En fecha 7 de marzo de 2025 tuvo entrada en la Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado correo electrónico remitido por la Fiscalía Provincial de Albacete, adjuntando oficio de esa misma fecha comunicando la propuesta de nombramiento, por parte de su Jefatura, de la Ilma. Sra. D.ª Belén Coy López como Fiscal Delegada en materia propia de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía Provincial de Albacete.
Tras la recepción de dicha propuesta se procedió a incoar el presente Expediente Gubernativo, al margen referenciado, por Decreto de fecha 11 de marzo de 2025.
Hechos
Para cubrir el referido puesto, el Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Albacete, procedió a la incoación del Expediente Gubernativo número 61/2024 por el que convocó la plaza de Fiscal Delegado/a Provincial de Derechos Humanos y Memoria Democrática de dicha Fiscalía Provincial, conforme a lo dispuesto en el artículo 62.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal, estableciendo el plazo para presentar las solicitudes que concluía el 15 de septiembre de 2024.
Transcurrido el plazo concedido en la referida convocatoria, no se presentó candidato alguno, por lo que el Fiscal Jefe Provincial propuso para su nombramiento, a la Ilma. Sra. doña Belén Coy López al estimar su idoneidad para el cargo en atención a su profesionalidad en las diversas materias en las que ha desarrollado su labor.
Dado traslado de la propuesta a la Excma. Sra. Fiscal de Sala de la Unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática de la Fiscalía General del Estado, con fecha 12 de marzo de 2025 remitió informe favorable al nombramiento de la Ilma. Sra. doña Belén Coy López como Delgada de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía Provincial de Albacete.
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegada/o especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe/a respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado/a (artículo 62.2).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre las/os Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe/a habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todas/os los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (artículo 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Igualmente, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Albacete está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la Fiscal propuesta en fecha 7 de marzo de 2025, dictado en el Expediente Gubernativo número 61/2024, incoado al efecto.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a la Ilma. Sra. Doña Belén Coy López como Delegada de Derechos Humanos y Memoria Democrática en la Fiscalía Provincial de Albacete.
2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Fiscal Jefa Inspectora, a la Excma. Sra. Fiscal de Sala de la Unidad de Derechos Humanos y Memoria Democrática, al Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y al Ilmo. Sr. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Albacete que trasladará copia del presente decreto a la Fiscal nombrada, poniéndolo en conocimiento de toda/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el presente nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 27 de marzo de 2025.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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