La Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia en el procedimiento ordinario n.º 936/2023 interpuesto por don Pedro González del Río, estimando el recurso contencioso-administrativo que presentó, y reconociéndose las pretensiones del recurrente.
En consecuencia, este Ministerio, en ejecución de la sentencia, ha resuelto lo siguiente
Rectificar la Orden JUS/285/2022, de 1 de abril (BOE de 8 de abril de 2022) que hizo pública la relación definitiva de aprobados del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Auxilio Judicial, convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero, (BOE del día 27 de enero), incluyendo, en su anexo I en el ámbito Ministerio de Justicia, sistema general, con el número 450 bis, a don Pedro González del Río, con una puntuación final de 114,30 puntos.
Incrementar en una plaza la Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (BOE del día 27), que hizo pública la convocatoria de pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial, que finalizó con la publicación de las listas definitivas de aspirantes que superaron el proceso selectivo en Orden JUS/285/2022, de 1 de abril (BOE de 8 de abril de 2022).
En el plazo de veinte días hábiles, contados a partir de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», el aspirante presentará en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes a través de la Unidad EA0041037-Procesos selectivos Administración de Justicia Oficina O00011588-Medios Personales. Procesos selectivos Justicia, los siguientes documentos:
a) Solicitud de destino, ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la oferta publicada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
b) Los aspirantes que tengan la condición legal de persona con discapacidad, con grado igual o superior al 33 % deberán presentar certificación de los órganos competentes que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad)
c) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, se hayan opuesto a que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o certificaciones académicas, puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:
− Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.
− Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas, que le capacitan para la obtención del mismo acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.
d) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.
e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los cuerpos al servicio de las Administraciones públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo I).
Si dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor no presentare la documentación o del examen de esta se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en las bases de la Orden de Convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrá ser nombrado funcionario y quedaran anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante este Departamento, en el plazo de un mes o contencioso-administrativo, ante el órgano Jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de febrero de 2025.–El Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, P.D. (Orden PJC/ 1062/2024, de 3 de octubre), la Directora General para el Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé.
D./D.ª..............................................................................................................................................
con domicilio en.............................................................................................................................
de........ años de edad, con documento nacional de identidad número........................................., declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial, que no ha sido separado del servicio de alguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución especial, ni comprendido en causa de incapacidad o incompatibilidad establecida en disposiciones legales.
En............................................,.......... de....................................... de 2025.
El/La Declarante,
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