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Documento BOE-A-2024-8697

Resolución de 23 de abril de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Gobierno de Navarra, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España, el Ayuntamiento de Tudela y la Fundación Civil San Francisco Javier, para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra un Programa de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 30 de abril de 2024, páginas 49558 a 49572 (15 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2024-8697

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de abril de 2024 se ha suscrito el convenio entre la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; el Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias; el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR); el Ayuntamiento de Tudela y la Fundación Civil San Francisco Javier para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra un Programa de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 23 de abril de 2024.–El Secretario General Técnico, Plácido Ramón Vázquez García.

ANEXO
Convenio entre la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; el Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias; el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR); el Ayuntamiento de Tudela y la Fundación Civil San Francisco Javier para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra un Programa de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional

En Pamplona, a 22 de abril de 2024.

REUNIDAS

De una parte, doña Amapola Blasco Marhuenda, en nombre y representación del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, como Directora General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, nombrada por Real Decreto 1079/2023, de 7 de diciembre, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de la competencia delegada de la Secretaria de Estado de Migraciones para celebrar convenios con entidades públicas, de acuerdo con el artículo vigésimo segundo, a) de la Orden ISM/419/2021, de 26 de abril, por la que se fijan los límites para administrar los créditos de gastos y se delegan y aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

De otra parte, el Gobierno de Navarra, representado por la Consejera del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, doña Begoña Alfaro García, nombrada por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 10/2023, de 17 de agosto, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por el Decreto Foral 241/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias.

De otra parte, doña Sophie Muller, en su calidad de Representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR), nombrada el 4 de octubre de 2019 y acreditada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación tras aceptación del nombramiento por nota verbal número 7/7.2 de 11 de octubre de 2019.

De otra parte, don Abel García Ciria, en calidad de Director Gerente de la Fundación Civil San Francisco Javier, actuando en representación de la misma en virtud de apoderamiento otorgado el 24 de junio de 2020 por la Fundación Civil San Francisco Javier, en los términos previstos en la escritura pública autorizada el 3 de julio de 2020 por el notario don Víctor González de Echávarri Díaz, con el número de protocolo 986.

Y, de otra parte, don Alejandro Toquero Gil en calidad de Alcalde del Ayuntamiento de Tudela, nombrado por el Pleno del Ayuntamiento de Tudela en sesión celebrada el 17 de junio de 2023, y de conformidad con las competencias atribuidas a las entidades locales por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, que le atribuyen la representación de este Ayuntamiento y la competencia para el cumplimento de las obligaciones previstas en el presente documento.

Todas las partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para firmar el presente convenio y

MANIFIESTAN

El 19 de septiembre de 2016, la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) adoptó una serie de compromisos para mejorar la protección de las personas refugiadas y migrantes. Dichos compromisos se conocen como la Declaración de Nueva York para las personas refugiadas y migrantes.

El anexo 1 de esta Declaración de Nueva York establece un Marco de Respuesta Integral para las personas refugiadas, con acciones específicas que es necesario garantizar: medidas de recepción y admisión rápidas y bien fundamentadas; apoyo a las necesidades inmediatas y persistentes (por ejemplo, protección, salud y educación); apoyo a las instituciones nacionales y locales y a las comunidades que reciben personas refugiadas; y mayores oportunidades para el desarrollo de soluciones duraderas.

Sobre la base de este trabajo, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó, el 17 de diciembre de 2018, el Pacto Mundial sobre Refugiados, que establece un nuevo marco para afrontar la situación de las personas refugiadas en el mundo a través de un apoyo más sólido a los países donde viven la mayoría de las personas refugiadas y del fortalecimiento de la responsabilidad compartida de ayudar a quienes se ven en la obligación de huir a causa del conflicto o la persecución.

En este mismo contexto, el 20 de septiembre de 2016, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, junto con el gobierno de Canadá, acordaron activar la llamada Iniciativa Global para el Patrocinio de Refugiados (GRSI, por sus siglas en inglés), con la finalidad de promover el modelo de Patrocinio Comunitario de personas refugiadas alrededor del mundo. Esta decisión tiene tres objetivos primarios:

– Contribuir a la mejora de las responsabilidades compartidas, al expandir el uso del Patrocinio Comunitario como una vía para las personas refugiadas con necesidades de protección y de soluciones.

– Alentar la expansión del reasentamiento, fortaleciendo las capacidades de los estados, de los actores de la sociedad civil, y la ciudadanía, para lanzar programas de Patrocinio Comunitario.

– Brindar un vehículo que movilice a la ciudadanía en directo apoyo de las personas refugiadas y alentar un debate político más amplio que apoye la protección de las personas refugiadas.

El Patrocinio Comunitario ofrece la oportunidad a la ciudadanía de participar directamente en la labor de acogida e integración de las personas refugiadas. Los Patrocinadores Comunitarios se comprometen a ofrecer apoyo social, material y financiero a las personas recién llegadas durante su proceso de integración en sus nuevas comunidades. Todos los países pueden elaborar programas que permitan a su ciudadanía acoger a personas refugiadas en sus comunidades.

En un momento en que el número de personas desplazadas en el mundo por los conflictos y la persecución alcanza cifras récord, con más de 110 millones, la necesidad de compartir la responsabilidad de proteger, incrementar y diversificar las vías legales de entrada para personas que necesitan protección internacional es más urgente que nunca.

El programa de Patrocinio Comunitario, inspirado en el modelo canadiense, es un ejemplo de responsabilidad y esfuerzo compartido, para encontrar formas de responder conjuntamente a los movimientos de personas refugiadas, de una forma más eficaz, equitativa y más justa. Un esfuerzo que tiene un reflejo expreso en el Pacto Mundial sobre Refugiados, que lo recoge como una de las vías seguras de acceso a la protección con la que los Estados pueden contribuir.

Como parte del continuo diálogo en la búsqueda de soluciones duraderas, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) propuso al Gobierno de España y a distintos gobiernos autonómicos la puesta en práctica de experiencias piloto de patrocinio comunitario, con la finalidad de que su desarrollo, evaluación y documentación pudiera servir como modelo para su extensión a otras comunidades autónomas, e incluso a otros países. Hasta el momento, son tres las comunidades autónomas que lo han hecho: Euskadi, la Comunitat Valenciana y Navarra. En los dos primeros casos se dispone de sendos informes de evaluación de las experiencias piloto ya finalizadas, que destacan la importancia del patrocinio comunitario como vía alternativa de acogida de personas reasentadas y plantean recomendaciones para su mejora y consolidación en el futuro.

El 15 de noviembre de 2021 se suscribió el convenio entre la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria de la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones; el Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Políticas Migratorias y Justicia; el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR); el Ayuntamiento de Tudela y la Fundación Civil San Francisco Javier para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra una experiencia piloto de patrocinio comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional. Con la voluntad de profundizar en esa iniciativa, todas las partes intervinientes en la experiencia piloto de patrocinio comunitario en la Comunidad Foral de Navarra han manifestado interés en suscribir un nuevo convenio.

La Fundación Civil San Francisco Javier continuará su participación en esta experiencia, en calidad de Entidad Titular de un Acuerdo de Patrocinio. Se trata de una entidad con amplia y probada experiencia en el terreno de la solidaridad y la justicia social, incluyendo a las personas refugiadas entre las destinatarias de su acción, y que actúa en el ámbito de Tudela. En concreto, su función principal, dentro del programa de patrocinio, consistirá en impulsar, a través de su propia red de participación, Grupos Locales de Patrocinio Comunitario que desarrollarán en su comunidad, en coordinación con la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio, la experiencia de Patrocinio Comunitario.

Esta entidad forma parte de este proyecto desde su compromiso con la solidaridad, la justicia social y las personas refugiadas. Se considera que este programa debe orientarse a promover una mejora cuantitativa y cualitativa de los procesos de acogida e integración de las personas refugiadas, así como a incrementar en esta tarea el compromiso compartido de las instituciones y administraciones públicas con la sociedad.

Otro actor firmante de este convenio es el Ayuntamiento de Tudela. El Ayuntamiento, en calidad de administración local, cede a la Fundación Civil San Francisco Javier una vivienda en Tudela para que de ella haga uso una de las familias refugiadas acogidas bajo este programa. De la misma manera, se promoverá la colaboración e implicación técnica y política del municipio para que el Grupo local de Patrocinio Comunitario, en coordinación con Fundación Civil San Francisco Javier, desarrolle el Proyecto de Acogida e integración. Se invitará al Ayuntamiento de Tudela a formar parte de la Mesa de Coordinación Local.

En consecuencia, los actores principales de este programa de patrocinio comunitario a desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra se repiten con respecto a aquellos que ya participaron en el desarrollo de la experiencia piloto. Son así firmantes del presente convenio la Secretaría de Estado de Migraciones (SEM), a través de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Gobierno de España; el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra; ACNUR; el Ayuntamiento de Tudela; y la Fundación Civil San Francisco Javier.

No obstante, el desarrollo del programa de patrocinio requiere necesariamente de interacciones y cooperación de otras instituciones y entidades. En este sentido, esta iniciativa ha sido presentada por la Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra a las principales entidades que se hacen cargo del Sistema estatal de acogida e integración de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional, bajo financiación del MISSM.

En el marco de esta experiencia, en distintos momentos y circunstancias se hace necesario el concurso constructivo y experto de estas instituciones y entidades, así como una estrecha coordinación que redunde en el mejor modelo posible de acogida e integración de las personas refugiadas.

La Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra y las entidades sociales y locales que suscriben este convenio expresan su compromiso de mantenimiento de cauces de comunicación, información y colaboración con todas ellas.

Asimismo, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dentro de un enfoque de defensa de los Derechos Humanos, pretende establecer, como ejes transversales, la igualdad de género y la igualdad de trato, haciendo que ambos estén presentes en todos los proyectos y actuaciones dirigidos a este colectivo. Se fomenta igualmente la perspectiva transcultural en los proyectos que se desarrollan.

Por su parte, y en consonancia con lo anterior, ACNUR aplica sistemáticamente un enfoque de edad, género y diversidad (EGD) en todas las actuaciones encaminadas al cumplimiento de su mandato de brindar protección y asistencia a los hombres, mujeres, niños y niñas refugiadas y buscar soluciones duraderas a su situación. Se trata así de garantizar que todas las personas de interés gocen de sus derechos en igualdad de condiciones y puedan participar plenamente en las decisiones que afectan a sus vidas y a las vidas de sus familiares y comunidades.

Finalmente, se tendrá en cuenta el marco jurídico y las recomendaciones y protocolos nacionales e internacionales en materia de refugiados, tortura, menores y familia, violencia de género, explotación laboral, trata de seres humanos con fines de explotación y otros, en su caso.

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de las condiciones y compromisos que asumen las partes y garantizar la coordinación de las actuaciones en el desarrollo y ejecución de un Programa de Patrocinio Comunitario en la Comunidad Foral de Navarra, denominada «SOMOS», para la acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional, con el objetivo de favorecer su proceso de integración en la sociedad de acogida.

Segunda. Dotación presupuestaria.

Visto el objeto del presente convenio, que es en definitiva establecer un marco de condiciones y compromisos de las partes para el Programa de Patrocinio Comunitario en la Comunidad Foral de Navarra «SOMOS», no comporta dotación presupuestaria.

Tercera. Personas beneficiarias.

El Programa de Patrocinio Comunitario en la Comunidad Foral de Navarra «SOMOS» estará dirigida a personas beneficiarias de protección internacional que hayan sido trasladadas a España en el marco de programas de reasentamiento de personas refugiadas, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Secretaría de Estado de Migraciones.

Cuarta. Comisión de seguimiento.

Para el desarrollo y buen fin de este convenio se establece el siguiente instrumento de evaluación y seguimiento:

Se constituirá una Comisión de Seguimiento, con el fin de coordinar las acciones contempladas en este convenio, y, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, realizar el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes. Esta Comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio.

La Comisión celebrará ordinariamente reuniones de coordinación semestrales, en las que se informará a las contrapartes del desarrollo del programa. Se reunirá con carácter extraordinario cuantas veces lo precise la buena marcha de las actividades del convenio, a petición de una de las partes. Las personas participantes en las reuniones, en número de una por cada parte, serán designadas: por la Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (participará la persona que en su momento designe la Subdirección General de Programas dependiente de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional de esa secretaría de Estado); por el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra; por el ACNUR; por el Ayuntamiento de Tudela y por Fundación Civil San Francisco Javier. Las fechas se determinarán de común acuerdo entre las partes, que se comprometen a la elaboración de las actas de las reuniones de forma alternativa.

El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Quinta. Vigencia.

El convenio surtirá efecto una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, de conformidad con lo señalado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, será publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Tendrá una vigencia de dos años desde que comience a producir efectos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h).2.º de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en cualquier momento, antes de la finalización del plazo previsto en el párrafo anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por períodos bienales hasta un máximo de cuatro años adicionales o su extinción. La adenda de prórroga surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Adicionalmente, deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado».

Sexta. Modificación del convenio.

La modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de las partes firmantes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La modificación se instrumentará mediante adenda, conforme a los requisitos legalmente establecidos, y previa la autorización prevista en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Séptima. Extinción y resolución.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Serán causas de resolución del convenio el trascurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo, el acuerdo unánime de las partes firmantes, la decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio y cualquier otra causa distinta de las anteriores previstas en el convenio o en otras normas de aplicación.

Asimismo, son causas de resolución del convenio el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones y compromisos contraídos en él. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Si transcurrido el plazo indicado persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. La resolución por esta causa podrá conllevar la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.

Cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio tasadas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo con el artículo 52.3 de la misma, las partes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciéndose un plazo improrrogable para su finalización, trascurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el artículo 52.2, no iniciándose ninguna nueva a partir de la fecha de denuncia de este convenio.

Octava. Marco de intervención.

La Secretaría de Estado de Migraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones cuenta con una estrategia integral de atención a las personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional en España, que persigue un doble objetivo:

– Dar cumplimiento a las obligaciones que recaen en el Gobierno en aplicación de la normativa, tanto nacional como comunitaria, sobre las condiciones de acogida a las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional y temporal.

– Favorecer la acogida e integración de este colectivo. Esta estrategia se materializa en un Sistema de Acogida que se desarrolla mediante itinerarios individualizados, cuya finalidad es facilitar la progresiva autonomía de las personas destinatarias y su integración social y laboral en la sociedad de acogida.

El Programa de Patrocinio Comunitario «SOMOS» tiene como objetivo poner a prueba y pilotar un modelo de intervención complementario pero coordinado con el Programa estatal de Acogida e Integración. Esta fórmula de Patrocinio Comunitario se inspira en el modelo canadiense y persigue una implicación directa de la ciudadanía en las tareas de acogida e integración de las personas solicitantes o beneficiarias de Protección Internacional.

Novena. Modelo de intervención.

El modelo de intervención de este programa tiene los siguientes componentes:

a) Agentes del Programa de Patrocinio Comunitario. El desarrollo del Programa de Patrocinio Comunitario requiere de la colaboración e interacción de los siguientes actores institucionales y sociales:

– Gobierno de España. Participa en este programa como institución competente en la planificación, desarrollo y gestión del sistema nacional de acogida integral e integración de solicitantes y beneficiarios de protección internacional. El Gobierno español canaliza esta participación a través de la SEM del MISSM y de su Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional.

– Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra. Participa en este programa como institución con capacidad y competencia para articular procesos de acogida e integración de personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional. El Gobierno de Navarra canaliza esta participación a través del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias y de su Dirección General de Políticas Migratorias, según las competencias establecidas en el Decreto Foral 241/2023, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias.

– ACNUR. Es el órgano subsidiario de las Naciones Unidas bajo cuyo mandato se brinda protección y asistencia a las personas solicitantes de protección internacional y se buscan soluciones duraderas a su situación, y en el contexto del proceso del Pacto Global sobre Refugiados, promoviendo experiencias de patrocinio comunitario como la que llevan a la práctica el Gobierno de España y el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra. ACNUR, que está colaborando también en otros países en la puesta en marcha del modelo de patrocinio comunitario, formando parte de la Iniciativa Global para el Patrocinio de Refugiados (GRSI por sus siglas en inglés), ofrece su apoyo institucional en el desarrollo de este programa.

– Entidad Titular de un Acuerdo de Patrocinio. Se trata de la entidad responsable de promover el programa de patrocinio. En este caso, La Fundación Civil San Francisco Javier, entidad con amplia y probada experiencia en materia de solidaridad, y que actúa en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra. En concreto, su función principal consiste en impulsar, dentro de su propia red de participación, Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, ofreciéndoles cobertura y respaldo, así como garantizar la acogida e integración de las personas beneficiarias de Protección Internacional.

– Ayuntamiento de Tudela. Es la entidad local donde van a residir las personas refugiadas acogidas en este programa. El Ayuntamiento de Tudela pondrá a disposición del Programa una vivienda social para el alojamiento de las personas acogidas, además de participar en la coordinación interinstitucional del presente programa a través de su incorporación a la Mesa de Coordinación.

– Grupos Locales de Patrocinio Comunitario. Se trata de los grupos de personas voluntarias, impulsado y coordinado por la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio, que, actuando en red en el ámbito local, dinamizan el proceso de patrocinio comunitario. Participan en el desarrollo del programa y mantienen la relación directa con las personas refugiadas que han sido acogidas, participando en la preparación y desarrollo del Proyecto de Acogida e Integración.

– Mesa de Coordinación. Se trata de un grupo de trabajo que se constituirá con representación de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, la Entidad titular del Acuerdo de Patrocinio, el Ayuntamiento de Tudela y el Gobierno de Navarra, que implicará en el mismo a los departamentos competentes en sanidad, educación y servicios sociales.

Las estipulaciones anteriores respecto a Grupos Locales de Patrocinio Comunitario y Mesa de Coordinación pretenden promover su colaboración e implicación en el proyecto, sin que en ningún caso se pueda interpretar que asumen obligaciones concretas al respecto, al no ser partes firmantes del presente convenio.

– Las personas y familias beneficiarias de protección internacional y del Programa de Patrocinio Comunitario «SOMOS», que serán protagonistas del proceso y participarán en las decisiones a través de los cauces que establezcan los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario o la Mesa de Coordinación.

b) Punto de partida. El Programa de Patrocinio Comunitario «SOMOS» buscará desarrollar la filosofía de implicación ciudadana que inspira a este modelo, teniendo en cuenta la realidad y condicionantes del Sistema de Acogida e Integración español y del marco de competencias y posibilidades del Gobierno de España, del Gobierno de Navarra y de la Entidad Titular de Acuerdo de Patrocinio que participan en el programa.

c) Objetivos. El Programa de Patrocinio Comunitario «SOMOS» tiene dos objetivos:

– Desarrollar un modelo de acogida e integración de personas refugiadas en el que, mediante fórmulas diversas de asociación, auto-organización e implicación colectiva, la sociedad asume una responsabilidad directa en los procesos de acogida e integración de estas personas.

– Generar sinergias y valor añadido que redunden en la mejora cualitativa de estos procesos con impacto positivo en el logro de su autonomía y de una convivencia armónica en el contexto social en el que hayan sido acogidas.

d) Resultado esperado. El fin principal de esta iniciativa es el de facilitar una inclusión amplia e integral de las personas refugiadas implicadas en la misma, en la que las personas refugiadas y la sociedad de acogida sean las protagonistas del proceso. Se pretende así mismo extraer aprendizajes y conclusiones que puedan volcarse a un proyecto amplio de extensión del Patrocinio Comunitario, tanto en la Comunidad Foral de Navarra, como en otras comunidades autónomas y que pueda asimismo ser presentado como una iniciativa que pudiera replicarse. Por este motivo, el programa desarrollará un proceso de sistematización y evaluación, cuyo encargo asumirá el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, con el asesoramiento de ACNUR.

e) Número y distribución de participantes. La determinación del número concreto y de la distribución de las personas acogidas durante el período de vigencia del presente convenio en el Programa de Patrocinio Comunitario de la Comunidad Foral de Navarra se llevará a cabo en el seno de la Comisión de Seguimiento, en base a las facultades de coordinación atribuidas a la misma en la cláusula cuarta de este convenio. En su calidad de Entidad Titular de Acuerdo de Patrocinio, la Fundación Civil San Francisco Javier acogerá a estas familias en su ámbito de responsabilidad.

f) Identificación y selección de participantes y proceso de información previo al viaje: La SEM, a través de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, remitirá a la Dirección General de Políticas Migratorias una propuesta de casos con las características consensuadas entre ambas, para participar en el programa, de entre las personas refugiadas seleccionadas para su reasentamiento en España inicialmente en el marco del Plan Nacional de Reasentamiento. Dicha propuesta deberá ser aceptada por la Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra. Todas las personas participantes han sido informadas con carácter previo a su llegada a España sobre las condiciones de acogida en España en el marco del Sistema de Acogida de Protección Internacional, así como, en su caso, sobre el programa de patrocinio comunitario, y han recibido dicha información en un documento en su idioma con el fin de poder tomar una decisión informada sobre su participación en el reasentamiento. Asimismo, todas las personas mayores de edad participantes han firmado una solicitud de acceso al Sistema de Acogida, en la que se recogen los elementos principales de sus condiciones de acogida y han autorizado el tratamiento de sus datos de carácter personal para fines relativos a su itinerario de acogida e integración.

