Hechos
En fecha 8 de abril de 2026 la Ilma. señora Fiscal doña Rosa María Álvarez García presentó su renuncia a la Delegación de Cooperación Internacional de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, siendo ello puesto en conocimiento de esta Inspección Fiscal de la Fiscalía General del Estado por oficio de fecha 15 de abril de 2026 firmado por el Excmo. señor Fiscal Superior de dicha Fiscalía.
El Excmo. señor Fiscal de Sala de Cooperación Internacional por oficio de fecha 29 de abril de 2026 no formuló objeción a su renuncia, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal [artículo 3.d) RD 437/1983, de 9 de febrero].
Fundamentos de Derecho
El Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, regula en su art. 62.2 y 3 el nombramiento y el cese de los fiscales delegados especialistas:
«2. Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (…).
3. El nombramiento y cese de los Fiscales Delegados de las Fiscalías Especiales y de los Fiscales Delegados Especialistas, se publicará, a instancia de la persona titular de la Fiscalía General del Estado, en el “Boletín Oficial del Estado”.»
El nombramiento de Delegado/a de la especialidad no está sujeto a límite temporal, pero será renunciable por razones justificadas que expondrá por escrito el interesado, requiriendo la aprobación del Fiscal General del Estado, cometido que podrá ser delegado en el respectivo Fiscal de Sala Coordinador. El escrito de renuncia, que se remitirá por conducto del Fiscal Jefe, se dirigirá para su tramitación ante la Fiscalía General del Estado al respectivo Fiscal de Sala, que en su caso podrá formular las apreciaciones que estime pertinentes. El Delegado/a que presente la renuncia continuará desempeñando sus funciones hasta tanto no sea aprobada por el Fiscal General del Estado.
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos, estando el escrito de renuncia suficientemente motivado.
En consecuencia, vista la renuncia efectuada, de conformidad con las previsiones del Reglamento del Ministerio Fiscal, acuerdo:
1. Aceptar la renuncia de la Ilma. señora doña Rosa María Álvarez García a la Delegación de Cooperación Internacional de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias.
2. Notificar lo acordado a la Excma. señora Fiscal Jefa Inspectora, a la Excma. señora Fiscal de Sala de Cooperación Internacional de la Fiscalía General del Estado, al Excmo. señor Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, el cual lo pondrá en conocimiento de todos los fiscales de la plantilla.
3. Publicar el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).
Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Fiscalía General del Estado (C/ Fortuny, 4, Madrid 28010) en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, en los términos establecidos en el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en los artículos 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 8 de mayo de 2026.–La Fiscal General del Estado, Teresa Peramato Martín.
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