Visto el acuerdo por el que se fija el Variable adicional A y el Variable adicional B para el año 2026 en las tablas salariales conforme a lo previsto, respectivamente, en los apartados b) y c) del artículo 22.2 del III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado (código de Convenio 99018195012010), que fue publicado en el BOE de 3 de julio de 2024, acuerdo que ha sido suscrito con fecha 8 de julio de 2026 por la Comisión Paritaria del citado convenio, integrada, de una parte, por la Federación de Asociaciones de Notarios de España (FEDANE), como representación empresarial, y de otra, por las organizaciones sindicales FEAPEN-CSIF y FS-USO, en representación de las personas trabajadoras afectadas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de julio de 2026.–La Directora General de Trabajo, María Nieves González García.
En Madrid, a 8 de julio de 2026.
REUNIDOS
De una parte, por la Representación Empresarial («RE»), la Federación de Asociaciones de Notarios de España (FEDANE):
– Don Álvaro Obando Bigeriego.
– Don Antonio Pérez-Coca Crespo.
Como asesora, doña Clara Herreros Fernández.
De otra parte, por la Representación de las Personas Trabajadoras firmantes del Convenio («RPT»), las Asociaciones y Federaciones cuya relación se detalla a continuación:
– FEAPEN-CSIF:
● Don José María Ruiz Nieto.
● Don Carlos José Rodríguez Santamaría.
Como asesor, don Pablo Urbanos Canorea (FEAPEN-CSI-F).
– FS-USO:
● Don David Sánchez García.
Antecedentes
1. Se reúne la Comisión Paritaria para aplicar el variable adicional para el año 2026.
2. Actúa como Presidente don José María Ruiz Nieto y como Secretario don Álvaro Obando Bigeriego.
3. Ambas partes comparecen y, libre y voluntariamente, y en su condición de Comisión Paritaria
ACUERDAN
1. Conforme a lo previsto en el artículo 22.2 b) y c) del III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado se fija el Variable Adicional para el año 2026 en los siguientes términos:
A. Variable Adicional A del 1,00 % para el año 2026:
El Variable Adicional A para el año 2026, atendiendo a que se ha producido un incremento superior al 1 % en al menos 5 de los 6 indicadores de Grupos referidos en el artículo 22.2.b), del año 2025 con respecto al año previo 2024, es el siguiente:
| Categoría |
Salario Variable Adicional A 2026 – (Euros por año) |
|
|---|---|---|
| Grupo 1.º Subgrupo a). | Nivel 1. | 306,50 |
| Nivel 2. | 290,14 | |
| Nivel 3. | 275,56 | |
| Grupo 1.º Subgrupo b). | Nivel 1. | 306,50 |
| Nivel 2. | 290,14 | |
| Nivel 3. | 275,56 | |
| Grupo 2.º Subgrupo a). | Nivel 1. | 271,09 |
| Nivel 2. | 259,01 | |
| Nivel 3. | 246,70 | |
| Grupo 2.º Subgrupo b). | Nivel 1. | 235,79 |
| Nivel 2. | 213,85 | |
| Nivel 3. | 204,66 | |
| Grupo 2.º Subgrupo c). | Nivel 1. | 202,33 |
| Nivel 2. | 186,28 | |
| Nivel 3. | 179,17 | |
| Grupo 3.º | Nivel 1. | 158,64 |
| Nivel 2. | 154,84 | |
| Nivel 3. | 151,60 | |
Para las incorporaciones y bajas durante el año 2026 se tendrá derecho a dicho Variable Adicional A de forma proporcional, dado que el devengo se produce de forma prorrateada durante los 12 meses del año 2026.
Como excepción a la regla general de compensación y absorción, el Variable Adicional A no será compensable ni absorbible en este año 2026. No será consolidable ni se incorporará a la tabla salarial.
Los importes correspondientes al Variable Adicional A que resultan de la revisión salarial reflejada se abonarán, en un único pago, en la nómina del mes siguiente a la publicación del Acta de la revisión salarial en el BOE.
B. Variable Adicional B del 1,00 % para el año 2026:
El Variable Adicional B para el año 2026, atendiendo a que se ha producido un incremento superior al 3 % en al menos 5 de los 6 indicadores de Grupos referidos en el artículo 22.2.c), del año 2025 con respecto al año previo 2024, es el siguiente:
| Categoría |
Salario Variable Adicional B 2026 – (Euros por año) |
|
|---|---|---|
| Grupo 1.º Subgrupo a). | Nivel 1. | 306,50 |
| Nivel 2. | 290,14 | |
| Nivel 3. | 275,56 | |
| Grupo 1.º Subgrupo b). | Nivel 1. | 306,50 |
| Nivel 2. | 290,14 | |
| Nivel 3. | 275,56 | |
| Grupo 2.º Subgrupo a). | Nivel 1. | 271,09 |
| Nivel 2. | 259,01 | |
| Nivel 3. | 246,70 | |
| Grupo 2.º Subgrupo b). | Nivel 1. | 235,79 |
| Nivel 2. | 213,85 | |
| Nivel 3. | 204,66 | |
| Grupo 2.º Subgrupo c). | Nivel 1. | 202,33 |
| Nivel 2. | 186,28 | |
| Nivel 3. | 179,17 | |
| Grupo 3.º | Nivel 1. | 158,64 |
| Nivel 2. | 154,84 | |
| Nivel 3. | 151,60 | |
Para las incorporaciones y bajas durante el año 2026 se tendrá derecho a dicho Variable Adicional B de forma proporcional, dado que el devengo se produce de forma prorrateada durante los 12 meses del año 2026.
Como excepción a la regla general de compensación y absorción, el Variable Adicional B no será compensable ni absorbible en este año 2026. No será consolidable ni se incorporará a la tabla salarial.
Los importes correspondientes al Variable Adicional B que resultan de la revisión salarial reflejada se abonarán, en un único pago, en la nómina del mes siguiente a la publicación del Acta de la revisión salarial en el BOE.
2. Se autoriza a Clara Herreros Fernández y a Garrigues Letrados de Soporte, SLP con NIF n.º B-81552671 y con domicilio en Madrid 28046, Plaza de Colón n.º 2, a realizar los trámites necesarios para el registro y publicación en el BOE de la presente revisión salarial.
Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, firmando, en prueba de conformidad, la presente en la fecha y lugar en el inicio indicados.
Por la representación empresarial:
| Nombre | Firma |
|---|---|
| Don Álvaro Obando Bigeriego. | |
| Don Antonio Pérez-Coca Crespo. |
Por la representación social:
| Nombre completo | Sindicato | Firma |
|---|---|---|
| Don José María Ruiz Nieto. | FEAPEN-CSIF | |
| Don Carlos José Rodríguez Santamaría. | FEAPEN-CSIF | |
| Don David Sánchez García. | FS-USO |
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid