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Documento BOE-A-2024-19660

Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio con el Ayuntamiento de Zaragoza, para su incorporación a la Red Europea de Autenticiudades.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 30 de septiembre de 2024, páginas 119992 a 119993 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Turismo
Referencia:
BOE-A-2024-19660

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga al Convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., y el Ayuntamiento de Zaragoza, para su incorporación a la Red Europea de Autenticiudades.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, o del correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 24 de septiembre de 2024.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., Elisa Rodríguez Ortiz.

ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO ENTRE LA OFICINA ESPAÑOLA DE PATENTES Y MARCAS, O.A., Y EL AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA, PARA SU INCORPORACIÓN A LA RED EUROPEA DE AUTENTICIUDADES

Madrid, 18 de septiembre de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (en adelante, OEPM) representada por doña Elisa Rodríguez Ortiz, directora de la OEPM, nombrada por Real Decreto 556/2024, de 11 de junio, actuando en nombre y representación de la misma, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 6.3 del Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, que regula la OEPM.

De otra parte, el Ayuntamiento de Zaragoza (en adelante, el Ayuntamiento), representado por don Carlos Gimeno Casado, en su condición de Consejero de Economía, Transformación Digital y Transparencia del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza, nombrado mediante decreto de la Alcaldía de Zaragoza, de 21 de junio de 2023, facultado para otorgar el presente acto en virtud del decreto de la Alcaldía de Zaragoza de 19 de enero de 2009.

MANIFIESTAN

I. Con fecha 20 de septiembre de 2022, la OEPM y el Ayuntamiento, firmaron un convenio con objeto de declarar a la ciudad de Zaragoza como Autenticiudad, con el fin de fomentar la sensibilización sobre el valor de la Propiedad Industrial y el impacto negativo de la falsificación, así como favorecer la lucha contra la misma en el ámbito local, aprovechando las herramientas disponibles en dicho ámbito y la cercanía con el ciudadano que presenta el municipio. El convenio fue inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO), con fecha 20 de septiembre de 2022, y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) con fecha 29 de septiembre de 2022.

II. En la cláusula decimotercera del convenio se establece una vigencia de dos años, con la posibilidad de prorrogarse por un período de hasta dos años adicionales.

III. Debido al interés de las dos partes en continuar con la colaboración en los mismos términos, y estando vigente el compromiso de las partes a tal fin,

ACUERDAN

Primero. Prorrogar el convenio.

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 49.h) 2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el objeto de la presente adenda es prorrogar por dos años adicionales la vigencia del convenio, es decir, hasta el 20 de septiembre de 2026.

Segundo. Evento de lanzamiento.

La actividad «evento de lanzamiento», tuvo lugar de conformidad con los términos expresados en el convenio, y no procede prorrogarla.

Tercero. Permanencia inalterada del resto del clausulado del convenio.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado por la presente adenda, le será de aplicación el clausulado contenido en el convenio.

Cuarta. Validez y eficacia de la presente adenda.

Los efectos de la presente adenda comenzarán tras su inscripción en el REOICO, sin perjuicio de su posterior publicación en el BOE.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, los intervinientes firman la presente adenda en Madrid, en la fecha indicada al principio de la adenda, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del ultimo firmante.–Por la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., la Directora, Elisa Rodríguez Ortiz.–Por el Ayuntamiento de Zaragoza, el Consejero de Economía, Transformación Digital y Transparencia, Carlos Gimeno Casado.

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