Antecedentes de hecho
Con fecha 23 de julio de 2024, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto «Planta eólica «Florín», de 105,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), como órgano sustantivo y respecto del que Green Capital Development 67, SLU, es promotor.
Alcance de la evaluación
La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto «Planta eólica «Florín», de 105,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza» y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como sobre los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye, asimismo, el proceso de participación pública y consultas.
La evaluación ambiental no comprende aspectos relativos a la seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, seguridad y salud en el trabajo, ni de seguridad industrial u otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.
1. Descripción y localización del proyecto
El proyecto inicial consiste en la instalación de un parque eólico (en adelante PE), de 105,4 MW de potencia total instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicado en los términos municipales de Borja, Ambel, Bulbuente y Ainzón (Zaragoza).
El PE Florín se diseña con 17 aerogeneradores (FLO-01 al FLO-17), con una potencia unitaria de 6,2 MW, una altura de buje de 115 m y una longitud de pala de 85 m. La energía producida por estos aerogeneradores se transporta hasta la subestación eléctrica transformadora (en adelante SET) Florín 30/220 kV, cuya superficie de ocupación aproximada es de 3.230 m2, mediante una red soterrada de media tensión a 30 kV.
La SET Florín 30/220 kV se conecta, a su vez, con la SET Promotores Magallón 220/400 kV, a través de una línea de alta tensión (en adelante LAT) a 220 kV y con una longitud de 19,22 km, en aéreo, denominada LAT 220 kV SC SET PE Florín – SET Promotores Magallón. La línea aérea tendrá su origen en el pórtico de la SET Florín y discurrirá por los términos municipales de Borja, Ainzón, Bureta, Alberite de San Juan, Magallón, Agón y Bisimbre, todas ellas en la provincia de Zaragoza. El primer tramo de 3,5 km coincidirá con la LAT de evacuación de los parques eólicos Diana y Vientos del Sur, con lo que se compartirán apoyos disponiendo los apoyos para doble circuito. La línea continuará en simple circuito unos 15,7 km para finalizar en el pórtico de la SET Promotores Magallón 220/400 kV, la cual se conectará con la SET Magallón 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, a través de una línea aérea de alta tensión denominada LAT 400 kV SET Promotores Magallón-SET Magallón, de 0,54 km.
El proyecto inicial incluye una red de viales internos del PE, con una longitud total de unos 25,73 km, de los cuales 276 metros serán de vial existente, 16,1 km de vial existente a acondicionar y 9,36 km de vial de nueva construcción.
Durante el análisis técnico del expediente, se constata que el diseño propuesto presenta coincidencias territoriales con aerogeneradores descartados mediante la Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del MITECO, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos Suki, de 49,5 MW, Suzaku, de 42,2 MW, Son, de 49,5 MW, Sirio, de 49,5 MW, Saya, de 49,5 MW, Ryu, de 49,5 MW, Sabik, de 49,5 MW y Sakura, de 49,5 MW, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza».
Concretamente, los aerogeneradores FLO-15, FLO-16 y FLO-17 del parque eólico Florín, coinciden espacialmente con los aerogeneradores denominados SRO-01, SRO-02 y SRO-03 del parque eólico Sirio, descartados en la citada resolución dada la proximidad (200 m) con un nido de águila real (Aquila chrysaetos) y con la presencia de individuos de alondra ricotí (Chersophilus duponti). Asimismo, ubicado entre los aerogeneradores FLO-04 y FLO-05 del parque Florín, se localiza el aerogenerador SAB-09 del parque eólico Sabik, descartado por la elevada tasa de mortalidad que presenta para la grulla común (Grus grus). En cuanto al diseño de la línea de evacuación, la alternativa seleccionada por el promotor inicialmente, discurre íntegramente de forma aérea, atravesando el área crítica del cernícalo primilla (Falco naumanni), así como el ámbito preseleccionado para el plan de recuperación de especies esteparias en Aragón, por el que se establece un régimen de protección para especies esteparias como el sisón común (Tetrax tetrax), ganga ibérica (Pterocles alchata) y ganga ortega (Pterocles orientalis), así como para la avutarda común (Otis tarda).
Así, el promotor aporta modificaciones al proyecto, de modo que la configuración final del parque eólico Florín queda compuesta por 12 aerogeneradores, al ser eliminadas las posiciones FLO-15, FLO-16, FLO-17, FLO-04 y FLO-05. En cuanto a la línea de evacuación, propone modificar la alternativa seleccionada inicialmente. Para ello, plantea nueva alternativa aero-subterránea con un trazado aéreo de 14,92 kilómetros, coincidentes con la propuesta seleccionada inicialmente, junto con un tramo soterrado de 5.227 metros de longitud en su parte final hasta la SET Promotores Magallón 220/400 kV.
Las obras tienen una duración estimada de once meses para la construcción del PE Florín y doce meses para la construcción de la línea de alta tensión y con una longitud de 19,22 km LAT 220 KV SET PE Florín – SET Promotores Magallón.
2. Tramitación del procedimiento
De conformidad con el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, con fecha 11 de diciembre de 2023, se publica en el «Boletín Oficial del Estado», el anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno de Zaragoza, por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del proyecto. El 15 de diciembre de 2023, se publica el anuncio en el «Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza» y en los tablones municipales de los Ayuntamientos de Ambel, Bulbuente, Ainzón, Bureta, Alberite de San Juan y Magallón. Se reciben 18 alegaciones entre particulares, organizaciones no gubernamentales y otros.
Con fecha de 5 de diciembre de 2023, el órgano sustantivo consulta a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas que se recogen en el anexo de la presente resolución.
Con fecha 23 de julio de 2024, tiene entrada el expediente del proyecto en esta Dirección General, para inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Realizado el análisis técnico del expediente, con fecha 20 de diciembre de 2024, se requiere información adicional al promotor relativa al estudio de impacto ambiental (en adelante EsIA) de acuerdo con el apartado 3 del artículo 40 de la Ley de evaluación ambiental. Entre otras cuestiones, se traslada al promotor la coincidencia territorial de los aerogeneradores, descrita en el apartado anterior.
Con fecha 13 de marzo de 2025, el promotor solicita ampliación del plazo otorgado, para poder atender adecuadamente lo solicitado. Esta Dirección General acuerda conceder, con fecha 24 de marzo de 2025, una ampliación del plazo de subsanación de información adicional en un mes y medio, pasando a ser de cuatro meses y medio en total.
Con fecha 15 de mayo de 2025, el promotor remite documentación complementaria al EsIA, en la que incluye modificaciones a la configuración del proyecto, y complementa el estudio de avifauna del EsIA con un estudio de aves nocturnas y un estudio de colisión por aerogenerador, un estudio de campo de otros grupos faunísticos, así como un nuevo estudio de impactos sinérgicos y acumulativos.
Con fecha 12 de junio de 2025, en aplicación del apartado 5 del artículo 40 de la Ley de evaluación ambiental, se remite la nueva información aportada por el promotor al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) y a la Dirección General de Salud Pública del Gobierno de Aragón. Además, se remite el EsIA y la información adicional a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO y a la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca del Gobierno de Aragón, que no habían participado en la fase previa de consultas.
Con fechas 15 de julio de 2025 y 2 de septiembre de 2025, se reciben los informes de la Dirección General de Salud Pública y del INAGA, ambos organismos del Gobierno de Aragón, respectivamente. Asimismo, el 14 de octubre de 2025, tiene entrada el informe de la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO y, el 5 de noviembre de 2025, se recibe el informe de la Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca del Gobierno de Aragón.
Con fecha 27 de octubre de 2025, el Grupo Forestalia presenta alegaciones al considerarse afectado por la tramitación del PE Florín, por solapamientos insalvables con proyectos de su titularidad.
3. Análisis técnico del expediente
A continuación, se exponen los impactos significativos y los aspectos más relevantes puestos de manifiesto durante la tramitación de la evaluación ambiental del proyecto que fundamentan y motivan la presente resolución.
a. Análisis de alternativas:
En el proyecto inicial, además de la alternativa 0 o de no ejecución, el EsIA plantea tres alternativas de localización de las poligonales del emplazamiento del proyecto:
– Alternativa 1: Se ubica en una zona donde el recurso eólico es alto. No obstante, la implantación de aerogeneradores se ve condicionada por la orografía y la limitada accesibilidad del terreno, requiriendo un volumen significativo de movimiento de tierras que incrementa el impacto paisajístico y ambiental. En consecuencia, la zona se clasifica de sensibilidad ambiental moderada en gran parte de su superficie, utilizando la «Zonificación ambiental para la implantación de energías renovables» del MITECO.
– Alternativa 2: Se ubica en una zona donde el recurso eólico es alto, incluso mayor que el de la alternativa 1. Sin embargo, presenta una topografía desfavorable en varias zonas y una accesibilidad limitada, especialmente en el sector norte. La poligonal se encuentra a 0,9 km del núcleo poblacional de Talamantes. Desde el punto de vista ambiental, el índice de sensibilidad ambiental es moderado en general, con valores altos en los sectores sur y oeste, y zonas de sensibilidad muy alta vinculadas al Parque Natural del Moncayo. Además, la proximidad inferior a 1 kilómetro respecto a espacios de la Red Natura 2000 puede generar afecciones indirectas sobre dichos lugares.
– Alternativa 3: Presenta un aprovechamiento eólico ligeramente inferior al de las anteriores alternativas. La topografía es favorable en la mayor parte de la poligonal y la accesibilidad es buena, con una amplia red de caminos agrícolas en buen estado. La zona se sitúa próxima a otros proyectos eólicos al este y noroeste, y limita con el núcleo poblacional de Aizón, ubicándose, además, a 0,6 km de Ambel y a 0,3 km de Bulbuente. Desde el punto de vista ambiental, el índice de sensibilidad ambiental presenta valores bajos, con niveles moderados en el sector suroeste, excluyendo los entornos inmediatos de los núcleos urbanos.
El promotor considera la alternativa 3 como la alternativa más favorable para la ubicación del proyecto eólico, al tratarse de una zona de orografía favorable, accesibilidad óptima, y una red de caminos agrícolas que pueden ser aprovechados. Se encuentra en una zona de Índice de Sensibilidad Ambiental con valores bajos y en menor medida moderados.
Para la ubicación de los aerogeneradores, se han analizado tres alternativas en la zona de implantación general seleccionada, resultando seleccionada la alternativa 3. La elección se fundamenta en el criterio de mayor alejamiento respecto a las zonas ambientalmente sensibles, así como en la introducción de ajustes técnicos en la disposición de los aerogeneradores, con el objetivo de minimizar los movimientos de tierra necesarios durante la fase de construcción, reduciendo con ello las afecciones sobre el medio físico y el paisaje.
Para la SET Florín 30/220 kV, se proponen tres alternativas. Se selecciona, la alternativa 3 como la situación más favorable en aspectos como vegetación y paisaje, junto con unas condiciones técnicas óptimas para llevar a cabo el proyecto.
En cuanto a la LAT 220 kV SC SET PE Florín SET Promotores Magallón, se plantean las siguientes alternativas:
– Alternativa 1: Una línea de evacuación aérea de 24,75 km de longitud total, cuyo diseño busca un equilibrio entre una adecuada accesibilidad, una menor afección a la vegetación natural, una orografía favorable y la reducción de la longitud del trazado, garantizando las distancias de seguridad respecto a los parques eólicos «San Juan de Bargas», «La Muga III» y «Tinajeros». El trazado afecta parcialmente a la ZEC ES2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos», optándose por un recorrido junto al límite norte del espacio, por zonas de cultivo, a fin de minimizar la afección ambiental. En el tramo final, próximo a la SET «Promotores Magallón», se identifica la presencia de una zona crítica de aves esteparias, un área crítica del cernícalo primilla (Falco naumanni) y el dormidero de grulla común (Grus grus), asociado al embalse de La Loteta.
– Alternativa 2: Una línea de evacuación aérea de 31,89 km de longitud total, cuyo diseño busca un alejamiento de la zona de influencia de los principales núcleos de población, junto al río Huecha, para afectar a una zona con alta presencia de proyectos eólicos, cumpliendo con las distancias de seguridad obligatorias a los aerogeneradores de los parques eólicos «San Juan de Bargas», «Santo Cristo de Magallón», «Agón II Multitecnología extensión» y «Tinajeros». Al igual que en la alternativa 1, el trazado afecta a la ZEC ES2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos», así como a la zona crítica de esteparias, al área crítica del cernícalo primilla y al dormidero de grulla asociado al embalse de La Loteta.
– Alternativa 2B: Un trazado de 25,84 km, buscando un acortamiento en el trazado de la alternativa 3 y la unión de la alternativa 1 y 2 por una zona intermedia a ambas. Esta alternativa afecta a los mismos espacios en el entorno de la SET «Promotores Magallón» mencionados en las alternativas anteriores.
– Alternativa 3: Un trazado de 19,22 km, con el fin de alejarse de la zona ambientalmente más sensible, marcada por la ubicación de la ZEC 2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos», del área crítica del cernícalo primilla y de zonas críticas de aves esteparias. Se ha optado por un trazado que discurre al noroeste del espacio ZEC ES2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos» por su límite norte. Por otro lado, se ubica al norte del trazado el ZEC ES2430085 «Laguna de Plantados y Laguna de Agón», a una distancia de 190 m, sin verse afectado.
La alternativa 3 ha sido considerada por el promotor como la mejor valorada, al plantearse como una mejora sustancial de los factores analizados, que prioriza los ambientales e implica una reducción en los impactos que estos proyectos van a generar.
En el caso de la SET Promotores Magallón» 220/400 kV, se evalúan tres alternativas, siendo seleccionada la alternativa 3, al plantear una situación más favorable en aspectos técnicos y de accesibilidad.
b. Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
El EsIA describe los efectos potenciales sobre los factores del medio físico y medio biótico (medio natural, espacios naturales protegidos, comunidades biológicas, etc.), medio socioeconómico y cultural (población, actividad económica, infraestructuras, patrimonio cultural). El tratamiento de los impactos del proyecto sobre el medio biótico se recoge de forma específica en la presente resolución.
Este apartado resume los impactos del proyecto y las medidas de mitigación propuestas por el promotor, así como las principales conclusiones de los informes que obran en el expediente, haciendo únicamente mención de los impactos sobre los factores ambientales que por ser especialmente vulnerables han motivado el sentido de la resolución.
b1. Fauna.
En lo que respecta a la caracterización faunística, el promotor presenta un estudio de fauna inicial, que consta de un estudio de ciclo anual completo de avifauna de enero de 2022 a enero de 2023, con 53 jornadas de muestreo. En dicho estudio, se detectan un total de 87 especies de aves diferentes en el área de estudio, entre las cuales destacan por su régimen de protección especies catalogadas «En peligro de extinción» en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) o el Catálogo de Especies Amenazadas en Aragón (CEAA), como el milano real (Milvus milvus), la alondra ricotí (Chersophilus duponti) y el águila perdicera (Aquila fasciata). Asimismo, se identifican especies catalogadas como «Vulnerables» en el Catálogo de Especies Amenazadas en Aragón (CEAA), como el alimoche común (Neophron percnopterus), la ganga ibérica (Pterocles alchata), la ganga ortega (Pterocles orientalis), el aguilucho cenizo (Circus pygargus), el cernícalo primilla (Falco naumanni) y la chova piquirroja (Pyrrhocorax pyrrhocorax).
Por otra parte, resultan más abundantes una serie de especies con menor categoría de protección, pero de interés para el proyecto. Algunas de ellas son el buitre leonado (Gyps fulvus), el busardo ratonero (Buteo buteo), el milano negro (Milvus migrans), el abejero europeo (Pernis apivorus), la culebrera europea (Circaetus gallicus), el águila real (Aquila chrysaetos), el gavilán común (Accipiter gentilis), el azor común (Accipiter nisus), la grulla común (Grus grus), el aguilucho pálido (Circus cyaneus) y el cuervo grande (Corvus corax). Estas especies están incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE), en Listado Aragonés de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LAESRPE), o ambos.
El promotor señala que del total de 475 trayectorias de vuelo anotadas en el entorno del PE Florín, 93 se produjeron a una altura de riesgo de colisión con las aspas de los aerogeneradores, lo que supone el 19,58 % del total. La especie con mayor número de vuelos en altura de riesgo detectados ha sido el buitre leonado con un total de 25, suponiendo un 16,56 % de sus vuelos totales. Destacan otras especies como el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) con 23 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 92 %, el busardo ratonero, con 12 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 42,86 %, el milano real, con 8 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 80 %, o el milano negro con 8 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 57,14 %.
Del total de 517 trayectorias de vuelo en el entorno de la línea de evacuación, 217 se produjeron a una altura de riesgo de colisión con los conductores de la línea, lo que supone el 41,97 % del total. La especie con mayor número de vuelos en altura de riesgo detectados ha sido la chova piquirroja con un total de 45, suponiendo un 37,19 % de sus vuelos totales. Destacan otras especies como el aguilucho lagunero (Circus aeruginosus) con 28 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 92 %, el busardo ratonero (Buteo buteo), con 12 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 57,14 %, el cernícalo primilla con 27 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 93,1 %, o el milano negro con 19 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 34,55 % o el milano real con 17 vuelos en altura de riesgo, suponiendo un 73,59 %.
A pesar de no haber identificado individuos de quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), en peligro de extinción en el CEEA y en el CAEA, en las salidas al campo, el promotor presenta el mapa de distribución de ejemplares de quebrantahuesos con radiomarcaje en la zona de emplazamiento del proyecto, facilitados por el Gobierno de Aragón. Asimismo, la poligonal del PE Florín se ubica a una distancia mínima de 7,2 km aproximadamente, al oeste del proyecto, del ámbito de protección del quebrantahuesos, aprobado por el Decreto 45/2003, de 25 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el quebrantahuesos y se aprueba el Plan de Recuperación.
Por otro lado, la parte sur de la poligonal se localiza a 2 km de un punto de nidificación habitual de águila real; situándose los aerogeneradores FLO-15, FLO-16 y FLO-17 dentro del área de los 2 km del nido. Tras la configuración final propuesta por el promotor, los citados aerogeneradores fueron eliminados. El aerogenerador FLO-13 se localiza a 2 km 400 m del punto de nidificación. Durante los trabajos de campo se han detectado un total de 19 individuos repartidos en 16 observaciones. En la poligonal del parque eólico se ha observado a la especie hasta en 9 ocasiones, repartidas entre las zonas norte y sur.
Respecto a la avifauna nocturna, el estudio de avifauna y quirópteros de ciclo anual completo inicial únicamente confirma la presencia del mochuelo europeo (Athene noctua). Por su parte, el nuevo estudio de avifauna nocturna presentado refleja los resultados tras dos visitas nocturnas, realizadas entre marzo y abril de 2025, en las cuales se han llevado a cabo tres estaciones de escucha, dos en el parque eólico y una en el entorno de la línea de evacuación. Con respecto a la línea de evacuación, únicamente se cubre el tramo soterrado del proyecto definitivo, dejando sin caracterizar el tramo aéreo. Como resultado de este estudio, se confirma la presencia en el entorno de las instalaciones de mochuelo europeo (Athene noctua), búho real (Bubo bubo), alcaraván común (Burhinus oedicnemus), chotacabras europeo (Caprimulgus europaeus), autillo europeo (Otus scops), cárabo común (Strix aluco) y lechuza común (Tyto alba). El promotor destaca la vulnerabilidad del búho real a la implantación de proyectos eólicos.
La zona de emplazamiento del proyecto está dentro del ámbito de aplicación del plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla, aprobado por el Decreto 233/2010, de 14 de diciembre, del Gobierno de Aragón y existiendo coincidencia territorial de la línea de evacuación en su parte final con un área crítica de la especie. Asimismo, el promotor ha identificado cuatro primillares con actividad en todos ellos en el entorno de las alternativas no seleccionadas de la línea de evacuación, asociados al área crítica para la especie. El trazado final de la línea de evacuación del proyecto, se encuentra próximo a los primillares activos citados, quedando el trazado aéreo a una distancia mínima de 2,7 km del primillar más cercano.
Por otro lado, la línea de evacuación discurre dentro del ámbito preseleccionado para el plan de recuperación de especies esteparias en Aragón, por el que se establece un régimen de protección para especies esteparias como el sisón común (Tetrax tetrax), ganga ibérica y ganga ortega, así como para la avutarda común (Otis tarda). Además, atraviesa una de las áreas propuestas por SEO/BirdLife para incluir en el futuro plan de conservación de la alondra ricotí.
Los aerogeneradores FLO-01, FLO-08, FLO-09 y FLO-13 del PE Florín se encuentran sobre territorio delimitado como zona de Protección de Alimentación de Especies Necrófagas (ZPAEN) de Interés Comunitario en Aragón según el Decreto 170/2013, de 22 de octubre, del Gobierno de Aragón. La poligonal del PE Florín se localiza a una distancia mínima de 6,5 km del ámbito de protección del plan de recuperación del águila perdicera, aprobado por el Decreto 326/2011, de 27 de septiembre, y modificado por la Orden de 16 de diciembre de 2013, del Gobierno de Aragón. En el EsIA se identifica la presencia de los comederos pertenecientes a la Red Aragonesa de Comederos para Aves Necrófagas (RACAN) próximos a la zona de estudio, entre los cuales se encuentran el comedero de Talamantes, situado a unos 14 km al suroeste del parque eólico, y el de Tauste, situado a unos 17 km al noreste, ambos regulados por el Decreto 102/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón.
En cuanto a quiropterofauna, tras el análisis de las grabaciones, el promotor estima la presencia de, al menos, 12 especies diferentes entre las que destacan las que aparecen en el CEAA como es el caso del nóctulo mayor (Nyctalus lasiopterus), categorizado como «En peligro de extinción», y otras especies como el nóctulo común (Nyctalus noctula), el murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), el murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) y el murciélago de herradura mediterráneo (Rhinolophus euryale), todos ellos categorizados como «vulnerables» en el CEEA. Además de una elevada diversidad de especies presentes, se detecta una gran actividad y uso del espacio, destacando la actividad registrada por el punto de escucha EQ1, con un total de 3.909 pases de, al menos, nueve especies diferentes, localizándose en las proximidades del Balsón del Campo. Por otro lado, cabe mencionar la identificación de individuos del género Myotis que, ante la dificultad de identificación, se dividieron en Myotis a rango 50 kHz, entre las que se incluyen Myotis myotis y Myotis blythii, ambas catalogadas como «Vulnerable» en el CEAA; y Myotis a rango 30 kHz, entre las cuales se incluyen especies como Myotis marginatus y Myotis mystacinus, que se encuentran catalogadas como «Vulnerables», y especies como Myotis bechteinii y Myotis capaccinii, las cuales se catalogan como en «Peligro de extinción».
El promotor señala que, en relación con el riesgo de colisión y barotrauma, es predecible una sensibilidad mayor para el murciélago común (Pipistrellus pipistrellus), murciélago de cabrera (Pipistrellus pygameus) y murciélago de borde claro (Pipistrellus kuhlii).
Respecto a los refugios, el promotor apunta que, según la información aportada por el Servicio de Biodiversidad del Gobierno de Aragón, en el entorno cercano del PE Florín se localizan varios refugios. Se trata de la denominada Cueva del Lambor, situada a una distancia de 3,5 km del aerogenerador más cercano, y la Sima del Tubo, situada a una distancia de 5,5 km. Sin embargo, dadas las características de ambos refugios, el promotor expone que no se ha podido realizar su prospección en condiciones de seguridad. Respecto a los potenciales refugios prospectados por el promotor, no se han detectado evidencias de presencia de quirópteros.
En cuanto a otros grupos faunísticos, se identifica coincidencia territorial de la proyección del PE Florín, casi en su totalidad, con el área crítica del cangrejo de río ibérico (Austropotamobius pallipes), aprobado por el Decreto 60/2023, de 19 de abril, del Gobierno de Aragón. Se evalúa la superficie de afección del PE Florín al área crítica del cangrejo de río ibérico, siendo ésta de un total de 9,93 ha. No obstante, el promotor considera que el proyecto no producirá afecciones directas sobre masas de agua, hábitats favorables para la especie, dentro del ámbito de estudio. Señala, sin embargo, la posibilidad de que, durante la fase de construcción, puedan generarse afecciones indirectas a los hábitats propicios para la especie como consecuencia de procesos de arrastre de aguas de escorrentía con posibles contaminantes. El promotor no ha detectado la presencia de la especie en las salidas de campo, por lo que no existe una afección a dicha especie, ya que no hay una afección directa a cauces.
Por otro lado, se identifica en la zona de estudio el sapo partero común (Alytes obstetricans), catalogada como «Vulnerable» en el CAEA y listado en el LESRPE.
Con respecto a los impactos identificados por el promotor, durante la fase de obras, se señala como amenaza principal, las molestias derivadas de actividades como los acondicionamientos de terreno, desbroces, movimiento de tierras y trasiego de maquinaria. Estas actuaciones podrían producir modificaciones en el comportamiento de las especies, al introducirse nuevos elementos en el territorio.
Durante la fase de explotación, el principal impacto identificado por el promotor es el riesgo de colisión de avifauna y quiropterofauna. Así, el promotor para evaluar el impacto sobre la avifauna, lleva a cabo un estudio del uso del espacio, en el que concluye que del total de las trayectorias de vuelo anotadas durante los censos se estima que el 19,58 % se produjeron a una altura de riesgo de colisión con las aspas de los aerogeneradores, destacando al buitre leonado como la especie con mayor número de vuelos en esta altura. En cuanto a la línea de evacuación, la estimación alcanza el 42%, aproximadamente de vuelos en altura de riesgo de colisión, entre las que destacan especies como la chova piquirroja, el aguilucho lagunero, el busardo ratonero o el cernícalo primilla. Asimismo, destaca la concentración de vuelos en altura de riesgo detectados en la zona noroeste de la poligonal, principalmente en el entorno de los aerogeneradores FLO-02, FLO-03 y FLO-04. En esta zona se han observado vuelos de riesgo, principalmente, de especies como el buitre leonado, el busardo ratonero o el milano negro. Además, se han detectado vuelos en altura de riesgo en menor número, de especies catalogadas como el milano real o el alimoche común, este último observado en una única ocasión.
En la documentación complementaria al estudio de avifauna del EsIA, se aportan los cálculos teóricos de colisiones por aerogenerador, y especie de aves y quirópteros. Del análisis de riesgo de colisión realizado, se constata que 11 de los 12 aerogeneradores del PE Florín, presentan riesgo de colisión para la avifauna. Las especies más representativas en términos de probabilidad de mortalidad son el buitre leonado, afectado en los aerogeneradores FLO-01, FLO-02, FLO-03, FLO-10, FLO-11, FLO-12 y FLO-14; y el cernícalo vulgar, con riesgo de colisión en los aerogeneradores FLO-02, FLO-03, FLO-06, FLO-08, FLO-09, FLO-12, FLO-13 y FLO-14. Se concluye, que todos los aerogeneradores, excepto el FLO-07, presentan riesgo de mortalidad para especies susceptibles, destacando especialmente los aerogeneradores FLO-02 y FLO-03, que registran el mayor riesgo de colisión en comparación con el resto, con una mortalidad anual estimada de 2,1 y 2,6 individuos, respectivamente, y una elevada mortalidad atribuible al buitre leonado.
Asimismo, el promotor resalta la mortalidad estimada para los aerogeneradores FLO-06, FLO-12, FLO-13 y FLO-14, considerando la categoría de protección de las especies afectadas. En todos los casos se registra riesgo de colisión para el milano real y en el caso del aerogenerador FLO-13, adicionalmente para la chova piquirroja.
En relación con la quiropterofauna, el promotor ha realizado un estudio teórico de riesgo de colisión en el nuevo «Estudio de efectos sinérgicos y acumulativos», basado en clasificaciones según el potencial riesgo de afectación. Se estima una mayor sensibilidad para el murciélago común, el murciélago de Cabrera y el murciélago de borde claro. El promotor califica el impacto por colisión como «severo», debido al elevado número de aerogeneradores y líneas eléctricas existentes y proyectadas en el ámbito de estudio.
Estos resultados se ven respaldados por las conclusiones del promotor con respecto al uso del espacio aéreo, el cual añade que, en lo referente a pasos o movimientos migratorios, se han observado concentraciones de milano negro durante el paso prenupcial en el mes de marzo, y de abejero europeo durante el paso postnupcial en el mes de agosto. Por otro lado, es destacable el paso migratorio otoñal de grulla común que cuenta con un dormidero en el embalse de La Loteta, el cual se ubica a 3 km, aproximadamente, del trazado soterrado de la LAT y a 5 km, aproximadamente, del trazado aéreo de la línea de evacuación. Por otro lado, a lo largo del ámbito de estudio se distribuyen otros puntos de agua como potencial hábitat para alojar una gran diversidad de avifauna y quiropterofauna, como es el caso de la Laguna de Plantados y la Laguna de Agón, que se ubican ambas a 100 metros del trazado soterrado de la LAT y a 1,5 km del trazado aéreo de la misma; como abundantes balsas de riego, como el Balsón del Campo, el cual se sitúa cercano a varios aerogeneradores y que concentra la actividad de aves acuáticas y otras aves rapaces.
Finalmente, el efecto barrera producido por la superficie de barrida de los rotores junto con el efecto vacío, son factores de peso en el análisis de afección a la fauna, principalmente para la avifauna y la quiropterofauna. Concretamente, el promotor estima que la superficie de barrido del parque eólico es de 38,57 ha, planteándose una separación mínima entre los aerogeneradores de 345 metros. Asimismo, atendiendo a la separación de las alineaciones de los aerogeneradores, el promotor señala que las direcciones de vuelo de las aves en dirección norte-sur son las que más dificultad van a encontrar. Por otro lado, el promotor considera que, ante la construcción de un parque eólico, las aves pueden reaccionar evitando el uso del terreno más próximo a los aerogeneradores, desplazando su actividad a otras zonas, viéndose principalmente afectadas las especies asociadas a medios abiertos, como es el caso de aves esteparias, ya que su comportamiento se asocia a evitar las estructuras de grandes dimensiones en altura.
Con la configuración final del proyecto, la superficie de barrido del proyecto se ve reducida a 27,14 ha. Además, se aporta la superficie de ocupación de la LAT objeto de estudio, estimada en 11,94 ha.
Por otro lado, se detectan afecciones en lo que respecta a la pérdida directa de hábitat, debido a la ocupación por parte de caminos y plataformas de hábitats como los campos de cultivo, las zonas de matorral o las superficies arboladas puede suponer la destrucción o pérdida de hábitat, al menos, hasta el momento de su restauración. Asimismo, el promotor apunta que la mayoría de las especies con mayor importancia y catalogación están asociadas al tipo de hábitat de cultivos y matorral, el cual es el mayor tipo de hábitat ocupado por la infraestructura del proyecto.
Como medidas preventivas y correctoras relacionadas con el riesgo de colisión, el promotor propone inicialmente la dotación a la línea de evacuación de dispositivos salvapájaros tipo catadióptrico (aspa reflectante giratoria) en los cables de tierra, con cadencia de 10 metros. En el trazado de la línea de evacuación, dentro de la zona con mayor presencia de cernícalo primilla, se propone una cadencia de 5 metros. Asimismo, se propone la instalación de dispositivos de disuasión y parada en los aerogeneradores donde se ha detectado un mayor número de vuelos en altura de riesgo, siendo estos los aerogeneradores FLO-02, FLO-03 y FLO-04, así como en el aerogenerador FLO-15. Además, se desarrollará e implementará un protocolo de parada de los aerogeneradores para velocidades de viento bajas (menor de 6 m/s) en las épocas de actividad de los quirópteros desde media hora antes del ocaso hasta media hora después del orto, y se procederá a la verificación de su eficacia, ajustándolo en caso necesario en función de los resultados de las vigilancias en fase de explotación. Tras las modificaciones planteadas por el promotor, se propone ampliar la instalación de dispositivos de disuasión y parada como mínimo a los aerogeneradores FLO-02, FLO-03, FLO-06, FLO-12, FLO-13 y FLO-14.
Además, el promotor propone un seguimiento ambiental del funcionamiento del parque y sus infraestructuras asociadas (líneas eléctricas aéreas, en especial), con una duración mínima de 5 años, tras la que se entregará un informe final que recoja las principales conclusiones de los seguimientos efectuados y, en el que se valore la necesidad de prolongar o modificar los controles establecidos.
Respecto a la potencial afección indirecta al cangrejo de río ibérico, el promotor incluye en sus propuestas de medidas preventivas relacionadas con la protección de cauces, medidas de drenaje superficial, hidrología e hidrogeología, que servirán para la prevención de los posibles impactos indirectos sobre la especie.
El Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) del Gobierno de Aragón señala en su informe inicial que la implantación del proyecto supondrá un importante efecto barrera para la movilidad de las aves con presencia habitual en el entorno, ya que fragmenta la conexión entre las áreas de alimentación, cría o dispersión. Este efecto barrera es especialmente apreciable para especies como milano real, buitre leonado, chova piquirroja, águila real, milano negro, busardo ratonero, así como para especies de avifauna esteparia como cernícalo primilla, sisones, gangas o alondras que utilizan los espacios naturales situados al norte y sur del río Huecha para su desarrollo. Asimismo, se podrían ver afectadas especies como el quebrantahuesos y el águila perdicera, pese a que el emplazamiento del parque eólico se encuentra fuera de las zonas de protección de dichas especies, al coincidir con sus áreas de campeo, alimentación o desplazamiento, pudiendo limitar especialmente la expansión y movimientos de ejemplares jóvenes tras el periodo de nidificación. Entre la avifauna existen en el entorno del proyecto, zonas de campeo, posaderos o dormideros de buitre leonado, milano real, águila perdicera o alimoche, y puntos de nidificación próximos de águila real o cernícalo primilla. Es posible también el campeo de ejemplares de quebrantahuesos en sus movimientos entre el Pirineo y las Sierras Ibéricas. Los llanos esteparios al sur del río Huecha, en zonas próximas donde se prevé ubicar el proyecto, son territorios de desarrollo de especies de carácter estepario como alondra ricotí, ganga, ortega o sisón, con puntos de nidificación, áreas de alimentación o posaderos en la zona próximas de ubicación de los parques eólicos proyectados o cercanos a ellos y al trazado de la LAAT, e incluidas la mayor parte de ellas en los catálogos aragonés o español de especies amenazadas.
Respecto del cernícalo primilla, existe actividad en 4 primillares, todos ellos en el entorno de la línea de evacuación, asociados a áreas críticas para la especie. El más cercano se ubica a más de 2 km de distancia del trazado de la LAAT en su tramo final, próximo a la SET «Magallón». Es reseñable el importante contingente que se reúne en el entorno de la SET «Magallón» en periodo postnupcial, entre los meses de julio y octubre.
En cuanto a los potenciales impactos por colisión de la avifauna, el INAGA considera que son elevados, por lo que propone la ampliación de la instalación de dispositivos de disuasión y parada en los aerogeneradores, hasta alcanzar, al menos, la mayor parte de las posiciones más periféricas del parque. Por otro lado, considera necesario implementar un plan de medidas para la minimización del riesgo de colisión de avifauna y quirópteros, que incluya sistemas de detección, disuasión y parada automática temporal en condiciones de alto riesgo, adaptándose a los resultados definitivos del estudio de avifauna y a los periodos de migración y cría. El trazado aéreo de la línea de evacuación entre el PE Florín y parques próximos podría alterar las rutas de vuelo de especies sensibles, incrementando el riesgo de colisión con aerogeneradores existentes, por lo que recomienda complementar la señalización de la línea con medidas adicionales que reduzcan accidentalidad, especialmente sobre el cernícalo primilla. Para los quirópteros, dada la cercanía de refugios inventariados como la Cueva de Lambor, propone ampliar el protocolo de parada a los aerogeneradores FLO-15, FLO-16 y FLO-17, y considerar su extensión a otros según los resultados del plan de vigilancia ambiental.
El promotor en su respuesta considera que el EsIA incluye un análisis detallado de avifauna, cuyos resultados han servido de base para la propuesta de medidas preventivas. El estudio concluye que el proyecto no afectará a la avifauna esteparia, al no haberse detectado ejemplares de alondra ricotí o sisón, y registrándose observaciones de gangas y cernícalos primilla únicamente en los trazados alternativos descartados. En relación con las aves rapaces, se identificaron diversas especies en el entorno, por lo que se prevé la instalación de sistemas de detección y parada automática en los aerogeneradores FLO-01, FLO-02, FLO-03, FLO-04, FLO-06, FLO-12, FLO-14 y FLO-15, conforme a las recomendaciones del INAGA. Respecto a la línea eléctrica, la alternativa seleccionada es la que mantiene una mayor distancia respecto a primillares activos, territorios de alondra ricotí y áreas esteparias incluidas en el futuro plan de recuperación de especies esteparias de Aragón, siendo inevitable su proximidad a la SET Magallón 400 kV (REE), punto de conexión a la red. En cuanto a especies sensibles, como el quebrantahuesos y el águila perdicera, el estudio no prevé afección directa al no haberse constatado su presencia durante los seguimientos, considerando su posible aparición como ocasional o esporádica.
Asimismo, en materia de quirópteros, el EsIA contempla medidas preventivas basadas en los resultados de seguimiento, ampliando el protocolo de parada de aerogeneradores en condiciones de baja velocidad de viento y durante los periodos de máxima actividad de estas especies en los aerogeneradores de la totalidad de las posiciones propuestas, teniendo en cuenta además el consenso existente sobre su eficacia.
SEO/BirdLife señala la ineficacia de la metodología empleada para el censo por parte del promotor, así como la afección directa a aves esteparias, como es el caso de la proyección de las instalaciones del proyecto dentro del área crítica de la alondra ricotí y del cernícalo primilla, y la afección al águila real. Además, hace referencia al incumplimiento de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad al verse afectadas especies con categorías de protección, como la chova, el milano real o el alimoche. El promotor señala que la metodología utilizada en el estudio de avifauna es totalmente válida y eficaz para el conocimiento de la realidad avifaunística en el entorno estudiado. En cuanto a la afección a las especies esteparias, asegura que se toman las medidas adecuadas para evitar al máximo posible la afección directa sobre éstas, especialmente sobre sus hábitats. En lo que respecta al incumplimiento de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el promotor considera que las afirmaciones por parte de SEO/BirdLife son desvirtuadas, debido a que el proyecto intenta evitar el impacto sobre el hábitat de dichas especies.
La Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos y ANSAR presentan alegaciones de idéntico contenido. Destacan la alta siniestralidad y afección a avifauna y quirópteros en la zona de emplazamiento del PE Florín y su infraestructura de evacuación, adjuntando datos históricos. Asimismo, identifican que, en la comarca de Borja se encuentra un dormidero de cernícalo primilla de unos 800 ejemplares que tienen su origen de muchas ciudades de España. Por otro lado, informan que en el EsIA presentado por el promotor, se valoran de forma insuficiente las afecciones a las aves y murciélagos, al no detectarse la gran mayoría de parejas nidificantes de aves rapaces existentes en la zona estudiada. En cuanto a las medidas anticolisión, indican que son insuficientes y que los dispositivos que el promotor pretende incorporar siguen en fase experimental con fallos considerables. Asimismo, aducen que los datos del riesgo de colisión no son precisos, siendo en realidad mucho más elevados, según los datos de siniestralidad recogidos en los aerogeneradores ya implantados de la zona. Así, recoge el dato de que, en la comarca Campo de Borja, han sido más de 2.000, los cadáveres por colisión entre los años 2021 y 2023, de entre los cuales, más de 600 son aves rapaces. Por otro lado, dichas asociaciones tienen datos de radiomarcaje de águila perdicera en la zona de proyección de los aerogeneradores, concretamente, individuos provenientes del programa Aquila a-Life en Euskadi, con datos de colisiones de esta especie en parques de la zona.
El promotor, en respuesta, señala que los datos de siniestralidad de avifauna aportados por los alegantes corresponden a parques eólicos ubicados en entornos con características técnicas y ambientales distintas a las del PE Florín, por lo que no resultan directamente comparables. Asimismo, indica que las medidas preventivas y dispositivos anticolisión disponibles se encuentran en continua evolución y mejora, logrando una reducción significativa del número de colisiones, aunque no su eliminación total. En relación con las especies sensibles, el promotor manifiesta que los alegantes interpretan de forma incorrecta la información, al atribuir presencia de especies que no han sido detectadas durante los trabajos de campo y, por tanto, no se verán afectadas por el proyecto.
El INAGA, tras las modificaciones presentadas al proyecto, señala que se reducen parcialmente los impactos respecto al proyecto original. Se reitera en su valoración inicial, señalando que el proyecto final generará un efecto barrera significativo sobre la movilidad de las aves presentes en el entorno, produciéndose las mismas afecciones ya identificadas previamente. Asimismo, en lo que respecta a las medidas preventivas y correctoras para la protección del cangrejo de río, las considera adecuadas y dan correcta respuesta a las potenciales afecciones sobre la especie.
Por otra parte, vuelve a indicar que el trazado de la línea de evacuación en disposición aérea, que discurre entre varios aerogeneradores del PE Florín y próxima a otros parques eólicos existentes como PE San Juan de Bargas, La Muga III, Venta del Ginestar, Agón, y Tinajeros; podrá provocar alteraciones en los vuelos de algunas especies, principalmente rapaces y especialmente cernícalo primilla, los cuales podrían modificar las actuales rutas de vuelo y altura, aspecto que podría incrementar las potenciales afecciones de algunas especies por colisión con los aerogeneradores de los parques eólicos existentes.
Del resultado del análisis del riesgo de colisión realizado se concluye que los aerogeneradores FLO-02 y FLO-03 presentan un mayor riesgo de colisión en relación al resto, con una mortalidad anual estimada de 2,1 y 2,6 respetivamente, destacando la elevada mortalidad que presentan para buitre leonado. Por otro lado, destaca la mortalidad estimada para los aerogeneradores FL0-06, FLO-12, FLO-13 y FLO-14 por la catalogación de las especies afectadas, en todos los casos presentando riesgo de colisión para el milano real y en el caso del aerogenerador FLO-13 también para chova piquirroja.
Respecto a la avifauna nocturna, en el Estudio de Avifauna y Quirópteros de ciclo anual completo únicamente se pudo confirmar la presencia de mochuelo europeo (Athene noctua) en una pequeña paridera al sur de la poligonal del parque eólico. En el nuevo estudio se han identificado, además, Búho real (Bubo bubo), alcaraván común (Burhinus oedicnemus), chotacabras europeo (Caprimulgus europaeus), autillo europeo (Otus scops), o lechuza común (Tyto alba), entre otras.
Además, la concentración de varios proyectos en el espacio supondrá una fragmentación muy importante del territorio y reducción del hábitat natural disponible, dado el elevado número de proyectos previstos o en funcionamiento en toda la comarca de Campo de Borja, lo que podría comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna, muchas de ellas incluidas en las categorías más altas de protección de los Catálogos Aragonés y Español de Especies Amenazadas, destacando sisón, gangas, alondra ricotí, milano real y cernícalo primilla, muchas de ellas incluidas en los objetivos de protección de espacios de la Red Natura 2000 próximos al proyecto.
La Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca del Gobierno de Aragón señala que la disposición final del proyecto no es compatible con la presencia del cernícalo primilla, así como de otras especies esteparias, por lo que considera que la línea aérea debería reducirse en, al menos, 4 km y extremar las medidas anti-electrocución y, de manera especial, las destinadas a la mitigación del riesgo de colisión. Asimismo, considera que el aerogenerador FLO-13 se ubica próximo a la zona sur donde se conoce la presencia del águila real, entre otras rapaces, debiéndose replantear su ubicación.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO identifica que las principales afecciones de la implantación del diseño final del proyecto están relacionadas con la pérdida de hábitat de alimentación y cría, las molestias provocadas por la actividad humana y el aumento de mortalidad no natural por colisión con las instalaciones del proyecto.
El organismo destaca la presencia de especies en grave declive para las que existe un interés de conservación, tanto por las poblaciones existentes, como por su hábitat y potenciales áreas de presencia, que no se han observado durante los trabajos de campo realizados por el promotor, pero que se conoce su presencia en el entorno, según lo mencionado en el análisis de estudios de impacto ambiental de proyectos ubicados en la misma zona, que no fueron finalmente autorizados.
A partir de la información aportada por el promotor, señala la especial vulnerabilidad de determinadas especies ante la implantación del proyecto. En particular, destaca la situación del cernícalo primilla, cuya población en el municipio de Magallón ha experimentado un descenso del 50 % según el último censo disponible. Asimismo, se constata una mortalidad elevada en parques eólicos y líneas eléctricas del entorno, especialmente en áreas críticas situadas en las proximidades del tramo final de la línea de evacuación, las cuales podrían suponer una amenaza adicional pese al soterramiento parcial previsto por el promotor en las zonas de solapamiento.
En relación con el águila real, resalta su notable presencia en el ámbito de estudio, con un número significativo de observaciones, la identificación de un nido y la potencial nidificación en áreas próximas, tanto al parque eólico como a la línea de evacuación. Se dispone de registros de mortalidad en infraestructuras similares del entorno, lo que evidencia la persistencia de un riesgo elevado para la especie.
Asimismo, advierte del potencial impacto sobre el quebrantahuesos, dada la localización de zonas de actividad de la especie en el área de influencia, así como de la elevada mortalidad registrada de buitre leonado en parques eólicos próximos. Igualmente, se dispone de registros de mortalidad de búho real, milano real y milano negro en infraestructuras del entorno, especies con presencia habitual en la zona del proyecto.
En consecuencia, la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO concluye que, si bien las modificaciones introducidas en el proyecto suponen una reducción del riesgo potencial de mortalidad para varias de las especies afectadas, el conjunto de impactos derivados de este proyecto, sumados a las presiones acumulativas generadas por otros parques eólicos existentes en el entorno, podrían seguir originando efectos severos sobre determinadas poblaciones. Estos efectos no se limitan al incremento de la mortalidad, incluyen, además, la pérdida y fragmentación del hábitat, la disminución del éxito reproductor y la reducción de la capacidad de expansión, lo que podría comprometer la mejora del estado de conservación de varias especies en declive.
En relación con otros grupos faunísticos, señala el impacto potencial de los parques eólicos sobre la comunidad de quirópteros. No obstante, indica que la falta de un estudio específico y completo sobre su actividad en la zona dificulta una adecuada valoración del impacto del proyecto.
Asimismo, advierte que otros grupos, como anfibios, reptiles, invertebrados y mamíferos no quirópteros, podrían verse afectados por atropellos, incremento de molestias humanas y procesos de fragmentación o alteración del hábitat, con posibles repercusiones sobre la mortalidad, el éxito reproductor y la distribución de las especies. De forma particular, destaca la presencia del sapo partero común y de zonas de protección del cangrejo de río ibérico, con potencial presencia en la zona de estudio, especialmente sensibles a alteraciones del medio y a la contaminación de las aguas, por lo que deberá garantizarse que las actuaciones del proyecto no comprometan su conservación.
b2. Red Natura 2000, espacios naturales protegidos.
El proyecto se plantea en la proximidad de varios espacios pertenecientes a la Red Natura 2000, concretamente:
– Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000297 «Sierra de Moncayo-Los Fayos-Sierra de Armas», ubicada a una distancia mínima de 7,2 km de la poligonal, al suroeste del proyecto.
– ZEPA ES4170044 «Sierra del Moncayo», a una distancia mínima de 14,3 km de la poligonal, al suroeste del proyecto.
– Zona Especial de Conservación (ZEC) ES2430087 «Maderuela» ubicada a una distancia mínima de 7,5 km de la poligonal, al oeste del proyecto.
– ZEC ES4170119 «Sierra del Moncayo», a una distancia mínima de 14,3 km de la poligonal, al suroeste del proyecto.
– ZEC ES2430086 «Monte Alto y Siete Cabezos», a distancia mínima de 300 m al sur del tramo intermedio de la línea aérea.
– ZEC ES2430088 «Barranco de Valdeplata», ubicada a una distancia mínima de 9,1 km de la poligonal, al sur del proyecto.
– ZEC ES2430028 «Moncayo», ubicada a una distancia mínima de 8,4 km de la poligonal, al suroeste del proyecto, coincidente con la ZEPA ES4170044 «Sierra del Moncayo».
– ZEC ES2430085 «Laguna de Plantados y Laguna de Agón», ubicada a una distancia mínima de 187 m, al norte del tramo final de la línea de evacuación.
– ZEC ES2430081 «Sotos y mejanas del Ebro», ubicada a una distancia mínima de 7 km de la poligonal, al noreste de la SET de evacuación Magallón.
El promotor, en el anexo VII «Afecciones a la Red Natura 2000» del EsIA, presenta un análisis de los impactos potenciales sobre los principales valores de protección de los espacios incluidos en la Red Natura 2000 y otros espacios naturales próximos, diferenciando las afecciones asociadas a cada una de las infraestructuras del proyecto (parque eólico, subestación eléctrica y línea de evacuación).
Durante la fase de obras, el promotor considera que los impactos son compatibles, dado que las actuaciones se ejecutarán fuera de los límites de los espacios protegidos y a una distancia suficiente para minimizar las posibles molestias derivadas de la actividad constructiva. En consecuencia, no se prevén alteraciones significativas sobre los hábitats ni sobre las especies clave que constituyen los valores de conservación de dichos espacios.
En la fase de explotación, el promotor estima que las afecciones a los espacios protegidos estarán principalmente relacionadas con los impactos sobre la avifauna asociada a estos entornos, derivados del riesgo de colisión con aerogeneradores, del efecto barrera, y de la fragmentación y alteración del hábitat. De acuerdo con las conclusiones del informe de avifauna, y atendiendo a la localización de los espacios protegidos y a las posibles interconexiones entre ellos, se determina que el impacto global sobre las aves es moderado.
Frente a los impactos identificados, enfocados a los valores por los cuales las citadas figuras de protección se formulan, el promotor se reitera en las medidas preventivas y correctoras planteadas frente a los impactos en fauna y vegetación. Asimismo, durante la fase de obras, añade medidas relacionadas con el jalonamiento y señalización de zonas protegidas o especialmente sensibles en caso de proximidad de alguno de los elementos que conforman el proyecto, así como para los desbroces a ejecutar sobre los potenciales hábitats de especies de fauna para evitar afecciones no deseadas.
El INAGA, en cuanto a la Red Natura 2000, expone inicialmente que se deberá asegurar la compatibilidad del proyecto con los planes básicos de gestión y conservación de los espacios de la Red Natura 2000. Señala que se deberá asegurar la compatibilidad del proyecto con los muladares próximos y, en su caso, diseñar medidas preventivas y correctoras para asegurar que no se producen incidencias significativas.
Además, dado el elevado número de proyectos previstos o en funcionamiento en toda la comarca de Campo de Borja, podría comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna, muchas de ellas incluidas en las categorías más altas de protección de los Catálogos Aragonés y Español de Especies Amenazadas, destacando sisón, gangas, alondra ricotí, milano real y cernícalo primilla, muchas de ellas incluidas en los objetivos de protección de espacios de la Red Natura 2000 próximos al proyecto, por lo que habrá que asegurar la compatibilidad del proyecto con los planes básicos de gestión y conservación de los espacios de la Red Natura 2000 aprobados por el Decreto 13/2021, de 25 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se declaran las Zonas de Especial Conservación en Aragón, y se aprueban los planes básicos de gestión y conservación de las Zonas de Especial Conservación y de las Zonas de Especial Protección para las Aves de la Red Natura 2000 en Aragón.
El promotor, en su respuesta, indica que, en relación con la potencial afección a especies sensibles como el quebrantahuesos y el águila perdicera, el estudio de avifauna incluido en el EsIA no prevé ninguna afección directa sobre estas especies, dado que no se han registrado avistamientos durante el seguimiento realizado. La presencia de estas especies en la zona de emplazamiento se considera, en todo caso, ocasional y esporádica, por lo que no se prevé que pueda afectar a la aplicación de los planes de acción de las especies mencionadas. En el caso del cernícalo primilla, el promotor señala que no se ha detectado la especie en el emplazamiento y que la traza seleccionada para la línea eléctrica transcurre a la mayor distancia posible de los primillares activos de la zona.
El INAGA, en su segundo informe tras las modificaciones presentadas por el promotor, reitera la existencia de afecciones directas sobre la fauna, que podrían comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna, muchas de ellas incluidas en las categorías más altas de protección de los Catálogos Aragonés y Español de Especies Amenazadas, destacando el sisón, las gangas, la alondra ricotí, el milano real y el cernícalo primilla, muchas de ellas incluidas en los objetivos de protección de espacios de la Red Natura 2000 próximos al proyecto, por lo que será necesario asegurar la compatibilidad del proyecto con los planes básicos de gestión y conservación de dichos espacios.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO señala que el proyecto podría suponer afecciones a los espacios de la Red Natura 2000 debido al potencial perjuicio a sus objetivos de gestión y conservación, haciendo referencia a la fauna principalmente. A pesar de las modificaciones presentadas por el promotor, continúan existiendo impactos potenciales sobre elementos de interés de los espacios de la Red Natura 2000 próximos al proyecto, concretamente sobre la ZEPA «Sierra de Moncayo-Los Fayos-Sierra de Armas», la ZEC «Moncayo» y la ZEPA «Sierra de Moncayo».
b3. Efectos sinérgicos y acumulativos.
Atendiendo a la información del «Estudio de efectos sinérgicos y acumulativos» del EsIA, se identifica la existencia, en un radio de 15 km alrededor del PE Florín, de un total de 35 parques eólicos en funcionamiento, 3 parques eólicos autorizados y 9 parques eólicos admitidos a trámite, según los datos disponibles en el Servicio de Información Territorial de Aragón (SITAR). Con base en dicha información, el promotor estima que el número de aerogeneradores instalados a la fecha de firma del EsIA asciende a 424, y que existen 293 aerogeneradores adicionales admitidos a trámite. Asimismo, se incluyen 14 parques eólicos tramitados por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
En relación con otras infraestructuras de generación renovable diferentes a la tipología del proyecto objeto de evaluación, se identifican dentro del mismo radio de estudio un total de 15 plantas solares fotovoltaicas admitidas a trámite, así como 65 líneas de alta tensión ya construidas, destinadas al suministro eléctrico de municipios, explotaciones agrícolas y sistemas de regadío del entorno.
El promotor aporta un nuevo «Estudio de efectos sinérgicos y acumulativos en el que se actualizan los datos conforme a la información disponible en el geoportal de la Infraestructura del Conocimiento Espacial de Aragón (ICEARAGÓN) y en el portal de la Delegación del Gobierno en Aragón, relativo a los proyectos tramitados por el MITECO. En este nuevo estudio se identifican, dentro del mismo radio de 15 km, un total de 49 parques eólicos en funcionamiento, 3 parques eólicos autorizados y 10 parques eólicos admitidos a trámite. De este modo, se estima la existencia de 657 aerogeneradores instalados, 16 aerogeneradores autorizados y 38 aerogeneradores admitidos a trámite, a los que habría que añadir los 12 aerogeneradores correspondientes al presente proyecto. Asimismo, se indica la presencia, en el citado ámbito, de 5 parques eólicos tramitados por el MITECO.
Respecto a instalaciones solares fotovoltaicas, se identifican 3 plantas en funcionamiento, 29 proyectos autorizados y 24 admitidos a tramitación por el Gobierno de Aragón, así como 4 plantas solares fotovoltaicas adicionales tramitadas por el MITECO.
Por último, se constata la existencia de un total de 44 líneas aéreas de evacuación construidas en el ámbito de estudio, así como un total de 11 líneas proyectadas.
El promotor, en su evaluación de los efectos sinérgicos y acumulativos, analiza las afecciones sobre la vegetación. Así, señala que la eliminación de la cubierta vegetal generará un efecto sinérgico apreciable dado que, a la suma de las superficies afectadas por cada infraestructura, debe añadirse la pérdida de capacidad de recuperación del conjunto del territorio como consecuencia de la desaparición de vegetación capaz de regenerarse de forma natural. No obstante, destaca que la afección principal se producirá sobre terrenos de cultivo. Por este motivo y considerando la elevada concentración de infraestructuras existentes y previstas en el área de estudio y su afección mayoritaria sobre suelos agrícolas, el promotor valora el impacto global como «moderado», con una contribución baja atribuible al PE Florín.
En relación con los hábitats de interés comunitario (HIC), el promotor considera que el efecto sinérgico y acumulativo derivado del conjunto de proyectos presentes en la zona es moderado, destacando la afección al HIC 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea», seguido de los HIC 1520 «Vegetación gipsícola ibérica (Gypsophiletalia)» y 5210 «Matorral arborescente con Juniperus spp.».
En cuanto a la fauna, el promotor analiza los efectos acumulativos y sinérgicos derivados del conjunto de los parques eólicos presentes en el ámbito de estudio. Identifica afecciones sobre áreas críticas de especies sensibles, la pérdida de hábitat, la fragmentación del territorio, el efecto barrera y la mortalidad por colisión.
Respecto a las áreas críticas, se señala la afección a la potencial área crítica de aves esteparias, con una superficie de 1.666,46 ha (equivalente al 8,26 % del total de la superficie de dicha área crítica en el ámbito de estudio) y al área crítica del cernícalo primilla, con una superficie de 1.501,31 ha (el 7,48 % del total). Si bien el promotor considera que estas áreas no resultarán afectadas durante la fase de explotación debido al soterramiento de la línea de evacuación, pero podrían verse sometidas a molestias temporales durante la fase de obras.
Para la evaluación del efecto barrera, el promotor calcula las superficies de barrido de todos los aerogeneradores, así como las superficies asociadas a las líneas eléctricas existentes, proyectadas y las propias del proyecto objeto de estudio. Según el estudio, la superficie de barrido de los aerogeneradores existentes y/o proyectados asciende a 793,17 ha, y la de las líneas de evacuación aéreas a 325,28 ha. En el caso del PE Florín, la superficie de barrido estimada es de 27,14 ha, y la de su línea de evacuación aérea de 11,94 ha, lo que representa una contribución del 3,38 % al efecto barrera total.
El promotor concluye que el efecto sinérgico y acumulativo del conjunto de proyectos existentes y previstos genera un efecto barrera «severo» sobre la avifauna, debido al elevado número de aerogeneradores y líneas eléctricas en el ámbito de estudio, cuyo incremento podría provocar impactos negativos adicionales sobre las especies que utilizan la zona. La contribución específica del PE Florín a dicho efecto se valora como «media».
Considerando lo anterior, y atendiendo a los resultados del estudio de avifauna y quirópteros del EsIA, el promotor califica el efecto sinérgico y acumulativo global del conjunto de proyectos existentes y proyectados sobre el riesgo de colisión de avifauna y quirópteros como «severo», dada la elevada densidad de aerogeneradores y líneas eléctricas en el entorno.
Finalmente, el promotor señala que el proyecto no afecta directamente a espacios de la Red Natura 2000, si bien el espacio protegido perteneciente a Red Natura 2000, el LIC/ZEC ES2430086 Monte Alto y Siete Cabezos, se verá afectado directamente por los proyectos existentes y/o proyectados y por los aerogeneradores en funcionamiento de los parques eólicos Atalaya, Campo de Magallón, Magallón 26, San Juan de Bargas y Santo Cristo de Magallón. Asimismo, señala afecciones indirectas sobre los valores objeto de conservación de las ZEPAs presentes en el ámbito de estudio, valorando el efecto sinérgico y acumulativo del conjunto de proyectos sobre estos espacios como «moderado».
El INAGA, en su informe inicial, considera que la ejecución del proyecto, junto con la reciente construcción de otros proyectos de aprovechamiento de energías renovables o la próxima ejecución de otros proyectos que se pretenden instalar en el entorno en un corto espacio de tiempo, supondrá la concentración de los impactos sobre el suelo, vegetación, fauna y avifauna, zonas ambientalmente sensibles, paisaje, infraestructuras, etc., lo que dificultaría, de forma importante, la posible corrección de los impactos más significativos en caso de producirse. Además, señala que la concentración de los proyectos en la zona de estudio, supondrá una fragmentación muy importante del territorio y reducción del hábitat natural disponible lo que podría comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna, muchas de ellas incluidas en las categorías más altas de protección.
El promotor, en su respuesta, propone una serie de medidas preventivas en aquellas zonas de mayor conflicto, aumentando la instalación de sistemas de detección y parada. Sin embargo, las medidas propuestas por el promotor son de carácter individual, sin contemplar el resto de proyectos en el ámbito de estudio.
El INAGA, en su segundo informe, tras analizar las modificaciones presentadas por el promotor, reitera las conclusiones de su primer informe y advierte que la ejecución del proyecto, junto con la reciente construcción de otros proyectos de aprovechamiento de energías renovables en el entorno, supondrá una concentración de impactos sobre el suelo, vegetación, fauna y avifauna, zonas ambientalmente sensibles, paisaje, infraestructuras, etc., lo que dificultaría, de forma importante, la corrección de los impactos más significativos en caso de producirse.
Por otra parte, como señala en el primer informe, indica que el trazado de la línea de evacuación en disposición aérea, que discurre entre varios aerogeneradores del PE Florín y próxima a otros parques eólicos existentes, podrá provocar alteraciones en los vuelos de algunas especies, principalmente rapaces y especialmente cernícalo primilla, los cuales podrían modificar las actuales rutas de vuelo y altura, aspecto que podría incrementar las potenciales afecciones de algunas especies por colisión con los aerogeneradores de los parques eólicos existentes.
El INAGA señala que se deberá asegurar que la capacidad de carga del territorio es suficiente para asegurar la compatibilidad del desarrollo de los proyectos con la disponibilidad de hábitat, tanto ligado a especies de rapaces y carroñeras, como a otras de carácter estepario, forestal o migratorio, para asegurar la supervivencia de las especies que de ellos dependen, además de asegurar la conectividad entre las poblaciones afectada.
Finalmente, el INAGA concluye que la ejecución del proyecto, junto con la concentración de varios proyectos en el espacio supondrá una fragmentación muy importante del territorio y reducción del hábitat natural disponible, dado el elevado número de proyectos previstos o en funcionamiento en toda la comarca de Campo de Borja, lo que podría comprometer la viabilidad de numerosas especies y poblaciones de avifauna, muchas de ellas incluidas en las categorías más altas de protección de los Catálogos Aragonés y Español de Especies Amenazadas, destacando sisón, gangas, alondra ricotí, milano real y cernícalo primilla, muchas de ellas incluidas en los objetivos de protección de espacios de la Red Natura 2000 próximos al proyecto.
La Dirección General de Medio Natural, Caza y Pesca del Gobierno de Aragón informa de la alta concentración de proyectos de energías renovables en el ámbito territorial afectado, destacando que la principal afección deriva del efecto sinérgico con el resto de parques existentes y previstos. Asimismo, indica que, si bien la evaluación de los efectos por sinergias resulta compleja, es previsible la existencia de un cierto efecto barrera sobre el desplazamiento de grandes aves en dirección noroeste-sureste, condicionado por la presencia del macizo del Moncayo.
El Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA), en su informe, señala que el incremento de proyectos de generación de energía eléctrica a partir de fuentes renovables puede suponer una disminución irreversible en las poblaciones animales de difícil cuantificación. El promotor, en su respuesta, considera que en el estudio anual de avifauna se contemplan dichas afecciones en su análisis.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO considera que, tras las modificaciones presentadas por el promotor, los impactos acumulativos y sinérgicos continúan siendo apreciables. En este sentido, señala que no puede descartarse que el incremento en el número de aerogeneradores y tendidos eléctricos afecte a la viabilidad de las poblaciones de las especies más vulnerables identificadas en el ámbito de estudio.
El organismo indica que en el EsIA se presenta un análisis de impactos sinérgicos y acumulados donde el promotor señala lo siguiente: «Teniendo en cuenta toda la información disponible, se valora el efecto sinérgico y acumulativo del conjunto de todos los proyectos tanto existentes como proyectados por el riesgo de colisión para la avifauna y quirópteros como severo, debido al elevado número de aerogeneradores y líneas eléctricas existentes y proyectadas en el ámbito de estudio».
El organismo concluye que teniendo en cuenta que este es uno de los aspectos de mayor importancia para valorar la afección de la instalación de proyectos a la biodiversidad, cabe plantearse la viabilidad de este proyecto, sabiendo que la contribución de este proyecto a los impactos negativos sobre la fauna puede considerarse, según el promotor, medio, cuando la situación actual de todos los proyectos tanto existentes como proyectados por el riesgo de colisión para la avifauna y quirópteros produce un impacto calificado como severo por el promotor.
SEO/BirdLife en su informe alega que en el «Estudio de efectos sinérgicos y acumulativos» del EsIA, la metodología empleada para evaluar los efectos acumulativos y sinérgicos no es adecuada, habiéndose realizado únicamente una descripción de infraestructuras y una asignación de valoraciones subjetivas sin escala alguna. El promotor responde que, en el citado anexo V se lleva a cabo una correcta evaluación de las instalaciones presentes y sus correspondientes afecciones sinérgicas y acumulativas sobre los diferentes valores ambientales, cumpliendo con los criterios de la Ley 21/2013 de evaluación ambiental.
La Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos y ANSAR, presentan alegaciones de idéntico contenido, donde señalan que el emplazamiento de los parques eólicos proyectados próximos al espacio natural protegido «Parque del Moncayo», se ubican en zonas que representan importantes corredores naturales y en una zona que, por la propia elevación de terreno y los paisajes cercanos, suponen un importante impacto paisajístico. Por tanto, la construcción del PE Florín y su infraestructura asociada, supondría un impacto especialmente grave sobre la calidad ecológica y paisajística, debido a la saturación del entorno. Asimismo, señalan que en la comarca Campo de Borja han sido más de 2.000 los cadáveres recogidos por causa de colisión con aerogeneradores, entre 2021 y 2023, de ellos más de 600 son aves rapaces, lo que supondrá la desaparición a corto plazo de muchas especies, al superar la tasa de mortalidad a las poblaciones nidificantes y ejerce un efecto sumidero para las poblaciones invernantes, migratorias o en dispersión desde zonas próximas.
El promotor, en su respuesta, considera que los datos de mortalidad aportados por los alegantes corresponden a parques eólicos que se localizan en entornos distintos del que nos ocupa, con características, tanto técnicas como ambientales, diferentes al PE Florín, por lo que no puede asociarse la mortalidad de éstos a una hipotética mortalidad del PE Florín.
c. Valoración del órgano ambiental:
Los impactos identificados derivan principalmente de la ubicación seleccionada para la implantación del proyecto, situada en un área que presenta una alta densidad de proyectos de similar tipología y un notable valor ambiental, con presencia de numerosas especies catalogadas a nivel autonómico y estatal, así como una alta diversidad de hábitats y espacios protegidos, tanto de la Red Natura 2000, como de carácter local y estatal, en su entorno próximo.
Tras el análisis de la documentación obrante en el expediente, se constata la elevada mortalidad de especies de aves y quirópteros por causa de colisiones con las aspas de aerogeneradores, así como por las infraestructuras de las líneas de evacuación en el ámbito de estudio. Destaca, en este sentido, la especial vulnerabilidad de especies catalogadas «en peligro de extinción» y «vulnerables», tanto en los catálogos nacional como autonómico, entre las que se incluyen el alimoche común, el milano real y diversas especies de grandes águilas. Estas especies, de larga vida y baja tasa reproductiva, presentan una alta sensibilidad a la mortalidad no natural, incluso a niveles reducidos, lo que agrava el riesgo que supone el PE Florín para su conservación.
Resulta igualmente relevante el riesgo de mortalidad para especies como el quebrantahuesos y el águila perdicera, ya que el proyecto se ubica próximo a la sierra de Moncayo, área incluida en los planes de recuperación de ambas especies. Asimismo, se registra actividad en la zona de emplazamiento del PE Florín de dichas especies mediante el rastreo de individuos radiomarcados, coincidiendo el ámbito de estudio con las zonas de campeo para estas especies. Dado el precario estado de conservación actual, su categoría de protección y su alta mortalidad por infraestructuras humanas, el proyecto constituye una amenaza para la población de estas especies.
Las parejas reproductoras del alimoche, quebrantahuesos o águila perdicera, así como del resto de especies con nidos cercanos (águila real, buitre leonado, etc.), podrían ver dificultadas sus tareas de cría o sufrir bajas a causa de los elementos del proyecto. Además, los nuevos juveniles se verían expuestos a un importante riesgo de colisión.
Asimismo, debe destacarse la afección potencial sobre las poblaciones de buitre leonado, cuyas poblaciones están sufriendo descensos asociados a la mortalidad por colisión con infraestructuras eólicas. Esta tendencia se refleja en los informes de seguimiento ambiental de proyectos próximos y en los datos del Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de Aragón, que documentan una elevada tasa de ingresos por colisiones en la zona.
Las poblaciones de quirópteros, igualmente sensibles a este tipo de instalaciones, se verían afectadas por la pérdida de áreas de alimentación y el riesgo de colisión, habiéndose identificado especies que hacen uso intensivo del área de proyecto y que cuentan con refugios potenciales dentro del ámbito de estudio. Por otro lado, el proyecto podría interferir con los movimientos migratorios nocturnos de paseriformes, incrementando el riesgo de colisión.
Asimismo, la línea de evacuación asociada presenta un riesgo ambiental significativo. Su trazado discurre en las proximidades de espacios protegidos Red Natura 2000, planes de recuperación de especies, zonas de avistamiento y nidificación de especies protegidas, y hábitats favorables para la avifauna, incluyendo masas de agua como las lagunas de Plantados y de Agón, o el embalse de La Loteta, hacen que la línea de evacuación, pese a las modificaciones planteadas por el promotor, sea una amenaza directa sobre las poblaciones locales, especialmente para las poblaciones de avifauna. Así, al ubicarse próximo a estos espacios, interrumpiendo el tránsito entre ellos y otras áreas de interés, como es el caso de la sierra Moncayo, repercutiría negativamente en la supervivencia y reproducción de estas especies de aves, y compromete la viabilidad de sus poblaciones en el tiempo. Esto es especialmente relevante en el caso del cernícalo primilla, ya que el trazado aéreo de la línea discurre muy próximo a su área crítica, delimitada por el Gobierno de Aragón, pudiendo aumentar la mortalidad de la especie por colisión. Además, supondría una afección directa sobre las aves esteparias de la zona, entre otras especies, por causa de fragmentación del hábitat y efecto barrera, impidiendo la conectividad de los diferentes espacios anteriormente citados.
Cabe señalar que el procedimiento de evaluación ambiental ha tenido en cuenta la información procedente de los informes de seguimiento ambiental de proyectos eólicos próximos al PE Florín, en los que se constata una alta tasa de mortalidad de especies protegidas, incluyendo el cernícalo primilla, el águila perdicera, el alimoche común, el milano real y el buitre leonado, entre otras. Esta información es coherente con los datos anuales del Centro de Recuperación de Fauna Silvestre de Aragón y con las alegaciones presentadas durante el trámite de información pública por asociaciones locales, que advertían de la problemática asociada a la concentración de proyectos eólicos en el entorno.
Aunque no exista una afección directa a espacios protegidos y a espacios Red Natura 2000, el proyecto objeto de estudio se ubica próximo a varios espacios ZEC y ZEPA que, existiendo una potencial afección directa sobre las especies clave que motivaron la declaración de dichos espacios, y recogiendo las afecciones potenciales sobre la fauna identificadas en los apartados previos, se considera que la implantación del PE Florín y sus infraestructuras de evacuación genera una potencial afección indirecta severa sobre los citados espacios protegidos.
Finalmente, estos efectos desfavorables se verían significativamente agravados por la magnitud del despliegue de proyectos de energías renovables en Aragón, que está generando efectos sinérgicos y acumulativos de gran alcance sobre las poblaciones de fauna, los hábitats y el paisaje, poniendo en riesgo la conservación y el funcionamiento de los ecosistemas de la Comunidad Autónoma.
Del análisis derivado de la documentación presentada en el EsIA, de la documentación complementaria aportada por el promotor y de lo informado por los órganos con competencia en la gestión y protección del medioambiente, ecosistemas y biodiversidad, se concluye que el proyecto, tanto en su configuración inicial como en su configuración final tras las modificaciones introducidas por el promotor, produciría impactos ambientales negativos y significativos sobre las poblaciones de fauna, los espacios protegidos de la Red Natura 2000 y el paisaje. Estos impactos se verían, además, intensificados por los efectos sinérgicos y acumulativos derivados de la elevada concentración de proyectos eólicos en el ámbito territorial afectado.
Fundamentos de Derecho
El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el grupo 3 epígrafe i del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.
Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.
En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable a la realización del proyecto «Planta eólica «Florín», de 105,4 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Zaragoza» al haberse identificado la posibilidad de que genere impactos negativos significativos sobre el medio ambiente para los que las medidas propuestas no presentan garantía suficiente de su adecuada prevención, corrección o compensación.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.
Madrid, 24 de noviembre de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.
| Consultados* | Contestación |
|---|---|
| Confederación Hidrográfica del Ebro. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. | Sí |
| Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente. Gobierno de Aragón. | Sí |
| Dirección General de Patrimonio Cultural. Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Gobierno de Aragón. | Sí |
| Dirección General de Salud Pública. Departamento de Sanidad. Gobierno de Aragón. | Sí |
| Dirección General de Interior y Emergencias. Departamento de Presidencia, Interior y Cultura. Gobierno de Aragón. | Sí |
| Dirección General de Energía y Minas. Gobierno de Aragón. | No |
| Consejo de Ordenación del Territorio en Aragón (COTA). Departamento de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia. Gobierno de Aragón. | Sí |
| Dirección General de Desarrollo Territorial. Departamento de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia. Gobierno de Aragón. | Sí |
| Dirección General de Carreteras e Infraestructuras. Departamento de Fomento, Vivienda, Movilidad y Logística. Gobierno de Aragón. | No |
| Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. | Sí |
| Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) Servidumbres aeronáuticas | Sí |
| Asociación Española para la Conservación y Estudio de los Murciélagos (SECEMU). | No |
| Endesa Energía, SAU. | No |
| Red Eléctrica de España. | Sí |
| Consejo Provincial de Urbanismo de Zaragoza. Gobierno de Aragón. | Sí |
| Diputación Provincial de Zaragoza. Vías y Obras. | No |
| Aragonesa de Servicios Telemáticos (AST). | No |
| Ayuntamiento de Ambel. | No |
| Ayuntamiento de Borja. | No |
| Ayuntamiento de Bulbuente. | No |
| Ayuntamiento de Ainzón. | Sí |
| Ayuntamiento de Bureta. | Sí |
| Ayuntamiento de Alberite de San Juan. | Sí |
| Ayuntamiento de Magallón. | Sí |
| Ayuntamiento de Agón. | No |
| Ayuntamiento de Bisimbre. | No |
| Comarca Campo de Borja. | No |
| Comunidad de Regantes de Bisimbre y Agón. | No |
| Sindicato de Riegos de Magallón. | No |
| Energía Inagotable de Sirio, SL. – Peol-750 AC. | Sí |
| Energía Inagotable de Sabik, SL. – Peol-750 AC. | Sí |
| Energía Inagotable de Sakura, SL. – Peol-750 AC. | No |
|
* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la original debido a cambios realizados por ellos mismos. |
|
Alegaciones recibidas en el trámite de información pública:
Grupo Cellnex Telecom, SA (Retevisión).
Enel Green Power España, SL.
Amigos de la Tierra de Aragón.
Agrupación Parlamentaria IU Aragón.
Energías Renovables de Parca, SL.
Habidite Energy, SL.
Ecologistas en Acción Aragón.
Asociación Naturalista de Aragón (ANSAR).
Fundación para la Conservación del Quebrantahuesos.
Sociedad Española de Ornitología (SEO/BirdLife).
Ocho alegaciones de particulares.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid