Habiéndose advertido errores en la Resolución de 6 de octubre de 2025, de la Gerencia de la Universidad de Alcalá (BOE de 14 de octubre), por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de concurso-oposición libre, en la Escala Técnica Auxiliar de Archivos y Bibliotecas, Grupo C, Subgrupo C1 de la Universidad de Alcalá, de conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
Esta Gerencia, en uso de las atribuciones que en materia de personal tiene delegadas por Resolución del Rectorado de fecha 29 de marzo de 2022 (BOCM n.º 94 de 21 de abril), procede a su corrección en los siguientes términos:
En la base undécima, donde dice:
«A los efectos de la selección de funcionarios interinos de la Escala Técnica Auxiliar de Archivos y Bibliotecas de esta Universidad, se formará una lista de espera con las personas aspirantes, que hayan superado la fase de oposición ordenada según la puntuación obtenida. En caso de igualdad de puntuación, los empates serán dirimidos conforme el procedimiento establecido en la base octava.10 de la convocatoria».
Debe decir:
«A los efectos de selección de personal funcionario interino de la Escala Técnica Auxiliar de Archivos y Bibliotecas, el Tribunal elaborará una lista de espera con aquellas personas aspirantes, que no hayan obtenido plaza, pero sí hayan superado la fase de oposición.
En todo caso, el orden de las personas aspirantes que compondrán la lista de espera vendrá determinado conforme a la puntuación total obtenida sumadas la fase de oposición más la fase de concurso, ordenadas de mayor a menor. Los empates serán dirimidos conforme el procedimiento establecido en la Base Octava.12 de la convocatoria».
En el anexo II (fase de concurso) donde dice:
«La fase de concurso, que se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, representa el 40 por ciento de la calificación final.
Se valorará hasta un máximo de 40 puntos:
a) Experiencia profesional: La puntuación máxima en este apartado no podrá ser superior a 35 puntos:
– Se puntuará con 0,648 puntos por mes trabajado, los servicios prestados en el ámbito de la Universidad de Alcalá, como personal funcionario interino de la Escala Técnica Auxiliar de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá, grupo C, subgrupo C1, de la Universidad de Alcalá».
Debe decir:
«La fase de concurso, que se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, representa el 40 por ciento de la calificación final.
Se valorará hasta un máximo de 40 puntos:
a) Experiencia profesional: La puntuación máxima en este apartado no podrá ser superior a 35 puntos:
– Se puntuará con 0,648 puntos por mes trabajado, los servicios prestados en el ámbito de la Universidad de Alcalá, como personal funcionario interino de la Escala Técnica Auxiliar de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá, grupo C, subgrupo C1, de la Universidad de Alcalá o con un contrato de relevo de Técnico Especialista I Especialista de Biblioteca C1, si la persona contratada ha sido propuesta para ese contrato a través de la bolsa vigente de la Escala Técnica Auxiliar de Archivos y Bibliotecas de la Universidad de Alcalá».
Alcalá de Henares, 20 de octubre de 2025.–La Gerente, Carmen Figueroa Navarro.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid