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Documento BOE-A-2024-17997

Resolución de 29 de julio de 2024, de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, por la que se publica la modificación del Reglamento de gestión y funcionamiento del Consejo de Administración.

Publicado en:
«BOE» núm. 216, de 6 de septiembre de 2024, páginas 111649 a 111649 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Referencia:
BOE-A-2024-17997

TEXTO ORIGINAL

En fecha 8 de mayo de 2020, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, aprobó el Reglamento de Gestión y Funcionamiento del Consejo de Administración, de conformidad con lo establecido en el artículo 30.5 d) del Real Decreto Legislativo 2/2011, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante, siendo publicado el mismo en el «Boletín Oficial del Estado» número 161, del lunes 8 de junio de 2020.

A propuesta de la Presidencia, el Consejo de Administración, en sesión celebrada el 24 de julio de 2024, acordó modificar el aparatado 2 del artículo 17 del Reglamento, con el siguiente tenor literal:

«2. En todo caso, cuando concurran situaciones excepcionales de fuerza mayor, de grave riesgo colectivo, o catástrofes públicas que impidan o dificulten de manera desproporcionada el normal funcionamiento del régimen presencial de las sesiones del Consejo de Administración, éste podrá, apreciada la concurrencia de la situación descrita por la Presidencia, constituirse, celebrar sesiones y adoptar acuerdos a distancia por medios electrónicos y telemáticos, asegurándose por medios electrónicos la identidad de los miembros, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que éstas se producen, así como la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante la sesión. Se entenderá celebrada en la sede de la Autoridad Portuaria.

Si perjuicio de lo anterior, los miembros del Consejo podrán solicitar la asistencia a distancia a la sesión, cuando la Presidencia haya modificado el día de celebración previsto en el calendario de sesiones ordinarias aprobado para el ejercicio. No obstante, esta posibilidad queda limitada a un número máximo de dos (2) asistencias telemáticas al año por consejero/a.

Para tener derecho a asistencia telemática, en el caso anterior, se deberá solicitar vía correo electrónico a la Secretaría del Consejo, en un plazo nunca inferior a 48 horas antes de la hora de inicio de la sesión en primera convocatoria.»

Todo lo cual se publica para general conocimiento. El texto completo de la Resolución puede consultarse en la web de la Autoridad Portuaria de Las Palmas (https://www.palmasport.es/es/download/resolucion-por-la-que-se-acuerda-la-modificacion-del-articulo-17-del-reglamento-de-gestion-y-funcionamiento-del-consejo-de-administracion-de-la-autoridad-portuaria-de-las-palmas/?wpdmdl=46619&refresh=66a785dd98dea1722254813)

Las Palmas de Gran Canaria, 29 de julio de 2024.–La Presidenta de la Autoridad Portuaria de Las Palmas, Beatriz Calzada Ojeda.

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