El Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de diciembre de 2025, a propuesta del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática y de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, ha aprobado un acuerdo por el que se determina la sede física del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología».
Para general conocimiento, se dispone su publicación como anejo a la presente orden.
Madrid, 2 de diciembre de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños García.
Por Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y se crea la Comisión consultiva para la determinación de las sedes, se estableció el procedimiento que resulta de aplicación para la determinación de la sede física de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal. Se pretendía con ello iniciar un procedimiento participativo que facilitase que la elección de las sedes físicas de las entidades estatales se guiara por la transparencia, la objetividad y la adaptación a las necesidades de la institución.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de septiembre de 2025, a propuesta de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades y del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, aprobó el Acuerdo por el que se inicia el procedimiento para la determinación de la sede física de Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», y que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 24 de septiembre de 2025, mediante la Orden PJC/1042/2025, de 22 de septiembre. Este procedimiento se ha seguido a través de la vía de urgencia.
Se ha recibido una única candidatura para albergar la sede del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», perteneciente a la propuesta presentada de forma conjunta por los Cabildos Insulares de La Palma y Tenerife.
En cumplimiento del artículo 6.6 del Real Decreto 209/2022, el 29 de octubre de 2025, la Secretaría de la Comisión consultiva, como órgano instructor de procedimiento, solicitó informe sobre las candidaturas presentadas al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Este informe se recibió en plazo.
Tal y como establece el artículo 6.7 del Real Decreto 209/2022, del 22 de marzo, la Comisión consultiva, una vez analizadas las candidaturas presentadas para albergar la sede física del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», elaboró un dictamen al respecto que fue aprobado en su reunión del 1 de diciembre de 2025 y elevado al Consejo de Ministros junto con el citado informe previo elaborado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
A tenor de lo expuesto, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 2 de diciembre de 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, acuerda:
Determinar la Isla de La Palma (Santa Cruz de Tenerife) como la elegida para albergar la sede física del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», por considerar que es la que mejor se adecúa a los requisitos por los motivos expuestos en el Dictamen de la Comisión consultiva que se adjunta como anexo a este acuerdo.
Antecedentes de hecho
La erupción volcánica de Cumbre Vieja en la isla de la Palma en el año 2021 ha tenido consecuencias a nivel orográfico, económico y social. Ello ha puesto de manifiesto la necesidad de contar con un centro de coordinación nacional que permita gestionar de manera unificada y colaborativa los esfuerzos de todos los organismos públicos competentes para incrementar la eficacia a la hora de investigar, predecir, mitigar y paliar de una forma ágil los efectos de estos fenómenos vulcanológicos.
La Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, dispone, en su artículo 6, apartado 1. h), relativo a la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación, que «la actuación del sector público podrá traducirse en la creación de consorcios o empresas públicas en sectores estratégicos o en los cuales se dispone de ventajas comparativas».
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en su disposición adicional centésima quinta, recoge la autorización para la creación del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» con el objetivo de establecer un centro de investigación de ámbito nacional, orientado a impulsar y fortalecer la investigación científica y tecnológica en el campo de la vulcanología. El Consorcio contará con la participación de la Administración General del Estado (a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades) y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, que aportarán recursos al 50 % para su sostenimiento.
El Consorcio se ocupará de coordinar e impulsar las actividades de investigación científica y tecnológica en el campo de la vulcanología, que además permita contribuir a la optimización de la gestión del riesgo volcánico en España y de las externalidades que conlleva, sin perjuicio del interés por otras zonas volcánicamente activas del planeta.
Entre sus objetivos estará la gestión integral del fenómeno volcánico en regiones volcánicamente activas, promoviendo el intercambio de conocimiento entre grupos de investigación y la potenciación de la cooperación, con el fin de incrementar su visibilidad internacional y contribuir al desarrollo sostenible de las regiones volcánicas.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de septiembre de 2025, acordó iniciar el procedimiento para la determinación de la sede física del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», mediante la tramitación de urgencia prevista en el artículo 6.9 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo.
Posteriormente, la Comisión consultiva para la determinación de las sedes de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal adoptó, en su reunión del 16 de septiembre de 2025, el informe con la relación de criterios que se tendrán en cuenta para determinar la ubicación. Este informe de criterios fue informado por el Consejo de Ministros en su reunión del 23 de septiembre de 2025.
Por Orden TMD/1052/2025, de 23 de septiembre, se publicó dicho informe de la Comisión consultiva para la determinación de la sede del futuro Consorcio, apareciendo publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del día 24 de septiembre de 2025.
Conforme a ello, y en cumplimiento del artículo 6.3 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, el 6 de octubre de 2025 se inició el plazo de un mes para que las asambleas legislativas y los consejos de Gobierno de las comunidades autónomas, así como los órganos plenarios de las entidades locales, presenten sus candidaturas a través de la sede electrónica habilitada al efecto por el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.
El día 24 de octubre de 2025 finalizó el plazo de un mes para presentar candidaturas para albergar la sede física del Consorcio. Se ha recibido una única candidatura, presentada de forma conjunta por el Cabildo Insular de La Palma (Santa Cruz de Tenerife) y el Cabildo Insular de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife).
En cumplimiento del artículo 6.6 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, el 8 de noviembre de 2025, la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, como órgano instructor de procedimiento, solicitó informe sobre las candidaturas presentadas al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Este informe se recibió en la Dirección de Cooperación Autonómica y Local en plazo.
Fundamentos de Derecho
La Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, en su disposición adicional centésimo quinta, autorizó la creación del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» con el objetivo de establecer un centro de investigación de ámbito nacional, orientado a impulsar y fortalecer la investigación científica y tecnológica en el campo de la vulcanología.
Por Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, por el que se establece el procedimiento para la determinación de las sedes físicas de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal y se crea la Comisión consultiva para la determinación de las sedes, se estableció el procedimiento que resulta de aplicación para la determinación de la sede física de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal, aplicable el futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología».
De acuerdo con el artículo 6.1 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, «el Consejo de Ministros podrá acordar de manera motivada el inicio del procedimiento con carácter previo a la creación de la entidad». En aplicación de este precepto, el Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el 2 de septiembre de 2025, a propuesta de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades y del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, acordó iniciar el procedimiento para la determinación de la sede física del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», mediante la tramitación de urgencia prevista en el artículo 6.9 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo.
La motivación para emplear el procedimiento de urgencia radica en la necesidad de que comience a funcionar a la mayor brevedad posible, en tanto que su creación está prevista en la legislación ya desde la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, así como en la necesidad de que la localidad elegida para albergar la sede física pueda avanzar en los trabajos de preparación y organización necesarios, con el objetivo de asegurar su correcta puesta en marcha.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.1 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, el inicio del procedimiento para la fijación de la sede física de la entidad se ha de realizar a través de un Acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros. En aplicación de esta disposición, el Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de septiembre de 2025, aprobó el Acuerdo por el que se inicia el procedimiento para la determinación de la sede física del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» y que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el día 24 de septiembre de 2025 mediante la Orden PJC/1042/2025, de 22 de septiembre.
Los criterios que han de informar la elección de esta sede se determinan atendiendo a los principios recogidos en el artículo 103.1 de la Constitución Española y a los fijados en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como a los de vertebración territorial y adecuación al sector de actividad y a las características de la entidad.
Por su parte, el Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, estipula que la elección de la sede se realizará conforme a los criterios de elección publicados al efecto por la Comisión consultiva para la determinación de sedes y establecidos en función de las características de la entidad.
El artículo 6.2 del citado Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, establece que la Comisión consultiva, en el plazo de un mes desde la recepción del Acuerdo de inicio del procedimiento, elaborará el informe previsto en el artículo 3.2.b) que contendrá la relación de criterios que se tendrán en cuenta para determinar la ubicación física de la entidad. Asimismo, indica que este informe será comunicado al Consejo de Ministros y publicado en el «Boletín Oficial del Estado», junto con el Acuerdo de inicio del procedimiento antes citado.
La Comisión consultiva, una vez iniciado el procedimiento mediante acuerdo del Consejo de Ministros, estableció estos criterios en su reunión celebrada el 16 de septiembre de 2025, siendo publicados en la Orden TMD/1052/2025, de 23 de septiembre.
