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Documento BOE-A-2024-195

Resolución de 27 de diciembre de 2023, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la tercera Adenda de modificación del Convenio con el Ayuntamiento de Guitiriz, para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y en la estación depuradora de aguas residuales de Guitiriz (Lugo).

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 3 de enero de 2024, páginas 934 a 936 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-195

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de la tercera adenda de modificación del convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PDM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446, otorgada el 26 de diciembre de 2023, que se anexa a esta resolución.

Ourense, 27 de diciembre de 2023.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.

ANEXO
Tercera Adenda de modificación del Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PDM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446

En el lugar y fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

Por una parte, don José Antonio Quiroga Díaz, presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., adscrita al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por resolución de la Subsecretaria para la Transición Ecológica de fecha 31 de julio de 2018, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 30 de la Ley de Aguas, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, en relación con las funciones y atribuciones que los artículos 23 y 24 de dicha disposición legal les atribuyen a los organismos de cuenca.

Y por otra parte, doña Marisol Morandeira Morandeira, alcaldesa del Ayuntamiento de Guitiriz, nombrada por el Pleno de la Corporación el día 17 de junio de 2023, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 61 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.

Los comparecientes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para la firma del presente documento, y a tal efecto,

MANIFIESTAN

I. Que en fecha 17 de marzo de 2022 (BOE núm. 74, de 28 de marzo de 2022), se otorgó el convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PdM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446, con una previsión de anualidades en 2022 y 2023 por importe de 226.000 euros y 14.000 euros respectivamente.

II. Que en fecha 30 de diciembre de 2022 (BOE núm. 10, de 12 de enero de 2023) se otorgó una adenda por la que se modificaban las anualidades quedando establecidas en 37.260,17 euros y 202.739,83 euros.

III. Que en fecha 13 de septiembre de 2023 (BOE núm. 229, de 25 de septiembre de 2023) se otorgó una segunda adenda por la que se reajustaban las anualidades y se incluía una nueva facultad de la Comisión de Seguimiento para acordar la modificación de las mismas, sin superar la duración máxima prevista en el convenio, de modo que ya no fuera preciso tramitar una modificación convencional para su cambio.

IV. Que no obstante lo anterior, es necesario otorgar una tercera adenda para introducir una nueva obligación del ayuntamiento de Guitiriz por lo que se incluye en esta adenda un nuevo reajuste de anualidades.

V. Que conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Cláusula segunda del convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.

VI. Esta modificación se efectuará respetando en todos sus términos tanto los compromisos de financiación del importe total de las actuaciones recogidas en el convenio suscrito, como el alcance y el objeto de las actuaciones contempladas en el mismo.

A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de la presente adenda es modificar la cláusula novena y reajustar las anualidades establecidas en el Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el Ayuntamiento de Guitiriz para la financiación, ejecución y entrega de las nuevas actuaciones en el saneamiento y la EDAR de Guitiriz (Lugo). PdM Miño-Sil S010_3_CHCH0SET29SR2446.

Segunda. Modificación de la cláusula novena obligaciones y facultades del Ayuntamiento de Guitiriz.

Se modifica el apartado quinto de la cláusula novena que queda redactado del siguiente modo:

1. El Ayuntamiento de Guitiriz continuará siendo el responsable de la explotación de la planta depuradora durante el desarrollo de las obras recogidas en el presente convenio, debiendo correr con todos los gastos (de explotación, de mantenimiento, suministros, etc.) y aportar el personal necesario para operar la EDAR, que se mantendrá en funcionamiento. Asimismo, será el Ayuntamiento de Guitiriz el responsable de mantener los objetivos de vertido de la planta actual. No obstante lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., se compromete, dentro de la redacción de los proyectos y la planificación de la ejecución de las obras, a facilitar, siempre que técnicamente sea viable, el servicio de la EDAR existente en las mejores condiciones posibles.

Además, el ayuntamiento de Guitiriz deberá tramitar ante la Comisaría de Aguas del Organismo la correspondiente autorización de vertido para las nuevas condiciones del sistema de saneamiento.

Tercera. Modificación del anexo anualidades previstas.

Se modifica el anexo anualidades que queda establecido del siguiente modo:

Administración

2022

(euros)

2023

(euros)

2024

(euros)

TOTAL

(euros)

CHMS, O.A. 29.808,14 32.752,54 151.125,44 213.686,12
AYUNTAMIENTO DE GUITIRIZ. 7.452,03 8.188,14 37.781,36 53.421,53
 TOTAL. 37.260,17 40.940,68 188.906,80 267.107,65
Cuarta. Eficacia.

La presente adenda modificativa resultará eficaz tras su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio, tal y como se deriva del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; adicionalmente será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Manifestando su conformidad con todo lo anterior, firman el presente documento en el lugar y la fecha de la firma electrónica.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., José Antonio Quiroga Díaz.–La Alcaldesa del Ayuntamiento de Guitiriz, Marisol Morandeira Morandeira.

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