Está Vd. en

Documento BOE-A-2025-19806

Resolución de 24 de septiembre de 2025, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se nombran vocales del Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Publicado en:
«BOE» núm. 240, de 6 de octubre de 2025, páginas 127645 a 127646 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2025-19806

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de la CNMV en su sesión del día 24 de septiembre de 2025 ha acordado disponer el cese de don Alfredo Jiménez Fernández como vocal titular del Comité Consultivo de la CNMV; y de doña María Dolores Solana Campins como vocal suplente del Comité Consultivo de la CNMV, en ambos casos en representación de los colectivos profesionales, a propuesta de la asociación más representativa de analistas financieros, como consecuencia de sus respectivas renuncias voluntarias.

El artículo 10.3 del Real Decreto 303/2012, de 3 de febrero, por el que se regula el Comité Consultivo de la CNMV, prevé que en el supuesto de cese de los vocales titulares o suplentes por causa distinta al transcurso del tiempo ordinario del mandato y una vez comunicado el acuerdo sobre el mismo adoptado por el Consejo de la CNMV, se proceda de manera inmediata a su sustitución conforme al procedimiento previsto en el artículo 9.

El procedimiento para el nombramiento de vocales previsto en el artículo 9 del Real Decreto 303/2012 implica la adopción por el Consejo de la CNMV de un acuerdo de iniciación del procedimiento, con designación de una mesa encargada de la supervisión y control del mismo, la publicación de dicho acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en los boletines de cotización de los mercados secundarios oficiales así como la publicación de la lista provisional de los candidatos designados, con apertura de un plazo de dos días hábiles para la presentación de reclamaciones. Transcurrido el citado plazo, los candidatos son nombrados vocales del Comité Consultivo por el Consejo de la CNMV.

A la vista de las renuncias presentadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.b) del Real Decreto 303/2012, se han propuesto como candidatas en representación de los colectivos profesionales, a propuesta de la asociación más representativa de analistas financieros, a doña María Dolores Solana Campins, como vocal titular, y a doña Beatriz Alonso-Majagranzas Cenamor, como vocal suplente, quienes cumplen con los requisitos previstos en el artículo 2.2 del Real Decreto 303/2012.

Si bien el artículo 10.3 citado prevé aplicar a la sustitución de vocales el procedimiento previsto en el artículo 9 del Real Decreto 303/2012, en la medida en que se trata de nombramientos de vocales designados conforme a lo dispuesto en el artículo 7.b), razones de economía procedimental y de eficacia aconsejan realizar las diferentes fases en unidad de acto.

Los nombramientos, conforme al artículo 2.4 del Real Decreto 303/2012, proceden únicamente hasta el final del mandato de los titulares afectados por una causa de cese anticipado.

Al amparo de las normas citadas, el Consejo de la CNMV, en su sesión de 24 de septiembre de 2025, ha dispuesto:

– Iniciar el procedimiento de nombramiento de vocales del Comité Consultivo de la CNMV y designar una mesa encargada de la supervisión y control de dicho procedimiento constituida por el Secretario del Comité Consultivo y del Consejo de la CNMV y el Director General de Política Estratégica y Asuntos Internacionales de la CNMV, en su condición de Secretario Técnico del Comité Consultivo.

– Designar provisionalmente como vocal titular del Comité Consultivo de la CNMV, en representación de los colectivos profesionales, a propuesta de la asociación más representativa de analistas financieros, a doña María Dolores Solana Campins, a los efectos previstos en el artículo 9.5 del Real Decreto 303/2012.

– Designar provisionalmente como vocal suplente del Comité Consultivo de la CNMV, en representación de los colectivos profesionales, a propuesta de la asociación más representativa de analistas financieros, a doña Beatriz Alonso-Majagranzas Cenamor, a los efectos previstos en el artículo 9.5 del Real Decreto 303/2012.

De acuerdo con lo dispuesto en dicho precepto, se podrán presentar reclamaciones dentro del plazo de dos días hábiles siguientes a la presente publicación, ante la Mesa encargada de la supervisión y control del procedimiento y presentarse en el Registro General de la CNMV, calle Edison, núm. 4, de Madrid, o en la calle Bolivia, núm. 56, de Barcelona, o bien a través de la sede electrónica de la CNMV (www.cnmv.es) por medio de los sistemas de firma electrónica previstos en la normativa vigente.

– Nombrar, transcurrido el plazo previsto en el citado artículo 9.5 y con la condición de que no existan reclamaciones estimadas por la mesa, a doña María Dolores Solana Campins vocal titular del Comité Consultivo de la CNMV, en representación de los colectivos profesionales, a propuesta de la asociación más representativa de analistas financieros, hasta el final del mandato de don Alfredo Jiménez Fernández.

– Nombrar, transcurrido el plazo previsto en el citado artículo 9.5 y con la condición de que no existan reclamaciones estimadas por la mesa, a doña Beatriz Alonso-Majagranzas Cenamor vocal suplente del Comité Consultivo de la CNMV, en representación de los colectivos profesionales, a propuesta de la asociación más representativa de analistas financieros, hasta el final del mandato de doña María Dolores Solana Campins como vocal suplente del Comité Consultivo de la CNMV.

Madrid, 24 de septiembre de 2025.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Carlos San Basilio Pardo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid