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Documento BOE-A-2024-19043

Orden TES/1006/2024, de 16 de septiembre, por la que se concede ayuda a la Fundación EDE/EDE Fundazioa, con cargo al Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 230, de 23 de septiembre de 2024, páginas 116607 a 116608 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2024-19043

TEXTO ORIGINAL

La persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en virtud de la competencia atribuida en el artículo 61.p) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, es competente para conceder subvenciones y ayudas con cargo a los créditos de gasto propios del departamento.

Mediante la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de ayudas del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible y se efectuó la convocatoria para los años 2022 y 2023, en régimen de concurrencia competitiva.

Las ayudas de dicha convocatoria se concedieron por medio de la Orden TES/1069/2023, de 22 de septiembre, por la que se conceden las ayudas del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Contra esta orden ministerial, la Fundación EDE-EDE Fundazioa interpuso recurso de reposición número 1323/2023.

Vistos los preceptos legales de pertinente aplicación, la Ministra de Trabajo y Economía Social, a propuesta de la Subdirección General de Informes, Recursos y Publicaciones, resolvió por Orden Ministerial de 18 de abril de 2024 estimar el recurso interpuesto por la mencionada fundación.

La estimación del recurso implicó una retroacción de actuaciones al momento inmediatamente anterior a la resolución anulada, en este caso, al momento de la exclusión.

Atendiendo a lo anteriormente expuesto, la Comisión de Evaluación de la convocatoria de ayudas del Plan Integral de Impulso a la Economía Social se reunió en convocatoria extraordinaria a petición de su presidente el 10 de mayo de 2024 para evaluar el expediente P23086. Dicha Comisión emitió acta extraordinaria de sesión en la que se remite a la puntuación que se acordó en fase de instrucción (64,5 puntos) para valorar el proyecto «Liderazgo y emprendimiento en el marco de nuevas culturas organizacionales transformadoras de Economía Social» de la fundación EDE-EDE Fundazioa.

A la vista del acta, el órgano instructor emitió el 23 de mayo de 2024 «Propuesta de Resolución provisional de la Dirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas sobre el expediente P23086, que solicita una ayuda en régimen de concurrencia competitiva en la convocatoria 2022-2023 del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia». Por medio de esta, se propone la concesión de la ayuda solicitada por la Fundación EDE-EDE Fundazioa para la ejecución del proyecto presentado, abriéndose un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones.

No habiéndose presentado ninguna alegación a la propuesta de resolución provisional, el órgano instructor procedió a dictar el 25 de junio de 2024 «Propuesta de Resolución definitiva de la Dirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas sobre el expediente P23086, que solicita una ayuda en régimen de concurrencia competitiva en la convocatoria 2022-2023 del Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia». Por medio de esta, se abre un plazo para que la Fundación EDE-EDE Fundazioa comunique la aceptación expresa de la subvención.

Comunicada la aceptación de la subvención por parte de la citada fundación, de conformidad con lo dispuesto en la orden de bases y la convocatoria, visto el acta extraordinaria elaborada por la Comisión de Evaluación y vista la propuesta de resolución definitiva de la Dirección General de la Economía Social y de la Responsabilidad Social de las Empresas y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 24 de la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, resuelvo:

Único.

Conceder una ayuda a la Fundación EDE/EDE Fundazioa para la realización del proyecto «Liderazgo y emprendimiento en el marco de nuevas culturas organizacionales transformadoras de Economía Social» con cargo al Plan Integral de Impulso a la Economía Social para la Generación de un Tejido Económico, Inclusivo y Sostenible para los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El importe de la ayuda asciende a 140.956,12 euros con cargo a las aplicaciones presupuestarias 19.50.28WF.471, por importe de 135.956,12 euros y 19.50.28WF.771, por importe de 5.000 euros.

El plazo para la realización del proyecto, de conformidad con lo establecido en la Orden TES/1163/2023, de 24 de octubre, por la que se amplían los plazos de realización de los proyectos y actuaciones subvencionables, y de justificación de las ayudas, es el 31 de octubre de 2024. De acuerdo con dicha norma, el plazo de presentación de la documentación de la Memoria final del proyecto justificativa de las ayudas, previsto en los artículos 25.3 y 48.3 de la Orden TES/1233/2022, de 5 de diciembre, termina el 31 de enero de 2025.

Esta orden ministerial pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la persona titular del Ministerio de Trabajo y Economía Social, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Madrid, 16 de septiembre de 2024.–La Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz Pérez.

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