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Documento BOE-A-2026-12576

Resolución de 3 de junio de 2026, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 10 de junio de 2026, páginas 80045 a 80056 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2026-12576

TEXTO ORIGINAL

En ejecución de las Ofertas de Empleo Público del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Universidad de Almería correspondientes a los años 2024 y 2026, publicadas, respectivamente, en el BOJA número 127, de 2 de julio de 2024, y en el BOJA número 32, de 17 de febrero de 2026, y su corrección de errores en el BOJA número 57, de 24 de marzo de 2026, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 225/2018, de 18 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería,

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 50 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, en base al artículo 132 del Decreto 225/2018, de 18 de diciembre antes citado y con el fin de atender las necesidades de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios en la Universidad de Almería y contando con la preceptiva autorización de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía mediante Orden de 31 de julio de 2024 y Orden de 25 de marzo de 2026, del Consejero de Universidad, Investigación e Innovación, por la que se autoriza a la Universidad de Almería para la convocatoria de plazas de Personal Técnico de Gestión y de Administración y Servicios en ejecución de las Ofertas de Empleo Público de 2024 y 2026 respectivamente, resuelve convocar proceso selectivo para proveer plazas de personal funcionario en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de concurso-oposición libre, seis plazas de funcionario de carrera en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería (Subgrupo A2). Las citadas plazas podrán tener jornada de trabajo en turno de mañana o en turno de tarde.

1.2 A la presente convocatoria no le será de aplicación la reserva de plazas para el acceso a las personas con discapacidad a la que se refiere el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el artículo 28.1 de la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, al haberse establecido dicha reserva en las ofertas de empleo correspondientes a otras Escalas de esta Universidad.

1.3 A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Almería, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.4 El procedimiento de selección será el de concurso-oposición, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican como anexo I de esta convocatoria.

1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas de la fase de oposición es el que se acompaña como anexo II a esta convocatoria.

1.6 La fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, que no se iniciará antes del día 1 de septiembre de 2026, se fijará en la Resolución del Rectorado en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas.

1.7 A todos los plazos contemplados en la presente resolución les será de aplicación lo previsto en la vigente Resolución de 2 de diciembre de 2025, de la Universidad de Almería, sobre declaración de periodos inhábiles del año 2026 a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos señalados en la misma en el ámbito de la universidad.

1.8 De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los actos integrantes de la presente convocatoria que requieran publicación se publicarán en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería o, según corresponda, en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», sustituyendo estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos efectos, atendiendo, en todo caso, a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería y rigiéndose por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá este derecho a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

f) Estar en posesión del título de Ingeniero en Informática, Ingeniero Técnico en Informática, Grado Equivalente y cualquier otra titulación que acredite haber adquirido el nivel de conocimientos y competencias exigido para el desempeño del puesto en el área funcional de «Gestión de Sistemas e Informática», tal como dispone la Sentencia núm. 3408 de 2025 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales siguientes al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

3.2 La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Almería en la siguiente dirección:

https://www.ual.es/administracionelectronica/procedimientos/procedimiento/PER0103

y mediante alguno de los siguientes sistemas de identificación y firma:

a) Certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) o DNI electrónico.

b) Sistema Cl@ve (Cl@ve PIN o Cl@ve Permanente).

En la sede electrónica de la Universidad de Almería (sede.ual.es) se podrá consultar la información relativa a los requisitos técnicos para realizar el procedimiento aludido.

3.3 Para completar con éxito el proceso de solicitud los interesados deberán acceder al referido procedimiento habilitado en la Sede Electrónica y realizar, dentro del plazo estipulado, los siguientes pasos:

a) Cumplimentar el formulario electrónico, subir la documentación requerida y firmar la solicitud.

b) Abonar los derechos de examen correspondientes que ascienden a la cantidad de 45 euros. Únicamente se permitirá el pago mediante tarjeta de crédito-TPV.

No serán admitidas y, consecuentemente, quedarán excluidas del proceso selectivo, aquellas personas que no hubieran presentado su solicitud a través del procedimiento habilitado al efecto y dentro del plazo establecido. Solo se podrá presentar una solicitud por persona aspirante, por lo que, antes de realizar el pago, se deberá comprobar que todos los datos y documentos aportados son correctos.

Como señala el apartado 4 del artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido. Asimismo, si el interesado no dispone de los medios electrónicos necesarios para su identificación o firma electrónica, podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.4 Estarán exentos del pago de los derechos de examen:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100.

b) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, que añade un nuevo párrafo al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de las tasas y precios públicos los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general.

3.5 Para dar cumplimiento a lo previsto en la base 1.7 respecto a las normas de información en materia de Protección de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería, se requerirá que por parte de los aspirantes se consigne en la solicitud una cuenta de correo electrónico válida cuyo titular sea el aspirante. Dicha cuenta de correo será el medio utilizado para la realización de las preceptivas comunicaciones a los interesados relativas a la publicación de los distintos actos derivados de la presente convocatoria.

3.6 Las personas aspirantes afectadas por un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo marcando la opción prevista para tal fin en la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el apartado correspondiente de la solicitud.

3.7 Las personas interesadas podrán, en su caso, aportar nuevos documentos a su solicitud durante el plazo de presentación de solicitudes. Para ello, deberán acceder a la presentada en el procedimiento telemático y anexar la documentación adicional.

3.8 Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en el proceso selectivo, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar.

3.9 A la solicitud se deberán adjuntar, en formato pdf, los siguientes documentos:

a) Documento nacional de identidad, NIE o pasaporte. Los aspirantes extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar documento que acredite esta condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.

b) Documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas selectivas, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, ambos en un único archivo.

c) Las personas aspirantes afectadas por discapacidad deberán presentar certificado expedido al efecto por los órganos competentes de la administración estatal o, en su caso, de la comunidad autónoma correspondiente.

d) Documento acreditativo de estar incluido en el supuesto b) o c) de exención del pago de los derechos de examen previstos en el apartado 3.4 de esta convocatoria.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes y en el plazo máximo de un mes, el Rector de la Universidad de Almería dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», se indicarán los lugares en que se encuentre expuesta a los interesados la lista de admitidos/as y excluidos/as, indicándose, en este último caso, las causas de exclusión. En la citada resolución se hará pública igualmente la composición del Tribunal calificador de estas pruebas selectivas y se recogerá el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 Las personas que figuren excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la anterior resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidas en la relación de exclusiones, sino, además, que sus datos identificativos constan en la pertinente relación de personas admitidas. Las personas que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo. Contra la exclusión definitiva de las personas aspirantes podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dictó el acto, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el órgano competente.

4.3 Se procederá a la devolución de los precios públicos exigidos cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión del proceso selectivo por causa imputable a la persona aspirante, por lo que en el supuesto de exclusión por no cumplir los requisitos o no aportar los documentos exigidos en la convocatoria, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen. La devolución se efectuará una vez finalizado el proceso selectivo.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas será nombrado por el Rector de la Universidad de Almería y publicado según lo estipulado en la base 4.1 de esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Almería, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas se publicará en el tablón oficial de la sede electrónica resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4 Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente y Secretario o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión de constitución, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Almería.

5.7 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma para que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás aspirantes. En este sentido, se establecerán para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Almería, carretera de Sacramento, sin número. El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá a cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas. Dichas cuestiones podrán ser planteadas en el número de teléfono 950015126 o en el formulario disponible en la siguiente dirección web: https://www.ual.es/contacta.

5.10 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría 2.ª de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo.

5.11 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 En cualquier momento, las personas aspirantes podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2 Los aspirantes en el proceso serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos del proceso selectivo aquellos aspirantes que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.

6.3 El Rector, mediante la resolución indicada en la base 4.1 que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», fijará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio. A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos https://www.ual.es/universidad/serviciosgenerales/recursoshumanos/convocatorias y en el Tablón Oficial de la Sede Electrónica, la información relacionada con su desarrollo.

6.4 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Listas de aprobados, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios/as de carrera

7.1 Finalizado el primer ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a la exigida para su superación. Dicha resolución establecerá un plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para la presentación de alegaciones, que serán resueltas en idéntico plazo. Una vez resueltas las alegaciones, el Tribunal hará pública nueva resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes que han superado el primer ejercicio y convocando a los mismos a la celebración del segundo. Igualmente, los aspirantes que figuren en la citada relación definitiva dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la misma, para presentar la justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso o, en su defecto, solicitud expresa para que se computen los méritos que ya figuren en su expediente en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería. Los méritos no justificados en el plazo establecido al efecto no podrán ser valorados en la fase de concurso.

7.2 Finalizado el segundo ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal dictará resolución aprobando la relación provisional de aspirantes que hayan obtenido una calificación igual o superior a la exigida para su superación, así como la puntuación provisional obtenida en la fase de concurso por aquellos aspirantes que hubieran superado, al menos, el primer ejercicio. Dicha resolución establecerá un plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, para la presentación de alegaciones.

7.3 Una vez resueltas las alegaciones a las que se refiere el párrafo anterior, el Tribunal hará pública nueva resolución aprobando la relación definitiva de aspirantes que han superado el segundo ejercicio de la fase de oposición y aprobando la puntuación definitiva obtenida por los aspirantes en la fase de concurso.

7.4 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes que hayan superado las pruebas selectivas ordenados por orden de puntuación, en las que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, la puntuación obtenida en la fase de concurso, y la calificación final, obtenida ésta última según lo dispuesto en el anexo I de esta convocatoria. Al efecto de confeccionar dicha relación, el Tribunal declarará que han superado las pruebas selectivas los aspirantes que hayan obtenido las calificaciones finales más altas, sin que el número aspirantes propuestos supere el número de plazas convocadas, tal como se establece en la base 5.11 de esta resolución.

7.5 La citada relación será elevada al Rector de la Universidad con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera.

7.6 En el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes que figuren en las mismas deberán presentar en el Registro General de la Universidad o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los siguientes documentos:

a) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que imposibiliten para el servicio.

b) Fotocopia debidamente compulsada del título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

7.7 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud de participación.

7.8 Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios/as de carrera, mediante resolución que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

8. Lista de espera

8.1 Una vez finalizadas las pruebas selectivas, se elaborará una lista de espera con el fin de atender las necesidades urgentes e inaplazables que se produzcan, mediante nombramiento como funcionarios interinos. Dichos nombramientos, así como las correspondientes revocaciones, se efectuarán según lo dispuesto en el artículo 10 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

8.2 La citada lista se elaborará con los aspirantes que no hayan sido propuestos para ser nombrados funcionarios/as de carrera, ordenada de mayor a menor puntuación, teniendo en cuenta la suma de la/s puntuación de los ejercicios superados en estas pruebas selectivas, y la puntuación obtenida en virtud de los méritos descritos en el Anexo I para la fase de concurso. En ningún caso formarán parte de la lista aquellos aspirantes que no hubiesen superado ejercicio alguno. En caso de empate, se estará a la mayor puntuación obtenida según el siguiente orden:

a) Puntuación obtenida en el primer ejercicio.

b) Puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

c) Puntuación obtenida en el apartado 2.a) de la fase de concurso.

d) Sorteo.

8.3 Una vez confeccionada la lista, el Rectorado de la Universidad de Almería procederá a su aprobación y publicación. En esta misma publicación quedarán regulados todos los aspectos concernientes al uso y funcionamiento de la mencionada lista.

8.4 La lista de espera estará vigente hasta su derogación en una futura convocatoria de pruebas selectivas en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería.

9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.

9.1 De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Almería (UAL), sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, ctra. Sacramento, s/n, La Cañada de San Urbano, C.P. 04120, Almería, es la responsable del tratamiento de los datos y que el Delegado de Protección de Datos (DPO) es la Comisión de Seguridad Informática y Protección de Datos (contacto: dpo@ual.es).

9.2 La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la presente convocatoria. Asimismo, le informamos que la UAL no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la UAL, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad pública competente.

9.3 En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de Responsabilidad Proactiva, la UAL garantiza que ha adoptado las medidas, técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en atención a la naturaleza de los datos personales tratados.

9.4 En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía (https://www.ctpdandalucia.es/).

10. Norma final

La presente resolución agota la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en el artículo 122.1 de los Estatutos de la Universidad de Almería, aprobados por Decreto 225/2018, de 18 de diciembre. Contra la misma podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Almería, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.3 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante este Órgano en el plazo de un mes a partir igualmente de la publicación de esta resolución, según establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 3 de junio de 2026.–El Rector, José Joaquín Céspedes Lorente.

ANEXO I
Procedimiento de selección

El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.

1. Fase de oposición. La fase de oposición estará formada por los ejercicios que se indican a continuación:

1.1 Primer ejercicio. Eliminatorio: Consistirá en contestar un cuestionario de noventa preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura como anexo II de esta convocatoria. Se calificará de cero a veinte puntos siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de diez puntos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la superación de este ejercicio. Cada respuesta errónea se penalizará con un cuarto de respuesta correcta, de manera que, a efectos de obtener la calificación en el primer ejercicio, el número de aciertos vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula:

AN = A – (F x 0,25)

Siendo AN el número de aciertos a considerar a efectos del cómputo de la calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y F el número de errores obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos efectos.

1.2 Segundo ejercicio. Eliminatorio. El Tribunal propondrá a los aspirantes tres supuestos prácticos basados en las materias contenidas en la Segunda Parte del programa que figura como anexo II de esta convocatoria. Los aspirantes deberán desarrollar por escrito dos de los tres supuestos. El ejercicio se calificará de cero a veinte puntos, calificándose cada supuesto de cero a diez puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener un mínimo de diez puntos, y no obtener cero puntos en ninguno de los supuestos. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.

2. Fase de concurso. Fase de valoración de méritos.

Finalizada la fase de oposición tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado, al menos, el primer ejercicio de la fase de oposición.

Los méritos a valorar se referirán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos no justificados documentalmente en el plazo establecido en el apartado 7.1 de esta convocatoria no podrán ser valorados en esta fase de concurso. La puntuación máxima de esta fase será de 17 puntos.

La valoración de los méritos se realizará teniendo en cuenta los servicios prestados en la Administración Pública en relación con las Tecnologías de la Información y la Comunicación, bien como Personal Funcionario del Subgrupo A2 o superior, bien como Personal Laboral en Grupo similar. Dichos servicios se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo:

a) En Universidades Públicas: 0,016 puntos por día de servicio.

b) En otra Administración: 0,008 puntos por día de servicio.

ANEXO II
Programa

Bloque I. Normativa general y universitaria

1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Título preliminar. Disposiciones generales. Título I. De los interesados en el procedimiento.

2. Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público: Título Preliminar. Disposiciones generales. De los órganos de las Administraciones Públicas. Funcionamiento electrónico del sector público.

3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantías de los Derechos Digitales. Título I. Disposiciones generales. Título II. Principios de Protección de Datos. Título III. Derechos de las personas. Título V. Responsable y encargado del tratamiento. Título X. Garantía de los derechos digitales.

4. Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre: Título I. Objeto y ámbito de aplicación, Título II. Personal al servicio de las Administraciones Públicas: Capítulo I. Clases de personal, Título III. Derechos y deberes. Código de conducta de los empleados públicos, Título VII. Régimen disciplinario.

5. Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía: Título I. Disposiciones Generales: Principios básicos, Derechos y Obligaciones. Título II. La Publicidad Activa. Título III. El Derecho de Acceso a la Información Pública: Normas generales.

6. Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía: Título I: Disposiciones Generales. Título V: Promoción profesional. Título X: Provisión de puestos de trabajo y movilidad. Título XI: Situaciones Administrativas, Título XII: Régimen disciplinario.

7. Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Título Preliminar: Objeto y ámbito de la Ley. Título I: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Título II. Capítulo II: La igualdad en el ámbito de la educación superior. Título IV. Capítulo II: Igualdad y conciliación. Título V. El principio de igualdad en el empleo público: Capítulos I, II y III.

8. La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones. El Delegado de Prevención. El Comité de Seguridad y Salud. Normativa interna del Comité de Seguridad y Salud laboral de la Universidad de Almería.

9. Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.

10. Política de Seguridad de la Información en la Universidad de Almería. Normas de uso de los sistemas de información de la Universidad de Almería. Normas de información en materia de protección de datos en procesos de concurrencia competitiva de la Universidad de Almería.

Bloque II. Tecnología básica

11. Tecnologías actuales de ordenadores: Base tecnológica. Componentes, funcionalidades y capacidades.

12. Conceptos de sistemas operativos. Estructuras, componentes y funciones. Características y evolución. Administración de memoria. Procesos y subprocesos. Entrada/salida. Sistemas de archivo. Sistemas operativos multiprocesador.

13. Lenguajes actuales de programación: Características técnicas.

14. El modelo TCP/IP: Arquitectura, capas, interfaces, protocolos, direccionamiento y encaminamiento.

15. Modelos de cloud computing.

16. Fundamentos de la inteligencia artificial y aprendizaje automático. IA Generativa.

17. Seguridad informática: principios básicos, ataques y protección de sistemas y redes.

Bloque III. Administración electrónica

18. Administración electrónica. Sede electrónica. Características, requisitos y componentes técnicos basados en las Leyes 39/2015 y 40/2015.

19. Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. El Reglamento eIDAS.

20. Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. Normativa propia de la Universidad de Almería en relación al cumplimiento del Esquema Nacional de Seguridad.

21. Esquema Nacional de Interoperabilidad, normas técnicas de interoperabilidad. Datos abiertos. Transparencia y acceso a la información pública. Reutilización de la información del sector público.

22. Archivo electrónico de documentos. Política de gestión de documentos electrónicos. Documento y expediente electrónico.

23. Las plataformas de tramitación. Herramientas de administración electrónica que la Administración General del Estado pone a disposición de las administraciones públicas.

24. La protección de datos personales y su normativa reguladora. Las Agencias de Protección de Datos: competencias y funciones. Normativa propia de la Universidad de Almería en relación a la protección de datos personales.

25. Transparencia. Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Bloque IV. Gestión de servicios TIC

26. El marco de referencia ITIL.

27. El sistema de gestión de la calidad ISO 9001:2015.

28. Gestión de proveedores y contratación TIC: licitaciones, compras y acuerdos de nivel de servicio (SLA).

Bloque V. Desarrollo de sistemas de información

29. Ingeniería del software. Fundamentos del análisis de requerimientos y métodos. Fundamentos del diseño software. Técnicas de prueba.

30. Metodologías de desarrollo ágiles. SCRUM.

31. Diseño de estructuras de datos en bases de datos relacionales. El Modelo Entidad-Relación. El lenguaje SQL y PL/SQL.

32. Modelos de almacenamiento no relacionales.

33. Programación estructurada y programación orientada a objetos.

34. La arquitectura J2EE. Características de funcionamiento. Elementos constitutivos. Productos y herramientas.

35. Aplicaciones web. Tecnologías de programación: html5, css3, javascript/typescript y PHP.

36. Accesibilidad, diseño universal y usabilidad.

37. Servicios Web: SOAP y REST. Estándares y protocolos asociados. Interoperabilidad y Seguridad en Servicios Web.

38. Desarrollo de aplicaciones para dispositivos móviles: Desarrollo nativo, híbrido y Progressive Web Apps (PWA).

39. Datawarehouse, Datamarts y minería de datos.

40. Desarrollo de aplicaciones basadas en contenedores.

41. Aplicaciones escalables.

42. Control de versiones de software. Manejo de releases. Git.

43. Seguridad en el desarrollo de software: OWASP, buenas prácticas y testing de seguridad.

44. Inteligencia de negocio y analítica de datos: herramientas y estrategias.

Bloque VI. Sistemas y comunicaciones

45. Administración de Sistemas operativos MacOS, Linux y windows. Funciones y responsabilidades.

46. Administración de Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Funciones y Responsabilidades. BD Documentales, NoSQL y Relacionales.

47. El Sistema Gestor de Bases de Datos ORACLE.

48. Planificación física y mantenimiento de un Centro de Proceso de Datos. Vulnerabilidad, riesgo y protección.

49. Virtualización de sistemas de información.

50. Almacenamiento masivo de datos. Sistemas SAN, NAS y DAS: Componentes, protocolos, gestión y administración. Virtualización del almacenamiento. Gestión de volúmenes.

51. Redes locales: conceptos, administración, seguridad y dispositivos.

52. La red Internet: arquitectura de red. Principios de funcionamiento. Servicios: evolución, estado actual y perspectivas de futuro.

53. Telecomunicaciones de voz. Tecnologías VoIP.

54. Comunicaciones de voz y datos para dispositivos móviles.

55. Redes inalámbricas: Protocolos de redes inalámbricas. Características funcionales y técnicas. Sistemas de acceso. Modos de operación. Seguridad. Normativa reguladora.

56. Servidores web y servidores de aplicaciones. Gestores de contenidos web.

57. Integración y despliegue continuo CI/CD.

58. Infraestructura como código.

59. Plataformas escalables basadas en contenedores.

60. IoT y entornos inteligentes en universidades.

ANEXO III
Declaración jurada

D./Dña. ..........................................................................................................................,

con domicilio en.............................................................................................................

y documento nacional de identidad número.................................................................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de carrera de la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de la Universidad de Almería, que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/06/2026
  • Fecha de publicación: 10/06/2026
  • Convocatoria. Subgrupo A2. 6 plazas.

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