El Consejo de Ministros, en sesión de fecha 14 de mayo de 2024, a propuesta del Ministro de Economía, Comercio y Empresa, visto el expediente sancionador CRC/4001/2023, seguido contra la entidad Veganarcea, SL, por infracción de la normativa sobre prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, acordó imponer a dicha entidad una sanción por infracción muy grave prevista y sancionada en el artículo 51.1 c) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo.
El referido artículo 51.1 c) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, establece que constituirá una infracción muy grave la comisión de una infracción por el incumplimiento de la prohibición de revelación establecida en el artículo 24.
Por ello, siendo firme en vía administrativa y de conformidad con el apartado 5 del artículo 61 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, procede la publicación de la sanción contenida en el Acuerdo del Consejo de Ministros, cuyo tenor literal es el siguiente:
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Economía, Comercio y Empresa adopta el siguiente acuerdo:
Imponer a Veganarcea, SL, como autora de una infracción muy grave, prevista y sancionada en el artículo 51.1.c) de la Ley 10/2010, de 28 de abril, una sanción consistente en una multa de 150.000 EUR y amonestación pública, por incumplimiento de la prohibición de revelación establecida en el artículo 24.
Madrid, 10 de octubre de 2024.–La Secretaria de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, Lourdes Jiménez Ramos.
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