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Documento BOE-A-2024-9828

Resolución de 26 de abril de 2024, de la Delegación Territorial de Bizkaia de Administración Industrial, del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se autoriza la instalación y uso en la red de determinados transformadores eléctricos fabricados por Electrotécnica Arteche Hermanos, SL.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 15 de mayo de 2024, páginas 55603 a 55605 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-2024-9828

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Primero.

Don Javier Aguirre Rodriguez, con DNI núm. 30659900A en nombre y representación de la empresa Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, con CIF B95632758 y domicilio en Derio Bidea, 28-48100 Mungia, Bizkaia, con fecha 15 de marzo de 2024, ha solicitado la renovación de la autorización de modelo para su uso e instalación en la red, de los siguientes transformadores de medida:

– Transformadores de medida de intensidad, modelos:

● CXD-24.

● CXE-36.

● CXE-52, CXG-52, CXH-52.

● CXG-72, CXH-72.

En la Resolución de 23 de abril de 2019, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, se concedió autorización de uso e instalación en la red a los modelos de transformador indicados, finalizando el plazo de validez a los cinco años.

En fecha 15 de marzo de 2024, la empresa Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, ha solicitado la renovación de dicha autorización.

Segundo.

La empresa Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, junto con la solicitud de renovación de la autorización de uso adjunta la siguiente documentación:

– Declaración de conformidad de Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, de fecha 15 de marzo de 2024, de los modelos de transformador de medida de intensidad indicados en el apartado primero, que incluye:

● Conformidad con la funcionalidad y requisitos exigibles en el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, y demás condiciones de seguridad.

● Conformidad con las normas UNE-EN 61869-1:2010, UNE-EN 61869-2:2013, actualmente en vigor.

● Declaración de que los modelos de transformador de medida indicados, no han sufrido ninguna modificación desde la última autorización de modelo (Resolución de 23 de abril de 2019).

Para la resolución de este expediente es preciso tener en cuenta los siguientes,

Fundamentos jurídicos

1. La Delegación Territorial de Administración Industrial de Bizkaia es el Órgano competente para la adopción de la presente resolución en virtud de lo establecido en el artículo 23 del Decreto 68/2021, de 23 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

2. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, regula las condiciones de funcionamiento del sistema de medidas del sistema eléctrico nacional, de los equipos que lo integran y de sus características. Los transformadores de medida de la solicitud, no tienen establecida reglamentación metrológica específica para la evaluación de la conformidad, de modo que según lo establecido en el artículo 8 del Reglamento de puntos de medida, requerirán de autorización del modelo para su uso e instalación en la red.

Toda vez que la Resolución del 23 de abril de 2019, del Director de Energía, Minas y Administración Industrial, concedió autorización de uso e instalación en la red a los modelos de transformador indicados con un plazo de validez de cinco años, y que aquella ha caducado y por tanto dejado de surtir efectos jurídicos en fecha 23 de abril de 2024, a pesar de haber instado una renovación de la autorización, lo procedente es la emisión de una nueva autorización que fije un nuevo plazo de validez de la autorización.

De conformidad con lo dispuesto en las Normas UNE-EN 61869 de transformadores de medida: UNE-EN 61869-1:2010 Requisitos generales, UNE-EN 61869-2:2013 Requisitos adicionales para los transformadores de intensidad y, vistos el informe favorable del Área de Administración Industrial y Energética, los preceptos legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación, resuelvo:

1. Autorizar para su uso e instalación, los transformadores eléctricos de medida de intensidad, modelos CXD-24, CXE-36, CXE-52, CXG-52, CXH-52, CXG-72 y CXH-72, fabricados por Electrotecnica Arteche Hermanos, SL.

2. Imponer las siguientes condiciones a la autorización que se concede:

a) Esta autorización tiene carácter provisional, debiendo el solicitante obtener la evaluación de la conformidad correspondiente en el plazo de un año desde la entrada en vigor del reglamento metrológico especifico que regule el instrumento autorizado, sin perjuicio de obtener prorrogas que esta Delegación Territorial de Bizkaia autorice.

b) Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el plazo de validez de la presente autorización es de cinco años, pudiendo ser prorrogada por periodos sucesivos iguales previa solicitud.

c) Los equipos que se comercialicen se corresponderán íntegramente con lo expresado en la documentación presentada para la obtención de esta autorización; si se produjese cualquier modificación en el diseño de los transformadores, será preciso para su comercialización e instalación la obtención de una nueva autorización específica para el modelo modificado y la realización de los ensayos que, según la normativa vigente, sean de aplicación.

d) Los transformadores a los que se refiere esta autorización deberán superar la verificación en origen realizada por un verificador de medidas eléctricas oficialmente autorizado, previamente a su instalación.

e) Los instrumentos de medida correspondientes a esta autorización de uso llevaran una placa de características con las siguientes inscripciones:

– Razón social o marca del fabricante.

– Tipo o modelo.

– Número de serie y año de fabricación.

– Tensión e intensidad de los primarios y secundarios. Clase de precisión.

– Frecuencia.

– Nivel de aislamiento.

– Relación de transformación.

3. De acuerdo con lo indicado en el artículo 8 del Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, sobre puntos de medida, esta autorización tiene validez en todo el territorio del Estado.

4. Ordenar la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Notifíquese la presente resolución a Electrotécnica Arteche Hermanos, SL, significándole que la misma no agota la vía administrativa y que dispone de un plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la notificación de la presente para formular, en su caso, recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Bilbao, 26 de abril de 2024.–La Delegada Territorial de Administración Industrial de Bizkaia, M.ª Jesús Markaida Uriarte.

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