A las familias identificadas y seleccionadas para el Programa de Patrocinio Comunitario se les propondrá su participación en el mismo con carácter previo a la salida del país en que se encuentran. En caso de que acepten, firmarán un documento provisional de aceptación que así lo acredite y que será elaborado de forma consensuada por el Gobierno de España y la Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra. Igualmente deberán prestar su consentimiento para que la información contenida en su expediente relevante de cara a su acogida sea compartida con el resto de los firmantes del convenio y con el grupo local de patrocinio que se designe. De manera excepcional, si no fuera posible informar sobre el programa y proponer la participación en el mismo con carácter previo, deberá hacerse lo antes posible, una vez realizado el traslado a España. La aceptación para participar en el programa deberá ser confirmada en el plazo de un mes desde su llegada a España.

Con carácter previo a su traslado a España, se procurará un contacto telemático con la familia seleccionada para su participación en el Programa de Patrocinio Comunitario de la Comunidad Foral de Navarra, al que serán invitados todos los actores del Programa.

g) Duración. El desarrollo del Programa de Patrocinio Comunitario tendrá una duración de 18 meses desde la llegada a España, que según las circunstancias podría ser prorrogado hasta un máximo de 24, por acuerdo de las partes.

Décima. Objetivos operativos en el itinerario del programa.

El itinerario del programa se vincula al desarrollo de tres objetivos operativos: acogida inicial, despliegue, y autonomía.

a) Recepción en aeropuerto. Las familias seleccionadas para participar en el Programa serán recibidas a su llegada a España por personal del MISSM. Una vez realizados los trámites de identificación inicial por parte del MISSM y de la Dirección General de la Policía, y notificada su resolución de protección internacional por parte de la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior, serán trasladados por los responsables de su acogida directamente al municipio que participa en el Proyecto, para iniciar su Itinerario de Acogida en el marco del programa de patrocinio comunitario.

b) Acogida y despliegue del Programa de Patrocinio Comunitario. Conforme al Proyecto de Acogida e Integración preparado por la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio, y en coordinación con los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, la tarea primera y prioritaria de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario será poner a disposición de la familia acogida una vivienda para, al menos, 18 meses.

El Proyecto de Acogida e Integración de cada Grupo Local de Patrocinio Comunitario debe demostrar capacidad financiera para afrontar el Patrocinio Comunitario que se propone desarrollar, el mismo debe también establecer la forma en la que se van a cubrir las necesidades básicas de las personas participantes para los que se debe contar además, con una vivienda preparada previamente, una red social,una estrategia de apoyo para aprender el idioma, el diseño de un itinerario de formación acorde a la experiencia y formación previa de los participantes, apoyo psicológico, en su caso, y las medidas para facilitar el acceso al empleo, durante, al menos, 18 meses. La información sobre la experiencia y formación previa y cualquier otra información relevante de la que se disponga sobre el perfil de los participantes, se facilitará con antelación por parte del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

c) Autonomía y emancipación del Patrocinio Comunitario. Desde su inicio, todo el proceso estará orientado a promover la autonomía de las personas refugiadas. Está previsto que el periodo de desarrollo de la experiencia de Patrocinio Comunitario se prolongue durante 18 meses y hasta un máximo de 24 meses, en los casos que así se considere procedente, para completar la preparación de la autonomía de estas familias. En este sentido, las instituciones, la Entidad Titular de un Acuerdo de Patrocinio Comunitario y los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario harán confluir sus esfuerzos en el logro, por parte de las personas refugiadas, de una vida autónoma y emancipada de la tutela y cobertura que representa el Patrocinio Comunitario.

Este objetivo deberá tener una presencia destacada, gradual y progresiva en la gestión del Proyecto de Acogida e Integración en cada uno de los ámbitos locales en que se desarrolle el programa.

Undécima. Compromisos de las partes.

ACNUR, la Secretaría de Estado de Migraciones a través de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional, el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra, el Ayuntamiento de Tudela y la Entidad Titular de Acuerdo de Patrocinio Comunitario en la Comunidad Foral de Navarra, la Fundación Civil San Francisco Javier, asumen los siguientes compromisos en cada una de las siguientes etapas del proceso que se pretende impulsar:

A. Etapa previa de identificación, información y derivación.

A.1 Objetivo.

El objetivo principal en esta etapa es la identificación de las personas beneficiarias de protección internacional que sean potenciales candidatas para participar en el Programa de Patrocinio Comunitario y la preparación de los actores a nivel local para su acogida. La identificación se realizará por el Gobierno de España con la colaboración de ACNUR; el país de origen se determinará en función de los países respecto de los que España se comprometa a reasentar en el Plan Nacional de Reasentamiento vigente en cada momento o haya adquirido compromisos de acogida.

En el país de origen estas personas recibirán orientación cultural e información precisa sobre España y el sistema de protección internacional y de acogida con apoyo de materiales escritos y audiovisuales y, con carácter general, serán a su vez informadas de que han sido propuestas para participar en el Programa de Patrocinio Comunitario de la Comunidad Foral de Navarra y de la localidad donde está previsto que se desarrolle esta experiencia.

Una vez llevada a cabo la pre-selección de las personas que podrían participar en la iniciativa, el Gobierno español informará a la Dirección General de Políticas Migratorias de los perfiles de estas personas y de la previsión de su llegada a España para que pueda iniciarse la preparación del proyecto específico de acogida e integración en el marco del Programa de Patrocinio Comunitario «SOMOS». La Dirección General de Políticas Migratorias realizará la selección final de las personas participantes del programa «SOMOS» de entre las pre-seleccionadas, en razón de la adecuación de las mismas a los recursos públicos existentes en la zona y los preparados por la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio Comunitario.

Previamente a la llegada de las familias, se facilitará la formación necesaria, tanto a las personas profesionales de la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio Comunitario como a las personas voluntarias de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario. ACNUR se encargará de la coordinación de la misma, con el apoyo y participación, en su caso, de las administraciones públicas implicadas y otros actores relevantes y con experiencia en el desarrollo de experiencias de patrocinio comunitario.

A.2 Acciones y recursos.

– Compromiso de intervención de ACNUR:

● Velar por la incorporación de la perspectiva de protección internacional y del enfoque EGD (de edad, género y diversidad) a lo largo del desarrollo del proyecto.

● Apoyar en la preparación y desarrollo de las actividades formativas necesarias para la ejecución del programa en cada fase.

● Llevar a cabo la identificación de las personas refugiadas en necesidad de reasentamiento en el primer país de acogida y, en caso de que así se solicite por el Gobierno de España, la propuesta inicial a las autoridades españolas de posibles personas candidatas a participar en el proyecto de acuerdo a los parámetros previamente acordados y haciendo un análisis de los mismos con el fin de que los perfiles de las personas refugiadas seleccionadas encajen con las características y recursos de los municipios y entidades participantes.

– Compromiso de intervención del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que cumplirá a través de la SEM:

● La SEM pone a disposición los recursos en los que se apoya esta fase de intervención.

● La SEM realiza en los países de primera acogida y sobre la base de la propuesta de ACNUR, en su caso, la identificación y preselección de las personas beneficiarias de protección internacional que sean potenciales candidatas a participar en el Programa de Patrocinio Comunitario, con el fin de que los perfiles de las personas refugiadas seleccionadas encajen con las características y recursos de los municipios y entidades participantes.

● La SEM, una vez valoradas las personas candidatas para la participación en el proyecto «SOMOS», compartirá la información con la Dirección General de Políticas Migratorias para tratar la conveniencia de su inclusión en el proyecto.

● La SEM convalidará los Proyectos de Acogida e Integración preparados por la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio en coordinación con cada Grupo Local de Patrocinio comunitario.

● La SEM realizará la primera acogida a su llegada a España, en recursos de acogida del Sistema de Acogida para solicitantes y beneficiarios de protección internacional, de las personas reasentadas que participen en el proyecto en el caso de que las entidades de patrocinio no hayan podido conseguir la vivienda en la fecha de la llegada de las familias.

– Compromiso de intervención del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra, a través de la Dirección General de Políticas Migratorias.

● Acompañar y colaborar en el proceso de elaboración del Proyecto de Acogida e Integración de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitarios, que habrán de ser convalidados por el MISSM antes de la llegada de las personas seleccionadas a España.

● Informar, desde el primer momento, a la Entidad Titular de Acuerdo de Patrocinio y a los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario de las previsiones existentes sobre llegada y acogida de personas refugiadas que potencialmente puedan participar en el programa, para que puedan avanzar en la preparación del proyecto de acogida e integración.

● Informar sobre estas previsiones al Ayuntamiento de Tudela y coordinar su participación en la Mesa de Coordinación.

– Compromiso de Intervención de la Entidad Titular de Acuerdo de Patrocinio:

● La Fundación Civil San Francisco Javier asume la responsabilidad de articular, dinamizar, apoyar y tutorizar la experiencia de patrocinio comunitario en Tudela.

● En esta etapa previa, la Fundación Civil San Francisco Javier entregará a la Dirección General de Políticas Migratorias, para su remisión al MISSM, el Proyecto de Acogida e Integración en un plazo máximo de 15 días desde que hayan conocido los perfiles de las familias que patrocinarán.

– Mecanismos de coordinación para esta etapa:

● La persona designada por la SEM se coordinará con la persona designada por la Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra con objeto de valorar la oportunidad de inclusión en el proyecto de las personas candidatas propuestas.

● La Dirección de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra informará a la SEM sobre los recursos materiales y humanos existentes en Tudela y así favorecer una adecuada acogida, especialmente a los perfiles más vulnerables.

B. Etapa de Patrocinio Comunitario:

B.1 Objetivo.

Una vez llegadas a España, las personas refugiadas que hayan sido identificadas para participar en el programa se desplazarán al municipio de acogida para comenzar su itinerario en el Programa de Patrocinio Comunitario. En el plazo de un mes, se deberá confirmar el consentimiento de las personas preseleccionadas para su participación.

El objetivo general de esta etapa es, una vez estabilizadas las familias, favorecer el mejor proceso posible de autonomía e independencia, así como de integración y participación en la sociedad de acogida de las personas beneficiarias de protección internacional participantes en esta experiencia. Este objetivo reposa sobre la base de un proyecto que ofrece a estas personas una vivienda para al menos dieciocho meses y un Proyecto de Acogida e Integración de entre dieciocho y veinticuatro meses, que incluye alojamiento, manutención, red social y estrategia para el aprendizaje del idioma, para la formación para el empleo y la búsqueda del mismo, y para responder a las necesidades básicas de atención psicológica, interpretación y traducción y asesoramiento legal, mediante un trabajo de colaboración entre el Grupo Local de Patrocinio Comunitario, el Ayuntamiento de Tudela y la Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra, en colaboración con el resto de las instituciones.

B.2 Acciones y Recursos.

– Compromiso de intervención de ACNUR:

● Velar por la incorporación de la perspectiva de protección internacional y del enfoque EGD a lo largo del desarrollo del proyecto.

● Apoyar en la preparación y desarrollo de las actividades formativas necesarias para la ejecución del programa.

● Apoyar y asesorar en el proceso de evaluación y documentación del Programa de Patrocinio Comunitario y promover el intercambio y difusión de la experiencia con vistas a su posible réplica, en función de los resultados del mismo.

– Compromiso de intervención del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que cumplirá a través de SEM:

● La SEM hará seguimiento del Programa y colaborará en la medida en que pudiera ser requerida en la resolución de incidencias que, en relación con las personas participantes, pudieran afectar a la Administración General del Estado, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa tanto nacional como comunitaria sobre las condiciones de acogida de las personas solicitantes y beneficiarias de protección internacional.

● La SEM, previa comunicación de la Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra, decidirá las actuaciones a realizar en caso de un eventual rechazo definitivo de alguna familia a su participación en el Programa de Patrocinio, para derivarlos al Sistema de Acogida estatal, en el caso de que así procediese.

– Compromiso de intervención de la Dirección General de Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra:

● Garantizar el acceso de las personas beneficiarias del proyecto a los servicios educativos, sociales, formativos y de atención sanitaria correspondientes.

● Impulsar la creación de la Mesa de Coordinación, con representación, al menos, de los Grupos Locales de Patrocinio, la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio Comunitario y el Ayuntamiento de Tudela.

● Establecer los recursos adecuados para el desarrollo del Programa, articular y tramitar los instrumentos necesarios para dotar a la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio, de los recursos suficientes para sufragar los gastos de acompañamiento, seguimiento, coordinación e intervención por cada familia, todo ello previa cuantificación y aprobación del instrumento jurídico correspondiente y en función de la disponibilidad presupuestaria.

● Informar periódicamente a los participantes en el convenio del desarrollo del Programa a través de informes semestrales y de las reuniones de la Comisión de Seguimiento del convenio suscrito.

● Coordinar las actuaciones de todos los actores participantes en el convenio cuando sea requerida su intervención.

● Informar a la Secretaría de Estado de Migraciones de las modificaciones del itinerario de las personas beneficiarias de protección internacional participantes en el Programa que supongan una reducción de las prestaciones inicialmente ofrecidas e inicialmente validadas por la SEM.

● Convocar las reuniones de la Comisión de seguimiento de este convenio.

● Informar a la SEM en caso de un eventual rechazo definitivo a la participación en el programa de alguna de las familias participantes.

– Compromiso de Intervención del Ayuntamiento de Tudela.

● Poner a disposición del Programa, mediante el instrumento que considere necesario, una vivienda social de su titularidad durante la vigencia del convenio.

● Participar en la Mesa de Coordinación.

–Compromiso de Intervención de la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio.

Los requisitos que debe cumplir la Entidad Titular del Acuerdo para que pueda desplegarse esta etapa de Patrocinio Comunitario son los siguientes:

● Contar con una vivienda, adecuada en sus condiciones de habitabilidad y con un alquiler sostenible, para cada familia acogida para un plazo garantizado de, al menos, dieciocho meses.

● Tener aprobado el Proyecto de Acogida e Integración de la familia acogida para el momento de la llegada de las personas refugiadas a España.

● La Entidad Titular de Acuerdo de Patrocinio y los Grupos Locales de Patrocinio Comunitarios asumen el compromiso general de desarrollar durante un plazo de entre dieciocho y veinticuatro meses un plan de acompañamiento y apoyo a la integración integral de la familia de personas refugiadas, conforme al Plan de Acogida e Integración aprobado.

● La Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio informará periódicamente a la Dirección General de Políticas Migratorias de Gobierno de Navarra, de los avances de la experiencia a través de informes semestrales de seguimiento. Asimismo, informarán inmediatamente a la Dirección General de Políticas Migratorias de Gobierno de Navarra y a la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional de la Secretaría de Estado de Migraciones en caso de que:

○ Se produzca una modificación sustancial del itinerario establecido en el Proyecto de Acogida e Integración.

○ Se produzca un abandono definitivo del Programa.

– Mecanismos de coordinación para esta etapa.

En este itinerario se mantendrán dos mecanismos de coordinación:

● La Comisión de Seguimiento del convenio suscrito entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias, ACNUR, el Ayuntamiento de Tudela y la Entidad Titular de Acuerdo de Patrocinio.

● La Mesa de Coordinación, con representación de los Grupos Locales de Patrocinio Comunitario, la Entidad titular del Acuerdo de Patrocinio, el Ayuntamiento de Tudela y la Dirección General de Políticas Migratorias, a la que también se invitará a los Departamentos con competencias en educación, sanidad, servicios sociales y empleo.

Las personas beneficiarias de Protección Internacional que hayan sido acogidas en Tudela en el marco de este programa serán invitadas a considerarse actores protagonistas de su adaptación a la realidad local. Serán informadas de sus derechos y obligaciones, así como del esfuerzo que se necesitará de ellas para el logro de los objetivos de adaptación y autonomía, y se fomentará su participación en la toma de decisiones por consenso, así como en los encuentros que se puedan realizar para compartir la experiencia.

Duodécima. Proyecto de Acogida e Integración.

El Proyecto de Acogida e Integración de la Entidad Titular del Acuerdo de Patrocinio y del Grupo Local de Patrocinio Comunitario debe presentar una estrategia solvente y concreta para lograr el objetivo principal: favorecer el mejor proceso posible de autonomía e independencia, así como de integración y participación en la sociedad de acogida de las personas beneficiarias de protección internacional participantes en esta experiencia.

Desde este punto de vista, el Proyecto de Acogida e Integración Comunitario se presentará en un documento que responda con claridad a los siguientes enunciados:

– Presentación.

– Motivación.

– Aspiraciones.

– Presentación del personal responsable del proyecto.

– Entidad Social Responsable y persona de referencia.

– Grupo Local de Patrocinio Comunitario: persona de referencia, componentes de grupo local y, en su caso, red de apoyo extensa.

1. Descripción de los perfiles de la familia que será acogida.

2. Objetivos del proyecto de Acogida e Integración.

3. Descripción de vivienda disponible y condiciones de uso y, en su caso, alquiler.

4. Prioridades del Proyecto de Acogida e Integración.

4.1 Programa concreto y recursos disponibles para el aprendizaje de idiomas locales y para el apoyo a las necesidades de traducción durante los primeros meses.

4.2 Programa concreto de gestión de los gastos de manutención.

4.3 Programa concreto y recursos disponibles para la respuesta a necesidades específicas de atención sanitaria.

4.4 Programa concreto y recursos disponibles para la respuesta a necesidades específicas de atención psicológica.

4.5 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a necesidades sociales, formativas, educativas y de matriculación.

4.6 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para el apoyo y formación para el empleo y para la búsqueda de trabajo.

4.7 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a necesidades de asesoramiento legal.

4.8 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a las necesidades de ocio.

4.9 Compromisos y calendarios de acompañamiento dentro de una estrategia de empoderamiento, orientada a la autonomía y alejada de cualquier forma de solidaridad paternalista.

4.10 Plan de acompañamiento durante el primer mes atendiendo a las características específicas de cada familia.

Decimotercera. Marco jurídico de cooperación, privilegios e inmunidades del ACNUR.

El desarrollo de la cooperación entre España y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para las personas refugiadas se recoge en el Acuerdo entre España y la Organización de las Naciones Unidas relativo al establecimiento de una Delegación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para las personas refugiadas en Madrid, de 14 de marzo de 1988 (publicado en el BOE número 161, de 7 de julio de 1989, páginas 21531 a 21532) y en el Acuerdo Marco de Cooperación del Reino de España y ACNUR de 9 de diciembre de 2002 (publicado en el BOE número 123, de 23 de mayo de 2003, páginas 19691 a 19692).

Nada de lo dispuesto en el presente convenio o relativo al mismo podrá ser interpretado en el sentido de constituir una renuncia, ni expresa ni implícita, a lo establecido en dichos acuerdos ni a ninguna de las prerrogativas e inmunidades de las Naciones Unidas, comprendidos sus órganos subsidiarios, o de ACNUR, como órgano subsidiario de las Naciones Unidas.

Decimocuarta: Difusión del Proyecto.

Las partes firmantes están obligadas a comunicar las actividades de difusión del proyecto que pudieran llevar a cabo.

Las partes firmantes deberán mencionar verbalmente en sus intervenciones públicas, así como en las publicaciones sobre las actividades desarrolladas para la ejecución del proyecto de patrocinio, que el mismo se desarrolla mediante un convenio entre el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a través de la Dirección General de Atención Humanitaria y del Sistema de Acogida de Protección Internacional de su Secretaría de Estado de Migraciones; el Gobierno de Navarra, a través del Departamento de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias; el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR), el Ayuntamiento de Tudela y la Fundación Civil San Francisco Javier para desarrollar en la Comunidad Foral de Navarra.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto, las partes firman el convenio.–La Directora General de Atención Humanitaria y del sistema de Acogida de Protección Internacional, Secretaría de Estado de Migraciones, Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Amapola Blasco Marhuenda.–La Consejera de Vivienda, Juventud y Políticas Migratorias del Gobierno de Navarra, Begoña Alfaro García.–La Representante del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España (ACNUR), Sophie Muller.–El Director Gerente de la Fundación Civil San Francisco Javier, Abel García Ciria.–El Alcalde del Ayuntamiento de Tudela, Alejandro Toquero Gil.

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