El artículo 6.7 del Real Decreto 209/2022, establece que «la Comisión elaborará un dictamen que analizará las posibles sedes que pueden albergar a la entidad afectada». A la vista de lo anterior, la Comisión consultiva para la determinación de las sedes, en su sesión del día 1 de diciembre de 2025, ha aprobado el siguiente:
Dictamen
En el procedimiento para la determinación de la sede del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» se ha recibido y admitido a trámite una única candidatura, presentada de forma conjunta por el Cabildo Insular de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife) y el Cabildo Insular de La Palma (Santa Cruz de Tenerife). En concreto, se propone un modelo dual, ubicando la sede principal del Consorcio en la Isla de La Palma, complementada con el ecosistema científico y de innovación de Tenerife.
Por otro lado, aunque el apartado 7 del artículo 6 del Real Decreto 209/2022, de 22 marzo, prevé que el dictamen podrá tomar en consideración localidades que no hubieran sido postuladas pero que cumplan con los criterios establecidos, la Comisión ha optado por analizar únicamente la candidatura recibida siguiendo el procedimiento establecido, teniendo en cuenta que se trata de un consorcio que cuenta con la participación de la Administración General del Estado (a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades) y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y que ambas administraciones aportarán recursos al cincuenta por ciento para su sostenimiento.
A la vista de lo anterior, la Comisión consultiva para la determinación de las sedes del sector público institucional estatal ha acordado recomendar al Consejo de Ministros la elección de la candidatura conjunta para albergar la futura sede física del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» en La Palma (Santa Cruz de Tenerife), sin perjuicio de que a la firma del convenio previsto en el artículo 7 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, se detallarán y formalizarán jurídicamente todos y cada uno de los compromisos expuestos, estableciendo los plazos y las condiciones para su efectivo cumplimiento, así como para la ubicación de la sede definitiva del Centro en la isla de La Palma. Se considera que la candidatura se adecúa a los requisitos establecidos por los motivos que se exponen a continuación.
Valoración general
La única candidatura recibida es formulada de forma conjunta por el Cabildo Insular de La Palma (Santa Cruz de Tenerife) y el Cabildo Insular de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife).
La candidatura representa una opción idónea para albergar la sede del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología», en tanto es el único territorio español con vulcanismo activo, con historial de gestión de riesgo vulcanológico, destacando la erupción del año 2021 del Tajogaite en Cumbre Vieja en la Isla de La Palma y ofrece oportunidades de investigación sobre el terreno, tanto desde el punto de vista científico, como social. Permite potenciar la gestión del riesgo volcánico en España y abordar las externalidades asociadas, en términos de resolver problemas reales de ordenación del territorio, planificación de emergencias, comunicación del riesgo y protección civil y de los sectores económicos vitales.
En particular, se destaca que la candidatura ofrece una oportunidad única para convertir nuestro país en un líder mundial en la gestión integral del fenómeno volcánico en regiones volcánicamente activas, fomentando el intercambio de conocimientos entre grupos de investigación y promoviendo la cooperación científica, con el propósito de aumentar su proyección internacional y contribuir al desarrollo de las zonas volcánicas.
A. Elementos generales.
A.1 Cohesión social y territorial.
Se considera que la candidatura ha de obtener una valoración óptima.
La ubicación del futuro Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» ofrece la posibilidad de contribuir a la cohesión de un entorno especialmente afectado. Como señala la candidatura, reconoce y potencia las capacidades únicas de un territorio alejado geográficamente, pero central en el mapa mundial del vulcanismo.
Asimismo, esta medida puede contribuir a seguir avanzando en la senda de recuperación e impulso a la isla, corrigiendo los desequilibrios que persisten dado el impacto de la erupción de 2021.
A.2 Mejora en el funcionamiento de los servicios públicos.
Se valora positivamente al reforzar el asesoramiento científico de las administraciones públicas, especialmente Protección Civil, en materia de riesgo volcánico. Se prevé que la investigación del Centro mejore directamente la capacidad de pronóstico y la gestión de emergencias.
A.3 Niveles de desempleo.
Se considera positivo el efecto que tendrá la elección de la sede en La Palma en materia de creación de empleo directo e indirecto. La creación de empleos estables y de alta cualificación, tanto científicos como técnicos y administrativos es uno de los resultados positivos que tendrá la determinación de la sede del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» en La Palma.
