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Documento BOE-A-2024-20181

Decreto de 24 de septiembre de 2024, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada para la Protección y Tutela de las Víctimas en el proceso penal en la Fiscalía Provincial de Araba/Álava a doña Sara García Encabo.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 7 de octubre de 2024, páginas 123390 a 123391 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2024-20181

TEXTO ORIGINAL

En fecha 10 de junio de 2024 ha tenido entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado oficio de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Araba/Álava, por el que propone el nombramiento de Fiscal Delegada para la Protección y tutela de las Víctimas en el proceso penal a doña Sara García Encabo, fiscal que viene asumiendo esta función desde el año 2017. Su recepción determinó la apertura del presente Expediente Gubernativo.

Hechos

Primero.

La Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Araba/Álava, al constatar la ausencia de resolución de nombramiento de Fiscal Delegado para la Protección y tutela de Víctimas en el proceso penal, comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado en dicha designación debería formular la correspondiente solicitud. La única solicitante fue doña Sara García Encabo quien venia asumiendo dichas funciones con anterioridad.

Segundo.

La Fiscal de Sala Delegada para la Protección y tutela de las Víctimas en el proceso penal ha informado favorablemente a la propuesta. El Consejo Fiscal no formuló objeción a su designación.

Fundamentos

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4). Esto último no es aplicable al presente caso, al haber sido doña Sara García Encabo la única solicitante.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que se seguirá también el mismo procedimiento de designación en los casos en que el Delegado de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano.

Tercero.

El artículo 62.2 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, establece:

Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.

(..)

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.

Cuarto.

Se han cumplido todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe Provincial de Araba/Álava avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, acuerdo:

Nombrar a doña Sara García Encabo, Fiscal Delegada para la Protección y tutela de las victimas en el proceso penal en la Fiscalía Provincial de Araba/Álava.

Notifíquese lo acordado a la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Araba/Álava, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla y a la Dirección General para el Servicio Público de Justicia.

Publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny, núm. 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.

Cumpliméntese lo acordado.

Madrid, 24 de septiembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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