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Documento BOE-A-2024-1980

Acuerdo 9/2024, de 18 de enero, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Iglesia de San Bonifacio en Espejo de Tera, municipio de Almarza (Soria), bien de interés cultural con categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 1 de febrero de 2024, páginas 13433 a 13436 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2024-1980

TEXTO ORIGINAL

Se trata de una pequeña construcción de finales del XII principios del XIII, interesante ejemplo de románico rural en la provincia de Soria, que ha sobrevivido a lo largo de la historia como testigo de un pasado y una forma de vida hoy prácticamente desaparecida.

La entonces Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, por Resolución de 29 de abril de 1982, acordó incoar procedimiento de declaración de la iglesia románica en Espejo de Tera (Soria), como monumento histórico-artístico.

Retomado el expediente para su resolución, y elaborada una propuesta adecuada a la realidad actual del bien, se procede a continuar la tramitación del expediente como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, bajo la denominación de Iglesia de San Bonifacio, cumplimentando los trámites necesarios para su resolución.

El Centro Asociado UNED Soria con fecha de 25 de septiembre de 2023, emite informe favorable a la declaración, y el Instituto de Estudios Zamoranos Florián de Ocampo con fecha de 23 de noviembre de 2023, emite informe favorable a la declaración, si bien realiza algunas precisiones sobre la descripción y delimitación del bien que han sido valoradas en la resolución del expediente.

Cumplidos los trámites preceptivos de información pública por el plazo de un mes (BOCYL núm. 203, de 23 de octubre de 2023) y de audiencia a los interesados y al Ayuntamiento de Almarza, no se presentan alegaciones dentro del plazo concedido al efecto.

De conformidad con lo preceptuado en el artículo 12.1 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, y en el artículo 46.3 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Decreto 37/2007, de 19 de abril, el Consejero de Cultura, Turismo y Deporte ha propuesto declarar la Iglesia de San Bonifacio en Espejo de Tera, municipio de Almarza (Soria), como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento y, a tal efecto, se ha hecho constar que se han cumplimentado los trámites preceptivos en la incoación e instrucción del expediente, acompañando un extracto de éste en el que constan los datos necesarios para la declaración y los documentos gráficos correspondientes.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 18 de enero de 2024, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.

Declarar la Iglesia de San Bonifacio en Espejo de Tera, municipio de Almarza (Soria), Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, de acuerdo con la descripción que figura como anexo I del presente acuerdo.

Segundo.

Por su vinculación al inmueble, se incorporan al expediente de declaración como partes integrantes, pertenencias o accesorios, el conjunto de bienes muebles que, como anexo II, se detallan en este acuerdo.

Tercero.

Delimitar la zona afectada por la declaración:

El punto de inicio de la delimitación se encuentra en el vértice este de la divisoria de las parcelas 04 y 05 de la manzana catastral 26731.

Desde este punto y en el sentido de las agujas del reloj, recorre los límites exteriores de las siguientes parcelas catastrales, incluyendo los espacios públicos que atraviesa:

Manzana catastral 26731. Parcela 04.

Manzana catastral 25731. Parcelas 02, 09, 10, 010 y 11.

Manzana catastral 25745. Parcela 03.

Manzana catastral 25741. Parcela 03.

Manzana catastral 26731. Parcelas 19, 03 y 04.

Motivación: atendiendo a la ubicación del monumento perfectamente integrado en el ámbito que le rodea, se delimita un entorno de protección mínimo que comprende los espacios públicos y parcelas con fachadas vinculadas espacial y visualmente a la iglesia como ámbito necesario para la correcta percepción del bien en tanto que elemento integrado en el territorio en que se asienta, previniendo la posible degradación de su valor histórico.

El entorno de protección es el que consta en el plano y demás documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un mes o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta de aquel.

Valladolid, 18 de enero de 2024.–El Presidente de la Junta de Castilla y León, Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, Gonzalo Santonja Gómez.

ANEXO I
Iglesia de San Bonifacio en Espejo de Tera, Almarza (Soria)

La Iglesia de San Bonifacio se localiza en Espejo de Tera, una pequeña población ubicada en la confluencia de los ríos Tera y Razón, en el término municipal de Almarza (Soria).

