenda al convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de la cláusula cuarta, de financiación.

Se acuerda redactar la cláusula cuarta del convenio como se recoge a continuación:

«Las actuaciones previstas En La Cláusula Segunda de este convenio serán cofinanciadas entre Red.es, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las Comunidades Autónomas que se adhieran al programa “Educa en Digital”, mediante la suscripción del correspondiente acta de adhesión (anexo II), y que suscriban el correspondiente convenio Interadministrativo, que establecerá las acciones y aportaciones correspondientes a cada parte, de acuerdo con lo pactado en las cláusulas quinta y sexta, y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Conforme a la presente cláusula de financiación, Red.es compromete una dotación inicial de fondos para el desarrollo de las actuaciones de la cláusula segunda. Mediante la suscripción de adendas a los Convenios Interadministrativos derivados de este convenio, las Partes podrán dotar fondos adicionales, una vez realizados los análisis de necesidades previstos en la cláusula segunda, para llevar a cabo las actuaciones en las que no se contempla una dotación inicial de fondos.

Así, para el desarrollo de las actuaciones contempladas en la cláusula segunda, epígrafes 1, 4, y 5, Red.es aportará un presupuesto máximo de hasta 190.920.000. Dentro del importe de la cofinanciación a cargo de Red.es se destinará una cantidad máxima de 183.920.000 euros a las actuaciones del epígrafe 1 de la cláusula segunda, que irá dirigida prioritariamente a la actuación 1.A «Puesto educativo en el hogar»; una cantidad máxima de 6.000.000 euros a las actuaciones de aplicación de la inteligencia artificial a la educación personalizada recogidas en la cláusula segunda, epígrafe 4; y una cantidad máxima de 1.000.000 de euros a las recogidas en el epígrafe 5 de difusión, gestión, seguimiento y evaluación.

El gasto elegible del total de los convenios, ejecutado por Red.es, será certificado por Red.es a cargo de la senda FEDER del Programa Operativo que esté disponible.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes aportará financiación para desarrollar las actuaciones previstas en la cláusula segunda, epígrafe 2 de este convenio, de dotación de recursos educativos digitales: aplicaciones, herramientas y recursos curriculares. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes transferirá a Red.es para su ejecución mediante las licitaciones que sean necesarias, hasta un máximo de 1.800.000 euros con cargo a la partida presupuestaria 18.04 322L 443 del ejercicio 2024, que se corresponden con un reajuste de anualidades procedentes del ejercicio 2023, desapareciendo la partida correspondiente a la asignación de 2022 prevista en la adenda I del convenio, por imposibilidad administrativa de proceder a su transferencia.

La financiación aportada por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se aplicará íntegramente a la creación de Recursos Digitales en Abierto (REA) para las diferentes áreas y niveles curriculares que se determinen en Comisión de Seguimiento.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes hará la transferencia a Red.es en el segundo semestre del año 2024, previa aprobación en comisión de seguimiento del plan de trabajo y calendario de actividades para el año.

La ejecución de las inversiones estará sujeta a la existencia de crédito adecuado y suficiente.»

Segunda. Modificación del anexo I al convenio.

Se acuerda modificar el contenido del apartado «Presupuesto y Financiación» del Resumen Ejecutivo, así como el del apartado «Presupuesto Educa en Digital» de la Información Detallada por el siguiente:

«Las actuaciones serán cofinanciadas entre Red.es, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las Comunidades Autónomas que se adhieran al programa Educa en Digital mediante la suscripción de los correspondientes Convenios Interadministrativos entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, Red.es y cada Comunidad Autónoma. El presupuesto necesario para llevar a cabo las actuaciones del programa es el siguiente:

Actuaciones Aportación máxima de Red.es Aportación máxima del MEFPD Aportación máxima CCAA Total
2.1 Actuación de urgencia Puesto Educativo en el Hogar. 183,92 M€   70,2 M€ 254,1 M€
2.2 Extensión del PEH en su caso y de otro tipo de dispositivos en los centros educativos. Por determinar.   Por determinar. Por determinar.
2.3 Dotación de recursos educativos digitales: aplicaciones y contenidos. Por determinar. 1,8 M€ Por determinar. 1,8 M€
2.4 Capacitación y competencia digital docente. 0 €   Por determinar. Por determinar.
2.5 Actuaciones de aplicación de la inteligencia artificial a la educación personalizada. 6 M€   0 € 6 M€
2.6 Actuaciones de gestión y seguimiento. 1 M€   0 € 1 M€

Adicionalmente, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes pondrá a disposición del proyecto los medios humanos y materiales necesarios para que se puedan desarrollar las actuaciones previstas en el ámbito de sus competencias.

La financiación se realiza mediante las siguientes fuentes:

– Red.es (fondos FEDER): hasta 183.920.000 euros.

– Fondos de las Comunidades Autónomas: hasta 70.186.490,99 euros.

– Red.es (fondos propios): hasta 7.000.000 de euros.

– MEFP (fondos que transfiere a Red.es para su ejecución): hasta 1.800.000 euros.

El gasto elegible del total de los convenios ejecutado por Red.es, será certificado por Red.es a cargo de la senda FEDER del Programa Operativo que esté disponible.»

Tercera. Prórroga del convenio.

Prorrogar la vigencia del convenio hasta el 10 de julio de 2028, de conformidad con lo dispuesto en la cláusula duodécima del mismo.

Cuarta. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.

Se acuerda expresamente por las partes modificar el convenio firmado el 29 de junio de 2020 y modificado por la Adenda de 15 de diciembre de 2022, en los términos de la presente adenda modificativa. Salvo en las modificaciones expuestas y en lo que no contradiga a la presente adenda, se mantienen plenamente en vigor todos y cada uno de los términos y condiciones del convenio.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda al convenio resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal». Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia que corresponda a la otra administración firmante.

Y en prueba de cuanto antecede, las Partes suscriben la presente adenda, en la fecha indicada en la última firma electrónica.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, Pilar Alegría Continente.–La Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, María Teresa Ledo Turiel.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, Jesús Herrero Poza.

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