Está Vd. en

Documento BOE-A-2026-13884

Resolución de 16 de junio de 2026, del Consejo Insular de Mallorca (Illes Balears), referente a la incoación del expediente de declaración, como bien de interés cultural, con categoría de zona paleontológica, del yacimiento Es Carnatge.

Publicado en:
«BOE» núm. 154, de 25 de junio de 2026, páginas 88730 a 88734 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2026-13884

TEXTO ORIGINAL

En la sesión del día 28 de abril de 2026, la Comisión Insular de Patrimonio Histórico de Mallorca, acordó, entre otros, el siguiente:

1. Incoar el expediente de declaración d’es Carnatge como bien de interés cultural, con categoría de zona paleontológica, del término municipal de Palma, según la descripción y la delimitación de su entorno de protección que figuran en el informe técnico de 22 de abril de 2026, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo.

2. Suspender la tramitación de las licencias municipales de parcelación, de edificación o de derribo en la zona afectada y, también, la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. Cualquier obra que haya que realizar tendrá que ser previamente autorizada por la Comisión Insular de Patrimonio Histórico. Esta suspensión dependerá de la resolución o de la caducidad del procedimiento.

3. El acuerdo de declaración se tendrá que adoptar en el plazo máximo de veinte meses contadores desde la fecha de iniciación del procedimiento, el cual caducará una vez transcurrido este plazo. Caducado el procedimiento, no se podrá volver a iniciar en los tres años siguientes, a menos que lo pida el titular del bien.

4. Notificar este acuerdo a los interesados, al Ayuntamiento de Palma y al Gobierno de les Illes Balears.

5. Publicar este acuerdo de incoación en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears» y en el «Boletín Oficial del Estado», y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural y comunicarlo al Registro de Bienes de Interés Cultural de les Illes Balears a fin de que se proceda a su inscripción, y a la vez comunique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen.

Palma, 16 de junio de 2026.–El Secretario de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, Miguel Barceló Llompart.

1. Introducción y antecedentes

La Ley de Patrimonio Histórico de les Illes Balears en su artículo 6 clasifica los bienes inmuebles de interés cultural. Concretamente el punto 6.7 incluye las zonas paleontológicas en los siguientes términos:

«Zona paleontológica: Lugar donde hay vestigios de restos animales y/o vegetales fosilizados, o no, que constituyen una unidad coherente y con entidad propia, definidores de la historia geológica de un lugar determinado.»

En septiembre de 2025 el Servicio de Patrimonio del Consejo de Mallorca encomienda la redacción de la Carta Paleontológica de Mallorca, que ingresa en enero de 2026.

El objeto del presente expediente es declarar este yacimiento paleontológico y eventualmente delimitar su entorno de protección con el fin de dar cumplimiento en todo aquello que establece la ley 12/1998 sobre el procedimiento y contenido de los expedientes de declaración de un Bien de Interés Cultural. Se define, por lo tanto, la delimitación del bien y de su entorno de protección (en su caso), la ficha técnica, la memoria histórica y descriptiva, el estado de conservación, las medidas de protección y los criterios de intervención.

2. Ficha técnica

Denominación: Es Carnatge.

Emplazamiento: Cala Pudent/Es Carnatge/Son Mosson.

Municipio: Palma.

Cronología: Pleistoceno superior.

Usos: Yacimiento paleontológico.

Clasificación de suelo: Zona litoral.

3. Memoria histórica

El yacimiento se incorpora a la carta paleontológica de Mallorca a instancias del equipo redactor a partir de las prospecciones realizadas.

El yacimiento ocupa uno de los pocos sectores litorales no urbanizado del término de Palma.

Yacimiento histórico, ya conocido en el siglo XIX, se empieza a estudiar e interpretar con más intensidad en las décadas del 50 y el 60 del siglo XX para los investigadores Juan Cuerda y Andreu Muntaner. Desde entonces ha sido fechado y ha servido de referente en estudios internacionales (Hearty, Hillarie Marcel, Mush…).

Su difusión tuvo impacto en el congreso internacional especializado en el estudio del Cuaternario (INQUA), que en 1957 visitaron el yacimiento.

Es el yacimiento pleistoceno más publicado y divulgado de todo el archipiélago y referencia por los estudios de cambio climático.

Espacio protegido como LIG de Mallorca por el Gobierno de les Illes Balears (MA32PA-Terrazas marinas des Carnatge) con especial interés paleontológico.

El 25 de mayo de 2023 el Ayuntamiento de Palma remite al Consejo de Mallorca el acuerdo de resolución de aprobación del Plan Especial de Protección (PEP) del Carnatge.

4. Memoria descriptiva

El yacimiento d’Es Carnatge está conformado por un conjunto de depósitos de playa en distintas terrazas y/o alturas, situadas entre es Coll d'en Rabassa y Can Pastilla. Aunque los topónimos cambian según la fuente, en términos generales se pueden diferenciar los siguientes afloramientos: Punta Reflector, Cala Pudent (o Campo de Tiro), es Carnatge, son Mosson y la Cova de sa Gata-Pinar.

Estos afloramientos son importantes por el conjunto faunístico pleistoceno, principalmente con respecto a los moluscos marinos, con más de 60 especies diferentes. Los restos mejor conservados están en la zona de Cala Pudent y las casas d’es Carnatge.

En Cala Pudent se identifican, dunas fósiles, un paleosuelo formado por limos rojos con fauna terrestre fósil y luego restos de una playa pleistocena con fauna marina de significación cálida tropical de hace unos 135 Ma. En las siguientes playas des Carnatge se observan hasta tres niveles marinos pleistocens con fauna significativa y separados por limos rojos que indican varias transgresiones y regresiones marinas rápidas en pocos millares de años, todo por el último interglacial.

Las especies extintas más significativas de estos afloramientos son: Tethystrombus latus (Gmeln, 1791) y Cornus textudinarius (Born, 1778).

La roca más característica del yacimiento es la calcarenita formada por pequeños fragmentos de moluscos, clastos de caliza y un conjunto muy amplio de microfósiles, fruto del proceso geológico de cimentación del sedimento.

En el sur este de Son Mosson, se localiza una zona de dunas fósiles más recientes, depósitos formados por acción del viento ahora hace unos 200 mil años. En una de estas dunas fósiles se pueden observar las pisadas de Myotragus balearicus, que quedaron a la vista con los trabajos de extracción de piedra arenisca.

La recolección de fósiles está expresamente prohibida.

Relacionamos las parcelas incluidas en la declaración:

Suelo con características especiales.

Parcela Polígono Referencia catastral Comentario
(66)   7085166DD7778A0001TF Aeroportuario.

Suelo rústico.

Parcela Polígono Referencia catastral Comentario
9008 51 07040A051090080000RD D.P.M.T.
46675 51 4667501DD7746F Varios inmuebles. Can Fonoll.
8 51 07040A051000080000RF  
9 51 07040A05100009  
10 51 07040A051000100000RT  
11 51 07040A051000110000RF  
12 51 07040A051000120000RM  
13 51 07040A051000130000RO  
15 51 07040A051000150000RR  
16 51 07040A051000160000RD  
18 51 07040A051000180000RI  
19 51 07040A051000190000RJ  
20 51 07040A051000200000RX  
46 51 07040A051000460000RK  
48 51 07040A051000480000RD  

Suelo parcialmente rústico.

Parcela Polígono Referencia catastral Comentario
9002 51 07040A051090020000RT Camino interior de Can Pastilla.

Suelo parcialmente urbano.

Parcela Polígono Referencia catastral Comentario
(31)   5169931DD7756G0001KE Suelo urbano.

5. Estado de conservación

A pesar de ser un espacio con un fuerte impacto antrópico, el yacimiento todavía conserva potencial para la investigación. La presión más fuerte proviene del paseo, los bañistas y de la expoliación de material paleontológico.

Así todo es un espacio excepcional, el mejor yacimiento conservado del Pleistoceno superior marino de Mallorca y uno de los mejores de la mediterránea.

6. Descripción y justificación de la delimitación del bien y del entorno de protección

a. Descripción y justificación de la delimitación del bien.

Ocupa la franja litoral entre las coordenadas UTM ETRS89 31 X474010, Y4377278 y X474939, Y4376439, entrando unos 10 metros hacia el interior del suelo, que en muchos puntos coincide aproximadamente con el paseo. Así pues, hemos aprovechado este hito sobre el terreno para marcar el límite físico del yacimiento.

La superficie de este ámbito protegido es de 62.044 m2 (6,2 ha).

b. Descripción y justificación de la delimitación del entorno.

El entorno de protección se extiende del paseo hasta la carretera, incluyendo buena parte de la duna fósil, cerrando en el norte oeste con las instalaciones de Sant Joan de Déu y sur este con la zona urbanizada de Can Pastilla, espacios ya antropizados. Consideramos que la protección del entorno geológico contribuye a la preservación del yacimiento.

La superficie de este entorno protegido es de 309.774 (30,97 ha).

7. Pertenencias y accesorios del bien

Se incluyen dentro del ámbito del bien todos los materiales cerámicos, faunísticos, sedimentarios o de cualquier otra naturaleza y cronología obtenidos a raíz de cualquier intervención científica. En el caso de que se documenten nuevos depósitos, también quedan incluidos en la declaración del bien, y se incluirá su planimetría en este expediente.

8. Principales medidas de protección y criterios de intervención en el bien y su entorno

a. Medidas de protección del propio bien.

Aquellas que prevé la Ley 12/1998 de 21 de diciembre del Patrimonio Histórico de las Illes Balears; y aquellas que prevé la normativa urbanística autonómica y municipal.

b. Medidas de protección del entorno.

Aquellas que prevé la Ley 12/1998 de 21 de diciembre del Patrimonio Histórico de las Illes Balears; y aquellas que prevé la normativa urbanística autonómica y municipal.

9. Conclusión

1. Se trata de un yacimiento con afloramientos fosilíferos y de duna fósil.

2. La delimitación del BIC es una franja de 10 metros en la línea litoral (se adjunta imagen).

3. El entorno de protección de la zona paleontológica se extiende a la duna fósil, en la zona no antropizada (se adjunta imagen).

4. Se adjunta documentación gráfica del espacio que se propone proteger.

Se propone incoar la declaración des Carnatge como bien de interés cultural en la categoría de zona paleontológica.

Imagen: /datos/imagenes/disp/2026/154/13884_17164929_1.png

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid