Conforme a los artículos 14 y 18 del primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, para la provisión de vacantes de personal laboral fijo han de seguirse una serie de fases que son, por este orden, el reingreso de excedentes voluntarios y de otros trabajadores con derecho preferente de reingreso, el concurso de traslado, el concurso oposición restringido y el concurso oposición libre. Resueltas las tres primeras fases sin que se haya producido la provisión de los puestos, procede poner en marcha la última fase de provisión, es decir, el concurso oposición libre objeto de esta convocatoria.
Así pues, vacantes en la plantilla del personal laboral de esta Universidad, doce plazas perteneciente al Grupo Retributivo III, con la categoría de Técnico Especialista en Biblioteca, que se encuentran incluidas la oferta de empleo público de la Universidad de Oviedo para el ejercicio 2021, aprobada mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de diciembre de 2021, publicado en el BOPA de fecha 29 de diciembre de 2021, una de ellas reservada para personas con discapacidad general, y siendo necesaria su provisión,
Este Rector, en ejercicio de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en relación con el artículo 3.2.j) del mismo texto legal, así como en el artículo 60 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por el Decreto 12/2010, de 3 de febrero, del Principado de Asturias, resuelve convocar la cuarta y última fase del proceso de provisión de las plazas de Técnico Especialista en Biblioteca, Grupo III, mediante este concurso oposición libre, con sujeción a las bases que a continuación se reproducen, que han sido elaboradas por la Gerencia, previo acuerdo con el Comité de Empresa.
Bases de la convocatoria
1.ª Normas de aplicación
Las presentes pruebas selectivas se someterán a lo previsto en el primer convenio colectivo del personal laboral de la Universidad de Oviedo, publicado en el BOPA de fecha 13 de febrero de 2013, por Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Consejería de Economía y Empleo del Principado de Asturias, en los Estatutos de la Universidad de Oviedo, aprobados por Decreto 12/2010, de 3 de febrero, en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
2.ª Características de la plaza y funciones a desarrollar
Características de las plazas:
Se convocan doce plazas, de las cuales, una se reservará para ser cubierta por personas con discapacidad general, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
El desempeño del puesto de trabajo que constituye las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y disposiciones que la complementan, en materia de incompatibilidades.
Puestos y funciones a desarrollar:
Categoría: Técnico Especialista en Biblioteca.
Grupo Retributivo III.
Jornada de mañana o tarde –turnicidad– que conlleva el correspondiente complemento retributivo.
Números de orden, destinos y localidad:
N.º RPT | Destino | Localidad |
---|---|---|
76 | Secc. Biblioteca Politécnica de Mieres. | Mieres. |
82 | Sección B. de Ciencias Jurídico Sociales. | Oviedo. |
83 | Seción B. de Ciencias Jurídico Sociales. | Oviedo. |
84 | Sección de B. de Ciencias Jurídico Sociales. | Oviedo. |
92 | Sección de Biblioteca de Ciencias de la Salud. | Oviedo. |
99 | Sección de Biblioteca de Biología. | Oviedo. |
100 | Sección de B. de Ciencias e Informática. | Oviedo. |
111 | Facultad de Formación del Profesorado y Educación. | Oviedo. |
112 | Biblioteca Politécnica de Mieres. | Mieres. |
123 | Sección Biblioteca de Psicología. | Oviedo. |
124 | Sección Biblioteca de Psicología. | Oviedo. |
125 | Sección Biblioteca de Psicología. | Oviedo. |
Funciones:
– Recepción y distribución del material bibliográfico. Preparación de publicaciones para su uso: registro, sellado, tejuelado, magnetización y colocación de códigos de barras en las publicaciones; control, registro y seguimiento de adquisiciones y suscripciones.
– Colocación, mantenimiento y cuidado de los fondos bibliográficos. Recuentos.
– Traslado de fondos y materiales en el ámbito de cada biblioteca.
– Atención al usuario para proporcionar información básica sobre el funcionamiento de la Biblioteca (horarios, normativa, servicios) y sobre sus recursos, incluyendo las colecciones disponibles y las instrucciones de acceso a las mismas. Manejo básico de instrumentos de información, como el catálogo, bases de datos y página web.
– Atención y apoyo a usuarios con necesidades especiales en relación con el uso de los recursos y servicios de la Biblioteca.
– Gestión de la circulación de publicaciones (préstamo, devolución, renovaciones, etc.) y control de lectores.
– Reproducción y digitalización de documentos.
– Manejo y comprobación del funcionamiento del equipamiento informático.
– Comprobación del funcionamiento de otros aparatos para la consulta y el acceso a la información.
– Apertura y cierre de la Biblioteca (puertas, luces, alarmas, calefacción, aparatos, etc.).
– Vigilancia de las salas de lectura y control del orden en las mismas para mantener un adecuado ambiente de estudio.
– Gestión de la comunicación (correspondencia, aviso, anuncios, correo-e). Señalización de las colecciones y/o instalaciones.
– Recogida de datos para la elaboración de estadísticas, listados, etc.
– Apoyo a la preparación de la documentación que sea requerida para la realización de las tareas anteriores.
– Apoyo al personal facultativo y ayudante en las funciones de carácter técnico.
– Otras funciones acordes con la categoría de las plazas.
3.ª Requisitos de los aspirantes
Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme con lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
d) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas por sentencia judicial firme.
f) Estar en posesión del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º grado o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Todos los requisitos anteriormente reseñados deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la firma del contrato.
4.ª Solicitudes
4.1 Las solicitudes para tomar parte en esta convocatoria, ajustadas al modelo que figura como anexo II de esta convocatoria (modelo de solicitud de vacantes) y dirigidas al Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, se presentarán en el plazo de los veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro en la Universidad, bien en la Oficina Central (Plaza de Riego, 4, planta baja. Oviedo), o en las Oficinas Auxiliares, cuyas sedes se encuentran ubicadas en el Servicio de Administración del Campus de Mieres, en el Servicio de Administración del Campus de Gijón, en el Campus del Cristo «A» de Oviedo (Aulario de Ciencias Jurídico-Sociales, Planta Baja, calle Catedrático Valentín Andrés Álvarez), en el Servicio de Administración del Campus del Milán y en el Centro de Servicios Universitarios en Avilés (calle La Ferrería n.º 7-9) y electrónicamente, mediante solicitud genérica, a través del tramitador electrónico de la Universidad de Oviedo. Asimismo, las instancias podrán presentarse en los lugares a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.2 Los derechos de examen serán de 28 euros, y se ingresarán UNICAJA, Número de cuenta: ES92 2103 8557 1100 3000 0604, bajo el nombre, «Técnicos Especialistas en Biblioteca». Constará como nombre del remitente el del mismo aspirante y se adjuntará una copia del resguardo de la imposición. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.
4.3 En supuestos de discapacidad se hará constar dicha condición, así como el grado reconocido por las autoridades competentes, debiendo cumplimentar, en el caso en que sea necesario, la adaptación de tiempo y/o medios que se solicitan para la realización de las pruebas.
Los aspirantes que opten por el turno de personas con discapacidad no podrán participar en el turno ordinario.
4.4 A la solicitud se acompañará:
– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento que acredite las condiciones exigibles a las personas que no tengan nacionalidad española.
– Curriculum vitae según modelo que figura como anexo II de esta convocatoria, cuyos datos y méritos será necesario justificar documentalmente, para su valoración en la fase de concurso.
– Justificante de haber abonado los derechos de examen.
– Fotocopia de la titulación requerida.
4.5 Con la firma de la solicitud para participar en estas pruebas selectivas, se autoriza el uso de datos personales, tales como nombre, apellidos, DNI y valoraciones de méritos, a efectos de ser incluidos en los listados que serán publicados en la página web de la Universidad de Oviedo, tanto a efectos de esta convocatoria como de la gestión de la posible bolsa de trabajo.
5.ª Admisión de aspirantes
5.1 En el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de terminación del plazo para presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Oviedo dictará resolución, por la que se harán públicas en la página web de la Universidad de Oviedo las listas provisionales de admitidos y excluidos. Una para el turno ordinario y otra para el turno de discapacidad. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la página web de la Universidad para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.
5.2 Seguidamente, mediante resolución del Rector de la Universidad de Oviedo se hará pública en la página web de la Universidad la lista definitiva de admitidos y excluidos, y se señalarán la fecha, el lugar y la hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición.
Dicha resolución podrá ser impugnada ante los juzgados de lo social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Previamente, y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.ª Sistema de selección
A. Fase de concurso: En esta fase se valorarán los méritos alegados y probados documentalmente por cada concursante, según puntuación que figura en el anexo III de esta convocatoria.
B. Fase de oposición:
Esta fase constará de los ejercicios que a continuación se indican, teniendo ambos carácter eliminatorio:
Primer ejercicio: Teórico.
Cuestionario de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, sobre el temario que figura en el anexo IV.
Este ejercicio se calificará utilizando la fórmula siguiente:
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para superar la prueba haber obtenido como mínimo 17,5 puntos.
Segundo ejercicio: Práctico.
Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos relacionados con el contenido del programa.
Se calificará de 0 a 35 puntos, siendo necesario para aprobar alcanzar un mínimo de 17,5 puntos.
La calificación final de la prueba vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
Las plazas se adjudicarán a los concursantes que obtengan mayor puntuación, sumando los puntos de la fase del concurso a los puntos de la fase de la oposición.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La plaza reservada al turno de personas con discapacidad general, si queda desierta, se acumulará a las del turno ordinario.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que hubiera accedido a través de este turno superase las pruebas pero no obtuviera plaza de las del cupo reservado y su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno ordinario, será incluido por su orden de puntuación entre los aspirantes de éste.
7.ª Comisión Calificadora
7.1 La Comisión Calificadora de estas pruebas selectivas es la que figura como anexo V de esta convocatoria.
7.2 Los miembros del Tribunal y el Secretario deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, a tenor del artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.3 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá la comisión con asistencia, al menos, del Presidente, el Secretario y la mitad más uno de los vocales. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación.
7.4 A partir de su constitución, la comisión para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros.
7.5 La comisión resolverá todas las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como lo que se deba decidir en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la comisión se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
7.6 En ningún caso la comisión podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.
7.7 La comisión podrá proponer al Rector la designación de asesores especialistas.
Dichos asesores se limitarán a informar sobre pruebas y méritos relativos a su especialidad.
El Presidente sólo votará en caso de empate.
7.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la Comisión Calificadora tendrá su sede en el Servicio de Gestión de Personal de la Universidad de Oviedo (Plaza de Riego, número 4-1.º) en la que los interesados podrán recibir información administrativa sobre el desarrollo del proceso selectivo. No obstante, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicación previstos en esta convocatoria.
8.ª Desarrollo de los ejercicios y relación de aprobados
8.1 Según lo dispuesto en la Resolución de 25 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado, el orden de actuación de los opositores se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «V». En el supuesto de que no existan aspirantes cuyo primer apellido comience por la letra «V», el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra inmediata siguiente del abecedario, y así sucesivamente.
8.2 En cualquier momento del proceso selectivo la comisión podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.
8.3 Los aspirantes serán convocados en único llamamiento para el ejercicio, debiendo ir provistos del documento nacional de identidad o acreditación equivalente.
Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por la comisión.
8.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si la comisión tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Sr. Rector, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes. Contra la resolución de exclusión, el aspirante podrá interponer recurso de reposición ante el Rector.
8.5 Finalizadas las pruebas selectivas, la Comisión Calificadora hará pública en la página web de la Universidad y en aquellos otros lugares que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada.
8.6 La Comisión Calificadora elevará al Rector la correspondiente propuesta para la adjudicación de las plazas a los candidatos seleccionados, así como la relación de aprobados por el orden de puntuación alcanzado, a fin de acudir a la misma para adjudicar las plazas convocadas en supuestos de renuncia o de excedencias voluntarias sin derecho a reserva de plaza.
9.ª Formalización del contrato
9.1 Antes de la formalización del contrato, el candidato seleccionado deberá justificar adecuadamente, en un plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la lista de aprobados, los requisitos siguientes:
a) Fotocopia compulsada del Título de Bachiller Superior, Formación Profesional de 2.º grado o equivalente.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
c) Certificación acreditativa de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por el médico, especialista en medicina del trabajo, de la Universidad de Oviedo.
9.2 El Rector de la Universidad de Oviedo procederá a la formalización de los contratos y, hasta tanto no se formalicen, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.
10.ª Incorporación y período de prueba
10.1 La incorporación al puesto de trabajo se efectuará una vez formalizado el contrato, quedando sujeto al período de prueba que establece el artículo 14 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
10.2 Los candidatos que superen el período de prueba satisfactoriamente adquirirán la condición de personal laboral fijo.
11.ª Norma final
La convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas ante los juzgados de lo social en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Previamente y con carácter potestativo, se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a tenor del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los actos administrativos de la Comisión Calificadora podrán ser impugnados mediante recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de Oviedo, en el plazo de un mes, conforme determina el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Oviedo, 2 de diciembre de 2024.–El Rector, Ignacio Villaverde Menéndez.
Puntuación: máximo 100 puntos
Fase de oposición: 70 puntos.
Para superar la fase de oposición deberá alcanzarse una nota igual o superior a 35 puntos, debiendo superarse cada uno de los ejercicios, al menos con el 50 % de la puntuación que corresponda a cada uno de ellos.
Fase de concurso: 30 puntos.
Méritos profesionales: 15 puntos, con el límite de 20 años.
a) Experiencia en puestos del mismo grupo y familia profesional, ámbito de conocimiento o titulación oficial preferente con las mismas o similares funciones en la Universidad de Oviedo: 0,32 puntos y en otra Administración Pública: 0,106 puntos, por cada mes o fracción superior a 15 días.
b) Experiencia en puestos de distinto grupo y misma familia profesional o ámbito de conocimiento o una titulación preferente con las funciones similares en la Universidad de Oviedo: 0,06 puntos y en otra Administración Pública: 0,02 puntos, por cada mes o fracción superior a 15 días.
c) Experiencia, no valorada en otro apartado, en puestos de la Universidad de Oviedo: 0,02 puntos y en otra Administración Pública: 0,006 puntos, por cada mes o fracción superior a 15 días.
Méritos académicos: 15 puntos.
a) Méritos específicos por adecuación al perfil del puesto, referidos a los conocimientos adquiridos en una familia profesional, un ámbito de conocimiento o una titulación oficial relacionados con las funciones específicas de la plaza: 15 puntos.
b) Titulación académica oficial, no valorada en otro apartado, relacionada con las funciones específicas de la plaza, de nivel igual o superior, teniendo esta puntuación el carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de titulaciones valorables de que se disponga:
Titulación | Bachillerato o equivalente | Nivel 1 MECES: Técnico Superior o equivalente | Nivel 2 MECES: Grado/Diplomado o equivalente | Nivel 3 MECES: Máster/Licenciado o equivalente | Nivel 4 MECES: Doctorado o equivalente |
---|---|---|---|---|---|
Puntos. | 1 | 2 | 3 | 5 | 7 |
El Doctorado se computará únicamente para los Grupos I y II y siempre que los estudios de acceso (Grado de al menos 300 créditos, Máster Universitario o Licenciatura) estén vinculados con las funciones de la plaza.
c) Titulación académica oficial no relacionada con las funciones específicas de la plaza, no valorada en otro apartado, de nivel igual o superior, teniendo esta puntuación el carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de titulaciones valorables de que se disponga:
Titulación | Bachillerato o equivalente | Nivel 1 MECES: Técnico Superior o equivalente | Nivel 2 MECES: Grado/Diplomado o equivalente | Nivel 3 MECES: Máster/Licenciado o equivalente | Nivel 4 MECES: Doctorado o equivalente |
---|---|---|---|---|---|
Puntos. | 0,5 | 1 | 1,5 | 2 | 2,5 |
d) Cursos de formación y perfeccionamiento superados e impartidos, acreditados por la Universidad de Oviedo, por otras Administraciones públicas, o por las organizaciones sindicales en el marco de los Acuerdos de formación en las Administraciones públicas o de entidades de reconocido prestigio descritas en la convocatoria, con el límite de 10 puntos:
– 7 puntos: cursos de formación y perfeccionamiento, no obligatorios, vinculados a las funciones específicas de la plaza y de Prevención de Riesgos Laborales: 0,055 puntos por hora. También serán computables, con la puntuación del apartado b) las titulaciones oficiales, vinculadas a las funciones específicas de la plaza, que no hayan sido valoradas en otros apartados de méritos. Los certificados que no conste acreditada la duración se valorarán a 0,3 puntos por curso.
En los certificados MCERL del idioma inglés, la puntuación tendrá carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de certificados valorables de que se disponga:
Nivel o equivalente | A1 | A2 | B1 | B2 | C1 | C2 |
---|---|---|---|---|---|---|
Puntos. | 1 | 1,5 | 2 | 2,5 | 3 | 4 |
– 3 puntos: cursos no obligatorios, correspondientes a formación transversal, realizada en los quince años anteriores a la publicación de la convocatoria, de informática, idiomas, igualdad, calidad, promoción de la salud, medio ambiente y eficiencia energética: 0,027 puntos por hora. Los certificados que no conste acreditada la duración se valorarán a 0,2 puntos por curso.
En los certificados MCERL del idioma oficial extranjero diferente al inglés, la puntuación tendrá carácter de única, valorándose la más alta que se acredite con independencia del número de certificados valorables de que se disponga:
Nivel o equivalente | A1 | A2 | B1 | B2 | C1 | C2 |
---|---|---|---|---|---|---|
Puntos. | 0,5 | 0,75 | 1 | 1,25 | 1,5 | 2 |
En caso de producirse un empate en las puntuaciones obtenidas en aplicación del baremo, se resolverá atendiendo a la mayor nota en la fase de oposición y, en caso de persistir el empate, a la mayor experiencia en el puesto con mismas o similares funciones.
Tema 1. Concepto y función de Biblioteca Universitaria. Las Bibliotecas Universitarias en España. La cooperación entre bibliotecas universitarias. REBIUN. Dialnet. Los consorcios. El consorcio de bibliotecas del Grupo G9.
Tema 2. La Biblioteca de la Universidad de Oviedo. Estructura, organización y funciones. Recursos de información impresos y electrónicos.
Tema 3. Tendencias actuales en el mercado de la información. Principales tipos de publicaciones científicas: monografías, tesis, revistas científicas, working papers, artículos, literatura gris.
Tema 4. El movimiento del Acceso Abierto: concepto y origen. Principales iniciativas nacionales e internacionales. Los repositorios digitales. El repositorio institucional de la Universidad de Oviedo.
Tema 5. Conceptos básicos de los estándares en la normalización de los documentos: descripción bibliográfica (ISBD, reglas de catalogación, RDA); clasificación bibliográfica (CDU); listas de encabezamiento de materias; identificación (ISBN, ISSN, NIPO, DOI, etc.) y codificación (Marc21).
Tema 6. Los catálogos. Concepto, clases y fines. El sistema de gestión bibliotecaria de la Universidad de Oviedo: Absys. El catálogo automatizado de la Biblioteca de la Universidad de Oviedo. Tareas auxiliares de catalogación.
Tema 7. Proceso, tratamiento y organización de los fondos bibliográficos: gestión de adquisiciones de los diferentes materiales bibliográficos, sellado y registro. Sistemas de clasificación, ordenación topográfica y tejuelado. El inventario y el expurgo. Gestión de la colección electrónica y de las colecciones especiales. El fondo antiguo.
Tema 8. Técnicas de reproducción de documentos. La digitalización de la documentación. Preservación, conservación y restauración de publicaciones.
Tema 9. Servicios a los usuarios. Los usuarios de las bibliotecas universitarias: tipología y necesidades. La formación de usuarios y la alfabetización informacional.
Tema 10. Orientación y atención a los usuarios. Acceso al documento. Circulación de fondos: préstamo, devolución, sanciones, reservas, renovaciones, etc. El préstamo interbibliotecario.
Tema 11. Servicios de referencia, búsqueda y recuperación de la información, difusión selectiva de la información y alertas informativas. Conceptos básicos sobre búsquedas y estrategias de búsqueda para la información bibliográfica y la referencia.
Tema 12. Tecnologías de la información y comunicación aplicadas a las bibliotecas: sistemas integrados de gestión bibliotecaria. El OPAC. Las herramientas de descubrimiento. Principales servicios y aplicaciones de Internet en las bibliotecas. La página Web de la Biblioteca de la Universidad de Oviedo.
Tema 13. Las fuentes de información: concepto y tipología. Las bases de datos y la información electrónica. Principales fuentes de información multidisciplinares y en humanidades y ciencias sociales. Principales fuentes de información en ciencia y tecnología y en ciencias de la salud.
Tema 14. Derechos de autor y propiedad intelectual. Legislación y normativa vigente. Su repercusión en las bibliotecas. La protección de datos de carácter personal y su implicación en las bibliotecas.
Tema 15. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Capítulos III, IV y V: Derechos y Obligaciones. Servicio de Prevención. Consulta y participación de los trabajadores. Prevención de riesgos para la protección de la salud y de la seguridad de los trabajadores.
Tema 16. El Convenio Colectivo para el personal laboral vigente en la Universidad de Oviedo: Personal de Administración y Servicios.
Tema 17. Los Estatutos de la Universidad de Oviedo: Naturaleza, fines, competencias, estructura y organización de la Universidad de Oviedo. Órganos Colegiados de Gobierno y Representación de la Universidad de Oviedo. Órganos Unipersonales de la Universidad de Oviedo. La Comunidad Universitaria: Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.
Tema 18. El texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre: Derechos y Deberes laborales básicos. Derechos y Deberes derivados del contrato. Movilidad funcional y geográfica. Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo. Suspensión del contrato. Extinción del contrato.
Tema 19. Referencias al personal laboral en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Titulares
Presidenta: doña Marta González Prieto.
Vocales:
1.º Don Fausto Virgilio González González.
2.º Doña Carmen Menéndez Fueyo.
3.º Doña Carmen Cruz Salvador García.
4.º Don José Carlos Álvarez Villa.
Secretario: don Valentín Gómez Pérez, con voz y sin voto.
Suplentes
Presidenta: doña Sara García Clemares.
Vocales:
1.º Don Noel Rodríguez González.
2.º Doña Amparo Oyagüe Álvarez.
3.º Doña Irene Menéndez Fernández.
4.º Don Francisco Javier Polledo Enríquez.
Secretaria: doña Esmeralda Rodríguez Meirelles, con voz y sin voto.
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