Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-A-2024-19698

Resolución de 20 de septiembre de 2024, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 237, de 1 de octubre de 2024, páginas 120308 a 120312 (5 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2024-19698

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Ley Orgánica 6/2013, de 14 de noviembre, de creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en relación con el artículo 36 del Real Decreto 215/2014, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal y con la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios públicos y las funcionarias públicas que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño.

Segunda.

Las solicitudes se presentarán en el modelo de instancia que figura como anexo II y se dirigirán al Director de la División Jurídico-Institucional de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI (calle José Abascal, 2-4, 2.ª planta, 28003 Madrid).

Tercera.

Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud de la siguiente documentación:

a) Curriculum vitae, en formato normalizado, en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales. Los aspirantes podrán valerse de estándares europeos (https://europass.europa.eu/es/create-europass-cv).

b) Escrito en el que justifique su idoneidad para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

c) Cuestionario de autoevaluación recogido en el anexo III debidamente cumplimentado, dirigido a valorar las competencias directivas.

Cuarta.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes se presentarán a través de medios electrónicos:

– Portal Funciona: el personal con destino en la Administración General del Estado y organismos dependientes o vinculados podrá presentar las instancias a través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP > Mis servicios de RR.HH. > Convocatoria libre designación.

– Registro Electrónico General de la Administración General del Estado: con el código DIR3 EA0023200, perteneciente a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI.

Quinta.

El órgano competente para el nombramiento designará, para su asesoramiento, a dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de personal directivo público, que deberán estar presentes en las entrevistas y emitir informe de valoración, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4.3 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril.

Sexta.

A fin de valorar las competencias directivas y el cumplimiento del perfil requerido para el puesto, se celebrarán entrevistas a aquellos aspirantes que, a juicio de las personas designadas para ejercer la asesoría del órgano competente para el nombramiento, posean un perfil profesional más ajustado al del puesto convocado. Dichas entrevistas serán comunicadas a los aspirantes con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

Séptima.

La valoración de las competencias profesionales evaluables se hará por el órgano competente para el nombramiento, debiendo motivarse la importancia dada a cada uno de los elementos en términos de idoneidad en relación con el perfil del puesto.

Octava.

No será necesaria la solicitud de los informes de los procedimientos de libre designación previstos en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Novena.

El nombramiento derivado de la presente convocatoria, cuya resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes. Dicho plazo podrá prorrogarse hasta un mes más.

El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto de trabajo será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la persona seleccionada o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese o al del cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda.

Décima.

Si la persona seleccionada presta sus servicios en Ministerio u Organismo distinto del convocante, deberá adjuntar un certificado extendido por la Unidad de personal donde se encuentre destinada, especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación, el nivel del puesto de trabajo que estuviera desempeñando y el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de trienios.

Undécima.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 9.1.c, 10.1.i y 14.1 segunda de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 20 de septiembre de 2024.–La Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, P. D. (Resolución de 28 de julio de 2014), el Director de la División Jurídico-Institucional, Diego Pérez Martínez.

ANEXO I
N.º orden Centro directivo/Unidad puesto de trabajo Provincia/Localidad Nivel CE Gr/Sb Admon Méritos Observaciones
  Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal              
  División de Análisis Económico              
  Área Endeudamiento Público              
1 Subdirector/Subdirectora general (5322388). Madrid-Madrid 30 29.112,02 A1 AE

Requisitos:

1. Cuatro años de antigüedad como personal funcionario de carrera del Subgrupo A1.

2. Experiencia en desempeño de puestos en el ámbito de actividad de los méritos relacionados.

3. Experiencia en dirección y coordinación de equipos.

Méritos:

–  Experiencia en la elaboración de proyecciones macroeconómicas y fiscales.

–  Conocimiento de los mercados financieros y de deuda soberana.

–  Experiencia en el análisis de la sostenibilidad de la deuda y proyecciones de intereses.

– Experiencia en la reforma y aplicación de la normativa de gobernanza de la zona euro, incluyendo la relativa a la supervisión fiscal y diseño de reglas fiscales.

Competencias:

a) Liderazgo transformador.

b) Comunicación y relaciones interpersonales.

c) Adaptabilidad y toma de decisiones.

 

Administración:

AE: Administración del Estado.

ANEXO II

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/237/19698_14820379_1.png

ANEXO III
Cuestionario de autoevaluación competencias directivas

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/237/19698_14820379_2.png

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid