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Documento BOE-A-2024-19452

Resolución de 22 de septiembre de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Instituto Cervantes, para la realización de cursos de formación de español dirigidos a profesorado de otras lenguas extranjeras, de lengua filipina, lengua polaca y de asignaturas no lingüísticas de Filipinas y Polonia, 2024.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 27 de septiembre de 2024, páginas 118949 a 118960 (12 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-19452

TEXTO ORIGINAL

La Directora General de Planificación y Gestión Educativa y el Director del Instituto Cervantes han suscrito un convenio para la realización de cursos de formación de español dirigidos a profesorado de otras lenguas extranjeras, de lengua filipina, lengua polaca y de asignaturas no lingüísticas de Filipinas y Polonia, 2024.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución.

Madrid, 22 de septiembre de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Instituto Cervantes para la realización de cursos de formación de español dirigidos a profesorado de otras lenguas extranjeras, de lengua filipina, lengua polaca y de asignaturas no lingüísticas de Filipinas y Polonia, 2024

16 de agosto de 2024.

De una parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, representado por la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, doña María del Ángel Muñoz Muñoz, nombrada por Real Decreto 556/2022, de 5 julio (BOE de 6 de julio), en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 de la Orden EFP/43/2021, de 21 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.

Y, de otra parte, el Instituto Cervantes, representado por el Director del Instituto Cervantes, don Luis Manuel García Montero, nombrado por Real Decreto 933/2018, de 20 de julio (BOE de 21 de julio), y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá, 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Ambas partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les otorgan, se reconocen la capacidad legal necesaria para formalizar el presente convenio y, en su mérito,

EXPONEN

I. Que al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes –en adelante, MEFPD– en virtud de lo previsto en el Real Decreto (RD) 1027/1993, de 25 de junio (BOE de 6 de agosto), por el que se regula la Acción Educativa en el Exterior, le corresponde, entre otras acciones, potenciar la proyección de la educación y la cultura españolas en el exterior, integrando esta acción educativa en el marco más amplio de la promoción y difusión de la cultura y de la lengua españolas y de la cooperación internacional.

II. Que el citado RD prevé, en su artículo 25, que la acción educativa en el exterior se podrá desarrollar mediante la realización de actividades de formación dirigidas al profesorado extranjero y a través de la suscripción de convenios con todo tipo de instituciones cuya finalidad se oriente a la difusión del español.

III. Que el RD 1138/2002, de 31 de octubre (BOE de 1 de noviembre), por el que se regula la Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior, establece, en su artículo 3, entre las funciones de las consejerías de educación, la de organizar actividades de formación en el ámbito territorial de su competencia.

IV. Que la Ley 7/1991, de 21 de marzo, de creación del Instituto Cervantes –en adelante, IC– y el RD 1526/1999, de 1 de octubre, por el que se aprueba su reglamento, establecen que la institución tiene entre sus fines promover universalmente la enseñanza, el estudio y el uso del español y fomentar cuantas acciones contribuyan a la difusión y la mejora de la calidad de dichas actividades, y que para ello se coordinará con las administraciones públicas o cualquier otro organismo orientado a los mismos fines.

V. Que, al no contar la Asesoría Técnica en Filipinas y la Consejería de Educación en Polonia con los medios materiales, personales y técnicos de las características requeridas para la realización de cursos de formación de español para el profesorado de otras lenguas extranjeras, de lengua filipina, de lengua polaca y de asignaturas no lingüísticas de centros públicos o privados filipinos y polacos de educación no universitaria, se precisa la colaboración del Instituto Cervantes de Manila y del Instituto Cervantes de Varsovia, que disponen del profesorado adecuado y de las instalaciones y medios necesarios para ello.

VI. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio cuenta con el informe favorable de los servicios jurídicos de ambas partes.

VII. Que su firma ha sido autorizada por el Ministerio de Hacienda con fecha 5 de agosto de 2024.

VIII. Que el Consejo de Administración del IC aprobó en su sesión de 24 de noviembre de 1995 los criterios básicos para la firma de convenios con otros organismos de la Administración.

Por todo ello, ambas partes, reconociéndose capacidad y competencia suficiente para intervenir en este acto, proceden a formalizar el presente convenio, de acuerdo con las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre el MEFPD y el IC respecto de la organización y desarrollo de los cursos de formación de español que se llevarán a cabo durante el año 2024, dirigidos principalmente al profesorado de lenguas extranjeras, de lengua filipina, de lengua polaca y de asignaturas no lingüísticas de centros públicos o privados filipinos y polacos de educación no universitaria.

El objetivo de la realización de estos cursos consiste en fomentar la extensión de la enseñanza bilingüe a través de la formación del profesorado anteriormente citado con el fin de que adquieran la competencia necesaria para impartir la asignatura de español como lengua extranjera o de materias no lingüísticas parcial o íntegramente en español, con objeto de responder a la demanda de enseñanza de español en los sistemas educativos filipino y polaco, así como en incrementar la calidad de la docencia del español a través del perfeccionamiento lingüístico y didáctico de los docentes participantes.

La Resolución de la Secretaría de Estado de Educación de 1 de julio de 2024 (extracto en BOE de 4 de julio) ha fijado los términos en los que se convocan ayudas para cursos de formación dirigidos a profesores de Filipinas y Polonia, participantes en el programa Europrof 2024, así como el período de realización de las actividades convocadas.

Segunda. Obligaciones de las partes.

1. El IC, haciendo uso de su experiencia en la realización de este tipo de actividades, así como de su infraestructura general de instalaciones, equipos y recursos humanos, se compromete a organizar e impartir los siguientes cursos:

– Curso 1: Curso de español a distancia del Nivel A1 (A1.1) del MCER (Manila-Filipinas):

● Participantes: 15.

● Número total de horas: 75.

○ 15 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 60 horas de curso por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

– Curso 2: Curso de español a distancia del Nivel A2 (A2.1) del MCER (Manila-Filipinas):

● Participantes: 15.

● Número total de horas: 75.

○ 15 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 60 horas de curso por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

– Curso 3: Curso de español a distancia del Nivel B2 (B2.7-B2.8 y preparación del DELE) del MCER (Manila-Filipinas):

● Participantes: 13.

● Número total de horas: 135.

○ 55 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 80 horas de curso por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

– Curso 4: Curso de español a distancia y presencial del Nivel A2 (A2.1-A2.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Participantes: 25.

● Número total de horas: 115.

○ 60 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 5 horas de tutorías en línea.

○ 10 horas de curso por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

○ 40 horas presenciales en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

● Sede durante la fase presencial: Varsovia.

– Curso 5: Curso de español a distancia y presencial del Nivel B1 (B1.3-B1.4) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Participantes: 25.

● Número total de horas: 115.

○ 60 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 5 horas de tutorías en línea.

○ 10 horas de curso por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

○ 40 horas presenciales en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

● Sede durante la fase presencial: Varsovia.

– Curso 6: Curso de español a distancia y presencial del Nivel B2 (B2.3-B2.4) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Participantes: 25.

● Número total de horas: 115.

○ 60 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 5 horas de tutorías en línea.

○ 10 horas de curso por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

○ 40 horas presenciales en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

● Sede durante la fase presencial: Varsovia.

– Curso 7: Curso de español a distancia del Nivel B1 (B1.1-B1.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Participantes: 25.

● Número total de horas: 75.

○ 60 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 5 horas de tutoría.

○ 10 horas por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

– Curso 8: Curso de español a distancia del Nivel B2 (B2.1-B2.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Participantes: 25.

● Número total de horas: 75.

○ 60 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 5 horas de tutoría.

○ 10 horas por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

– Curso 9: Curso de español a distancia del Nivel C1 (C1.1-C1.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Participantes: 25.

● Número total de horas: 75.

○ 60 horas de curso en línea con tutor AVE (Aula Virtual de Español).

○ 5 horas de tutoría.

○ 10 horas por videoconferencia en sesiones intensivas en fechas por determinar del año 2024.

2. Las distintas actividades docentes programadas figurarán en un programa operativo en el que las partes, de común acuerdo, determinarán las características de las mismas, su estructura metodológica, sus objetivos académicos, el profesorado participante y, en su caso, las actividades extraacadémicas, así como todas las acciones de orden técnico y económico necesarias para su realización.

3. La selección de los participantes en los cursos será realizada por la Asesoría Técnica en Filipinas y la Consejería de Educación en Polonia, siempre en colaboración con las autoridades locales filipinas y polacas, una vez realizada la difusión de los mismos en los ámbitos territoriales y académicos a cuyos profesionales van dirigidos. En dicha selección, siempre que proceda, se preverá una lista de reservas que permita cubrir las plazas que finalmente no sean ocupadas por los candidatos inicialmente seleccionados.

4. La Asesoría Técnica en Filipinas y la Consejería de Educación en Polonia facilitarán al IC una relación del profesorado seleccionado en la que se incluyan sus datos personales (nombre y apellidos, número de teléfono móvil y correo electrónico) y cualquier otra información que se juzgue conveniente para el mejor desarrollo de los cursos.

5. El IC facilitará al alumnado el material didáctico necesario para el aprovechamiento de los cursos, el acceso a la plataforma AVE y la documentación necesaria para poder hacer uso de sus instalaciones y servicios. Asimismo, el IC aportará el profesorado, las instalaciones y los programas informáticos de que dispone y que considere pertinentes para la ejecución del presente convenio.

Tercera. Compromisos financieros.

El MEFPD transferirá al IC durante el año 2024 para la realización de los cursos citados en la cláusula segunda, con cargo al crédito 18.08.144B.480.03, la cantidad máxima de 66.704,12 euros en concepto de aportación para la celebración de los cursos, contribuyendo el IC con valor de 76.144,66 euros dotados en su aplicación presupuestaria 12.301.144 A.227.06 para el año 2024, siendo el coste máximo de la actividad 142.848,78 euros. En el caso de que el coste total resultará ser inferior en todo o en alguna de las partidas, deberá reajustarse la aportación del MEFPD en la proporción correspondiente.

La financiación del MEFPD y del IC se desglosa para los diferentes cursos, según su contenido, duración y número de alumnos, de la siguiente forma:

– Curso 1: Curso de español a distancia del Nivel A1 (A1.1) del MCER (Manila-Filipinas):

● Número de horas por videoconferencia: 60.

● Número de horas de AVE: 15.

● Número de alumnos: 15.

● Coste total: 6.344,57 euros.

● Financiación MEFPD: 2.904,35 euros (193,62 × 15 alumnos).

● Financiación IC: 3.440,22 euros.

– Curso 2: Curso de español a distancia del Nivel A2 (A2.1) del MCER (Manila-Filipinas):

● Número de horas por videoconferencia: 60.

● Número de horas de AVE: 15.

● Número de alumnos: 15.

● Coste total: 6.344,57 euros.

● Financiación MEFPD: 2.904,35 euros (193,62 × 15 alumnos).

● Financiación IC: 3.440,22 euros.

– Curso 3: Curso de español a distancia del Nivel B2 (B2.7-B2.8 y preparación del DELE) del MCER (Manila-Filipinas):

● Número de horas por videoconferencia: 80.

● Número de horas de AVE: 55.

● Número de alumnos: 13.

● Coste total: 10.552,52 euros.

● Financiación MEFPD: 4.960,42 euros (381,57 × 13 alumnos).

● Financiación IC: 5.592,10 euros.

– Curso 4: Curso de español a distancia y presencial del Nivel A2 (A2.1-A2.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Número de horas por videoconferencia: 10.

● Número de horas de AVE: 60.

● Número de horas de tutoría: 5.

● Número de horas presenciales: 40.

● Número de alumnos: 25.

● Coste total: 24.299,78 euros.

● Financiación MEFPD: 11.285,13 euros (451,40 × 25 alumnos).

● Financiación IC: 13.014,65 euros.

– Curso 5: Curso de español a distancia y presencial del Nivel B1 (B1.3-B1.4) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Número de horas por videoconferencia: 10.

● Número de horas de AVE: 60.

● Número de horas de tutoría: 5.

● Número de horas presenciales: 40.

● Número de alumnos: 25.

● Coste total: 24.299,78 euros.

● Financiación MEFPD: 11.285,13 euros (451,40 × 25 alumnos).

● Financiación IC: 13.014,65 euros.

– Curso 6: Curso de español a distancia y presencial del Nivel B2 (B2.3-B2.4) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Número de horas por videoconferencia: 10.

● Número de horas de AVE: 60.

● Número de horas de tutoría: 5.

● Número de horas presenciales: 40.

● Número de alumnos: 25.

● Coste total: 24.299,78 euros.

● Financiación MEFPD: 11.285,13 euros (451,40 × 25 alumnos).

● Financiación IC: 13.014,65 euros.

– Curso 7: Curso de español a distancia del Nivel B1 (B1.1-B1.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Número de horas por videoconferencia: 10.

● Número de horas de AVE: 60.

● Número de horas de tutoría: 5.

● Número de alumnos: 25.

● Coste total: 15.569,26 euros.

● Financiación MEFPD: 7.359,87 euros (294,39 × 25 alumnos).

● Financiación IC: 8.209,39 euros.

– Curso 8: Curso de español a distancia del Nivel B2 (B2.1-B2.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Número de horas por videoconferencia: 10.

● Número de horas de AVE: 60.

● Número de horas de tutoría: 5.

● Número de alumnos: 25.

● Coste total: 15.569,26 euros.

● Financiación MEFPD: 7.359,87 euros (294,39 × 25 alumnos).

● Financiación IC: 8.209,39 euros.

– Curso 9: Curso de español a distancia del Nivel C1 (C1.1-C1.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

● Número de horas por videoconferencia: 10.

● Número de horas de AVE: 60.

● Número de horas de tutoría: 5.

● Número de alumnos: 25.

● Coste total: 15.569,26 euros.

● Financiación MEFPD: 7.359,87 euros (294,39 × 25 alumnos).

● Financiación IC: 8.209,39 euros.

A la finalización de cada curso, el Instituto Cervantes justificará ante la Unidad de Acción Educativa Exterior la realización de la formación mediante la entrega de documentación que confirme la celebración de las actividades.

Previamente al pago, el IC deberá acreditar estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. El presupuesto detallado de estos cursos se recoge en anexo a este convenio.

De conformidad con el apartado 1.c) del artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones, será obligación del Instituto Cervantes justificar ante el MEFPD la entrega a los beneficiarios de la subvención pública en especie concedida (participación en los cursos). Dicha justificación deberá remitirse al Departamento en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de finalización del programa de cursos y, a ser posible, antes del 15 de diciembre del año natural en curso.

La cuenta justificativa deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste, con el desglose de cada uno de los gastos incurridos, y contendrá, con carácter general, la siguiente documentación:

a) Una memoria académica, que acredite el cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de los contenidos del curso, los objetivos alcanzados, las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

b) Certificado acreditativo de la asistencia efectiva a los cursos de los profesores que resultaron beneficiarios.

c) Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas. Se incluirá, también, una ficha técnica por cada curso realizado en la que se detallarán la relación del profesorado participante, el número de alumnos que haya realizado el curso de formación con aprovechamiento y el desglose de gastos generados.

Las memorias deberán ser elaboradas conjuntamente por la consejería/asesoría de Educación respectiva y el IC.

El importe final de cada uno de los cursos vendrá definido por el número de beneficiarios que hayan realizado el curso de formación con aprovechamiento multiplicado por el importe unitario de cada una de las actividades, tal y como aparece en el desglose de precios en el anexo. En cualquier caso, la aportación máxima del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes nunca será superior al compromiso correspondiente a las ayudas concedidas y la misma deberá reajustarse, en la proporción correspondiente, si el coste de alguna de las actividades resulta inferior al previsto.

Cuarta. Obtención de certificados.

Tras la finalización del último año de formación del programa Europrof, una vez superados todos los cursos previstos para que el profesorado adquiera un nivel B2 o C1 del MCER en español, según el país, se hará entrega de un certificado en el que se haga constar su aprovechamiento en el programa Europrof al profesorado que haya participado, al menos, en un 85 % de las actividades programadas y hayan superado las pruebas establecidas en la plataforma AVE, o en cualquier otra utilizada para la impartición de los cursos, así como en la fase presencial a desarrollar en la sede del Instituto Cervantes en Varsovia.

Este certificado, en el caso de los cursos a desarrollar en Filipinas, será expedido conjuntamente por la Asesoría Técnica en Filipinas y el Instituto Cervantes en Manila. En el caso de los cursos a desarrollar en Polonia, el certificado será expedido conjuntamente por la Consejería de Educación en Polonia y el Instituto Cervantes de Varsovia. Asimismo, una vez que el profesorado participante en la formación haya superado el examen para la obtención del DELE B2 (profesorado de Filipinas y Polonia) o C1 (futuro profesorado ELE de Polonia en Secundaria), se le hará entrega de un certificado de finalización de su participación en el programa Europrof.

Sin perjuicio de lo anterior, se expedirán en las mismas condiciones certificados de participación a aquellos profesores que hayan participado en algunos de los cursos objeto del presente convenio. De igual manera, estos certificados se realizarán conjuntamente entre la oficina de educación y el Instituto Cervantes correspondientes.

En los certificados, así como en los programas de los cursos y en todo tipo de información alusiva a estos, constará que el MEFPD es la institución organizadora junto con el IC, en colaboración con las autoridades educativas filipinas y polacas.

A este respecto, se tendrán en cuenta las prescripciones legales sobre la imagen corporativa del IC y la legislación (RD 1465/99, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado) para la imagen institucional del MEFPD.

Quinta. Seguimiento.

La Unidad de Acción Educativa Exterior del MEFPD y el IC crearán una Comisión de seguimiento, compuesta por dos representantes por cada una de las partes, que tendrá las funciones de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, así como de resolver los problemas de interpretación que puedan plantearse. Igualmente, dicha Comisión será la encargada de la supervisión y evaluación de las actividades anuales referidas a los objetivos previstos en el presente convenio.

La Comisión se reunirá al menos dos veces al año, y siempre que lo solicite alguna de las instituciones representadas.

Al objeto de examinar el desarrollo de los cursos y los resultados obtenidos en los dos países participantes, se creará un grupo de trabajo en cada uno de ellos que estará formado por los representantes, en el número que se juzgue conveniente, de Asesoría Técnica en Filipinas y de la Consejería de Educación en Polonia y del Instituto Cervantes en Manila y Varsovia, respectivamente. Por otra parte, las autoridades educativas competentes en Filipinas y Polonia podrán nombrar un representante para formar parte de los citados grupos de trabajo.

Los grupos de trabajo, en los que figurarán necesariamente los responsables de los cursos, se reunirán al menos dos veces al año, y siempre que lo solicite alguna de las instituciones representadas, al objeto de examinar el desarrollo de las actividades y los resultados obtenidos, así como para proponer el programa operativo para el año siguiente, en función de la evaluación final de los cursos.

Sexta. Vigencia y eficacia.

El presente convenio se perfeccionará por prestación del consentimiento de las partes en el momento de su firma, y resultará eficaz una vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, finalizando su vigencia el 26 de febrero de 2025. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Séptima. Extinción del convenio.

El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución del presente convenio:

1. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

2. El acuerdo unánime de los firmantes.

3. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión de seguimiento, responsable del mecanismo de vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

4. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

5. Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

La resolución anticipada del presente convenio, por cualquier causa, no afectará a las actividades que estén en curso. En cualquier caso, por tanto, deberán finalizar los programas y actividades que se estén desarrollando, así como los compromisos específicos vigentes en el momento de la denuncia.

Octava. Modificación.

Cualquier modificación del presente convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes y su aprobación requerirá seguir los trámites previstos en el artículo 50 de la Ley 40/2015.

Novena. Protección de datos.

Las partes se comprometen a tratar los datos personales a los que puedan tener acceso con la finalidad indicada en el presente convenio, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos); a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Asimismo, se adoptarán las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales tratados.

Décima. Legislación aplicable.

El presente convenio se rige por lo establecido el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público de España y demás normativa que resulte de aplicación.

Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, ejecución, resolución y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes de manera amistosa, en el seno de la Comisión prevista en la cláusula quinta. A falta de acuerdo, serán competentes para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, firman el presente documento en dos ejemplares, en Madrid, a fecha de la firma digital.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), la Directora General de Planificación y Gestión Educativa, María del Ángel Muñoz Muñoz.–El Director del Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero.

ANEXO
Presupuestos para cursos de español para profesorado de otras lenguas extranjeras, de lengua filipina y polaca y de materias no lingüísticas de Filipinas y Polonia

1. Curso de español a distancia del nivel A1 (A1.1) del MCER (Manila-Filipinas):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 193,62 × 15 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 3.440,22 2.904,35
 Total costes por curso. 6.344,57

2. Curso de español a distancia del nivel A2 (A2.1) del MCER (Manila-Filipinas):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 193,62 × 15 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 3.440,22 2.904,35
 Total costes por curso. 6.344,57

3. Curso de español a distancia del nivel B2 (B2.7-B2.8 y preparación del DELE) del MCER (Manila-Filipinas):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 381,57 × 13 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 5.592,10 4.960,42
 Total costes por curso. 10.552,52

4. Curso de español a distancia y presencial del nivel A2 (A2.1-A2.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 451,40 × 25 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 13.014.65 11.285.13
 Total costes por curso. 24.299,78

5. Curso de español a distancia y presencial del nivel B1 (B1.3-B1.4) del MCER (Varsovia-Polonia):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 451,40 × 25 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 13.014.65 11.285.13
 Total costes por curso. 24.299,78

6. Curso de español a distancia y presencial del nivel B2 (B2.3-B2.4) del MCER (Varsovia-Polonia):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 451,40 × 25 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 13.014.65 11.285.13
 Total costes por curso. 24.299,78

7. Curso de español a distancia del nivel B1 (B1.1-B1.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 294,39 × 25 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 8.209,39 7.359,87
 Total costes por curso. 15.569,26

8. Curso de español a distancia del nivel B2 (B2.1-B2.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 294,39 × 25 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 8.209,39 7.359,87
 Total costes por curso. 15.569,26

9. Curso de español a distancia del nivel C1 (C1.1-C1.2) del MCER (Varsovia-Polonia):

 

Financiación IC

(Instalaciones, equipamientos, desplazamientos, actividad académica, personal y materiales)

Euros

Financiación MEFPD

(Coste unitario por alumno: 294,39 × 25 alumnos)

Euros

Total costes por institución. 8.209,39 7.359,87
 Total costes por curso. 15.569,26

Resumen de cursos

IC

Euros

MEFPD

Euros

Total costes por institución. 76.144,66 66.704,12
 Total costes. 142.848,78

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