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Documento BOE-A-2024-3355

Resolución de 12 de febrero de 2024, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica la prórroga del Convenio con la Asociación Aleph-Tea, para el desarrollo de prácticas formativas con apoyo.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 21 de febrero de 2024, páginas 21024 a 21025 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2024-3355

TEXTO ORIGINAL

Las dos partes citadas en el encabezamiento, considerando el éxito de la colaboración iniciada, han decidido prorrogar el convenio suscrito por un año adicional para continuar con el correcto desarrollo de las prácticas formativas con apoyo.

Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio.

Madrid, 12 de febrero de 2024.–La Presidenta del Consejo de Administración de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., P.D. (Resolución de 30 de septiembre de 2021), la Consejera Delegada, Elisa Carbonell Martín.

ANEXO
Prórroga del Convenio que fue suscrito el 16 de febrero de 2023 entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. y la asociación Aleph-Tea (Asociación Libre para la Educación Personalizada y Humana de los Trastornos del Espectro Autista) para el desarrollo de prácticas formativas con apoyo

En Madrid, a 12 de febrero de 2024.

REUNIDOS

De una parte, ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E. (en adelante, ICEX), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa a través de la Secretaría de Estado de Comercio, con sede en Madrid, Paseo de la Castellana, número 278 y provista de NIF Q2891001F, actuando en su nombre y representación doña Elisa Carbonell Martín en virtud de su nombramiento como consejera delegada, efectuado por Real Decreto 129/2024, de 30 de enero («Boletín Oficial del Estado» núm. 27 de 31 de enero de 2024) y de las atribuciones que tiene conferidas por delegación del Consejo de Administración de la entidad mediante Resolución de 30 de septiembre de 2021 («Boletín Oficial del Estado» núm. 243, de 11 de octubre de 2021).

Y, de otra parte, la Asociación Libre para la Educación personalizada y humana de los trastornos del espectro del autismo (en adelante, ALEPH-TEA), con NIF G8340266, domicilio social en C/ Cueva de Montesinos 49, 28034, Madrid y declarada de utilidad pública el 12 de abril de 2007 mediante orden del Ministerio del Interior («Boletín Oficial del Estado» núm. 107, de 4 de mayo de 2007), en su nombre y representación don Roberto Martin Mena, en su respectiva calidad de Gerente y representante legal, en virtud de los poderes notariales con número de protocolo 1.849, del Notario de Madrid, don Ignacio Gil-Antuñano Vizcaíno, de fecha 25 de abril de 2022.

ICEX y Aleph-Tea serán denominados conjuntamente como las «Partes».

Ambas Partes, en el ejercicio de sus funciones, se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente documento y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que, las Partes suscribieron el 16 de febrero de 2023 un convenio que tiene por objeto la puesta a disposición, por parte de ICEX, de un entorno laboral en el que ALEPH-TEA pueda desarrollar programas adecuados de formación con apoyo, dirigidos a personas con autismo y/o necesidades de apoyo similares con la finalidad de que las mismas desempeñen determinadas funciones, relativas a ciertos puestos de trabajo, de la manera más adecuada posible para su aprendizaje y desarrollo personal.

II. Que, el convenio prevé una vigencia de un (1) año desde la fecha en la que adquirió eficacia, esto es, desde el 16 de febrero de 2023 hasta el próximo 15 de febrero de 2024.

III. Que, se encuentra contemplada en la cláusula duodécima del convenio, la posibilidad de que éste sea prorrogado por un (1) año adicional de forma expresa y por escrito, con antelación al vencimiento del plazo, por la voluntad conjunta de ambas Partes.

IV. Que, debido al éxito de la colaboración iniciada, es voluntad de las Partes proceder a prorrogar el convenio por un (1) año adicional para continuar con el correcto desarrollo de la colaboración ya iniciada.

Y, en consecuencia, las Partes manifiestan su voluntad de firmar la presente prórroga al convenio (en lo sucesivo, la Prórroga) con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga.

Las Partes acuerdan prorrogar por un (1) año la duración del convenio, desde la finalización del periodo de vigencia inicialmente acordado para el mismo.

Segunda. Perfección de la Prórroga.

Esta Prórroga se perfeccionará con la firma de las Partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco (5) días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), sin perjuicio de su publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) en el plazo de diez (10) días hábiles desde su formalización.

Tercera. Subsistencia del resto del convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Prórroga se estará a lo establecido en el convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo convenido, las intervinientes firman la presente Prórroga a un solo efecto, en las fechas indicadas en las firmas electrónicas, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha de firma de la última firmante.–Por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., la Consejera Delegada, Elisa Carbonell Martín.–Por la Asociación Aleph-Tea, el Gerente, Roberto Martín Mena.

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