Está Vd. en

Documento BOE-A-2024-9749

Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 15 de mayo de 2024, páginas 55237 a 55240 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2024-9749

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1. letras b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, esta Secretaría de Estado acuerda convocar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente resolución, con las especialidades establecidas por la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera, que se encuentre en cualquier situación administrativa salvo excedencia voluntaria por interés particular o suspensión de funciones, que reúna los requisitos establecidos para su desempeño y que se relacionan en el anexo I de la presente resolución y en el cual se consigna tanto el perfil del puesto de trabajo, así como los conocimientos y las competencias profesionales y directivas y sus criterios objetivos de valoración.

Segunda.

De acuerdo con lo establecido en los artículos 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 3.1 del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, las solicitudes se presentarán a través de los siguientes medios electrónicos:

– A través del Portal Funciona, siendo imprescindible la acreditación por medio de certificado electrónico (DNI-e o certificado de la FNMT). Dentro del Portal Funciona habrá de accederse a la siguiente ruta: Espacio SIGP -> Mis servicios de RR.HH. -> Convocatoria libre designación.

– En el caso de que la persona interesada no pueda presentar la solicitud por este medio, podrá hacerlo, con carácter excepcional, a través del Registro Electrónico Común al código «EA0042375 Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de servicios», en base al anexo II, debiendo en este caso, además, aportar la documentación que acredite la imposibilidad técnica de realizar la presentación a través del Portal Funciona.

Tercera.

Además de los datos personales y Número de Registro de Personal, que se consignen en la solicitud, habrá de acompañarse la siguiente documentación:

– Un curriculum vitae en el que consten los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados, actividades formativas realizadas y cualquier otra información dirigida a acreditar el cumplimiento de los requisitos y competencias profesionales.

– Una justificación por escrito de la idoneidad de la persona candidata para el puesto al que aspira, en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto.

Cuarta.

De conformidad con el artículo 127 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, y 4.2 de la Orden TDF/379/2024, de 26 de abril, para la regulación de especialidades de los procedimientos de provisión de puestos del personal directivo público profesional y las herramientas para su gestión en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el plazo de presentación de solicitudes será de diez días naturales, desde la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Quinta.

La selección se realizará en base a criterios de idoneidad, competencia profesional y experiencia, realizándose una entrevista a las personas candidatas que cumplan con los requisitos establecidos para ocupar el puesto de trabajo, que se exijan en el anexo I. Para la valoración de las competencias profesionales evaluables, se nombrarán al menos dos personas expertas en las materias específicas del puesto o en procesos de selección de directivos públicos, que estarán presentes en las entrevistas y deberán emitir un informe de valoración de las candidaturas presentadas. A las personas expertas les resultarán de aplicación las causas de abstención recogidas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y su nombramiento se realizará mediante acuerdo del órgano convocante, siendo comunicado a las personas candidatas, a los efectos de que, en su caso, pudieran plantear su recusación.

El nombramiento deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes contado desde la finalización del de presentación de solicitudes, salvo que expresamente se prorrogue por otro mes.

Sexta.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 13 de mayo de 2024.–El Secretario de Estado de Sanidad (P.D. Orden SND/1298/2022, de 22 de diciembre), la Subsecretaria, Ana María Sánchez Hernández.

ANEXO I
Instituto Nacional de Gest. Sanitaria - Instituto Nacional de Gest. Sanitaria

S.G. de Gestión Sanitaria

N.º orden Centro directivo - Unidad puesto de trabajo Provincia - Localidad Nivel CE GR / SB Admon. Tit. req. Funciones Méritos Observaciones
1

Instituto Nacional de Gest. Sanitaria.

S.G. de Gestión Sanitaria.

Subdirector / Subdirectora General (4704240).

Madrid - Madrid. 30 28541.24 A1 A1    

1. Experiencia en puestos directivos tanto del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria como del resto del Sistema Nacional de Salud, incluidos los siguientes puestos directivos de sus Instituciones Sanitarias: puestos de Dirección Gerencia o equivalentes, puestos de Dirección Médica y puestos de Dirección de Gestión y/o Recursos Humanos, o equivalentes.

2. Experiencia en gestión de materias de atención sanitaria y/o recursos humanos en el ámbito del Sistema Nacional de Salud.

3. Capacidad para gestionar equipos de trabajo, motivar y planificación.

4. Capacidad para resolver problemas complejos, afrontar crisis y prever los riesgos.

5. Experiencia en negociación con representantes sindicales.

Los méritos 1 y 2 se valorarán en base a los certificados y otros documentos que puedan ser aportados por las personas candidatas, y se valorarán según la base quinta de esta convocatoria.

Los méritos 3, 4 y 5 se valorarán en la entrevista establecida en la base quinta de la convocatoria.

No se exige en este proceso de selección antigüedad como funcionario de carrera del subgrupo A1.

Cuerpos o Escalas:

Adscripción a Administraciones Públicas (AD):

* A1: Administración del Estado y Autonómica.

Titulaciones:

ANEXO II

Imagen: /datos/imagenes/disp/2024/118/9749_14396853_1.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid