El artículo 51 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra aprobado por la Ley 28/1990, de 26 de diciembre, prevé, en su apartado 1, la constitución de una Junta Arbitral que tendrá atribuidas las siguientes funciones:
a) Conocer de los conflictos que surjan entre las Administraciones interesadas como consecuencia de la interpretación y aplicación del presente convenio a casos concretos concernientes a relaciones tributarias individuales.
En particular, resolver las controversias en relación con consultas referentes a la aplicación de los puntos de conexión contenidos en el Convenio Económico sobre las que no se haya llegado a acuerdo en el seno de la Comisión Coordinadora, así como en relación con los supuestos previstos en el artículo 46 bis del presente Convenio Económico.
b) Resolver los conflictos que se planteen entre la Administración del Estado y la de la Comunidad Foral, o entre ésta y la Administración de una comunidad autónoma, en relación con la aplicación de los puntos de conexión de los tributos cuya exacción corresponde a la Comunidad Foral de Navarra y la determinación de la proporción correspondiente a cada Administración en los supuestos de tributación conjunta por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre el Valor Añadido.
c) Resolver las discrepancias que puedan producirse con respecto a la domiciliación de los contribuyentes.
En el apartado 2 del citado artículo 51 se establece que la Junta Arbitral estará integrada por tres miembros cuyo nombramiento se hará por la persona titular del Ministerio competente en materia de Hacienda (en la actualidad la Vicepresidenta Primera y Ministra de Hacienda) y por la persona titular del Departamento competente en materia de Hacienda del Gobierno de Navarra (actualmente el Consejero de Economía y Hacienda), entre expertos de reconocido prestigio en materia tributaria o hacendística, por un período de seis años, prorrogable como máximo por un año.
En los mismos términos se manifiesta el Reglamento de la Junta Arbitral, aprobado por Real Decreto 353/2006, de 24 de marzo, señalando en el apartado 1 del artículo 5 que el nombramiento de los árbitros deberá ser publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra».
Asimismo, el artículo 7 de dicho Reglamento prevé que la Junta Arbitral dispondrá de una persona que ejerza las funciones de secretaría, en la que deberá concurrir la condición de personal al servicio de la Administración General del Estado o de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra. La persona que ejerza las funciones de secretaría será designada, rotativamente y por períodos de tres años, por la persona titular del Ministerio de Hacienda y Función Pública y la persona titular del departamento competente en materia tributaria del Gobierno de Navarra.
Habiendo transcurrido el periodo por el que fueron nombrados los miembros de la Junta Arbitral se hace preciso proceder a su renovación y a una nueva designación de los mismos.
Por otra parte, mediante Orden de 28 de diciembre de 2021 de la Ministra de Hacienda y Función Pública y Orden Foral 31E/2021, de 30 de diciembre, de la Consejera de Economía y Hacienda se designó como titular de la secretaría de la Junta Arbitral a la persona titular de la Jefatura de la Dependencia Regional de Relaciones Institucionales de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Navarra.
Por haberse producido una vacante en dicho puesto antes de transcurrir el mandato de tres años que corresponde a la secretaría de la Junta Arbitral, resulta necesario proceder a la designación de una persona que desempeñe dichas funciones durante el tiempo que resta hasta completar el período de tres años.
En su virtud, y en cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 51 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, y en el artículo 7 del Reglamento de la Junta Arbitral, dispongo:
El cese de don Eugenio Simón Acosta como Presidente de la Junta Arbitral.
La designación como nuevo Presidente de la Junta Arbitral a don Antonio Vázquez del Rey Villanueva.
La renovación como Vocales de la Junta Arbitral a don José Antonio Asiain Ayala y a don Ismael Jiménez Compaired.
La designación como titular de la Secretaría de la Junta Arbitral a Ana Blanco Guada, funcionaria del Cuerpo Técnico de Hacienda, adscrita a la Dependencia Regional de Relaciones Institucionales en Navarra.
La presente orden surtirá efectos desde el 15 marzo de 2024.
Madrid, 8 de marzo de 2024.–La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de Hacienda, María Jesús Montero Cuadrado.
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