Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, y para el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio único, para el personal de la Administración General del Estado, convocado por Resolución de 11 de diciembre de 2024, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en la base decimonovena de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaría resuelve:
Hacer pública, como anexo a esta resolución, la relación de aspirantes que han superado las fases de concurso-oposición.
Las personas que han superado las fases de concurso-oposición no tendrán que aportar documentación, al haber sido ésta comprobada por la Administración, de acuerdo con la información que consta en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad y Registros Nacionales de titulaciones académicas de la Administración General del Estado. No obstante, si en cualquier momento anterior al nombramiento como personal funcionario de carrera, se tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, se procederá a su exclusión.
Las personas que han superado las fases de concurso-oposición mediante el cambio de régimen jurídico se les reconvertirá su propio puesto de trabajo de personal laboral en uno de personal funcionario de carrera finalizado el proceso selectivo, con las garantías establecidas en el punto quinto del Acuerdo del Pleno de la Comisión Paritaria, de fecha 19 de julio de 2022, sobre el cambio de régimen jurídico del personal laboral fijo incluido en el anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante Subsecretaría de Sanidad en el plazo de un mes desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 5 de junio de 2026.–La Subsecretaria de Sanidad, Ana María Sánchez Hernández.
| N.º de orden | NIF | Apellidos y nombre | Calificación concurso-oposición |
|---|---|---|---|
| 1 | *2*2**15* | ALVAREZ VEGA, MIGUEL DAVID. | 77,50 |
| 2 | **43**93* | VERON MOROS, MERCEDES. | 66,00 |
| 3 | *0455**** | MARTINEZ CABALLERO, MARTA. | 65,75 |
| 4 | *3103**** | VILLAVERDE HERRAIZ, MARIA TERESA. | 60,43 |
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