Contido non dispoñible en galego
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 21 de mayo de 2026, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los gastos farmacéuticos hospitalarios de las comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2022, acuerda:
1. Instar al Gobierno a:
– Exigir planes de salud autonómicos actualizados (2015-2019) con indicadores específicos de gasto farmacéutico hospitalario, aprobados en 3 meses.
– Dotar presupuestos iniciales evitando modificaciones de crédito y minimizando los intereses demora en los próximo Presupuestos Generales del Estado.
– Limitar la contratación menor al 30 % del gasto farmacéutico hospitalario en todos los Servicios Autonómicos de Salud (Cántabro, Extremeño, Murciano y Riojano), priorizando procedimientos abiertos, Acuerdos Marco y negociados exclusivos con informes técnicos motivados de no fragmentación (artículo 99 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014), implantando esta restricción máxima en los presupuestos generales de las comunidades autónomas para 2027 y publicando la ejecución trimestral en la Plataforma de Contratación del Sector Público, en un plazo improrrogable de 6 meses.
– Implantar conciliaciones físicas-mensuales de inventario farmacéutico hospitalario (vs. sistemas PEA/Farmatools) en todos los servicios de salud (Cántabro/Extremeño/ Murciano/Riojano), con protocolos normalizados de control de caducidades (FIFO rotación) y automatización progresiva, cobertura de más del 80 % del stock de alto valor aprobando manuales obligatorios en 60 días y verificando el cumplimiento en la Cuenta General 2026.
– Crear la Mesa del Sistema Nacional de Salud Farmacia Hospitalaria para armonizar los precios de los medicamentos exclusivos entre comunidades autónomas, publicando descuentos por volumen y rappels anuales en Portal de Transparencia de Sanidad, excluyendo la confidencialidad interestatal y operativo en 90 días.
– Integrar sistemas informáticos (PEA-Farmatools-JARA), eliminando el papel/autorizaciones manuales, con formación obligatoria, en 4 meses.
– Publicar en los portales de transparencia contratos farmacéuticos, estructuras del Servicio Extremeño de Salud y ejecución trimestral (artículo 14 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno), enlazando con la Plataforma de Contratación del Sector Público, en 3 meses. Incumplimientos generalizados.
2. Instar a los Servicios Centrales del Servicio Cántabro de Salud, del Servicio Extremeño de Salud, del Servicio Murciano de Salud y del Servicio Riojano de Salud, y a las gerencias de las Áreas de Salud de los centros hospitalarios fiscalizados a adoptar las medidas oportunas para mejorar la planificación contractual de los gastos de la adquisición de productos farmacéuticos, de forma que se evite la adquisición de medicamentos al margen de los procedimientos de contratación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como la acumulación de contratos menores para los mismos proveedores y suministros.
3. Instar a las Gerencias de las Áreas de Salud del Hospital Universitario de Valdecilla, del Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz y del Complejo Hospitalario San Milian-San Pedro a adoptar medidas para corregir las deficiencias detectadas y a mejorar las aplicaciones informáticas de gestión de las prestaciones farmacéuticas detectadas en el análisis realizado.
4. Instar a los Servicios Centrales del Servicio Cántabro de Salud a definir de forma clara las competencias entre el Servicio Cántabro de Salud y el Hospital Universitario de Valdecilla en el procedimiento de gestión de compras de medicamentos y llevar a cabo acciones que incrementen el conocimiento de la aplicación informática de gestión de las prestaciones farmacéuticas, que facilite la correcta atribución de funciones y responsabilidad al personal en dicho proceso.
5. Instar a las Gerencias de las Áreas de Salud del Complejo Hospitalario Universitario de Badajoz, del Clínico Universitario Virgen de la Arrixaca y del Complejo Hospitalario San Millón-San Pedro a adoptar medidas para el impulso de la adquisición de medicamentos en formato monodosis, a través del establecimiento de manuales y protocolos de obligado cumplimiento por los servicios de farmacia.
Palacio del Congreso de los Diputados, 21 de mayo de 2026.–El Vicepresidente Primero, Álvaro Pérez López.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid