Está Vd. en

Documento BOE-A-2024-20164

Corrección de errores de la Ley 3/2024, de 27 de junio, de modificación de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 7 de octubre de 2024, páginas 123311 a 123311 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunitat Valenciana
Referencia:
BOE-A-2024-20164
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-vc/l/2024/06/27/3/corrigendum/20241007

TEXTO ORIGINAL

Advertido un error en la Ley 3/2024, de 27 de junio, de la Generalitat, de modificación de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 192, de 9 de agosto de 2024, procede efectuar la siguiente corrección:

Artículo único, apartado sexto; debe decir:

«Sexto. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 29 de la ley, cuya redacción queda en los siguientes términos:

Artículo 29. Del nombramiento, principios, incompatibilidades y cese.

1. Los puestos de trabajo de la agencia serán ejercidos por personal funcionario de carrera de las administraciones públicas.

Este personal está obligado a guardar el secreto de los datos, las informaciones y los documentos que conozca en el desarrollo de sus funciones.

2. El personal funcionario al servicio de la agencia será provisto, de acuerdo con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad adecuados a la función encomendada, entre los funcionarios de las diferentes administraciones públicas, y está sujeto a lo dispuesto en la normativa específica de la agencia y la reguladora del personal de Les Corts, incluyendo la equiparación retributiva.

El personal funcionario de carrera que sea adscrito, con carácter definitivo, al servicio de la agencia será declarado en la situación administrativa de servicios especiales.

El grado de desarrollo profesional reconocido en la agencia al personal funcionario procedente de una administración pública que incluye en su sistema retributivo el complemento de carrera profesional deberá ser reconocido y abonado por la administración de procedencia en el caso de reingreso de aquel a dicha administración.»

(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat Valenciana» número 9905, de 31 de julio de 2024)

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 07/10/2024
  • La Corrección de errores de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, se establece por estar modificada por la Ley 3/2024, de 27 de junio.
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 3/2024, de 27 de junio (Ref. BOE-A-2024-16513).
  • CORRIGE errores en la Ley 11/2016, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2016-12048).
Materias
  • Comunidad Valenciana
  • Fraudes
  • Funcionarios públicos
  • Gobierno
  • Nombramientos
  • Organización de las Comunidades Autónomas

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid