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De acuerdo con lo que disponen el 6.º Convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas catalanas; la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de Universidades de Cataluña; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, y el Decreto 246/2003, de 8 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad de Barcelona.
De conformidad con la oferta de empleo público del personal técnico, de gestión y de administración y servicios de la Universidad de Barcelona de los años 2022 (DOGC núm. 8817, de 21 de diciembre de 2022), 2023 (DOGC núm. 9036, de 8 de noviembre de 2023) y 2024 (DOGC núm. 9317, de 24 de diciembre de 2024), constan aprobadas por los órganos competentes, y con todos sus requisitos, un total de veinticinco (25) plazas de Auxiliar de Servicios (personal laboral del grupo IV) para ser convocadas en turno de nuevo ingreso.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente, y en especial por el artículo 73 del Estatuto de la Universidad de Barcelona, resuelvo:
Convocar el proceso selectivo, en turno de nuevo ingreso, para cubrir veinticinco (25) plazas de Auxiliar de Servicios (personal técnico, de gestión y administración y servicios laboral del grupo IV) de la Universidad de Barcelona (código OF3/2025/1) en régimen de contrato laboral fijo. Las bases por las que se rige esta convocatoria, el perfil de las plazas y el temario del proceso selectivo se encuentran publicados en la sede electrónica de la Universidad de Barcelona (seu.ub.edu).
Establecer el periodo de presentación de solicitudes de participación, que será del 7 de enero al 3 de febrero de 2026, ambos incluidos.
Declarar inhábil todo el mes de agosto a los efectos de esta convocatoria y de la tramitación de los recursos en vía administrativa, sin perjuicio de que también sean inhábiles los periodos de cierre de la Universidad que constan en seu.ub.edu/calendariPublic/show.
Publicar esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, independientemente de su inmediata ejecutividad, las personas interesadas podrán interponer una demanda ante el juzgado de lo social competente, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social y con el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Igualmente, las personas interesadas legítimas podrán interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Barcelona, 19 de diciembre de 2025.–El Rector, Joan Guàrdia Olmos.
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