Suscrita el 20 de julio de 2026 la adenda de ampliación de presupuesto del Convenio suscrito el 27 de septiembre de 2023, entre el Ministerio de Defensa y la empresa de transporte marítimo de DFDS Iberia, SLU, antes Förde Reederei Seetouristik Iberia, SLU, sobre bonificación a cargo del estado de las tarifas comerciales de pasaje marítimo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 21 de julio de 2026.–El Secretario General Técnico, José Luis García Castell.
En Madrid, a 20 de julio de 2026.
REUNIDOS
De una parte, el Director General de Personal, don José Ramón Velón Ororbia, nombrado por Real Decreto 383/2022, de 17 de mayo, por delegación de firma expresa de la Subsecretaria de Defensa, doña Adoración Mateos Tejada, nombrada por Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, en uso de la competencia delegada prevista en el apartado primero.c) de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.
De otra parte, don Ronny Moriana Glindemann, Director General, en nombre y representación de la empresa DFSD Iberia, SLU (antes Förde Reederei Seetouristik Iberia, SLU), con CIF B-61873519 y con domicilio en el polígono La Vega, C/ La Línea de la Concepción, 3, CP 11380, Tarifa (Cádiz), actuando en calidad de administrador mancomunado por poder concedido en escritura otorgada ante el Notario de Tarifa, Amador Zorrilla López, el día 3 de junio de 2016, bajo el número 540 de su Protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de Cádiz en el tomo 2.161, folio 205, inscripción 44, hoja CA-18790, poder que no le ha sido derogado ni modificado.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
EXPONEN
Que, con fecha 27 de septiembre de 2023, se firmó el Convenio entre el Ministerio de Defensa y la entidad mercantil Förde Reederei Seetouristik Iberia, SLU, sobre bonificación a cargo del Estado de las tarifas comerciales de pasaje marítimo.
Que dicho convenio se publicó mediante la Resolución 420/38397/2023, de 2 de octubre, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) del 10 de octubre de 2023 (número 242). Fue inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO) el 2 de octubre de 2023.
Que mediante acuerdo social elevado a escritura pública el día 13 de septiembre de 2024, ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía con residencia en Tarifa, don Amador Zorrilla López, con número de protocolo 1.454, Förde Reederei Seetouristik Iberia, SLU, cambió su denominación social, pasando a ser «DFDS Iberia, Sociedad Limitada Unipersonal».
Que el citado convenio tiene vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026.
Que, conforme a la demanda de servicios de transporte marítimo objeto del convenio, se estima que el crédito afectado a la anualidad de pago de 2026 se agotará antes de finalizar el ejercicio.
Que el convenio prevé, en su cláusula quinta, su modificación en periodo de vigencia, hasta un máximo del veinte por ciento del importe máximo previsto, previa autorización del Ministerio de Hacienda, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin que la misma altere la naturaleza de su objeto.
Que la modificación del punto precedente exige ser propuesta por la Comisión Mixta de Seguimiento, como así sucedió el 25 de febrero de 2025, efectuarse por escrito y ser suscrita por ambas partes mediante adenda.
Que existe interés por ambas partes en la ampliación de crédito del convenio, en un 10 por ciento, para ser aplicada en la anualidad de pago de 2026.
En virtud de lo que antecede, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente adenda de ampliación de presupuesto del convenio del encabezamiento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Se amplía el presupuesto del convenio en la cantidad de noventa y un mil setecientos diez euros con cuarenta céntimos (91.710,40 €), lo que supone un diez por cien del límite de obligaciones a adquirir, para aplicar a la anualidad de pago 2026.
Las cantidades de la cláusula precedente constituyen los importes máximos de las obligaciones a adquirir, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.122N.122.02, de acuerdo con la naturaleza del objeto del convenio, resultando la siguiente distribución final por anualidades:
|
Viajes por cuenta propia |
2023 – Euros |
2024 – Euros |
2025 – Euros |
2026 – Euros |
|---|---|---|---|---|
| AP. 14.01.122N.122.02 | 229.276 | 229.276 | 229.276 | 320.986,40 |
Esta adenda, tal y como recoge el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO). Asimismo, será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE). Igualmente, se publicará en el «Boletín Oficial de Defensa» (BOD).
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman esta adenda en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de Defensa, P. D. de firma (Resolución 401/02/2026, de 12 de mayo, de la Subsecretaria de Defensa), el Director General de Personal, José Ramón Velón Ororbia.–Por la empresa DFDS Iberia, SLU, el Director General, Ronny Moriana Glindemann.
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