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Documento BOE-A-2024-3350

Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Asociación WikiLabs, para la realización de actividades culturales en los Archivos, Centros y Servicios adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 21 de febrero de 2024, páginas 20994 a 20999 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2024-3350

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Cultura y la Asociación WikiLabs han suscrito un convenio para la realización de actividades culturales en los archivos, centros y servicios adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales, por lo que una vez inscrito en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 12 de febrero de 2024.–El Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Asociación WikiLabs para la realización de actividades culturales en los archivos, centros y servicios adscritos a la Subdirección General de los Archivos Estatales

En Madrid, a 12 de febrero de 2024.

REUNIDOS

De una parte, don Isaac Sastre de Diego, Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, en virtud del Real Decreto 143/2022, de 16 de febrero (BOE del 17 de febrero), en el ejercicio de sus competencias, conforme se establece en el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte (BOE de 7 de mayo), y por la Orden CLT/12/2024, de 12 de enero, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias (BOE de 15 de enero).

Y, de otra parte, doña Patricia Horrillo Guerra, Presidenta de la Asociación WikiLabs actuando en nombre y representación de la Asociación WikiLabs con NIF: G72985898 y domicilio fiscal en la c/ San Ildefonso, 8, 3.º izq., 28012 Madrid (España).

Ambas partes, actuando en el ejercicio de las competencias que tienen atribuidas y en nombre y de las instituciones que representan, reconociéndose mutua capacidad legal para intervenir en este acto,

EXPONEN

I. Que corresponde a las Administraciones públicas españolas, dentro de sus respectivos ámbitos competenciales, promover el enriquecimiento, conservación y difusión del patrimonio bibliográfico y documental español, sin perjuicio de la colaboración de otras entidades públicas o personas físicas y jurídicas privadas poseedoras de dicho patrimonio o con fines de investigación y promoción cultural.

II. El Ministerio de Cultura, Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, a través de la Subdirección General de los Archivos Estatales, tiene entre sus funciones el fomento de la conservación del patrimonio documental español y su promoción y difusión nacional e internacional en virtud del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura (BOE de 7 de mayo).

III. Que de acuerdo con el artículo 5 del Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura, le corresponde a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes la gestión de los archivos de titularidad y gestión estatal, adscritos al Departamento, y el asesoramiento respecto de los archivos de titularidad estatal dependientes de otros Ministerios; la creación, dotación y fomento de archivos de titularidad estatal; la coordinación del Sistema Español de Archivos; la cooperación con otras Administraciones y entidades públicas o privadas en materia de archivos; el fomento de la conservación del patrimonio documental y su promoción y difusión nacional e internacional.

IV. Es voluntad del Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, colaborar en los fines antes expresados mediante la promoción de actividades científicas. Esta colaboración responde a la disposición adicional decimocuarta de la Ley 14/ 2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que contempla a los archivos de titularidad y gestión estatal como agentes públicos de investigación científica y técnica adscritos a la Administración del Estado.

V. Que el Ministerio de Cultura en el desarrollo de estas competencias, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Subdirección General de los Archivos Estatales va a realizar actividades de edición de artículos en Wikipedia en las diferentes sedes de los archivos, centros y servicios dependientes de la Subdirección General de Archivos Estatales.

VI. Las denominaciones de los archivos dependientes de la Subdirección General de los Archivos Estatales son: Archivo Histórico Nacional, Archivo General de la Administración, Archivo General de Indias, Archivo Histórico de la Nobleza, Archivo de Simancas, Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Archivo de la Corona de Aragón y Centro Documental de la Memoria Histórica, gestionados por la Subdirección General de los Archivos Estatales en virtud de las funciones que tiene encomendadas por el Real Decreto 509/2020, de 5 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Cultura y Deporte.

VII. La citada colaboración no implica una utilización de espacios regulada en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas; Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público; y Orden de 18 de enero de 2000, del Ministerio de la Presidencia, por la que se estableció las tarifas de los servicios o actividades sujetas a la tasa por utilización de espacios en museos y otras instituciones culturales del Ministerio de Educación y Cultura (BOE de 26 de enero de 2000).

VIII. Que la Asociación WikiLabs, con años de experiencia en el desarrollo de este tipo de eventos y vinculada siempre al sector cultural, aparece como un agente idóneo para desarrollar esta actividad en el ámbito de los archivos estatales con el fin de difusión y puesta en valor del trabajo desarrollado por esta comunidad científica.

