Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Cambiemos.
Antecedentes de hecho
La Fundación citada fue constituida por las entidades mercantiles «Galleon R.E. Investments, Sociedad Limitada», «Grupo EIG Multimedia, SL» y don Jorge Antonio Neri Bonilla según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid Pedro Antonio Mateos Salgado, el 28 de junio de 2023, con el número 3.764 de protocolo.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en calle Menorca, 3 entreplanta, 28009 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €) La dotación es dineraria y ha sido desembolsada completamente según se acredita con la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
Fomentar un mundo sostenible para mejorar la calidad de vida de las personas, tanto a nivel individual como colectivo, y la regeneración de la naturaleza, promoviendo iniciativas relacionadas con la salud mental, física y emocional de las personas, los derechos sociales, el emprendimiento sostenible y eco social, impulsando la transición ecológica justa y la regeneración de sistemas naturales que ayuden a mitigar los efectos del cambio climático y a conservar la biodiversidad.
«Galleon R.E. Investments, Sociedad Limitada», don Jorge Antonio Neri Bonilla y don Arturo Prudente Larena Larena.
Cargos:
Presidente: Don Jorge Antonio Neri Bonilla.
Secretario: Don Arturo Prudente Larena Larena.
Vocales: «Galleon R.E. Investments, Sociedad Limitada» que nombra como persona física representante a doña Karina Joselin Gleciano Alcantara.
Directivos:
Director General: Don Miguel Ángel Valladares Álvarez.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 14 de noviembre de 2023.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Cambiemos patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 15 de diciembre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia, María Ester Pérez Jerez.
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