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Documento BOE-A-2024-1957

Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la primera Adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, para el apoyo al emprendimiento y a la PYME innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos: Línea Agroinnpulso. Plan de Recuperación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2024, páginas 13102 a 13104 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-1957

TEXTO ORIGINAL

La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación y el Consejero Delegado de la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, han suscrito un convenio para el apoyo al emprendimiento y a la PYME Innovadora en el Sector Agroalimentario y el Medio Rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos: Línea Agroinnpulso.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución.

Madrid, 29 de enero de 2024.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEXO
Primera adenda al Convenio de 23 de junio de 2023 entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA (ENISA) para el apoyo al emprendimiento y a la PYME Innovadora en el Sector Agroalimentario y el Medio Rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos: línea agroinnpulso. Plan de Recuperación y Resiliencia –financiado por la Unión Europea– Next Generation EU

28 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Begoña García Bernal, Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 1118/2023, de 12 de diciembre, y actuando en representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (en lo sucesivo MAPA), conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 62, apartado g, de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra parte, don José Antonio Bayón López, Consejero Delegado de la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E. SA (en adelante ENISA), con NIF A-28749885, domiciliada en Madrid con sede en calle José Abascal, 4, en virtud de escritura autorizada por el Notario de Madrid, don Eduardo Hijas Cid, el 3 de febrero de 2023, número 162 de protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 42817, folio 115, hoja M-62782, inscripción 273.ª y de conformidad con el acuerdo del Consejo de Administración de ENISA adoptado en reunión de 27 de diciembre de 2023, según consta en certificado expedido por la Secretaria del Consejo, doña Marta Chamorro Oter, con el visto bueno de la Presidenta del Consejo, doña M.ª José Muñoz Martínez.

Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente convenio, a tal efecto:

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 23 de junio de 2023 se formalizó el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E. SA, en relación con el apoyo al emprendimiento y a la pyme innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos: Línea Agroinnpulso. La línea de apoyo al emprendimiento de base digital objeto de este convenio, forma parte de la componente 3 correspondiente al MAPA del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española.

Segundo.

Se constata un buen comportamiento de la línea de financiación Agroinnpulso, derivado del ritmo de aprobación y suscripción de pólizas de PYMES agroalimentarias de toda la cadena de valor agroalimentaria, lo que permite estimar una mayor capacidad de absorción de fondos de la misma.

Los fondos previstos para esta línea de financiación proceden de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos generales del Estado para el año 2023 y se transfieren parcialmente por el MAPA a ENISA una vez suscrito el convenio.

Este establecía a ENISA. «Disposición adicional sexagésima segunda de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021» 15 millones de euros.

Es decir, se transfieren 10 millones de euros con cargo al MRR y 6 con cargo al PGE del MAPA, por lo que, de los 9 millones de euros restantes, se propone canalizar mediante esta adenda a ENISA 4 millones de euros, de forma que la línea de financiación en el marco del convenio 2023 tenga 20 millones de euros y si consideramos los tres convenios suscritos con ENISA, los fondos totales serían 43 millones de euros.

Por todo lo expuesto, ambas partes suscriben la presente adenda al convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

La presente adenda al convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E. SA, en relación con el apoyo al emprendimiento y a la pyme innovadora en el sector agroalimentario y el medio rural mediante el desarrollo de la línea de préstamos participativos: línea Agroinnpulso, suscrito el 23 de junio de 2023, tiene por objeto canalizar a ENISA 4 millones de euros adicionales con cargo al capítulo 8 de los PGE del MAPA.

Segunda. Modificación de las cláusulas del convenio.

Se modifica la cláusula segunda. Préstamo del MAPA a ENISA, del modo siguiente:

«ENISA recibirá un préstamo del MAPA en el año 2023 por un importe de hasta 20 millones de euros, con el objeto de favorecer la financiación de proyectos empresariales innovadores y digitales promovidos por PYMES agroalimentarias. El préstamo tendrá un período máximo de amortización de diez años, a tipo de interés cero y sin necesidad de garantías.

El préstamo será concedido con cargo a las aplicaciones presupuestarias 21.08.414B.821.06, 10 millones, y 21.050.41CE.829.06 (partida presupuestaria del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia), 10 millones, respectivamente del presupuesto vigente, y financiará los préstamos participativos aprobados por ENISA contra la presente línea de financiación a proyectos empresariales de base digital promovidos por las pequeñas y medianas empresas del ámbito agroalimentario a través de la figura del préstamo participativo (Línea Agroinnpulso).»

Tercera. Publicación y eficacia.

La presente adenda será eficaz una vez suscrita e inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

En prueba de conformidad con sus términos, suscriben la presente adenda en lugar indicado en el encabezado y en la fecha de la firma electrónica.–La Secretaria de Estado de Agricultura y Alimentación, Begoña García Bernal.–El Consejero Delegado de la Empresa Nacional de Innovación, S.M.E., SA, José Antonio Bayón López.

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