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El 25 de marzo de 2026, el Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba remitió a la Inspección Fiscal propuesta sobre nombramiento de la fiscal, Ilma. Sra. Doña Carmen Romero Urrutia, como Fiscal Delegada de Delitos Económicos en dicha Fiscalía.
En la Fiscalía Provincial citada no existía nombramiento del cargo de Fiscal Delegado/a de Delitos Económicos efectuado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, conforme al Reglamento del Ministerio Fiscal de 2022. Para proceder a su cobertura, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. Se presentó una única petición para su desempeño, la de doña Carmen Romero Urrutia. El 23 de marzo de 2026, el Fiscal Jefe formuló propuesta de designación en favor de doña Carmen, por su anterior dedicación a la función y conocimiento de la materia.
Mediante informe de fecha 15 de abril de 2026 el Fiscal de Sala de la Unidad Especializada de Delitos Económicos de la Fiscalía General del Estado, no formuló objeción a su designación, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (artículo 3.4 Real Decreto 437/1983).
Fundamentos de Derecho
El Reglamento del Ministerio Fiscal aprobado por Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, establece que los fiscales delegados, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (artículo 62.2).
La misma norma prevé a los efectos referidos, que el Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla, y que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida en la Inspección Fiscal, se dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.
Finalmente se dispone que el nombramiento y cese de los Fiscales Delegados Especialistas, se publicará, a instancia de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 62.3).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Córdoba está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata que es la única peticionaria.
En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a la Ilma. Sra. Doña Carmen Romero Urrutia, Fiscal Delegada de Delitos Económicos en la Fiscalía Provincial de Córdoba.
2. Publicar el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».
3. Poner de manifiesto que contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 28 de abril de 2026.–La Fiscal General del Estado, Teresa Peramato Martín.
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