A.4 Lucha contra la despoblación.
Los datos actuales apuntan a una tendencia demográfica prácticamente nula en la Isla de La Palma entre los años 2000 y 2022.
En este contexto, se estima favorable el impacto de la determinación de la sede en la Isla de La Palma en términos de lucha contra la despoblación dado que, en estrecha relación con lo señalado en el apartado A.3., la creación de empleos estables y de alta cualificación constituye una herramienta eficaz para fijar población y revertir la tendencia a la emigración forzada por la falta de oportunidades.
B. Adecuación a las necesidades del centro.
Se valoran de forma conjunta en este criterio los dos elementos que lo integran: aportación de un inmueble y su equipamiento.
La candidatura propone una sede principal en la Isla de La Palma, acompañada de instalaciones complementarias de carácter científico y tecnológico en la Isla de Tenerife.
Con esta propuesta, se garantiza la puesta en funcionamiento del Centro a la mayor brevedad posible y la posibilidad de acoger al conjunto del personal que prestará sus servicios en el mismo, para que puedan llevarse a cabo las funciones que tiene encomendado este Consorcio.
Ambos manifiestan su total disposición para, una vez valorada positivamente la candidatura, proceder a la firma del convenio previsto en el artículo 7 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo, donde se detallarán y formalizarán jurídicamente todos y cada uno de los compromisos expuestos, estableciendo los plazos y las condiciones para su efectivo cumplimiento.
C. Características de la localidad.
C.1 Facilidad de acceso a diversos entornos naturales volcánicos con actividad significativa y relevante, preferentemente que hayan experimentado erupciones históricas que ofrezcan oportunidades de investigación científica y técnica de excelencia.
Se cumple adecuadamente con este criterio.
La candidatura presentada señala que todas las islas del archipiélago canario son el resultado de procesos magmáticos y eruptivos desarrollados durante millones de años sobre la corteza oceánica del Atlántico, lo que convierte a Canarias en un auténtico laboratorio natural donde es posible observar todas las fases de la evolución de un edificio volcánico oceánico: desde los conos submarinos emergentes hasta la erosión de los volcanes más antiguos. Las islas presentan una enorme diversidad morfológica y petrográfica: basaltos, fonolitas, traquitas y materiales piroclásticos de distintas edades y composiciones. Esta variedad permite realizar estudios comparativos sobre los mecanismos de diferenciación magmática, la evolución de los sistemas volcánicos insulares y las dinámicas eruptivas en entornos oceánicos.
Canarias es el único territorio español que mantiene actividad volcánica reciente, con 18 erupciones registradas en tiempos históricos y contemporáneos. Las últimas se han producido en el volcán Tagoro (El Hierro, 2011–2012), que fue la primera erupción monitorizada científicamente desde la fase pre-eruptiva hasta el periodo post-eruptivo, y que aportó una valiosa información sobre precursores de actividad volcánica y sobre el vulcanismo oceánico y la interacción magma-agua; y en Tajogaite, en el sistema volcánico de Cumbre Vieja (La Palma, 2021).
Tanto el historial de actividad volcánica de la isla de La Palma, como la ubicación geográfica y la diversidad morfológica y petrográfica constituyen elementos óptimos para la propuesta de la candidatura, tal y como consta acreditado en el punto 4.4 de la propuesta.
C.2 Alto grado de concienciación social en el entorno de la sede sobre el fenómeno vulcanológico, que facilite la colaboración ciudadana en la investigación sobre su impacto en la sociedad.
Se considera que la candidatura cumple satisfactoriamente con el criterio.
La memoria presentada destaca el elevado nivel de concienciación social respecto al riesgo volcánico en La Palma, considerándolo un activo estratégico para el desarrollo del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología». Asimismo, expone que, en La Palma, la experiencia reciente vinculada a la erupción en Cumbre Vieja ha generado una comunidad resiliente, informada y con un interés profundo en la vulcanología.
Además, añade que, en Tenerife, como en todo el archipiélago, la conciencia social se ha consolidado a lo largo de décadas mediante la divulgación científica, la implementación de planes de emergencia como el PEVOLCA y la labor educativa del Parque Nacional del Teide. Esta cultura de convivencia con el riesgo volcánico, aunque no derivada de una crisis reciente, se traduce en una actitud receptiva hacia la monitorización y las políticas de prevención.
