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Documento BOE-A-2025-22266

Resolución de 30 de octubre de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Digital, por la que se corrigen errores en la de 21 de octubre de 2025, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 4 de septiembre de 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 4 de noviembre de 2025, páginas 144596 a 144596 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública
Referencia:
BOE-A-2025-22266

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de 21 de octubre de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal de Administración Digital, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 4 de septiembre de 2025, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 258, de 27 de octubre de 2025, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el párrafo tercero, donde dice: «Esta Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.l) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha dispuesto resolver parcialmente la convocatoria de referencia según se detalla en el anexo». , debe decir: «Esta Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.5.q) del Estatuto de la Agencia Estatal de Administración Digital, aprobado por el Real Decreto 1118/2024, de 5 de noviembre, ha dispuesto resolver parcialmente la convocatoria de referencia según se detalla en el anexo».

En el párrafo quinto, donde dice: «Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)», debe decir «Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en el párrafo i) del artículo 10.1, en relación con el artículo 9.1.c) y la regla Segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».

Madrid, 30 de octubre de 2025.–El Director de la Agencia Estatal de Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/10/2025
  • Fecha de publicación: 04/11/2025
Referencias anteriores
  • CORRIGE errores en la Resolución de 21 de octubre de 2025 (Ref. BOE-A-2025-21567).

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