IX. Que El Ministerio de Cultura y la Asociación WikiLabs, concurriendo las autorizaciones y procedimientos necesarios, tienen la intención de establecer una relación de colaboración para la realización de actividades de edición en Wikipedia y a tal fin, las partes acuerdan suscribir el presente convenio (en adelante el convenio) con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

Es objeto del presente convenio fijar la colaboración entre el Ministerio de Cultura y la Asociación WikiLabs para la organización y celebración de actividades culturales en las sedes de los diferentes archivos, centros y servicios, adscritos al Ministerio de Cultura, a través de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, a través de la Subdirección General de los Archivos Estatales durante el tiempo que dure el convenio.

Segunda. Condiciones generales del objeto del convenio.

1. La colaboración tendrá por objeto la potenciación de la difusión del significado y realidad de los archivos estatales por medio de la realización de actividades culturales, en las sedes de los diferentes archivos, centros y servicios del Ministerio de Cultura, sobre diferentes temas, con la convicción de que ello redundará en beneficio de ambas instituciones.

2. La citada colaboración se llevará a cabo en las sedes de los diferentes archivos, centros y servicios del Ministerio de Cultura, conforme a las instrucciones de utilización de sus respectivas direcciones.

3. El aforo máximo de cada sala y las condiciones de las actividades culturales, en las sedes de los archivos, centros y servicios, serán establecidas por el Ministerio de Cultura de acuerdo con las necesidades que impongan la conservación del Patrimonio Histórico y la seguridad de las personas.

4. Se respetarán todas las normas de seguridad que emita la dirección de cada archivo, centro o servicio, así como la normativa general de acceso en el interior del centro. En todo caso los archivos, centros y servicios se reservan la facultad de inspeccionar la utilización del espacio para garantizar que la actividad se realiza conforme a los términos del presente convenio.

5. La Asociación WikiLabs se encargará de que una vez concluida la realización de la actividad de edición en Wikipedia en los espacios utilizados quedarán tal y como se encontraron. Cualquier desperfecto ocasionado deberá ser reparado por el solicitante en un plazo inmediato. Durante la actividad y su preparación se deberá contar con el personal de vigilancia adecuado.

6. En cualquier caso, las actividades tendrán un carácter gratuito y serán de libre acceso.

7. El Ministerio de Cultura queda exonerado de cualquier responsabilidad por daños en las personas o cosas de los asistentes a las actividades objeto de este convenio.

Tercera. Compromisos del Ministerio de Cultura.

1. Recibir en las sedes de los archivos, centros y servicios al público asistente en las fechas señaladas.

2. Determinar el número de asistentes máximos según la disponibilidad y necesidades de los archivos, centros y servicios y la conservación del Patrimonio Histórico.

3. Facilitar a la Asociación WikiLabs el acceso a las instalaciones y equipamiento técnico básico necesario para la realización del seminario, tales como conexiones eléctricas, tomas de agua, climatización, aseos y otros medios necesarios para conseguir los objetivos propuestos y el conocimiento y difusión del Patrimonio Histórico Documental Español.

4. Colaborar o intervenir en la programación y seguimiento de las actividades de edición en Wikipedia, en las sedes de los Archivos, Centros y Servicios, programadas a través de la Dirección del Archivo o personal en quien delegue.

5. El Ministerio de Cultura colaborará con las instalaciones y los medios profesionales, de personal y técnicos disponibles.

Cuarta. Compromisos de la Asociación WikiLabs.

1. La Asociación WikiLabs someterá a la aprobación previa de la Dirección del Archivo, con al menos un mes de antelación, la programación concreta de las actividades de edición en Wikipedia que se realizarán en los espacios mencionado, no pudiendo nunca afectar al normal funcionamiento del archivo o centro. La realización de estas actividades se supeditará a la programación de los archivos, centros y servicios, y se ajustará al calendario fijado por la dirección del archivo, centro o servicio.

2. La Asociación WikiLabs se compromete a informar y recabar la conformidad de la dirección de los archivos, centros y servicios sobre todas las incidencias no previstas en el presente convenio, así como a informar del número e identificación de los asistentes en la realización de las actividades culturales en las sedes de los archivos, centros y servicios, y de cuantos aspectos se relacionen con las mismas.

3. La Asociación WikiLabs facilitará una relación completa de las personas responsables u organizadores y demás personal que intervendrá en la actividad, con expresión del nombre, apellidos, domicilio, DNI o documento de identidad equivalente. Estos datos serán tratados conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal y lo expresado en la cláusula décima del presente convenio.

4. La Asociación WikiLabs abonará todos los gastos directos o indirectos que conlleve dicha utilización, excepto, en su caso, la iluminación habitual y la climatización.

5. La Asociación WikiLabs asumirá la responsabilidad sobre los daños y perjuicios que se ocasionen durante la utilización de los espacios para la celebración de las actividades de edición en Wiikipedia en las sedes de los archivos, centros y servicios, así como con ocasión de la preparación de los mismos.

6. Las fotografías o grabaciones cinematográficas o videográficas de las instalaciones del archivo, centro o servicio, obtenidas durante la celebración de las actividades culturales, en las sedes de los archivos, centros y servicios, objeto de este convenio no podrán utilizarse con fines comerciales o promocionales, sin autorización expresa del Ministerio de Cultura.

Quinta. Difusión de la colaboración del Ministerio de Cultura y de la Asociación WikiLabs.

1. La Asociación WikiLabs se compromete a difundir, en todas las actuaciones relacionadas con el objeto de este convenio, la colaboración del Ministerio de Cultura, recabándose previamente la conformidad del mismo en cuanto a la forma de difusión.

2. Difundir en los medios que se acuerden el resultado de los trabajos de las actividades culturales cuya titularidad recaerá en el Ministerio de Cultura, respetando la normativa en materia de propiedad intelectual.

3. El Ministerio de Cultura intercambiará con la Asociación WikiLabs los logotipos institucionales que deban ser utilizados, así como indicación de cualquier otro modelo o formato de cita o de enlace que resulte necesario para la correcta difusión de la colaboración objeto del presente convenio.

Sexta. Financiación.

1. La suscripción del presente convenio no conlleva obligaciones financieras o contraprestación económica para ninguna de las partes. No se adquirirán para el Ministerio de Cultura ni para la Asociación WikiLabs otras obligaciones ni compromisos que los contenidos en dichas normas y en el presente documento.

2. Cualquier gasto adicional que pueda derivarse de la ejecución y/o cumplimiento del presente convenio será asumido por la Asociación WikiLabs, quedando igualmente constancia en la memoria de la estimación del mismo.

Séptima. Vigencia y modificación del convenio.

1. El presente convenio tendrá una duración de cuatro años en virtud del artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

2. Los convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes resultarán eficaces una vez inscritos, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima. Asimismo, serán publicados en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la comunidad autónoma o de la provincia que corresponda a la otra administración firmante.

3. Asimismo, en previsión de un régimen de modificación y en conformidad con lo que establece el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, a falta de regulación expresa la modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes. Las modificaciones se tramitarán conforme a lo previsto en el artículo 50 de la citada Ley 40/2015.

Octava. Comisión de seguimiento.

1. Se creará una comisión de vigilancia y seguimiento del convenio que estará compuesta por un representante de cada una de las partes. Por parte de la Subdirección General de los Archivos Estatales será la subdirectora general o persona en quien delegue y por la Asociación WikiLabs la persona en quien delegue.

2. La Comisión tendrá por finalidad resolver los problemas de interpretación y ejecución del convenio y coordinar la planificación, metodología, seguimiento, vigilancia y evaluación de las acciones derivadas del convenio, y se reunirá con la periodicidad que acuerden las partes.

3. La Comisión de seguimiento se formalizará mediante reunión constitutiva, debiendo levantarse acta de la misma. Al finalizar las actuaciones conjuntas, objeto del presente convenio, se elaborará un informe final sobre el desarrollo de las actividades y los objetivos alcanzados.

4. La Comisión podrá celebrar sus sesiones y adoptar acuerdos tanto de forma presencial como a distancia, siempre que se aseguren por medios electrónicos la identidad de sus representantes. A tal efecto, se consideran como medios electrónicos válidos las audioconferencias y las videoconferencias.

Novena. Causas de extinción del convenio.

Este convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución del presente convenio:

– El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo al final de plazo de vigencia.

– El acuerdo unánime de todos los firmantes.

– El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes.

Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa conllevará la indemnización de los daños y perjuicios causados teniendo en cuenta, en su caso, la valoración de los gastos asumidos por la parte perjudicada a consecuencia del incumplimiento y hasta el momento de resolución del convenio.

– Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

– Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

– La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

Décima. Protección de datos de carácter personal.

Las partes se comprometen a cumplir con todas las obligaciones que se derivan del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Undécima. Transparencia y acceso a la información pública.

El convenio suscrito se somete a lo dispuesto en el artículo 8.1 b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y demás normativa de desarrollo de la misma.

Duodécima. Naturaleza del convenio, interpretación y jurisdicción.

El presente convenio tiene carácter administrativo y se rige conforme a lo dispuesto en el capítulo VI del título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ambas partes se comprometen a resolver de mutuo acuerdo cualquier discrepancia que pudiera surgir en la interpretación de este convenio, siendo competente para el conocimiento y resolución de las cuestiones litigiosas, la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y, en prueba de conformidad, firmas las partes en lugar y fecha «ut supra».–Por el Ministerio de Cultura, Isaac Sastre de Diego.–Por la Asociación WikiLabs, Patricia Horrillo Guerra.

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