Se cuenta por tanto con un entorno social que parece altamente sensibilizado y probablemente colaborativo, favorable para el desarrollo de las actividades científicas y divulgativas del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología».
C.3 Infraestructuras de transporte aéreo que faciliten la conectividad nacional e internacional en la provincia/cabildo/consejo insular donde se sitúe la sede.
Se valora de forma óptima. La red aeroportuaria compuesta por los tres aeropuertos que operan facilitan la conexión entre islas, de estas con las principales ciudades españolas como Madrid, Barcelona o Bilbao, y con las principales capitales europeas.
La candidatura expone que La Palma cuenta con un aeropuerto (SPC) que proporciona con rutas regulares a los principales aeropuertos canarios, a aeropuertos nacionales como Madrid y Barcelona y a importantes ciudades europeas. Además, indica que su fiabilidad quedó demostrada durante la emergencia volcánica, consolidándose como un punto de acceso clave para el personal científico e institucional.
Por otra parte, la provincia dispone también del Aeropuerto de Tenerife Norte-Ciudad de La Laguna (TFN) como principal centro de conexiones interinsulares y con la península, garantizando una comunicación ágil con los centros de decisión en Madrid, y el Aeropuerto de Tenerife Sur (TFS) como uno de los de mayor tráfico internacional de España.
Por tanto, la provincia de Santa Cruz de Tenerife dispone de aeropuerto internacional y se considera que la candidatura cumple con el requisito 3.
C.4 Oferta inmobiliaria suficiente y competitiva, en compra o alquiler, para la residencia de los trabajadores del centro.
Se valora de forma adecuada el cumplimiento de este criterio.
La candidatura analiza la oferta en cada localización, concluyendo que es suficiente y diversa. Se describe el mercado de La Palma como uno en transformación post-reconstrucción, capaz de absorber la demanda.
La oferta inmobiliaria tanto en compra como en alquiler en el entorno geográfico del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» se caracteriza, de manera similar a lo que ocurre en el resto del país, por una oferta limitada y precios crecientes, aunque los precios se sitúan predominantemente por debajo de la media nacional. La dotación de personal inicial prevista del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» no impactará significativamente en el mercado inmobiliario.
En el caso de Tenerife, se valora de forma óptima que exista una oferta inmobiliaria capaz de absorber la demanda, dada la dotación inicial prevista de personal (entre 5 y 8 personas).
C.5 Ecosistema hotelero que permita el alojamiento de las visitas institucionales y de trabajo.
En la memoria presentada, se señala que el ecosistema hotelero del Valle de Aridane –zona propuesta como sede principal (eje Los Llanos de Aridane-El Paso)– está capacitado para atender las necesidades de alojamiento, ofreciendo hoteles urbanos y apartamentos en Los Llanos de Aridane.
Asimismo, se valora positivamente el conjunto que representa la propuesta, destacando la planta hotelera que ofrece la isla de Tenerife como entidad que alojará la subsede del Centro.
Por tanto, se considera que se cumple este criterio.
C.6 Universidad(es) pública(s) y/o centros de investigación en los que trabajen grupos de investigación en áreas de conocimiento relacionadas con la vulcanología.
Se valora de forma excelente para el conjunto de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, que permitirá la integración del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» en el ecosistema de investigación, con instituciones como el Instituto Volcanológico de Canarias (INVOLCAN), el Instituto Tecnológico y de Energías Renovables (ITER), la Universidad de La Laguna (ULL) y la fundamental presencia del Instituto Geográfico Nacional (IGN). Esta concentración convierte a Tenerife en el lugar idóneo para albergar un núcleo fundamental para la investigación, el procesamiento de datos, la modelización avanzada y la formación de alto nivel, en total sinergia con la sede principal.
En concreto, se valora muy positivamente la actividad del Área de Medio Ambiente del Instituto Tecnológico y de Energías Renovables (ITER), en Tenerife, que realiza investigaciones y actividades destinadas a la reducción del riesgo volcánico en y fuera de Canarias desde 1997. En la actualidad, el Instituto Volcanológico de Canarias (INVOLCAN), en el que se incluyen los investigadores del Área de Medio Ambiente del Instituto Tecnológico y de Energías Renovables (ITER) y otras instituciones científicas españolas y extranjeras como colaboradores científicos, es un referente en la monitorización de procesos eruptivos y en la gestión del riesgo volcánico.
El Instituto Geográfico Nacional (IGN) dispone en Canarias del Centro Geofísico de Canarias (CGC), situado en Santa Cruz de Tenerife y especializado en el estudio de la actividad sísmica y volcánica de las islas. El grupo de Vulcanología Canaria Submarina y Oceanografía (VULCANA), perteneciente al CSIC–Centro Oceanográfico de Canarias, realiza estudios del vulcanismo submarino, emisiones hidrotermales, impactos marinos del vulcanismo, monitorización de volcanes submarinos (por ejemplo, Tagoro, en El Hierro). La Unidad Territorial de Canarias del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), realiza estudios de geología y vulcanología, cartografía geológica de lavas, evaluación de peligros volcánicos, tectovolcanismo, etc.
Cabe señalar que el entorno científico y académico se ha visto notablemente fortalecido tras la erupción de 2021, destacando la experiencia del Instituto Volcanológico de Canarias en la coordinación de 179 investigadores de 70 universidades e instituciones científicas extranjeras.
La sinergia entre la sede principal en La Palma, anclada a la gobernanza estratégica y la realidad del territorio, y la potente subsede de Tenerife como motor de conocimiento, crea un flujo de trabajo de un valor incalculable, asegurando que la ciencia de excelencia esté siempre al servicio de las necesidades reales de la sociedad.
C.7 Administraciones, servicios o entidades públicas o privadas interesadas o activas en el ámbito de la vulcanología.
Se valora de forma excelente al ofrecer cercanía con entorno institucional involucrado en el ámbito de la vulcanología en el conjunto de la provincia. Tanto el Cabildo Insular de La Palma como el Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias tienen experiencia reciente en la gestión del riesgo vulcanológico, lo cual es clave en el despliegue de políticas públicas en la materia.
La memoria destaca el papel de entidades como INVOLCAN e ITER en la monitorización y reducción del riesgo volcánico desde 1997. La sede principal del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» que se propone en La Palma, en el eje Los Llanos de Aridane-El Paso, es donde se ha gestionado directamente la crisis volcánica. El Cabildo Insular ha acumulado una valiosa experiencia, y la presencia de organismos como el Comisionado Especial para la Reconstrucción, el IGN e INVOLCAN garantiza una colaboración estrecha en la gestión de emergencias y reconstrucción.
Por lo tanto, se puede concluir la candidatura cumple satisfactoriamente con el requisito 7, ya que no solo hay administraciones, servicios o entidades públicas o privadas interesadas o activas en el ámbito de la vulcanología, sino que existe un compromiso institucional con la gestión del riesgo volcánico que ha permitido el establecimiento de sedes que facilitan la coordinación científica, técnica y operativa en vulcanología.
C.8 Edificio y su sostenimiento, el equipamiento apropiado y cualquier otro apoyo o facilidad para albergar las actividades que se desarrollarán.
Se reitera lo ya expuesto en la valoración del B.1 y B.2 en lo que se refiere a la valoración positiva en conjunto de los inmuebles propuestos y el compromiso de adaptación de los espacios.
C.9 Programas de apoyo y ayuda a personal de las administraciones públicas o entidades dependientes adscrito al centro.
La memoria de la candidatura recoge la información relativa a las medidas de apoyo para la integración y reagrupación familiar del personal que vaya a prestar servicios en el Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología».
La candidatura describe en la memoria presentada un Programa de Ayudas para el personal del Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» que contempla cuatro ejes fundamentales: vivienda, empleo para familiares, educación y movilidad. En resumen, comenta o propone lo siguiente:
1. Ayudas para alquiler o compra de vivienda. La viabilidad de estas ayudas está respaldada por la existencia de un mercado inmobiliario activo en torno a la sede.
2. Ayudas para la búsqueda de empleo o recolocación de familiares. La integración laboral de cónyuges y familiares es clave en cualquier proceso de reubicación. En La Palma, la reconstrucción ha generado demanda en sectores como la construcción y los servicios, mientras que el Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología» actuará como motor económico.
3. Ayudas para la continuación de estudios. La Palma cuenta con infraestructuras educativas completas, donde se garantiza la escolarización obligatoria y se facilita el acceso a estudios superiores mediante becas de transporte.
4. Ayudas para el Desplazamiento y Otros Incentivos a la Movilidad. La conectividad aérea y marítima de las islas permite una logística de traslado eficiente. Además, el sistema sanitario universal, seguridad ciudadana, clima privilegiado, entorno natural y vida cultural activa, constituye un incentivo intangible.
En conclusión, se puede considerar que las ayudas mencionadas en el texto están respaldadas institucionalmente en la medida en que:
– Existen programas activos de ayudas en vivienda, transporte, educación y empleo, como:
● Bono Alquiler Joven y subvenciones para vivienda protegida.
● Ayudas al desplazamiento para estudiantes universitarios.
● Incentivos a la contratación laboral y movilidad investigadora.
– Se han destinado 290.000 euros para promover la movilidad internacional de investigadores en Canarias, lo que refuerza el compromiso con la ciencia y la formación avanzada.
– Ayudas específicas para el Consorcio «Centro Nacional de Vulcanología».
● Se puede inferir de la propuesta que se van a implementar programas de apoyo a la reubicación, incluyendo vivienda, empleo para familiares, educación y movilidad.
El cumplimiento de este requisito contribuye a mejorar la calificación de la candidatura, por lo que la candidatura se valora positivamente en su conjunto.
D. Propuestas de las entidades que postulan una candidatura.
D.1 Compromisos indicados en el artículo 6.5 del Real Decreto 209/2022, de 22 de marzo.
Se valora positivamente que existe un compromiso de «puesta a disposición» de los inmuebles propuestos, así como compromisos secundarios relativos a su acondicionamiento como por ejemplo en materia de diseño y sostenibilidad.
Por otro lado, en la memoria se señala que el Gobierno de Canarias se compromete a cofinanciar los costes de construcción y/o adecuación de los inmuebles propuestos, así como a explorar vías de financiación para equipamiento a través de fondos regionales y europeos.
Si bien no se contemplan ni en el Real Decreto 209/2022, se valora muy positivamente que se ofrezca otros compromisos relativos a:
– Establecimiento de programas de colaboración con universidades públicas.
– Compromiso de divulgación y cultura científica.
– Compromisos de carácter tecnológico, como la garantía de una red de vigilancia adecuada.
D.2 Puesta a disposición de un inmueble y del equipamiento adecuados.
Se reitera lo ya expuesto en la valoración del B.1 y B.2.
D.3 Análisis proyectivo del impacto económico, social, industrial, así como las sinergias generadas con los ecosistemas de emprendimiento, innovación e investigación, que tendría la selección de la localidad como sede del futuro centro.
Se valora positivamente que la candidatura venga acompañada de una valoración sobre el impacto proyectivo de la ubicación de la sede en términos económicos, sociales, industriales y así como en generación de sinergias con los ecosistemas.
Se apunta el impacto positivo que tendría al generar un tejido económico indirecto y de alto valor añadido, configurando un clúster de «geoeconomía», posibilitando la transferencia de conocimiento científico al sector productivo e impulsando la creación de empresas de base tecnológica o spin-offs que irán mucho más allá de la monitorización.
Asimismo se señala la potencial creación de sinergias en diversos ámbitos, sustancialmente en materia de vigilancia, alerta temprana e investigación con entidades como el IGN e INVOLCAN; en materia de formación de talento en conexión con las universidades canarias y del resto de España; sinergias tecnológicas y de innovación aplicada con el Instituto Tecnológico y de Energías Renovables (ITER); y en el ámbito marino y atmosférico con el Instituto Español de Oceanografía (IEO-CSIC) y Plataforma Oceánica de Canarias (PLOCAN).
D.4 Informe emitido por el Consejo de Gobierno de la comunidad autónoma correspondiente apoyando la idoneidad de la candidatura.
Se valora muy positivamente que la candidatura venga avalada a través de un Informe de idoneidad del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, adoptado el 22 de octubre de 2025.
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