El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y la Asociación Española de Profesores Universitarios de Contabilidad, han suscrito, con fecha 27 de octubre de 2025, una Adenda de prórroga del Convenio para fomentar el progreso de los conocimientos en materia de información corporativa.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anejo a la presente resolución.
Madrid, 3 de noviembre de 2025– El Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, Santiago Durán Domínguez.
En Madrid, 27 de octubre de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Santiago Durán Domínguez, en su calidad de Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoria de Cuentas, actuando en representación del mismo según Real Decreto 388/2020, de 18 de febrero, en virtud del artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de enero, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, don Leandro Cañibano Calvo, actuando en nombre y representación de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (en adelante AECA), con NIF G28729218, y domicilio en la calle Rafael Bergamín, 16-B, 28043 Madrid, en su condición de presidente de esta, cargo para el que fue nombrado el 24 de abril de 2006 en la Asamblea General Extraordinaria de la AECA, y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 14 de los Estatutos de la asociación.
Ambas partes se reconocen competencia suficiente para el establecimiento de la presente Adenda, y al efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha 10 de noviembre de 2024, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (en adelante AECA) suscribieron, al amparo de lo previsto por el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del Sector Público, un convenio que tiene por objeto regular los términos de la colaboración entre el ICAC y AECA para fomentar el progreso de los conocimientos en materia de información corporativa. Dicho convenio se publicó mediante Resolución de 13 de noviembre de 2024, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 279, de fecha 19 de noviembre de 2024.
II. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada considerando necesario prorrogar el convenio.
III. Que en la cláusula quinta del convenio se establecía la duración del mismo por un periodo de un año, pudiendo los firmantes del Convenio, en cualquier momento antes de finalizar el plazo de vigencia, acordar unánimemente su prórroga por un periodo de un año adicional. De acuerdo con la cláusula indicada, se considera necesario acordar la prórroga del convenio por un periodo de un año.
Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de prórroga del convenio, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Esta adenda tiene por objeto la prórroga del convenio suscrito el 10 de noviembre de 2024 entre el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) y la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empresas (AECA) actualmente vigente.
Las partes firmantes acuerdan la prórroga del convenio por un periodo de un año adicional.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 48 y el apartado 2 de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente Adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, que se realizará en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Y, en prueba de conformidad, se firma la presente adenda de prórroga, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha señalados ut supra.–Por el ICAC, Santiago Durán Domínguez.–Por AECA, Leandro Cañibano Calvo.
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