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Documento BOE-A-2024-20698

Resolución de 23 de agosto de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Muy Interesante.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 10 de octubre de 2024, páginas 128983 a 128984 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2024-20698

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de Hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil Zinet Media Global, SL, según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid Pedro Antonio Mateos Salgado, el 8 de noviembre de 2023, con el número 6.404 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante el mismo notario, el 11 de julio de 2024, protocolo 3.720.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle de Alcalá, número 79 - 1.º A, C.P. 28009 de Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada tal y como se acredita con la correspondiente certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

a) Despertar y estimular la búsqueda de conocimiento.

b) Fomentar la transferencia social del conocimiento a través de la divulgación y la información.

c) Mejorar la calidad de la información y el buen entendimiento de ésta, haciéndola accesible a todo el mundo.

d) Ayudar a la sociedad en su adaptación a las nuevas necesidades y retos gracias al mayor conocimiento.

e) Servir de punto de encuentro entre la ciencia y la ciudadanía.

f) Promover encuentros en torno a la ciencia, la tecnología y la innovación como eje para una sociedad más culta, responsable y justa.

g) Impulsar el periodismo científico riguroso.

h) Fomentar actividades que estimulen la comunicación y la discusión científica.

Quinto. Patronos.

La entidad mercantil Zinet Media Global, SL, que nombra como persona física representante a doña Marta Ariño Barrera, don José Manuel López Nicolás, don José María Enrique Pardina Cáncer, don Manuel Ramón Pimentel Siles, doña Carmen Milagros Sabalete Gil y don Santiago Miguel Castellanos García.

Cargos:

Presidente: La entidad mercantil Zinet Media Global, SL, que nombra persona física representante a doña Marta Ariño Barrera.

Vicepresidente: Don José Manuel López Nicolás.

Secretario no Patrono: Don Carlos Franco López.

Vocales: Don José María Enrique Pardina Cáncer, don Manuel Ramón Pimentel Siles, doña Carmen Milagros Sabalete Gil y don Santiago Miguel Castellanos García.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 10 de junio de 2024.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Muy Interesante patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 23 de agosto de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.

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