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Documento BOE-A-2026-12067

Resolución de 27 de mayo de 2026, de la Subsecretaría, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos de procesos selectivos correspondientes a la oferta de empleo público 2025.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 5 de junio de 2026, páginas 76450 a 76450 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Referencia:
BOE-A-2026-12067

TEXTO ORIGINAL

El desarrollo de los procesos selectivos convocados por este Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2025, exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto,

Esta Subsecretaría resuelve declarar inhábil dicho mes a efectos del cómputo de plazos en las convocatorias de pruebas selectivas correspondientes a la oferta de empleo público de 2025, convocadas por el Departamento.

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 27 de mayo de 2026.–La Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa, Aida Fernández González.

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