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Documento BOE-A-2024-18946

Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se aprueban las bases y se convoca la provisión de plaza de Director/a de Gestión y Servicios Generales de Atención Sanitaria de Melilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 21 de septiembre de 2024, páginas 116114 a 116118 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2024-18946

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo previsto en el artículo 13 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal Estatutario de los Servicios de Salud y el art. 20.4 del Real Decreto–ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, vigente con carácter reglamentario, y del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, esta Dirección General acuerda convocar la provisión de la plaza que se relaciona en la Base primera de la presente resolución, con las especialidades establecidas por la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el citado Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, y en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, en cuanto no se opongan al mencionado Real Decreto Legislativo 5/2015, y el resto de la normativa vigente en la materia.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 (BOE de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las siguientes bases: 

Bases de convocatoria

1. Características de la plaza y funciones

Plaza: Director/a de Gestión y Servicios Generales de Atención Sanitaria de Melilla, para prestar servicios en Melilla, sujeto a derecho laboral en virtud de relación laboral especial del personal de alta dirección, de conformidad con el artículo 2.1.a) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, y normas concordantes.

Titulación requerida: Licenciado universitario, Grado o equivalente.

Funciones:

A) Dirigir, coordinar y evaluar el funcionamiento de las unidades y servicios de la División de Gestión y Servicios Generales y las actividades del personal integrado en los mismos, respecto a:

a) Gestión económica, presupuestaria y financiera.

b) Gestión administrativa en general y de la política de personal y recursos humanos.

c) Suministros.

d) Hostelería.

e) Orden interno y seguridad.

f) Obras y mantenimiento.

B) Proporcionar al resto de las Divisiones del área sanitaria de Melilla el soporte administrativo y técnico específico, así como de servicios generales necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.

C) Asumir las funciones de carácter no asistencial que expresamente delegue o encomiende el Director Gerente.

Todas aquellas funciones reguladas en el Real Decreto 118/2023, de 21 de febrero, por el que se regula la organización y funcionamiento del INGESA, en el marco de sus competencias.

2. Régimen de contratación

Con la persona seleccionada para ocupar la plaza que se convoca se formalizará el correspondiente contrato de trabajo propio de la relación laboral especial de alta dirección, regulado por el Real Decreto 1382/85, de 1 de agosto, normas concordantes y complementarias. Dicha relación laboral especial quedará regulada por lo establecido en el precitado contrato de trabajo y en el resto del ordenamiento jurídico, siendo sus retribuciones las aprobadas para la plaza y puesto de Director/a de Gestión y Servicios Generales de Atención Sanitaria de Melilla.

3. Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes deberán poseer y acreditar, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo, los siguientes requisitos de participación:

3.1 Nacionalidad:

– Tener la nacionalidad española.

– Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

– Cualquiera que sea su nacionalidad, ser cónyuge de españoles o nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

– Ser personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

– Ser personas extranjeras que no estando incluidas en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

3.2 Titulación: Licenciatura universitario, Grado o equivalente. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

3.3 Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones que deriven de su contrato.

3.4 Habilitación: La persona aspirante no deberá haber sido separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser persona nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

4. Idoneidad y méritos

La idoneidad de las personas aspirantes al puesto cuya cobertura es objeto de convocatoria se valorará atendiendo a los siguientes méritos:

– Experiencia en gestión económica, de personal y administrativa, con preferencia en el ámbito de las Administraciones Públicas y/o el Sistema Nacional de Salud.

– Capacidad y experiencia de gestión y organización de equipos humanos.

– Capacidad de negociación y de relación con Organizaciones Sindicales.

– Conocimiento de la legislación laboral y administrativa española, especialmente en el ámbito de las Administraciones Públicas y el Sistema Nacional de Salud.

– Formación y experiencia en contratación de bienes y servicios, tanto en el sector público como en el privado, control presupuestario y contabilidad financiera y presupuestaria.

5. Solicitudes

Quienes deseen participar en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante solicitud escrita, acompañada de «curriculum vitae» y documentación acreditativa, dirigida a la Dirección del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA), que podrá ser presentada directamente en el registro general del INGESA sito en el calle Alcalá, número 56 (28071-Madrid) o en los lugares a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, o a través de medios electrónicos de acuerdo al Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina española de Correos se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada antes de su certificación, dirigiendo el envío a la referida Dirección del INGESA, sito en la calle Alcalá, número 56 (28071-Madrid).

Serán excluidas del proceso de selección todas aquellas personas aspirantes que no reúnan los requisitos de participación establecidos en la Base Tercera o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o incumpliendo los términos formales de presentación señalados en los párrafos anteriores.

6. Lugares de publicación de la convocatoria

La presente convocatoria será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA).

7. Órgano de selección

Al objeto de examinar y valorar las solicitudes y currículos se constituirá un Órgano de Selección con la siguiente composición:

Presidente/a: La persona titular de la Subdirección General de Gestión Sanitaria del INGESA.

Vocales:

– La persona titular de la Subdirección General de Asuntos Generales y Económico-Presupuestarios del INGESA.

– La persona titular de la Subdirección Adjunta de Gestión Sanitaria del INGESA.

– Secretario/a: La persona titular de la Jefatura de Área de Personal Estatutario del INGESA.

Asimismo, y en función de las características de la plaza, el órgano de selección podrá requerir la asistencia de colaboradores técnicos de otras unidades del INGESA.

El órgano de selección ajustará su actuación a lo previsto en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

8. Listas de admitidos y excluidos

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano de selección analizará las candidaturas presentadas para determinar las personas candidatas admitidas y excluidas para participar en el proceso selectivo, en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en el perfil del puesto al que optan.

Una vez examinadas las solicitudes, el órgano de selección publicará, en el máximo plazo de un mes, una lista provisional de personas candidatas admitidas y excluidas para participar en el proceso selectivo en función del cumplimiento de los requisitos establecidos en el perfil del puesto al que optan, en la que figurarán, en su caso, las causas de exclusión. Dicha lista se hará pública en la página web del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (https://ingesa.sanidad.gob.es/). Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que pudieran no figurar en la lista provisional, dispondrán de un plazo de diez días hábiles en aplicación del artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, contados a partir del siguiente a la publicación de la misma, para subsanar, en su caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.

Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará la lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo.

9. Proceso de selección

La adecuación de las personas aspirantes definitivamente admitidas será evaluada de forma motivada por el Órgano de Selección en relación con los aspectos sobre idoneidad y méritos establecidos en la presente convocatoria que estén directamente relacionados con el puesto cuya cobertura se pretende, y según su adecuación al perfil del puesto. El órgano de selección establecerá los criterios para evaluar dichos aspectos sobre idoneidad y méritos.

El resultado de dicha valoración se publicará en los lugares indicados en la base octava.

Aquellas personas candidatas que resulten preseleccionadas podrán ser citadas para la realización de entrevista personal, a través de la cual el Órgano de Selección comprobará, valorará y determinará, en relación con las funciones del puesto a desempeñar, las siguientes circunstancias:

a) La adecuación de los conocimientos, experiencia y demás requisitos exigidos.

b) La competencia y aptitud de las personas candidatas, así como sus habilidades y capacidades directivas, organizativas, analíticas, de gestión de equipos humanos y de comunicación.

c) La adecuación del perfil de la persona aspirante al puesto a cubrir.

d) El interés de la persona candidata para integrarse en la organización mediante el desempeño de la plaza convocada.

Las personas candidatas serán convocadas para realizar la entrevista por cualquier medio que permita tener constancia fehaciente de su recepción por el interesado, conforme establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Finalmente, el Órgano de Selección elevará a la autoridad convocante, una relación de las personas candidatas que hayan comparecido a la entrevista, valoradas de forma motivada en función de su idoneidad para el puesto convocado. La autoridad convocante dictará resolverá motivadamente el presente proceso selectivo, procediéndose contratación en régimen de relación laboral especial de alta dirección, como Director/a de Gestión y Servicios Generales de Atención Sanitaria de Melilla, de la persona candidata seleccionada.

10. Normas finales

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en las presentes bases del referido proceso selectivo.

Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicto, en el plazo de un mes, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Madrid, 13 de septiembre de 2024.–La Directora del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, Isabel Muñoz Machín.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/09/2024
  • Fecha de publicación: 21/09/2024
  • Convocatoria.

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