Levantada en la zona alta del caserío y aislada del mismo, el edificio presenta una planta rectangular, rematada con cabecera semicircular y tramo recto, de pequeñas dimensiones, con acceso abierto en el muro sur. A ellas se añadieron otras dependencias y un atrio cerrado. Es probable que su origen se remonte a fines del siglo XII, principios del XIII siendo objeto de diferentes reformas, jalonadas entre el siglo XVII y época actual. Llaman la atención su sencillez constructiva y el uso de materiales pobres, que tan bien caracterizan la arquitectura rural.

Tras las numerosas transformaciones sufridas, el templo conserva de época románica la cabecera, compuesta por un ábside semicircular y tramo recto. El ábside tiene canecillos lisos o de nacela. Tiene dos ventanucos en forma de saetera, uno al este en el frontal del ábside y otro al sur. La nave responde a una reforma de época moderna.

Su interior se cubre con armaduras de madera, aunque en origen presentaría presumiblemente una bóveda de horno para el presbiterio y de cañón para el tramo recto.

La parte románica, como el resto de la construcción, se levanta en mampostería con refuerzo de sillares de arenisca en los encintados y ángulos de unión entre el ábside y presbiterio. Una sencilla cornisa con perfil de bisel, soportada por sencillos canes de nacela, remata los muros, en cuyos sillares son perceptibles las marcas de la labra a hacha y una marca de cantero.

En el siglo XVIII se lleva a cabo una reforma integral a la que corresponde la construcción de una sacristía al sur, una espadaña adosada al norte del presbiterio y el pórtico. La espadaña conserva dos campanas, la más pequeña de 1921 y la de mayor tamaño de 1794, según las inscripciones que se pueden leer en ellas.

En su interior conserva una pila bautismal románica, de forma cilíndrica rematada por un tosco bocel y decorada por una sucesión de arcos ciegos de medio punto en bajorrelieve, así como una pila de agua bendita de tosca labra, monolítica, quizá procedente de un antiguo pilar.

Asimismo se conservan fragmentos de las capas o vestimentas de San Bonifacio, que como reliquias se sitúan en diversos lugares del interior de la iglesia, así como varias estelas. Una de ellas está incrustada en el muro de fábrica adosado a la espadaña. En el centro del empedrado del atrio se localiza una piedra circular que quizás pudiera ser una estela, aunque sus inscripciones son prácticamente ilegibles.

En su interior se pueden contemplar dos testigos de lo que fueran las pinturas murales que decoraban los muros de la nave desde el zócalo a la cubierta. Se trata de un friso de arcos de medio punto entrecruzados y un panelado de rectángulos geométricos, en tonos grises y con líneas de marca incisas. Asimismo, bajo el coro se conserva una franja de una tonalidad grisácea oscura delimitada en su parte superior por una raya longitudinal rojiza, todo ello de difícil datación.

La iglesia conserva las imágenes de San Bonifacio y San Roque talladas en madera, probablemente del siglo XVIII y guarda tres retablos, dos de estilo neoclásico y un tercero de estilo barroco, que en origen estarían situados en el ábside en el retablo principal dedicado a San Bonifacio y los laterales de la nave.

Por su vinculación al inmueble se incorpora a la declaración el conjunto de bienes que como partes integrantes o bienes muebles se relacionan en el anexo II.

ANEXO II
Bienes incluidos
Código JCYL actual Protección del bien
42-019-0003-002-0008-000 PI
42-019-0003-002-0010-000 PI
42-019-0003-002-0009-000 PI
42-019-0003-002-0003-000 PI
42-019-0003-002-0007-000 PI
42-019-0003-002-0004-000 PI
42-019-0003-002-0005-000 PI
42-019-0003-002-0006-000 PI
42-019-0003-002-0001-000 PI
42-019-0003-002-0002-000 PI

* BM = Bien Mueble.

* PI = Parte Integrante.

[Artículo 8.3 a) y artículo 11 b) de la Ley 12/2002, de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León] Relación de Bienes Muebles, que constituyendo una unidad singular, son por su vinculación con el monumento, incorporados a la declaración como partes integrantes, y en consecuencia se consideran inseparables del inmueble declarado.

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