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Documento BOE-A-2024-17949

Resolución de 22 de agosto de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Autónomo Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 6 de septiembre de 2024, páginas 111505 a 111554 (50 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2024-17949

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa aprobación de la Secretaría de Estado de Función Pública, dispongo convocar concurso específico para cubrir las vacantes, dotadas presupuestariamente, que se relacionan en los anexos A y B correspondientes de esta resolución, con arreglo a las siguientes bases.

Estas bases han sido negociadas en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, de materias específicas para personal funcionario del artículo 34.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, mediante el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.

Bases

Primera. Participación.

De acuerdo con lo dispuesto en los apartados a) y c) del artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, introducido por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, así como el artículo 41.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el suspenso en firme mientras dure la suspensión, siempre que reúna el resto de los requisitos exigidos en la convocatoria en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de participación. Estos requisitos habrán de mantenerse hasta la fecha de toma de posesión en el puesto adjudicado.

Los funcionarios y las funcionarias que pertenezcan a dos o más cuerpos o escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos.

Los funcionarios y funcionarias, aun perteneciendo a cuerpos o escalas de determinados sectores afectados de exclusiones, podrán participar en aquellos puestos que tengan clave de exclusión en la relación de puestos de trabajo, siempre y cuando se les permita en virtud de alguna resolución o acuerdo de la Dirección General de la Función Pública.

Los funcionarios y funcionarias de los cuerpos o escalas que tengan reservados puestos en exclusiva no podrán participar en este concurso para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indistinto, salvo autorización del Ministerio para la Transformación Digital y Función Pública, de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos los indicados cuerpos o escalas.

Cuando los puestos convocados dependan del propio Departamento al que estén adscritos los cuerpos o escalas con puestos en exclusiva, corresponderá a ese departamento conceder la referida autorización.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 103.cuatro.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la movilidad del personal funcionario que desempeñen puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y que pertenezcan a especialidades o escalas adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la previa autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención a las necesidades del servicio.

Los puestos adscritos a la unidad Centro Nacional de Alimentación se encuentran ubicados en la localidad de Majadahonda, provincia de Madrid.

Segunda. Situaciones administrativas de los participantes.

1. Los funcionarios y las funcionarias deberán permanecer en cada puesto de trabajo de destino definitivo un mínimo de dos años para poder participar en los concursos de provisión de puestos, salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado o de un Departamento ministerial, en defecto de aquélla, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y en el de supresión de su puesto de trabajo.

2. Los funcionarios y las funcionarias en situación de servicio en otras Administraciones Públicas (artículo 88 Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), que después de transcurridos dos años desde su transferencia o traslado, hayan tomado posesión en un ulterior destino definitivo obtenido voluntariamente, no podrán participar hasta que hayan transcurrido dos años desde su incorporación al mismo; todo ello sin perjuicio de eventuales excepciones a causa de remoción, cese o supresión acaecidas en ese ulterior puesto.

3. Los funcionarios y las funcionarias en excedencia voluntaria por interés particular (artículo 89.2 del Estatuto Básico del Empleado Público) y en excedencia voluntaria por agrupación familiar (artículo 89.3 del citado Estatuto), solo podrán participar si al término del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido al menos dos años desde el inicio en dicha situación.

4. Los funcionarios y las funcionarias en situación de excedencia por cuidado de familiares y en servicios especiales con derecho a reserva de puesto (artículos 89.4 y 87 del Estatuto Básico del Empleado Público) solo podrán participar si a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes han transcurrido dos años desde la fecha de toma de posesión en el último destino definitivo obtenido, salvo en los supuestos contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

5. Los funcionarios y las funcionarias que hayan accedido a otro cuerpo o escala por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el cuerpo o escala de procedencia, a efectos exclusivos de la permanencia de dos años en destino definitivo para poder concursar.

6. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren ocupando puestos en adscripción provisional, estarán obligados a participar en este concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos, el puesto que ocupan en adscripción provisional, de acuerdo con lo establecido en los artículos 62.2 y 72.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los funcionarios y las funcionarias sin destino definitivo que, habiendo solicitado el puesto que ocupan provisionalmente, no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la misma localidad.

7. El personal funcionario en situación administrativa de expectativa de destino y excedencia forzosa están obligados a concursar, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29, apartados 5 y 6 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, añadidos por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre.

8. Las personas aspirantes que procedan de la situación administrativa de suspensión firme de funciones, acompañarán a su solicitud la documentación acreditativa de haber finalizado el periodo de suspensión.

Tercera. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso se dirigirán a la Secretaría General de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, ajustándose a los modelos publicados como anexos a esta resolución, y se presentarán en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes se presentarán a través del Portal Funciona, (o aplicación informática correspondiente), siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT), sin perjuicio de lo indicado en la presente base.

En el caso de que la persona concursante no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo con carácter excepcional, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debiendo en este caso, aportar documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal o de la aplicación informática correspondiente.

Si no se aporta dicha justificación, la solicitud presentada en papel no será admitida.

Los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en situaciones distintas a la de servicio activo sin reserva de puesto de trabajo o que no presten servicios en la Administración General del Estado, que no pudieran presentar electrónicamente su solicitud, podrán hacerlo, con carácter excepcional, en tanto se habilite esta posibilidad, en los registros a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

La forma de presentación no telemática será admitida en los casos expresamente previstos en esta base.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una solicitud solo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

Las personas concursantes deberán unir a su solicitud cuantos documentos hayan de ser tenidos en cuenta. La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:

– Anexo 1: Certificado de méritos.

– Anexo 2: Solicitud de participación.

– Anexo 3: Méritos alegados en relación con el puesto o puestos solicitados.

– Anexo 4: Descripción sumaria de la trayectoria profesional general.

– Anexo 5: Autorización de consulta de la residencia.

– Anexo 6: Autorización de consulta de datos.

– Anexo 8: Certificado de méritos específicos.

Los anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que en ellos se contienen.

El incumplimiento de los dispuesto en los párrafos anteriores podrá ser causa de exclusión de la participación en el concurso.

2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se puedan realizar en él.

3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus solicitudes.

Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su solicitud y acompañar fotocopia de la petición de la otra persona solicitante.

No podrán solicitarse plazas condicionadas respecto a la localidad en la que ya se encuentre destinada con carácter definitivo alguna de las personas peticionarias.

Cuarta. Baremo de valoración.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el justificante de su solicitud formulada en plazo.

La valoración de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados en su nivel de complemento de destino durante la tramitación de este concurso se realizará teniendo en cuenta las características del puesto a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles efectos retroactivos que se reconozcan en la misma.

El presente concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se valorarán los méritos generales y, en la segunda, los méritos específicos adecuados a las características de cada puesto. Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente concurso habrá de alcanzarse una valoración mínima de 10 puntos en la primera fase y de 15 puntos en la segunda.

La puntuación de cada uno de los méritos enunciados a continuación no podrá exceder en ningún caso del 40 por 100 de la puntuación máxima total ni ser inferior al 10 por 100 de la misma.

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

I. Primera fase. Méritos generales

1. Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado como personal funcionario de carrera, en el cuerpo o escala desde el que se participa, se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del cuerpo o escala correspondiente hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma:

– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.

– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.

– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 6 puntos.

– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 4 puntos.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido en otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el cuerpo o escala desde el que participa el funcionario o funcionaria, cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.

En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario o la funcionaria, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.

El funcionario o la funcionaria de carrera que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el punto 1 de la base quinta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el anexo correspondiente al certificado de méritos.

2. Valoración del trabajo desarrollado.

Por el desempeño de puestos de trabajo, como personal funcionario de carrera, en el cuerpo o escala desde el que se participa durante los últimos cinco años (60 meses), inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, se valorará hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,40 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,30 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,20 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo en la misma área funcional que aquella a la que se encuentra adscrita la plaza o plazas solicitadas, se otorgará una puntuación adicional de 1 punto. A estos efectos, se considerará misma área funcional los puestos de trabajo de similar contenido técnico o especialización, pertenecientes al ámbito de actuación que figura en la descripción de cada puesto o relacionado con el perfil formativo exigido.

A efectos de la valoración del mérito trabajo desarrollado:

– Al personal funcionario de carrera cesado en puestos de libre designación, removido de puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre pendiente de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a su grado personal consolidado.

– A los funcionarios y las funcionarias de carrera que se encuentren en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas (artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público), se les considerará, durante el tiempo de permanencia en dicha situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al subgrupo de adscripción del cuerpo o escala desde el que participa, se les valorará el nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios y funcionarias destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.

– El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares, regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.

3. Cursos de formación o perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo total de 10 puntos, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del cuerpo o escala en el que se hayan impartido o recibido.

El número mínimo de cursos a valorar en cada puesto de trabajo será de tres cursos y el máximo de seis.

Únicamente se podrán valorar los cursos que previamente figuren incluidos en el listado anual de cursos publicado por el Departamento u Organismo convocante, y en el área de conocimiento al que pertenezca el puesto objeto de valoración. Se podrá acceder a dicho listado a través del enlace:

https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/agencia/seccion/trabaja_AESAN.htm.

Teniendo en cuenta lo anterior, los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de Formación interna de los Departamentos u Organismos, no pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.

Además, respecto de los cursos impartidos y recibidos, únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el certificado de méritos generales. En caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.

Se otorgará, por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de quince horas, siempre que se haya expedido diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento: 3 puntos por curso. Se podrá otorgar una puntuación adicional de 0,25 puntos a los cursos con una duración superior a veinticinco horas.

Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de dos horas: 6 puntos por curso.

La puntuación máxima por los cursos impartidos y recibidos no podrá superar los 9 puntos.

Por cada materia de las especificadas en el área de conocimiento solo podrá ser valorado un curso, independientemente del número de cursos que sobre ella se hayan recibido o impartido.

En el caso de haberse recibido o impartido más de un curso sobre una misma materia se valorará el que otorgue mayor puntuación a la persona participante.

Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su duración sea de quince o más horas.

El plazo máximo de validez de los cursos será de diez años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

4. Antigüedad.

La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación, independientemente del grupo u subgrupo de adscripción del cuerpo o escala en el que se haya adquirido: 0,67 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 20 puntos.

Computarán a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera, siempre que los tuviera reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y siempre que estén certificados en el anexo correspondiente al certificado de méritos. La antigüedad que no conste en dicho anexo no se considerará a efectos de su valoración.

No se tendrán en cuenta los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

5. Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Para la valoración de estos méritos se atenderá a los siguientes criterios:

Los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo serán objeto de valoración cuando el funcionario o funcionaria se encuentre en situación de servicio activo o en una situación que conlleve la reserva del puesto de trabajo o de localidad, en el cuerpo o escala desde el que participa, y lo haya indicado expresamente en la solicitud de participación.

Solamente se otorgará puntuación por este mérito en el caso de que el puesto solicitado sea de nivel igual o inferior al desempeñado por el funcionario o funcionaria o al que, en su caso, tenga reservado.

A efectos de valoración de los supuestos contemplados en este apartado no se otorgará puntuación en aquellos casos en los que la persona participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde residan los/las menores o familiares objeto de cuidado, o de destino definitivo del cónyuge.

Será necesario que la persona participante resida en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo.

Los supuestos relativos a esta materia se valorarán, como máximo con 10 puntos, que supone el 10 % del total de la puntuación de los méritos valorados en el concurso.

5.1 Destino previo del cónyuge funcionario o de la cónyuge funcionaria de carrera.

Cuando el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria haya obtenido mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto, se valorará en sentido positivo en función del tiempo de separación de los cónyuges, con un máximo de 5 puntos de la siguiente forma:

– Si han transcurrido dos o más años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 5 puntos.

– Si han transcurrido menos de dos años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 2 puntos.

En el caso de que el destino definitivo del cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria se haya obtenido con anterioridad a la fecha del matrimonio, se computará desde la fecha de éste.

5.2 Cuidado de hijos e hijas y familiares.

a) Cuidado de hijos e hijas: tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo o hija cumpla doce años, siempre que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos solicitados permiten una mejor atención del hijo o hija menor, se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos, de la siguiente forma:

La valoración de los tres supuestos siguientes es excluyente entre sí:

1. Se valorarán con 3 puntos aquellos supuestos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el/la menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinta provincia.

2. Se valorarán con 2 puntos aquellos supuestos en los que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el/la menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinto municipio de la misma provincia.

3. Se valorará con 1 punto el resto de los supuestos no incluidos en los apartados anteriores cuando permita una mejor atención del hijo o hija menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.

Se otorgará una valoración adicional en los siguientes casos, siempre sin superar el límite máximo establecido para la valoración del cuidado de hijos e hijas, siendo los siguientes supuestos compatibles entre sí:

– Cuando el hijo o la hija menor objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 50 %: 1 punto.

– Cuando se trate de una familia monoparental o se trate de una familia numerosa: el 20 % de la puntuación total a otorgar por este supuesto: 1 punto.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de un familiar.

b) El cuidado de un familiar: se valorará con un máximo de 5 puntos el cuidado de un familiar hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por sí mismo, no desempeñe actividad retribuida y siempre que se acceda desde un municipio distinto y el puesto que se solicita esté ubicado en el mismo municipio en el que resida el familiar. Deberá acreditarse fehacientemente que el puesto o puestos que se solicitan permiten una mejor atención del familiar.

Se aplicará el siguiente baremo:

– Primer grado de consanguineidad o afinidad: 4 puntos.

– Segundo grado de consanguineidad o afinidad: 2 puntos.

Se otorgará una valoración adicional de 1 punto, cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65 %.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos e hijas.

II. Segunda fase. Méritos específicos adecuados a las características del puesto

Se valorarán, con hasta un máximo de 25 puntos, los méritos específicos para cada puesto de la convocatoria alcanzados como personal funcionario de carrera independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del cuerpo o escala en el que se haya adquirido dicho mérito.

En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, estudios, experiencia necesaria, titulación, en su caso, y demás condiciones que garanticen la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo. adquiridos al servicio de cualquier Administración Pública.

A estos efectos, se procederá a valorar como méritos específicos los conocimientos y/o experiencia adquiridos en el desarrollo de las tareas o funciones propias de uno o varios puestos de trabajo cuando se hayan estado realizando durante seis meses o más.

En relación con los puestos ubicados en Comunidades Autónomas con lengua cooficial, se valorará, además de los méritos aludidos anteriormente, el conocimiento de dicha lengua cuando el contenido de los puestos se ajuste a lo establecido en el apartado tercero de la Orden de 20 de julio de 1990 (BOE del 24) y este conocimiento figure recogido en el correspondiente anexo. La puntuación otorgada a este mérito deberá quedar reflejada en el anexo de puestos correspondiente y se graduará en función del nivel de conocimiento de la misma.

La Comisión de Valoración podrá convocar a las personas candidatas que estime oportuno para la celebración de una entrevista, con la finalidad de precisar algún particular relacionado con los méritos específicos.

Quinta. Acreditación de los méritos.

La certificación de los méritos de los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a dos o más cuerpos o escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes al cuerpo o escala desde el que participa.

Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo 56 de esta ley orgánica.

De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.

1. Acreditación de los méritos generales y de la lengua cooficial.

Los méritos generales y el conocimiento de las lenguas cooficiales, en su caso, se acreditarán en el certificado de méritos, anexo 1, que recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido de acuerdo con los siguientes supuestos:

a) La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o el Órgano competente en los Organismos, si se trata de funcionarios y funcionarias destinados en servicios centrales.

b) Las Secretarías Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, cuando se trate de funcionarios y funcionarias destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial.

c) La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de los funcionarios y funcionarias destinados en Madrid en ese Departamento Ministerial, y por los Delegados de Defensa cuando dichos funcionarios y funcionarias estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de Defensa.

d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas.

e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del funcionario o funcionaria, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.

f) La Dirección General de Función Pública, para funcionarios y funcionarias pertenecientes a cuerpos o escalas adscritos al Ministerio de Transformación Digital y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaria se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios.

g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de funcionarios y funcionarias que se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo.

h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, SA, en el caso de los funcionarios y funcionarias de cuerpos y escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma.

i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en el caso de los funcionarios y funcionarias de cuerpos y escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.

En el certificado de méritos generales la persona responsable de la emisión del mismo deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso.

Asimismo, se deberá hacer constar en el certificado de méritos el conocimiento de las lenguas cooficiales, previa acreditación por parte de la persona que solicita el certificado, que deberá aportar a la Unidad que debe expedir el mismo, una copia del título, diploma o certificación expedido por centro público competente o por institución privada oficialmente homologada, expresivo del grado de conocimiento, de conformidad con los dispuesto en la Orden de 1990.

Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

La documentación a aportar, que deberá contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas, será la siguiente:

a) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino previo del cónyuge funcionario o funcionaria, deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del libro de familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial.

– Certificación de la unidad de personal que acredite la relación de servicios del cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo obtuvo.

– Documentación acreditativa de que tanto el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación como su cónyuge, se encuentran residiendo en el mismo municipio en el que están ubicados sus respectivos puestos de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

b) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto objeto de valoración el cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del libro de familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.

– Para los supuestos contemplados en el apartado I.5.2.a) de la base cuarta, consentimiento fehaciente de la persona que concursa, en representación de su hijo o de su hija menor, para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento, exclusivamente en relación al hijo o hija menor, sean recabados de oficio, mediante la cumplimentación del anexo 5. No será necesaria aportar este consentimiento si el mismo ya se ha recabado en el modelo de solicitud de participación en el concurso.

– Para la consulta de los datos mencionados en el párrafo anterior, será necesario consignar el DNI del hijo o hija menor, si lo tuviera, o su nombre y apellidos, así como fecha y lugar de nacimiento.

– Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora (Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre), la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado acreditativo del lugar de residencia de los/las menores.

– Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo de edad obligatoria de escolarización.

– Para el supuesto contemplado en el apartado I.5.2.a).3 de la base cuarta, documentación acreditativa de que el puesto solicitado permite una mejor atención del hijo o hija menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.

– Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

– Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia.

– Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia del libro de familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento de la unidad familiar.

c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito los cuidados de un familiar deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del libro de familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la relación de consanguinidad o afinidad.

– Copia de la resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o discapacidad, expedido por la Administración Pública competente en la materia, en el que conste la necesidad de la asistencia de una tercera persona. En su defecto, certificado médico oficial actualizado en el que conste expresamente que la situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado no le permite valerse por sí mismo y necesita de la asistencia de una tercera persona.

– Consentimiento fehaciente del familiar dependiente para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que sus datos de empadronamiento sean recabados de oficio, cumplimentando el anexo 5 de esta convocatoria. Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora, la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.

– Certificado que acredite que el familiar objeto de cuidado no está de alta en ningún régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena.

– Declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad retribuida alguna.

– Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

Toda la documentación recogida en este apartado deberá ser aportada junto con la solicitud de participación en el plazo de los quince días hábiles establecidos al efecto. La documentación presentada fuera de este plazo no será tenida en cuenta.

2. Acreditación de los méritos específicos.

El certificado para la valoración de los méritos específicos habrá de ser expedido, en el modelo que se adjunta a esta convocatoria como anexo 8, por la persona responsable o titular de la unidad administrativa en la que se hayan realizado las funciones que han permitido adquirir los conocimientos o experiencia que se certifican, debiendo aparecer reflejado en el mismo el cargo de la persona que lo expide.

Sexta. Consideraciones sobre la valoración de los méritos.

1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por las personas solicitantes, deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

2. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas.

3. La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada una de las personas que compongan la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases.

4. En caso de empate en la puntuación se acudirá a lo dispuesto en el artículo 44.4 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

5. La valoración de los méritos se referirá a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.

6. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar todos los datos alegados por las personas interesadas, con los existentes en el Registro Central de Personal, así como solicitar las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración y consecuentemente modificar la puntuación otorgada.

En caso de discrepancia entre los datos aportados por la persona solicitante y los que constan en el Registro Central de Personal, prevalecerán los del Registro.

7. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar de las personas interesadas la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, la presidencia de la Comisión de Valoración pedirá informe a los centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la adaptación.

De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes pertinentes.

8. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que hayan obtenido las puntuaciones mínimas exigidas en cada caso. Por el contrario, se declararán desiertos cuando antes de la resolución de adjudicación se hubieran amortizado o modificado sus características funcionales, orgánicas o retributivas por acuerdo de la Secretaría de Estado de Función Pública, salvo lo establecido en la Base Cuarta para la reclasificación del nivel de los puestos convocados.

Séptima. Comisión de Valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa vigente en materia de igualdad y que estará formada por las siguientes personas:

– Presidencia: el Secretario o Secretaria General, o persona en quien delegue.

– Secretaría: un funcionario o funcionaria designada a propuesta de la Dirección Ejecutiva.

– Vocalías: dos personas en representación de la Unidad a la que pertenezca el puesto, designadas a propuesta de la Dirección Ejecutiva y tres personas designadas a propuesta de la Dirección Ejecutiva.

Asimismo, tienen derecho a formar parte de la Comisión de Valoración una persona en representación y a propuesta de cada una de las Organizaciones Sindicales más representativas y de las que cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.

El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o superior al de las personas designadas a propuesta de la Administración.

Las personas representantes de las organizaciones sindicales serán designadas a propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, solicitada la propuesta de designación por parte de la Administración, si no se formula en el plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha organización sindical ha decaído en su opción.

Las personas titulares de la Comisión y sus suplentes, que las sustituirán con voz y voto en caso de ausencia deberán pertenecer a cuerpos o escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados y, además, poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados, a tenor de lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere oportuno, personas expertas en calidad de asesores, con voz, pero sin voto, de acuerdo con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el órgano convocante, previa solicitud de la Comisión de Valoración.

2. La Comisión de Valoración propondrá a las personas candidatas que hayan obtenido mayor puntuación entre las que consigan la mínima exigida, para cada puesto en la presente convocatoria.

3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el concurso.

1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona participante hubiese obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante, a fin de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha comunicación, dando conocimiento de lo actuado a la persona interesada.

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas.

Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente, que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web de esta Agencia, accesible a través del siguiente enlace:

https://www.aesan.gob.es/AECOSAN/web/agencia/seccion/trabaja_AESAN.htm.

3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos solicitados, se admitirán hasta dos días antes de la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación.

Novena. Publicidad de la valoración de méritos.

Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones provisionales otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de valoración de los méritos de cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de cinco días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.

Las alegaciones y subsanaciones habrán de formularse a través del Registro Electrónico Común, y dirigirse a la Secretaría General de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición.

Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se hubieran presentado alegaciones.

Décima. Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por resolución de la Subsecretaría de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en un plazo máximo de seis meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.

2. En la resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración pública de cese de las personas participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia, cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.

3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por enfermedad, se diligenciará el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.

La persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde presta servicios el funcionario o funcionaria podrá, no obstante, diferir el cese, por necesidades del servicio, de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicarse a la Unidad a la que haya sido destinado el funcionario o la funcionaria.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento por exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de Estado de Función Pública podrá aplazar la fecha del cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga prevista en el párrafo anterior. Para su concesión será necesario que el Departamento que lo solicita emita informe motivado de la necesidad de dicho aplazamiento.

Con independencia de lo establecido en los párrafos anteriores, la persona titular de la Subsecretaría del Departamento donde haya obtenido nuevo destino el funcionario o la funcionaria podrá conceder una prórroga de incorporación de hasta veinte días hábiles, si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita la persona interesada por razones justificadas.

Undécima. Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo, en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de tres días hábiles por escrito al órgano convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido concedidos a las personas interesadas, no supondrán una ampliación del plazo para la opción de destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la base décima.3.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a personal funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Aquellas personas participantes que desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombradas o sean nombradas, por promoción interna, personal funcionario de carrera de cuerpos o escalas pertenecientes al subgrupo inmediato superior al cuerpo o escala desde el que han concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el cuerpo o escala desde el que participan.

Los puestos convocados en el anexo B se adjudicarán en función de las posibles resultas, esto es, en función de si el funcionario o funcionaria titular del puesto convocado en tal circunstancia obtiene otro puesto en el presente concurso.

Duodécima. Publicación de la resolución del concurso.

La publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso, con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a las personas interesadas, y a partir de la misma empezarán a contarse los plazos establecidos para que los ministerios y organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

Decimotercera. Recursos.

Contra la presente resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 22 de agosto de 2024.–El Subsecretario de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Rubén Baz Vicente.

ANEXO 1
Certificado de méritos

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746780_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746780_2.png

ANEXO 2
Solicitud de participación

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746781_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746781_2.png

ANEXO 3

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746782_1.png

ANEXO 4
Descripción sumaria de la trayectoria profesional general del candidato (1)

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746783_1.png

ANEXO 5
Consentimiento para realizar la consulta de verificación de datos de residencia del familiar dependiente al que alude la base cuarta, apartado I.e).2).b) de la presente convocatoria

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746784_1.png

ANEXO 6
Consentimiento para la consulta y obtención de datos

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746785_1.png

ANEXO 8
Certificado de méritos específicos

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/216/17949_14746786_1.png

ANEXO A
puestos vacantes

AG.ESP.SEG.ALIMENTARIA Y NUTRICION, O.A.

DIRECCION EJECUTIVA

N.º Orden N.º Plazas Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
1 1 5020282 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE EVALUACION DE RIESGOS NUTRICIONALES

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión como punto focal de España para instituciones europeas relacionadas con la seguridad alimentaria.

- Organización de reuniones de cooperación científica con organizaciones colaboradoras con instituciones europeas relacionadas con la seguridad alimentaria.

- Gestión de convenios de organizaciones españolas con instituciones europeas relacionadas con la seguridad alimentaria.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 18,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 4,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 3,00 pts.).

 
2 1 5473784 SECRETARIO / SECRETARIA DE PUESTO DE TRABAJO N30

- MADRID

- MADRID

16 7.119,00

C1

C2

AE

EX11

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Organización de agenda, reuniones y visitas

- Gestión de archivo de correspondencia y documentación

- Atención telefónica y correo electrónico

- Registro de entrada y salida

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Secretaría

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimiento de tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimiento de tareas similares a las de la función 2 (máx: 6,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimiento de tareas similares a las de la función 3 (máx: 6,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimiento de tareas similares a las de la función 4 (máx: 6,00 pts.).

 

SECRETARIA GENERAL

N.º Orden N.º Plazas Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
3 1 5026510 JEFE / JEFA DE SECCION DE HABILITACION

- MADRID

- MADRID

22 6.049,40

A2

C1

AE

EX11

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Colaboración en el control y seguimiento de propuestas de gasto y facturación para pagos a realizar por el Sistema de Anticipos de Caja Fija mediante la aplicación Gespres.

- Colaboración e la gestión de justificantes de gasto, órdenes internas de pago y de transferencias para el pago por el Sistema de Anticipos de Caja Fija mediante la aplicación Sorolla 2.

- Elaboración de cuentas justificativas, arqueos de tesorería e informes relativos al Sistema de Anticipos de Caja Fija mediante la aplicación Sorolla 2.

- Contabilidad analítica de costes mediante la aplicación Canoa.

- Utilización de las aplicaciones informáticas Sorolla, Gespres, así como hojas de cálculo y bases de datos.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Gestión económica-financiera

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 5,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 8,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 8,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 1,00 pts.).

 
4 1 5020269 JEFE / JEFA DE SECCION

- MADRID

- MADRID

22 4.890,62

A2

C1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Colaboración en la gestión, tramitación y seguimiento de contratos menores y de convenios en todas sus fases.

- Utilización de las aplicación informática SOROLLA2, así como hojas de cálculo y bases de datos.

- Atención a las incidencias de mantenimiento de edificios.

- Utilización de la aplicación informática GEISER para control y distribución del Registro General Electrónico.

- Colaboración en la gestión y control de inventarios.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Gestión económica-financiera.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 8,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 8,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 2,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 2,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 5,00 pts.).

 
5 1 5020271 JEFE / JEFA DE SECCION

- MADRID

- MADRID

22 4.890,62

A2

C1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Colaboración en la gestión y tramitación de contratos administrativos en todas sus fases.

- Tramitación de las facturas contractuales.

- Utilización de la aplicación informática Sorolla2, así como hojas de cálculo y bases de datos.

- Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público.

- Coordinación e intercambio de información con las Unidades Técnicas en materia contractual.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Gestión económica-financiera.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 5,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 5,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 5,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 5,00 pts.).

 

S.G. DE GESTION DE LA SEGURIDAD ALIMENT.

N.º Orden N.º Plazas Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
6 1 1298810 JEFE / JEFA DE AREA DE GESTION DE RIESGOS QUIMICOS

- MADRID

- MADRID

28 16.028,74

A1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Elaboración de normativa nacional e internacional en materia de gestión de riesgos químicos en los alimentos (ingredientes tecnológicos -aditivos, aromas y enzimas-, disolventes de extracción, coadyuvantes tecnológicos, contaminantes, materiales en contacto con los alimentos y residuos de productos fitosanitarios y de medicamentos de uso veterinario) y de aguas envasadas.

- Participación en grupos de trabajo con Comunidades Autónomas, instituciones de la Unión Europea (Consejo y Comisión Europea) y organismos internacionales (Codex Alimentarius, OIV, COI, etc.) relacionadas con la gestión de riesgos químicos en los alimentos.

- Coordinación de actuaciones en el ámbito de la gestión de los riesgos químicos con otras administraciones y sectores económicos y sociales implicados en la seguridad alimentaria.

- Elaboración de informes sobre la gestión del riesgo para el consumidor por la presencia de sustancias químicas en los alimentos y por la migración de sustancias procedentes de materiales en contacto con los alimentos, incluyendo el ámbito de notificaciones del sistema de alerta rápida para alimentos y piensos (RASFF). Elaboración de informes, notas de prensa, publicaciones y propuestas de respuesta a preguntas parlamentarias en el ámbito de la gestión de los riesgos químicos. Manejo de la aplicación del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA) y gestión de solicitudes y expedientes mediante sede electrónica.

- Dirección de equipos de trabajo.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

- Liderazgo,

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 7,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 6,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 2,00 pts.).

 
7 1 5020285 JEFE / JEFA DE AREA DE GESTION DE RIESGOS NUTRICIONALES

- MADRID

- MADRID

28 16.028,74

A1

A3

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Elaboración de normativa nacional e internacional sobre nuevos alimentos y nuevas fuentes y sistemas de producción de alimentos, organismos modificados genéticamente, declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, información alimentaria facilitada al consumidor, complementos alimenticios, alimentos para grupos específicos de población (preparados para lactantes, preparados de continuación, alimentos para usos médicos especiales, alimentos sustitutivos de la dieta completa) y adición de vitaminas, minerales y otras sustancias a los alimentos.

- Participación en grupos de trabajo con Comunidades Autónomas, instituciones de la Unión Europea (Consejo y Comisión Europea) y organismos internacionales (Codex Alimentarius) relacionadas con las materias mencionadas en la función 1.

- Coordinación de actuaciones con otras administraciones y sectores económicos y sociales implicados en la seguridad alimentaria, en el ámbito de las materias mencionadas en la función 1. Valoración de los alimentos para grupos específicos para su financiación por el Sistema Nacional de Salud (SNS).

- Elaboración de informes sobre las materias mencionadas en la función 1, incluyendo el ámbito de notificaciones del sistema de alerta rápida para alimentos y piensos (RASFF). Elaboración de informes, notas de prensa, publicaciones y propuestas de respuesta a preguntas parlamentarias en este ámbito de gestión. Manejo de las aplicaciones del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), del sistema de información para la gestión de la cartera de servicios suplementaria de prestación con productos dietéticos (SIPRODI) y gestión de solicitudes y expedientes mediante sede electrónica.

- Dirección de equipos de trabajo

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

- Liderazgo.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 7,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 6,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 2,00 pts.).

 
8 1 3431665 TECNICO / TECNICA SUPERIOR FACULTATIVO Y ESPECIALISTA

- MADRID

- MADRID

24 9.031,68

A1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Elaboración de normativa nacional e internacional en el ámbito de la seguridad alimentaria (nuevos alimentos y nuevas fuentes y sistemas de producción de alimentos, declaraciones nutricionales y de propiedades saludables, complementos alimenticios, alimentos para grupos específicos de población y adición de vitaminas, minerales y otras sustancias a los alimentos).

- Participación en grupos de trabajo con Comunidades Autónomas, instituciones de la Unión Europea (Consejo y Comisión Europea) y organismos internacionales (Codex Alimentarius) en el ámbito de la seguridad alimentaria.

- Coordinación de actuaciones con otras administraciones y sectores económicos y sociales implicados en la seguridad alimentaria, en el ámbito de la seguridad alimentaria.

- Elaboración de informes, notas de prensa, publicaciones y propuestas de respuesta a preguntas parlamentarias relacionados con la seguridad alimentaria, incluyendo el ámbito de notificaciones del sistema de alerta rápida para alimentos y piensos (RASFF). Manejo de las aplicaciones del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA), del sistema de información para la gestión de la cartera de servicios suplementaria de prestación con productos dietéticos (SIPRODI) y gestión de solicitudes y expedientes mediante sede electrónica.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 6,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 6,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 6,00 pts.).

 

S. G. DE NUTRICION

N.º Orden N.º Plazas Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
9 1 5538859 JEFE / JEFA DE AREA

- MADRID

- MADRID

28 16.028,74

A1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Diseño, elaboración y evaluación de informes y publicaciones técnico-científicas relacionadas con la nutrición para la toma de decisiones e implementación de iniciativas para la promoción de una alimentación saludable, actividad física y prevención de la obesidad considerando las inequidades sociales y con enfoque de género.

- Aplicación de metodologías estadísticas para el diseño de estudios, el análisis de datos y la elaboración de informes técnicos y publicaciones científicas para evaluar la composición nutricional de los alimentos comercializados y de la oferta alimentaria en el entorno alimentario de fuera del hogar como base científica para implementar iniciativas de salud pública.

- Participación en redes de acción y acciones conjuntas de organismos internacionales para la identificación e implementación de estrategias nacionales para mejorar la calidad de las dietas y reducir la prevalencia de obesidad y enfermedades no transmisibles relacionadas.

- Desarrollo, tramitación y seguimiento de convenios y expedientes de contratación en el ámbito de la promoción de la alimentación saludable, actividad física y prevención de la obesidad.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 8,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 8,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 6,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

 

CENTRO NACIONAL DE ALIMENTACION

N.º Orden N.º Plazas Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
10 1 4668010 JEFE / JEFA DE AREA DE LABORATORIO

- MADRID

- MADRID

28 18.443,18

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión, coordinación y supervisión de las actividades en el ámbito del Área de Gestión del Centro Nacional de Alimentación (CNA). Aplicación de modelos de calidad en la Administración Pública y utilización de indicadores de calidad como herramientas clásicas de gestión

- Coordinación del sistema de gestión de calidad en laboratorio de seguridad alimentaria bajo la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 y requisitos de las Notas Técnicas NT-18 y NT-19 de ENAC para acreditación mediante categorías de ensayos

- Coordinación y gestión de la aplicación informática utilizada como herramienta en la red de laboratorios de seguridad alimentaria

- Coordinación y gestión de aplicaciones informáticas utilizadas en un laboratorio de seguridad alimentaria para el desarrollo de sus actividades analíticas como laboratorio nacional de referencia (según requisitos de la Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025 y requisitos de las Notas Técnicas NT-18 y NT-19 de ENAC para acreditación mediante categorías de ensayos)

- Gestión de planes de formación, prevención de riesgos laborales y organización de reuniones técnicas de laboratorio nacional de referencia

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 3,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 7,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 11,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 1,00 pts.).

 
11 1 5692590 JEFE / JEFA DE AREA DE LABORATORIO

- MADRID

- MADRID

28 18.443,18

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión, coordinación y supervisión de las actividades analíticas en el ámbito del Área Química del Centro Nacional de Alimentación (CNA), así como de la implantación en dichas actividades de sistemas de trabajo bajo la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 y requisitos de las Notas Técnicas NT-18 y NT-19 de ENAC para acreditación mediante categorías de ensayos

- Cooperación con la dirección del CNA en tareas administrativas y técnicas para dar soporte al mantenimiento y promoción de las actividades del CNA como Laboratorio Nacional de Referencia en el ámbito del área química

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial y participación en la red europea de laboratorios de micotoxinas, toxinas de las plantas y contaminantes del procesado

- Participación en grupos de expertos y comités técnicos nacionales e internacionales en materia de análisis físico-químico relacionados con la seguridad alimentaria

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 15,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 3,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 2,00 pts.).

 
12 1 4668011 JEFE / JEFA DE AREA DE QUIMICA Y EVALUACION NUTRICIONAL

- MADRID

- MADRID

28 16.028,74

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión, coordinación y supervisión de las actividades analíticas en el ámbito del Área Biológica del Centro Nacional de Alimentación (CNA), así como de la implantación en dichas actividades de sistemas de trabajo bajo la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025 y requisitos de la Nota Técnica NT-18 de ENAC para acreditación mediante categorías de ensayos,

- Cooperación con la dirección del CNA en tareas administrativas y técnicas para dar soporte al mantenimiento y promoción de las actividades del CNA como Laboratorio Nacional de Referencia en el ámbito del área biológica.

- Colaboración en el desarrollo/ interpretación técnico-analítica de textos legales, informes científicos y de documentos de referencia.

- Coordinación y gestión de brotes de origen alimentario.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 15,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 2,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

 
13 1 4668016 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE COMPONENTES Y ADITIVOS

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión, desarrollo y validación funcional de la aplicación informática utilizada como herramienta en la red de laboratorios de seguridad alimentaria.

- Gestión, desarrollo y validación funcional de aplicaciones informáticas utilizadas en laboratorio de seguridad alimentaria para el desarrollo de sus actividades analíticas como laboratorio nacional de referencia (según requisitos de la Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025 y requisitos de las Notas Técnicas NT-18 y NT-19 de ENAC para acreditación mediante categorías de ensayos).

- Evaluación, revisión y gestión de los datos relativos a las designaciones de los laboratorios de control oficial en seguridad alimentaria.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 10,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 10,00 pts.).

 
14 1 5692586 JEFE / JEFA DE SERVICIO HABILITADO

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

A2

AE

EX11

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Planificación, gestión y coordinación del presupuesto del Laboratorio, incluyendo adquisición de bienes, equipos (fungibles, inventariables…), servicios, mantenimiento, prevención de riesgos, selección de suministradores, etc.

- Planificación, gestión y coordinación de obras y tramitación de subvenciones otorgadas por organismos internacionales.

- Tramitación de expedientes de contratación pública a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público para adquisición de materiales de referencia y organización de ejercicios de intercomparación como laboratorio nacional de referencia.

- Asistencia a la Junta / Mesa de contratación.

- Elaboración de la documentación necesaria para la licitación de procedimientos públicos de contratación.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Gestión económico-financiera

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 7,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 7,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 2,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 2,00 pts.).

 
15 1 5692588 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE LABORATORIO

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

A2

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión, desarrollo, validación de tareas de laboratorio relacionadas con análisis microbiológicos para la detección de agentes zoonóticos en alimentos dentro de una sistemática según la Norma UNE-ISO/IEC 17025 como laboratorio nacional de referencia.

- Validación e implantación de métodos para actualización y modificación de las normas ISO en la actividad coordinada por los laboratorios de referencia de la Unión Europea en el ámbito de la microbiología alimentaria.

- Gestión de brotes de origen alimentario de botulismo.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial. Organización, evaluación y participación en ejercicios de intercomparación de los laboratorios nacionales de referencia y laboratorios europeos de referencia.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 10,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 10,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 3,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 2,00 pts.).

 
16 1 5692589 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE LABORATORIO

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

A2

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión y organización del trabajo de un laboratorio de análisis de residuos de plaguicidas en alimentos.

- Aplicación del sistema de gestión de la calidad en laboratorios de ensayo para acreditación según Norma UNE-ISO/IEC 17025 y aplicación de la NT-19 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos, en el campo de residuos de plaguicidas en alimentos.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial y participación en las redes europeas de laboratorios de residuos de plaguicidas en alimentos (método de residuo único, y alimentos de origen animal y productos con elevado contenido en grasa).

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 8,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 12,00 pts.).

 
17 1 4668018 JEFE / JEFA DE SECCION DE COMPONENTES Y ADITIVOS II

- MADRID

- MADRID

24 9.031,68

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Realización y validación de métodos de ensayo de residuos de medicamentos veterinarios en matrices de origen animal por cromatografía líquida acoplada a espectrometría de masas en el ámbito de un laboratorio nacional de referencia.

- Aplicación del sistema de gestión de la calidad en laboratorios de ensayo, para acreditación según Norma UNE-ISO/IEC 17025 y aplicación de la NT-18 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos, en el campo de residuos de medicamentos veterinarios.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial. Organización, evaluación y participación en ejercicios de intercomparación de los laboratorios nacionales de referencia y laboratorios europeos de referencia.

- Colaboración en la elaboración de guías interpretativas de la aplicación de legislación de la Unión Europea en el ámbito de residuos de medicamentos veterinarios.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 3,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 2,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 10,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 10,00 pts.).

 
18 1 4668029 JEFE / JEFA DE SECCION DE MATERIALES DE CONTACTO CON ALIMENTOS

- MADRID

- MADRID

24 9.031,68

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Realización y validación de métodos de ensayo de migración específica de materiales en contacto con los alimentos (formaldehído, melamina, aminas aromáticas, etc.)

- Realización y validación de métodos de ensayos de migración global.

- Aplicación del sistema de gestión de la calidad en laboratorios de ensayo, para acreditación según Norma UNE-ISO/IEC 17025 y aplicación de la NT-18 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos, en el campo de materiales en contacto con alimentos.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial y participación en la red europea de laboratorios de materiales en contacto con alimentos.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 10,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 5,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 5,00 pts.).

 
19 1 4668049 JEFE / JEFA DE SECCION DE ZOOSANITARIOS IV

- MADRID

- MADRID

24 9.031,68

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Realización y validación de métodos de ensayo de residuos de plaguicidas en alimentos por cromatografía de líquidos acoplada a espectrometría de masas (LC-MS/MS).

- Aplicación del sistema de gestión de la calidad en laboratorios de ensayo para acreditación según Norma UNE-ISO/IEC 17025 y aplicación de la NT-19 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos, en el campo de residuos de plaguicidas en alimentos.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial y participación en las redes europeas de laboratorios de residuos de plaguicidas en alimentos (método de residuo único, y alimentos de origen animal y productos con elevado contenido en grasa).

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 7,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 11,00 pts.).

 
20 1 4668051 TECNICO / TECNICA SUPERIOR FACULTATIVO Y ESPECIALISTA

- MADRID

- MADRID

24 9.031,68

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Participación en la realización y validación de métodos de ensayos de residuos de plaguicidas en alimentos por cromatografía de gases acoplada a espectrometría de masas (GC-MS; GC-MS/MS).

- Aplicación del sistema de gestión de la calidad en laboratorios de ensayo para acreditación según Norma UNE-ISO/IEC 17025 y aplicación de la NT-19 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos, en el campo de residuos de plaguicidas en alimentos.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial y participación en las redes europeas de laboratorios de residuos de plaguicidas en alimentos (método de residuo único, y alimentos de origen animal y productos con elevado contenido en grasa).

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 7,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 11,00 pts.).

 
21 1 5692596 COLABORADOR / COLABORADORA DE LABORATORIO

- MADRID

- MADRID

20 5.364,66

A2

C1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Aplicación del sistema de gestión de la calidad en laboratorios de ensayo, para acreditación según Norma UNE-ISO/IEC 17025 y aplicación de la NT-18 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos, en el campo de micotoxinas, toxinas de las plantas y contaminantes del procesado en alimentos.

- Determinación de la concentración de disoluciones patrón mediante espectrofotometría.

- Participación en la realización y validación de métodos de ensayo de micotoxinas, toxinas de las plantas y contaminantes del procesado en alimentos mediante técnicas cromatográficas (HPLC-FLD; HPLC-UV, HPLC-MS/MS; GPC)

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial. Organización, evaluación y participación en ejercicios de intercomparación de los laboratorios nacionales de referencia y laboratorios europeos de referencia.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 2,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 3,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 15,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 5,00 pts.).

 
22 1 5021078 SECRETARIO / SECRETARIA DE PUESTO DE TRABAJO N30

- MADRID

- MADRID

16 7.119,00

C1

C2

AE

EX11

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Organización y gestión de agenda, reuniones y visitas.

- Gestión de archivo de correspondencia y documentación.

- Tareas administrativas y de gestión en apoyo a la Dirección.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Secretaría

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 9,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 8,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 8,00 pts.).

 
23 1 4668077 AYUDANTE DE INVESTIGACION I+D+I

- MADRID

- MADRID

16 4.589,76

C1

AE

EX27

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Tareas habituales en un laboratorio de ensayos biológicos (microbiología, parasitología, alérgenos, Organismos Modificados Genéticamente, ensayos moleculares -tipo PCR, ELISA, etc.)

- Gestión del material de laboratorio, manejo/extracción muestras, métodos de purificación, eliminación de residuos, y preparación de reactivos/ medios.

- Trabajo en laboratorio de ensayo acreditado de acuerdo a la Norma UNE EN ISO/IEC 17025.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 10,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 10,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 5,00 pts.).

 
24 1 4853861 TECNICO / TECNICA ESPECIALISTA EN LABORATORIO

- MADRID

- MADRID

16 4.589,76

C1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Tareas habituales en un laboratorio de ensayos físico-químico (preparación reactivos, manejo/extracción muestras, métodos de purificación, gestión del material de laboratorio, eliminación de residuos, etc.)

- Trabajo en laboratorio de ensayo acreditado de acuerdo a la Norma UNE EN ISO/IEC 17025.

- Calibración de equipos de laboratorio.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 15,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 5,00 pts.).

 

LABORATORIO DE BIOTOXINAS MARINAS

N.º Orden N.º Plazas Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
25 1 4692119 JEFE / JEFA DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS

- PONTEVEDRA

- VIGO

24 9.512,86

A1

A3

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Desarrollo, validación e implementación de métodos de análisis mediante técnicas de cromatografía de líquidos de alta eficacia, espectrometría de masas y ensayos celulares, para la determinación de biotoxinas marinas reguladas y emergentes.

- Aplicación de sistemas de gestión de calidad en laboratorios de ensayo acuerdo a la Norma UNE EN ISO/IEC 17025.

- Participación en auditorías externas de la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) e internas, conforme a los requisitos de la Norma UNE EN ISO/IEC 17025, y en ejercicios de intercomparación en el campo del análisis de alimentos.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 14,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 7,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 4,00 pts.).

 

Cuerpos o escalas:

* EX18: EX12+EX13+EX15 (Hasta 27 de julio de 2007)+EX16+EX17 - Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología.

* EX11: EX12+EX13+EX14+EX15 (Hasta 27 de julio de 2007)+EX16+EX17 - Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigación, excepto Sector Sanidad. No afecta al Pers. Estat. de Func. Admin. Regulado art. 12.3 Est. Pers. no Sani. SS, excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología.

* EX23: EX15 (hasta 27 de julio de 2007)+EX16+EX17 - Excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología.

* EX27: EX12+EX14+EX15 (Hasta 27 de julio de 2007)+EX16+EX17 - Excepto Sector Docencia, excepto Sector Sanidad. No afecta al Pers. Estat. de Func. Admin. Regulado art. 12.3 Est. Pers. no Sani. SS, excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología.

Adscripción a Administraciones Públicas (AD):

* AE: Administración del Estado.

* A3: Administración del Estado autonómica y Local.

Titulaciones:

Formación:

Observaciones:

ANEXO B
Puestos a resultas

AG.ESP.SEG.ALIMENTARIA Y NUTRICION, O.A.

S.G. DE GESTION DE LA SEGURIDAD ALIMENT.

N.º Orden Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
1 4096699 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE GESTION DE RIESGOS NUTRICIONALES

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

A3

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Elaboración de normativa nacional e internacional sobre nuevos alimentos y nuevas fuentes y sistemas de producción de alimentos.

- Participación en grupos de trabajo con Comunidades Autónomas, instituciones de la Unión Europea (Consejo y Comisión Europea) y organismos internacionales (Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)) relacionadas con los riesgos relativos a los nuevos alimentos y con las nuevas fuentes y sistemas de producción de alimentos.

- Coordinación de actuaciones con otras administraciones y sectores económicos y sociales implicados en la seguridad alimentaria, en el ámbito de la gestión del riesgo relativo a los nuevos alimentos y las nuevas fuentes y sistemas de producción de alimentos.

- Elaboración de informes sobre la gestión del riesgo relativo a los nuevos alimentos y las nuevas fuentes y sistemas de producción de alimentos, incluyendo el ámbito de notificaciones del sistema de alerta rápida para alimentos y piensos (RASFF). Elaboración de informes, notas de prensa, publicaciones y propuestas de respuesta a preguntas parlamentarias en este ámbito.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 15,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 4,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 3,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

 
2 4353765 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE NORMATIVA TECNICA

- MADRID

- MADRID

26 12.410,86

A1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Elaboración de normativa nacional e internacional en materia de gestión de riesgos biológicos en los alimentos (higiene alimentaria, flexibilidad en la aplicación de las medidas de higiene, control oficial de los productos de origen animal, veterinaria de salud pública, zoonosis alimentarias y otros riesgos biológicos en alimentos) así como sobre protección de los animales en el momento del sacrificio.

- Participación en grupos de trabajo con Comunidades Autónomas, instituciones de la Unión Europea (Consejo y Comisión Europea) y organismos internacionales (Codex Alimentarius) relacionadas con la gestión de riesgos biológicos en los alimentos.

- Coordinación de actuaciones en el ámbito de la gestión de los riesgos biológicos con otras administraciones y sectores económicos y sociales implicados en la seguridad alimentaria.

- Coordinación de grupos de trabajo con otras administraciones en relación con el estudio de guías nacionales de prácticas correctas de higiene y para la aplicación de los principios del sistema APPCC.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 6,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 6,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 6,00 pts.).

 

S.G..DE CONTROL OFICIAL Y ALERTAS

N.º Orden Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
3 1097792 TECNICO / TECNICA SUPERIOR

- MADRID

- MADRID

24 7.119,00

A1

AE

EX18

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Aplicación de la normativa en el ámbito de materia relacionada con la seguridad alimentaria y Unión Europea.

- Elaboración de procedimientos de actuación en materia de control oficial en seguridad alimentaria.

- Diseño y utilización de aplicaciones informáticas relacionadas con el control oficial en seguridad alimentaria.

- Participación en grupos de trabajo nacionales e internacionales en materia de control oficial en seguridad alimentaria.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 7,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 6,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 6,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 6,00 pts.).

 

S. G. DE NUTRICION

N.º Orden Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
4 3045801 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE FORMACION Y DOCUMENTACION

- MADRID

- MADRID

26 12.410,86

A1

A2

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Coordinación de estudios y encuestas sobre el estado nutricional y estilos de vida saludables, así como revisión y elaboración de informes técnicos y publicaciones científicas, para evaluar e impulsar intervenciones y políticas en promoción de la alimentación saludable, la actividad física y la prevención de la obesidad.

- Diseño, gestión, seguimiento y evaluación de programas, intervenciones y proyectos para la promoción de la alimentación saludable, actividad física y prevención de la obesidad, así como realización de actividades de difusión y formativas para fomentar la sensibilización.

- Coordinación, gestión, seguimiento y participación técnica en acciones conjuntas financiadas por la Comisión europea en materia de salud pública, y representación nacional ante organismos internacionales en trabajos relacionados con la promoción de la alimentación saludable, actividad física, la prevención de la obesidad y otras enfermedades no transmisibles relacionadas.

- Coordinación y participación en grupos de expertos, de autoridades competentes y otros órganos de coordinación sobre políticas de salud pública para la promoción de la alimentación saludable, la actividad física y el estudio y la prevención de la obesidad, así como elaboración de proyectos legislativos y otros desarrollos normativos para el apoyo a la implementación de estas políticas.

- Diseño y seguimiento de convenios y expedientes de contratación en el ámbito de la promoción de la alimentación saludable, la actividad física y la prevención de la obesidad.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 8,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 4,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 7,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 4,00 pts.).

5. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 5 (máx: 2,00 pts.).

 

CENTRO NACIONAL DE ALIMENTACION

N.º Orden Código puesto Denominación del puesto de trabajo Provincia/Localidad

Nv/

CD

CE

GR/

SB

ADM Cuerpo Tit. req. Form. req. Observ. Información relacionada con el puesto de trabajo M/E
5 4668013 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE TOXICOLOGIA ALIMENTARIA

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión, desarrollo y validación de tareas de laboratorio relacionadas con la determinación analítica de toxinas de las plantas y aplicación de la NT-18 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos.

- Gestión, desarrollo y validación de tareas de laboratorio relacionadas con la determinación analítica de micotoxinas y contaminantes del procesado, y aplicación de la NT-18 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos.

- Gestión, desarrollo y validación de tareas de laboratorio relacionadas con la determinación analítica de alimentos irradiados.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial. Organización, evaluación y participación en ejercicios de intercomparación organizados por laboratorios nacionales de referencia y laboratorios europeos de referencia.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 15,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 3,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 3,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 4,00 pts.).

 
6 4668014 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE MICROBIOLOGIA ALIMENTARIA

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión y organización del trabajo de un laboratorio de análisis de materiales en contacto con los alimentos.

- Aplicación del sistema de gestión de la calidad en laboratorios de ensayo, para acreditación según Norma UNE-ISO/IEC 17025 y aplicación de la NT-18 de ENAC: Acreditación para Categorías de Ensayo en laboratorios de control de alimentos, en el campo de materiales en contacto con alimentos.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial y participación en la red europea de laboratorios de materiales en contacto con alimentos.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 12,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 5,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 8,00 pts.).

 
7 4668015 JEFE / JEFA DE SERVICIO DE CONTAMINANTES

- MADRID

- MADRID

26 12.968,34

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Gestión y evaluación de datos epidemiológicos para la secuenciación de aislados bacterianos asociados a brotes de origen alimentario para redes europeas.

- Evaluación, validación y análisis de resistencias antimicrobianas en aislados de origen alimentario.

- Gestión de brotes de triquina en muestras de origen alimentario.

- Apoyo en cuestiones técnico-analíticas a los laboratorios de control oficial. Organización, evaluación y participación en ejercicios de intercomparación organizados por laboratorios nacionales de referencia y laboratorios europeos de referencia.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, nutrición y laboratorio.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 10,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 10,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 3,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 2,00 pts.).

 
8 4668027 JEFE / JEFA DE SECCION DE INMUNOLOGIA BIOQUIMICA

- MADRID

- MADRID

24 9.031,68

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Desarrollo, validación e implantación de tareas de laboratorio relacionadas con análisis microbiológicos para la detección de agentes zoonóticos en alimentos dentro de una sistemática según la Norma UNE-ISO/IEC 17025 como laboratorio nacional de referencia

- Validación e implantación de métodos para actualización y modificación de las normas ISO en la actividad coordinada por los laboratorios de referencia de la Unión Europea en el ámbito de la microbiología alimentaria.

- Análisis en brotes de origen alimentario de botulismo y tipificación de triquina.

- Participación en ejercicios de intercomparación de los laboratorios europeos de referencia.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad alimentaria, Nutrición y Laboratorios

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 6,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 8,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 8,00 pts.).

4. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 4 (máx: 3,00 pts.).

 
9 5020277 JEFE / JEFA DE SECCION DE HAP Y AMINAS BIOGENAS

- MADRID

- MADRID

24 9.031,68

A1

AE

EX23

     

Descripción del puesto de trabajo:

- Participación en las tareas de laboratorio relacionadas con análisis microbiológicos para la detección de agentes zoonóticos en alimentos dentro de una sistemática según la Norma UNE-ISO/IEC 17025 como laboratorio nacional de referencia.

- Participación en la implantación de métodos para actualización y modificación de las normas ISO en la actividad coordinada por los laboratorios de referencia de la Unión Europea en el ámbito de la microbiología alimentaria.

- Participación en la incorporación de datos epidemiológicos para la secuenciación de aislados bacterianos asociados a brotes de origen alimentario para redes europeas.

Perfil formativo/Cursos de formación:

- Seguridad Alimentaria, Nutrición y Laboratorios.

Méritos específicos:

1. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 1 (máx: 5,00 pts.).

2. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 2 (máx: 10,00 pts.).

3. Experiencia y/o conocimientos en tareas similares a las de la función 3 (máx: 10,00 pts.).

 

Cuerpos o escalas:

* EX18: EX12+EX13+EX15 (Hasta 27 de julio de 2007)+EX16+EX17 - Excepto Sector Docencia, excepto Sector Investigacion, excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología.

* EX23: EX15 (Hasta 27 de julio de 2007)+EX16+EX17 - Excepto Sector Instituciones Penitenciarias, excepto Sector Transporte Aéreo y Meteorología.

Adscripción a Administraciones Públicas (AD):

* A3: Administración del Estado Autonómica y Local.

* AE: Administración del Estado.

Titulaciones:

Formación:

Observaciones:

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/08/2024
  • Fecha de publicación: 06/09/2024
  • Convocatoria. 25 plazas y 9 a resultas.

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